Salas multiusos en Distrito Centro de Madrid

Según el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones de la Comunidad de Madrid, se definen las salas multiusos como locales cerrados y cubiertos dotados de espacios especialmente dispuestos para poder reunir al público a fin de realizar exclusivamente espectáculos y actividades recreativas artístico-culturales, así como fiestas populares, pudiendo estar dotadas de asientos móviles.

Licencia Actividad Salas multiusosComo se puede observar la polivalencia de este tipo salas es amplia, y además hay que añadir que cabe la posibilidad de que tengan elementos de reproducción sonora y esporádicamente la opción de servir comidas y bebidas sin que esto suponga la instalación de un bar permanente.

Como se puede observar la polivalencia de este tipo salas es amplia, y además hay que añadir que cabe la posibilidad de que tengan elementos de reproducción sonora y esporádicamente la opción de servir comidas y bebidas sin que esto suponga la instalación de un bar permanente.

1.- Implantación

El atractivo de este tipo de actividad recreativa crece cuando se pretende su implantación en la zona centro de Madrid, dado que existen fuertes restricciones para abrir nuevas actividades recreativas.

En particular para la zona de Contaminación Acústica Alta de Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Centro (ZPAE), se indica que no se admitirá la nueva implantación de establecimientos de espectáculos públicos de lo siguiente:

•Clase III, categoría 1, esparcimiento y diversión (salas de fiestas, restaurante-espectáculo, café-espectáculo, etc.).
•Clase IV, actividades recreativas, categoría 4, de baile (discotecas y salas de baile y salas de juventud).
•Clase V, otros establecimientos abiertos al público. Categoría 9, ocio y diversión (bares de copas con o sin actuaciones musicales en directo). Categoría 10, hostelería y restauración (cafeterías, bares, café-bar, restaurantes, tabernas, bodegas, bares-restaurantes, salones de banquetes, chocolaterías, salones de té, croisanterías).

Licencia Apertura Salas multiusos
2.- Limitación

En dicha limitación no se ve incluida la clase de usos culturales y artísticos en el que se encuadran las salas multiuso, siendo admitida su ubicación de manera general en planta baja y sótano por las normas urbanísticas. Evidentemente se deben dar todas las garantías que permitan realizar estas actividades sin resultar molestas. Igualmente deben observarse las obligaciones exigidas en la normativa sectorial para su desarrollo, donde cabe reseñar la necesidad plazas de aparcamiento – con carácter exclusivo y vinculadas a la actividad – en función de su aforo, adopción de medidas correctoras de protección acústica y condiciones de accesibilidad para el público.
La inspección municipal final de la actividad con fines a su funcionamiento, permitirá controlar que la misma se puede desarrollar normalmente y dentro de los parámetros que garantizan la convivencia de actividades recreativas en zonas residenciales.

Licencia de Apertura y Actividad Gastrobar, espacio Artístico-Cultural

Hemos realizado el proyecto y tramitado la licencia de apertura y actividad de un espacio realmente muy especial. Este nuevo local está destinado a ser un Gastrobar, espacio Artísticio-Cultural y emocional.

Licencia funcionamiento gastrobar

Un lugar único que no dejara de sorprenderte, tanto por la decoración y el ambiente que se ha logrado como por la cantidad de eventos y experiencias que puedes disfrutar en él.

La tramitación de la licencia de actividad y funcionamiento se ha realizado en este caso por el procedimiento de declaración responsable. Dada la restrictiva normativa de la zona en cuanto a la apertura de nuevos espacios recreativos (bares, cafeterías, restaurantes, etc…) el espacio de Gastrobar se ha incluido como una actividad asociada al uso principal (galería de arte).

Hay que recordar que tal y como marca el reglamento, cuando se implanta una actividad como uso asociado de otra, la asociada no podrá superar en superficie más del 25% de la superficie total del local y, por supuesto, deberá contar con la dotación obligatoria de aseos para personal y para público, estando estos últimos separados por sexos y existiendo al menos un aseo adaptado a minusválidos.

Cuando se tramita licencias de actividad de restaurantes, bares o cualquier otra actividad en la que existan equipos reproducción sonora (hilo musical, televisión…) el local deberá contar con un vestíbulo acústico y estar contar con un correcto aislamiento acústico con el fin de no molestar a los vecinos de la zona.

Como os comentaba al principio del artículo, no os podéis perder ver este nuevo punto de encuentro: se llama «Espacio EO7» y está situado en la calle Francisco Ricci nº 7, 28 15, Madrid (Metro Argüelles,  y San Bernardo).

En EO7 podrás vivir experiencias emocionales en sus charlas, talleres y cursos. Acércate a través del arte, la danza, el teatro y la nutrición consciente hacia un profundo autoconocimiento personal, y distintas formas de expresión corporal y artística.

Licencias apertura gastrobar

En el local existen varias zonas diferenciadas por temáticas: zona GASTRO-ECOBAR , zona ARTE, zona TERAPIAS y zona FORMACION:

ZONA GASTROBAR

La cuidada combinación de alimentos de origen ecológico con especial ejecución y presentación, busca comunicar la excelencia del producto de una manera sencilla: infusiones, batidos, bocados de diferentes panes y platos para compartir. Coffee-break a los grupos que hagan actividades, y  antes o después de los eventos deseen pasar un rato compartiendo charla y una propuesta gastronómica diferente.

Licencia actividad cafetería

Lugar de encuentro entre la gastronomía y la nutrición, la alimentación consciente inteligente y responsable, alimentación cuidada y sana que ayuda en los procesos de sanación a través de menús, desayunos, superalimentos y licuados ecológicos.

ZONA ARTE

Desde el espacio arte EO7  se busca comunicar a través del arte, sentir, emocionar, cambiar la mirada de lo común, ver por el “ojo del artista” abrir el marco de conocimiento bajo la perspectiva enriquecedora y creativa de los artistas plásticos contemporáneos, observadores y transformadores de la realidad,  que cuestionan lo establecido y aportan su mirada crítica a lo cotidiano a través de la libertad gestual, de la fusión de la cultura de la calle con la de las técnicas mas sofisticadas.

Declaracion responsable galería de arte

Eo7 incluye los trabajos de artistas con alto componente tecnológico, a través de audiovisuales, tratamiento de  imágenes electrónicas y digitales, fotografía, video-arte y video experimental,  adentrándose en el significado de sus códigos y profundizando en el propio metalenguaje que generan.

Da cabida a una vivencia del arte más experiencial y transgresora, permitiéndonos la búsqueda del goce sensorial como forma de acercamiento a la experiencia artística, sin recurrir a parámetros racionales, partiendo de la variación y el juego, y apelando a los referentes del espectador, su sensibilidad, su capacidad de asombro, de integración y disfrute sensorial, dando prioridad a la inmersión en una experiencia estética.

Espacio Arte EO7, busca la emoción del espectador, alejándose de las formas de expresión mas tradicionales, centradas en el objeto artístico, y desplazando el interés del soporte material a la experiencia comunitaria mas integradora e interactiva, generadora de reflexiones sobre el mundo en que vivimos.

ZONA TERAPIAS

El espacio para la terapia holística, está dirigido por Jacinto Hermoso (psicoanalista, terapeuta humanista, formado en medicina china y psico-astrologia) .

Declaracion responsable terapias alternativas

Incorpora dinámica Gestalt, técnicas sistémicas y de coach. Desde la psicología analítica se trabaja  sobre los bloqueos, los traumas, las dinámicas emocionales, llegando a la resolución de conflictos, tanto personales como de interrelación.

Se indaga en buscar respuestas que desvelen las dinámicas inconscientes generadoras de dolor para que a través de su comprensión, sean un co-adyudante en los procesos de sanación tanto emocionales como físicos y espirituales.

Como terapias complementarias cuentan con profesionales expertos en Medicina Natural, Ayurvédica, homeopatía, nutrición celular, medicina tradicional China, Masaje terapéutico, Arteterapia, constelaciones familiares, Terapia Floral…

Licencia activiad terapias alternativas

Su intención es que la dinámica de los terapeutas sea de evaluación, diagnóstico y tratamiento, con el objetivo de coordinar las  actividades físicashábitos nutricionales desde el  gastro-bar y  ofrecer a cada cliente la guía mas eficaz para su tratamiento según el proceso en que se encuentre.

Así pues a través de la terapia emocional, física y nutricional, puedes ofrecer a sus clientes las mejores recomendaciones para mejorar su estado vital.

ZONA FORMACION

Licencia activiad espectáculos

Entre otras muchas cosas en este espacio también dan cursos muy especiales:

Formación terapéutica
Curso de astrología psicológica.
Curso de terapia floral -bach, california y korte.
Curso de tarot evolutivo y terapéutico.
Curso de diagnóstico y actuación en terapias energéticas.
Curso masaje holístico.

Y otros muchos cursos de baile y movimiento!!!

EO7 es un espacio ideal para la mente y el cuerpo, perfecto para tomar algo con los amigos, asistir a una presentación de un libro, clases de danza y un largo etcétera…. no te lo pierdas!!

Declaracion responsable cafetería

Podréis encontrar más información en: www.eo7.es
Dirección: calle Francisco Ricci nº 7, 28 15, Madrid
Teléfono y reservas: 91-138-50-06
Email: hola@eo7.es

Licencia activiad espacio multifuncional

Autorización terraza velador para hostelería

Nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración

Recientemente, el BOCM publicaba la nueva Ordenanza de Terrazas y quioscos de Hostelería y Restauración.

terraza veladorEn primer lugar, cabe destacar que la instalación de estas terrazas estará sujeta a la previa obtención de la correspondiente autorización por parte del Ayuntamiento, por lo que su tramitación seguirá gestionándose en las Juntas Municipales de Distrito.

Una de las principales novedades introducidas por la nueva Ordenanza son las actividades susceptibles de instalar terrazas;  el Ayuntamiento podrá autorizar  la instalación de terrazas:

  • Cuando estén vinculadas a establecimientos de hostelería y restauración, y a quioscos de hostelería y restauración de temporada o permanentes
  • Cuando sean accesorias a otros establecimientos de conformidad con lo establecido en la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.
  • Los servicios de restauración también pueden instalar terrazas, así como en locales o dependencias con actividad de hostelería y restauración como uso asociado a cualquier otro uso.

Otro aspecto destacable de la nueva normativa son los  art. 5 y 6, que incluyen un listado de elementos autorizables que podrán instalar o delimitar la terraza (siempre y cuando cumplan las prescripciones técnicas del Anexo I)

En este sentido, también se delimita el tamaño máximo permitido para los logos de las empresas suministradoras del mobiliario de terrazas. Estas dimensiones, así como su situación vienen reflejadas en el Anexo III de la nueva Ordenanza.

Cabe destacar la importancia de los art. 7, 8 y 9 de la nueva Ordenanza, que establece las disposiciones técnicas de distancia para ubicación de las terrazas indicando claramente las distancias específicas de las mismas. Así como el art. 17 que establece el horario máximo permitido siempre y cuando no se encuentren situadas en una zona de protección acústica especial, en cuyo caso la instalación se regirá por la misma.

Más información en: www.madrid.es

Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de Madrid

Recientemente se aprobó la nueva Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de Madrid, que sustituye a los seis textos normativos sectoriales vigentes hasta el momento.

licencia

Esta nueva Ordenanza de Salubridad Pública afectará a distintas instalaciones en bares, restaurantes, cafeterías, comercio minorista de alimentación, centros infantiles, piscinas, peluquerías o gimnasios.

De esta forma se regulan aspectos como la dotación de servicios higiénicos exigibles a estas actividades, en este aspecto la ordenanza recoge la posibildad de dotar de un único servicio higiénico para público accesible en bares o cafeterías siempre que los locales cuenten con una superficie inferior a 200 m2 y con un aforo inferior a 50 personas, criterio que recoge la Instrucción 3/2011, además en locales de reducida superficie, se permite que se instale un único servicio higiénico para el público, pero que sea accesible, aspecto también contemplado en la Instrucción 4/2011 (con la excepción de que no se pueda establecer un itinerario accesible de entrada a los mismos en cuyo caso podrá instalarse un único servicio siempre que se cumplan las condiciones de superficie y aforo).

Las principales novedades introducidas por la Ordenanza según el grupo de actividades serán las siguientes:

–      Comercio minorista de alimentación y de la elaboración y venta de comida y bebidas (bares, restaurantes, cafeterías…….)

Se reducen las dependencias mínimas exigidas como el almacén o el cuarto de basuras para algunos casos.

  • Además no todas las actividades requerirán la instalación de almacén como dependencia obligatoria, pues se considera que son igualmente almacenes las cámaras frigoríficas o congeladoras.
  • Se permite el almacenamiento de cajas de bebidas, barriles o latas en estanterías o armarios.
  • Respecto al cuarto de basuras, en algunos supuestos se autoriza la utilización del cuarto comunitario del edificio.
  • A su vez se elimina el requisito sobre dimensiones mínimas para el ejercicio de las actividades
  • Y se permiten zonas auxiliares de cocina y manipulación de alimentos abiertas, show cooking, que deberán instalarse en zonas diferenciadas, pero no se requiere separación con medios físicos de los otros lugares.

 –       Centros Infantiles

  • Se regulan los servicios de pernocta (y se establecen los requisitos de salas, camas, dotación de personal y registro y control de usuarios. De esta forma se establecen dimensiones mínimas de las salas donde los niños dormirán (mínimo de tres metros cuadrados por niño) diferenciándolas por grupo de edades
  • Además, se actualiza los requisitos de materiales, medidas de seguridad de puertas, ventanas, enchufes, iluminación, climatización, mobiliario y patios, se incorporan los nuevos servicios de ocio, esparcimiento y cuidado infantil que se ofertan en nuestra ciudad, es decir, los centros destinados al recreo, esparcimiento infantil y celebración de fiestas infantiles, así como, los centros que acogen niños para su cuidado, no siendo escuelas infantiles.
  • Se elimina la obligatoriedad de instalar cuarto de basuras en el centro, y permite que se utilice el comunitario del edificio.

 –       Gimnasios 

  • Se incorporan los requisitos que han de cumplir los gimnasios.
  • Se obliga a disponer de un plan de mantenimiento y la revisión periódica de los equipos, en base a las normas UNE
  • Además se prevé la presencia de personal cualificado en determinadas circunstancias, como es la Enseñanza
  • Y se establecen condiciones mínimas para balnearios y spas urbanos

Más info.

Licencia de Apertura y Actividad Bar Cafetería Gastroteca

Hemos realizado el proyecto y tramitado la licencia de apertura y actividad de un espacio realmente muy especial. Este nuevo local está destinado a ser un Gastroteca con una decoración muy especial y está ubicado en el Paseo de la Chopera, 132, 28100 Alcobendas.

Gastroteca 2

Como todo local de actividad recreativa, debe cumplir con la normativa municipal en especial en materia de accesibilidad, ventilación y seguridad frente a incendio.

Gastroteca 1

Cuenta evidentemente con una amplia barra para las degustaciones, una mesa muy catacterística en la zona central especialmente indicada para el público de pie y por supuesto de una zona de mesas para disfrutar más tranquilamente del ambiente.

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Las zonas de servicios, almacenes y cocina se ubican al fondo del local, permitiendo así que toda la zona «noble» destinada al público goce de la luz natural de los ventanales.

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Licencia de Actividad de Bar Cafetería con Zona Infantil (Ludoteca)

Hoy os mostraremos uno del os trabajos más bonitos que hemos realizado últimamente, se trata de la licencia de apertura de un Bar Cafetería con Zona Infantil (Ludoteca), es decir: una cafetería con una amplia zona específica para los niños que puedas jugar libremente.

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La cafetería en cuestión está ubicada en Pozuelo de Alarcón, en el número 42 de la Avenida de Europa y la reconoceréis por su característico escaparate en forma de panal de abeja, se trata de «el agujero amarillo».

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Aparte de las habituales (y obligatorias) zonas de cualquier bar / cafetería como pueden ser los aseos específicos para el personal, la zona de barra, el cuarto de limpieza y basuras, el almacén, la cocina y por supuesto los aseos para el público, este local cuanta además con amplias zonas donde los niños pueden jugar, correr, realizar manualidades, talleres, lectura de cuentos, etc…

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Más info.

Licencias apertura y funcionamiento Bar cafeteria RODILLA

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una nueva cafetería RODILLA, donde su carta de pedidos y especialidades es casi tan larga como la calle donde se sitúa este local accesible: Bravo Murillo 231, 28042, Madrid.

Cafetería Rodilla licencia actividad

Poseen sabores para todos los gustos con un punto en común: la frescura de sus ingredientes y la tradicional elaboración propia artesanal resulta ideal para cualquier hora del día, ya sea para compartir entre amigos o para disfrutar de un momento exclusivo para ti.

Como en todo establecimiento donde se manipulan alimentos, existe un aseo específico para el personal, aparte de los aseos de público: hombres y mujeres (uno de ellos adaptado). A la hora de diseñar una nueva cafetería se ha de tener especial cuidado de no cruzar los flujos de «sucio» y «limpio» así como la entrega de las comandas y la recogida del menaje.

Licencia apertura Cafetería Rodilla 1024x538

En esta ocasión concreta se trataba de un edificio con fachada protegida dentro, además, de una zona con especial protección, por lo que las máquinas exteriores de aire acondicionado, a pesar de ubicarse en la cubierta del edificio, y al ser una calle tan ancha y amplia, hubo que tener especial cuidado de que no fuesen visibles desde la vía pública.

Dicho sistema de climatización, además de la ida y el retorno de la propia instalación de aire acondicionado, cuanta además con un recuperador de calor que reduce las pérdidas energéticas en verano e invierno contribuyendo a un notable ahorro energético, y por tanto: una reducción en el coste de la factura de la compañía eléctrica.

Licencia de actividad Cafetería Rodilla

El local está desarrollado en dos plantas que se divide en varias zonas diferenciadas; en la planta sótano se distinguen aseos de personal, almacén y cuarto de basuras. En la planta baja se desarrolla la actividad de cafetería y consta de una barra de exposición y venta, sala de consumo, aseo mixto para señoras y minusválidos, aseo de caballeros, oficio, almacén de cámaras frigoríficas, cuarto de elaboración de sandwiches y zona de sucio.

En esta ocasión, a pesar de que legalmente se puede utilizar el cuarto de basuras de la comunidad del edificio, se dispuso de un espacio destinado a cuarto de basuras propio en el interior del local (con su correspondiente ventilación independiente, grifo y desagüe sumidero).

En esta licencia de actividad de cafetería se instalaron tres toldos según normativa zonal (uno en la entrada al local y otros dos en los huecos inmediatamente adyacentes). Se realizaron en materiales flexibles ajustándose al hueco conforme al artículo 34 de la Ordenanza de Publicidad Exterior (OPE). Los toldos extendidos se sitúan a una altura sobre la rasante de la acera superior a los 2.25 m establecidos en el artículo 6.10.11 del PGOUM, el saliente es menor al ancho de la acera menos 60 cm y menor a tres metros y respeta el arbolado conforme al artículo 6.10.11 del PGOUM. Igualmente se dispuso de dos cierres de chapa microperforada.

Licencia actividad Cafetería Rodilla 1024x543

El local dispone de muestras exteriores dentro del dintel de cada uno de los huecos de fachada consistentes en letra suelta corpórea de altura máxima: 30 cm, retranqueado desde la línea de fachada al menos 10 cm, espesor máximo: 5 cm, dispuestos en una sola línea, sin iluminación y ocupando como máximo el ancho del propio dintel del hueco correspondiente, cumpliendo con la normativa vigente.

El frente de barra es de friso de madera pintada. En toda la zona de público, tanto barra como salón se pintó con pintura plástica blanca mate tanto los paramentos verticales como el techo. El solado es de gres cerámico de primera calidad.
También lleva rodapié cerámico del mismo material que el solado.

El Ayuntamiento regulará las licencias de las panaderías-degustación tras las críticas de los hosteleros

Exigirá las mismas condiciones que a los bares pero les permitirán abrir en zonas saturadas.

El Ayuntamiento va a modificar los requisitos exigidos hasta la fecha para la apertura de las denominadas panaderías degustación, en auge en la ciudad en los últimos años. La decisión, de la que todavía se ultiman los detalles, llega tras las críticas del sector hostelero y de los principales sindicatos, que veían irregularidades en la concesión de licencias a este tipo de establecimientos.

licencia panaderia degustacion
En concreto, denunciaron que bajo el paraguas del término degustación, se estaba realizando una actividad hostelera que suponía una competencia desleal frente a los bares de la capital aragonesa, que debían hacer frente a mayores exigencias (instalación de baños, licencias más restrictivas, ubicación en zonas no saturadas, etc).

Además, los sindicatos criticaron que los trabajadores de estas panaderías perdían en torno a 6.000 euros al año por no estar regidos por el convenio laboral de la hostelería. Un agravio que debía subsanarse “cuanto antes”.

Ante esta situación se reunió el pasado mes de mayo un grupo de trabajo formado por los sectores afectados y las administraciones públicas para abordar el tema y acabar con estas “ventajas” que obtenían las nuevas panaderías-bar por parte del Ayuntamiento.

La propuesta, todavía por definir, pasaría por elevar el nivel de exigencia a estos nuevos negocios, como por ejemplo con la obligación de instalar baños y otros requisitos de carácter sanitario y urbanístico. Además, se estudia la posibilidad de condicionar el tipo de licencia -de bar o de comercio- en función del porcentaje de local dedicado a una u otra actividad.

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En cuanto a los salarios y a las condiciones de los trabajadores planteadas por los sindicatos, desde el Consistorio aseguran que “es una cuestión laboral más que de Urbanismo” pero que “se va a colaborar en todo lo posible por mejorarlas”.

Por su parte, las asociaciones empresariales no ven con buenos ojos dar vía libre a la instalación de estos negocios en las zonas saturadas ni diferenciar por el porcentaje de local destinado a cada uso, ya que «se estaría creando una tercera categoría».

Además, recuerdan que estos negocios «se agarran a su licencia de comercio para no pagar lo que deberían a sus trabajadores», por lo que reclaman que la licencia otorgada sea de hostelería. «Es la única manera de conseguir una solución definitiva», argumentan.