Si tu pasión es el tatuaje, la micropigmentación o el anillado corporal (piercing), y estás listo para abrir tu propio estudio, ¡este vídeo es para ti!
Montar tu espacio es emocionante, pero hay un paso administrativo CRUCIAL antes de empezar a pinchar tinta o colocar joyas: la inscripción en el Registro Sanitario de la Consejería de Sanidad.
Hoy te guiaré a través de la documentación general que suelen pedir las autoridades sanitarias para que tu estudio cumpla con todas las garantías higiénico-sanitarias.
Este vídeo es una GUÍA GENERAL. Las normativas sobre tatuaje, micropigmentación y piercing son COMPETENCIA DE CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Esto significa que los requisitos EXACTOS, los formularios, las tasas y los decretos específicos varían de una región a otra. DEBES CONSULTAR SIEMPRE la normativa y los procedimientos de la Consejería de Sanidad de TU Comunidad Autónoma.
¿Qué es este Registro y por qué es TAN Importante?
Primero, aclaremos conceptos. Este trámite, que según la Comunidad Autónoma puede llamarse Registro, Autorización Sanitaria, Comunicación Previa o Declaración Responsable, es el proceso por el cual informas y demuestras a la autoridad sanitaria que tu estudio cumple con todas las condiciones necesarias para realizar estas prácticas de forma segura e higiénica, minimizando los riesgos para la salud de tus clientes y la tuya propia.
Es un trámite distinto e independiente de la licencia de actividad o Declaración Responsable que te pide el Ayuntamiento. Necesitarás AMBOS permisos para operar legalmente. El del Ayuntamiento se centra en el uso del local (urbanismo, ruidos, etc.), mientras que el de Sanidad se enfoca en la HIGIENE, LA SEGURIDAD, LOS MATERIALES, LA FORMACIÓN DEL PERSONAL y los PROCEDIMIENTOS específicos de tu arte.
Operar sin este registro sanitario es ilegal y te expone a sanciones muy serias, incluyendo el cierre del local y multas cuantiosas. Además, es una garantía de profesionalidad de cara a tus clientes.
En muchas Comunidades, este proceso se basa en una Declaración Responsable. Esto significa que tú, como titular, declaras bajo tu responsabilidad que cumples con todo lo exigido y que tienes la documentación que lo acredita. La administración puede verificarlo después (¡y lo hará!).
Documentación Esencial: ¡Tu Checklist para el Éxito!
¡Vamos al grano! Aunque los detalles varían, esta es la documentación que necesitarás preparar:
Impreso Oficial de Solicitud de registro.
Es el formulario específico de tu Comunidad Autónoma para establecimientos de tatuaje, micropigmentación y anillado. Lo encontrarás en la web de la Consejería de Sanidad o su Sede Electrónica.
Aquí declararás tus datos, los del local, qué actividades vas a realizar (tatuaje, micropigmentación, anillado…) y, fundamentalmente, declararás que cumples todos los requisitos y que tienes la documentación que lo prueba. ¡Fírmalo con conocimiento!
Identificación del Titular o Representante Legal
Copia del DNI o NIE vigente del titular (si eres autónomo) o del representante legal.
Si es una Sociedad: Copia del CIF de la empresa y escritura de poder que acredite la representación.
Justificante del Pago de la Tasa:
Este trámite tiene una tasa asociada. Consulta cuánto es y cómo pagarla en tu Comunidad Autónoma o con tu arquitecto de confianza. Hay que adjuntar el comprobante de pago.
Memoria Técnico-Sanitaria Descriptiva del Establecimiento:
¡Documento CLAVE para el que puede que necesites ayuda de un técnico para prepararlo. Hay que describir:
Distribución: Planos o croquis detallados mostrando las diferentes áreas OBLIGATORIAS: área de trabajo (separada del resto), área de recepción/espera, área de limpieza/esterilización (¡fundamental!), y aseos (con agua caliente, jabón, toallas de un solo uso).
Instalaciones: Ventilación (muy importante), iluminación adecuada, fontanería (lavamanos con pedal o sensor en área de trabajo).
Materiales: Suelos, paredes y mobiliario de material liso, no poroso, impermeable y fácil de limpiar y desinfectar.
Acreditación de la Formación Higiénico-Sanitaria del Personal Aplicador:
Es IMPRESCINDIBLE que TODO el personal que vaya a realizar tatuajes, micropigmentación o piercing debe tener un diploma o certificado de haber superado un curso específico de formación higiénico-sanitaria, homologado o reconocido por la autoridad sanitaria de una Comunidad Autónoma.
Debes adjuntar copia de estos diplomas o disponerlos en el local, para CADA aplicador que trabaje en el estudio. ¡Sin esto, no pueden trabajar legalmente!
Protocolos Escritos de Limpieza, Desinfección y Esterilización:
Debes tener por escrito y detallado cómo vas a limpiar y desinfectar el local, el mobiliario y los equipos reutilizables, y cómo vas a esterilizar el material que lo requiera (o justificar el uso exclusivo de material estéril desechable). Incluye qué productos usas (autorizados) y con qué frecuencia.
Contrato con Empresa Autorizada para la Gestión de Residuos Sanitarios Cortantes/Punzantes:
Las agujas, cuchillas, etc., son residuos peligrosos. Necesitas un contrato en vigor con una empresa homologada que recoja y trate estos residuos específicos. Adjunta copia del contrato.
Modelos de Documento de Consentimiento Informado:
Debes tener plantillas del documento que tus clientes firmarán ANTES de cada procedimiento. Este documento debe informar claramente sobre:
- La técnica a realizar.
- Los riesgos potenciales (infección, alergias, cicatrización…). Las contraindicaciones. Los cuidados posteriores necesarios.La reversibilidad (o no) del procedimiento.
- La necesidad de declarar alergias o enfermedades.
Debes adjuntar los modelos que usarás. ¡Son obligatorios!
Una vez todo presentado y revisado, tu estudio quedará inscrito en el registro autonómico correspondiente.
La administración sanitaria realizará inspecciones (iniciales y periódicas) para comprobar que lo declarado es cierto y que cumples in situ con todo: higiene, instalaciones, material, protocolos, formación… ¡Prepárate para ellas! ¿Te ha sido útil esta guía? ¿Estás montando tu estudio? ¿Tienes alguna duda general? Recuerda que puedes contactar o dejarnos un comentario.
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