¿Estás pensando en dar el gran paso y abrir tu propio centro? Ya sea una consulta médica, una clínica dental, de fisioterapia, psicología, podología o cualquier otro servicio de salud, hay un trámite absolutamente crucial antes de abrir las puertas: la Autorización Sanitaria.
Hoy vamos a desglosar la documentación general que las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas suelen exigir para conceder esta autorización a un nuevo centro.
Este vídeo es una guía GENERAL. La sanidad es competencia autonómica en España, lo que significa que CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA tiene sus propios formularios, tasas, y requisitos específicos. SIEMPRE, SIEMPRE deberás consultar la normativa y los procedimientos exactos de la Consejería de Sanidad de TU Comunidad Autónoma.
¿Qué es la Autorización Sanitaria y Por Qué es IMPRESCINDIBLE?
La Autorización Sanitaria es el permiso que otorga la Consejería de Sanidad y que certifica que tu centro cumple con TODOS los requisitos de personal, de equipamiento y de funcionamiento necesarios para garantizar la seguridad y la calidad de la asistencia a los pacientes.
Sin esta autorización, simplemente, NO puedes operar legalmente. Abrir sin ella puede acarrear sanciones muy graves, incluyendo el cierre del centro.
Es importante diferenciarla de la licencia municipal de actividad o declaración responsable que concede el Ayuntamiento. Son dos trámites distintos y necesitarás ambos. La autorización sanitaria se centra específicamente en los aspectos de SALUD y seguridad del paciente y del personal.
Este proceso suele implicar dos fases principales, aunque a veces se tramitan juntas:
Autorización de Instalación: Permiso para realizar las obras o acondicionamiento del local según los requisitos sanitarios.
Autorización de Funcionamiento: Permiso para iniciar la actividad una vez que el centro está listo y se ha comprobado (normalmente mediante inspección) que cumple todo lo exigido.
Documentación Clave: ¡El Checklist Sanitario!
Preparar la documentación requiere tiempo y atención al detalle. Aquí va la lista de lo que generalmente te van a pedir:
Solicitud Oficial (Impreso Normalizado):
El formulario específico de tu Comunidad Autónoma. Lo encontrarás en la web de la Consejería de Sanidad o su Sede Electrónica.
Debe estar perfectamente cumplimentado con los datos del titular (persona física o jurídica), del representante legal si lo hay, del centro (dirección exacta) y la «oferta asistencial» (qué tipo de servicios sanitarios vas a prestar, definidos según la clasificación oficial).
Identificación del Titular y Representante:
Copia del DNI/NIE del titular (si es persona física) o del representante legal.
Si es una Sociedad (persona jurídica): Copia del CIF de la empresa, escritura de constitución y/o poder notarial que acredite la representación.
Justificante del Pago de la Tasa:
Este trámite lleva asociada una tasa autonómica. Deberás abonarla según indiquen (modelo de autoliquidación) y adjuntar el comprobante. ¡Sin esto, no se inicia el expediente!
Documentación Técnica del Centro (¡MUY IMPORTANTE!):
Aquí está gran parte del trabajo previo. Necesitas demostrar que el local cumple físicamente con la normativa sanitaria. Esto suele incluir:
Proyecto Técnico y Memoria Técnica Sanitaria: ¡Este es VITAL! Elaborado y firmado por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero). Describe detalladamente el centro: planos de distribución (salas de espera, consultas, aseos adaptados, almacenes, etc.), superficies, accesibilidad y equipamiento… Todo debe ajustarse a la normativa específica para tu tipo de centro.
La complejidad de este documento varía. No es lo mismo una simple consulta de psicología que un centro con cirugía menor ambulatoria. ¡Asesórate con un técnico con experiencia en centros sanitarios!
Documentación del Personal Sanitario:
Debes acreditar que cuentas con el personal adecuado y cualificado.
Identificación del Director/Responsable Sanitario: Cada centro debe tener un responsable (médico, odontólogo, fisioterapeuta, etc., según el tipo de centro). Necesitarás su DNI/NIE, copia del Título Oficial y certificado de Colegiación vigente.
Relación del Personal Sanitario: Un listado de TODO el personal sanitario que prestará servicios en el centro, indicando nombre, DNI/NIE, titulación y número de colegiado de cada uno.
Documentación sobre Equipamiento y Material:
Un inventario detallado del equipamiento y material sanitario esencial para la actividad que vas a desarrollar (camillas, equipos de diagnóstico y tratamiento…). Debes demostrar que tienes lo necesario y que cumple la normativa (marcado CE, revisiones si aplica).
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil:
¡Imprescindible! Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional que cubra los posibles daños a pacientes derivados de la actividad sanitaria. Debe estar en vigor y al corriente de pago (adjuntar recibo).
Plan de Gestión de Residuos Sanitarios:
Ciertos centros sanitarios generan residuos especiales (biosanitarios, cortantes, punzantes). Necesitas presentar un contrato con una empresa autorizada para la recogida y gestión de estos residuos.
Otros Documentos Específicos (Según el tipo de centro):
Dependiendo de tu actividad, pueden pedirte más cosas:
Unidades con Radiodiagnóstico (Rayos X, TAC…): Autorización específica del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y plan de protección radiológica.
Los centros donde se realice micropigmentación o la utilización de Plasma Rico en Plaquetas (PRP) requieren además un registro específico aparte.
El Proceso (Resumido) y la Inspección
Una vez reunida TODA la documentación (¡y créeme, puede ser voluminosa!)…
- Presentación: Se presenta la solicitud y todos los documentos adjuntos, generalmente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Sanidad, usando certificado digital o Clave.
- Revisión y Subsanación: La administración revisará todo. Si falta algo o hay errores, te darán un plazo (normalmente 10 días hábiles) para subsanar. ¡Atento a las notificaciones!
- ¡La Inspección Sanitaria!: Este es un paso CRUCIAL. Una vez la documentación está completa y correcta (sobre el papel), técnicos de la Consejería de Sanidad visitarán tu centro para comprobar in situ que TODO cumple con la normativa y con lo que declaraste en el proyecto/memoria: distribución, accesibilidad, equipamiento, higiene, señalización, procedimientos…
- Resolución: Si la inspección es favorable, la Consejería emitirá la Resolución de Autorización Sanitaria de Funcionamiento y te inscribirán en el Registro Autonómico de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios. ¡Ya puedes abrir! Si es desfavorable, te indicarán las deficiencias a corregir.
Mis consejos clave:
PLANIFICA CON MUCHA ANTELACIÓN: Este proceso lleva meses, no semanas. Empieza mucho antes de la fecha de apertura deseada.
BUSCA ASESORAMIENTO EXPERTO: Contrata a un arquitecto con experiencia demostrada en proyectos sanitarios. Te ahorrará tiempo, dinero y muchos dolores de cabeza.
ESTUDIA LA NORMATIVA DE TU COMUNIDAD AUTONOMA: No te canses de oírlo. Busca el Decreto específico de autorización de centros de tu Comunidad y la normativa aplicable a tu tipo de actividad.
PREPARA LA INSPECCIÓN A CONCIENCIA: Asegúrate de que el día de la visita todo esté impecable y tal como se describió en el proyecto.
COORDÍNATE CON EL AYUNTAMIENTO: Recuerda que la licencia municipal va en paralelo. Infórmate también de esos requisitos.
Abrir un centro sanitario es un proyecto emocionante pero complejo administrativamente. ¡Esperamos que esta guía general sobre la documentación te sirva de hoja de ruta! ¿Te ha sido útil? ¿Estás en este proceso? ¡Cuéntanos tu experiencia o tus dudas generales en los comentarios!
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