Licencias de Apertura y Actividad

¿Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio’

Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio 4

Para empezar: ¿Empresario individual o Sociedad?

En cuanto a los gastos, es más económico iniciar la actividad como autónomo, siempre y cuando se solicite la capitalización de la prestación por desempleo.

Respecto a desgravaciones, las Sociedades tiene mayores posibilidades que el empresario individual.

Lo que es igual, tanto para Sociedades como para empresarios individuales, son los gastos por contratación de trabajadores (Seguridad Social e IRPF), así como el IVA.

Tipos de empresas

Autónomo (empresario individual)

Persona física que realiza por cuenta propia una actividad económica, tenga contratados trabajadores o no. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada.

Emprendedor de Responsabilidad Limitada

Persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, realiza por cuenta propia una actividad económica o profesional, tenga contratados trabajadores o no. Sin capital mínimo y responsabilidad limitada. Son necesarios trámites notariales.

Sociedad Limitada

Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones sociales, integradas por las aportaciones de todos los socios. Estos no responderán personalmente de las deudas sociales. Capital igual o superior a 3.000€, que puede ser en especie y sin certificación de perito, y responsabilidad limitada.

Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

Sociedad de carácter mercantil de régimen igual al de las Sociedades Limitadas, excepto en ciertas obligaciones para garantizar la responsabilidad frente a terceros. Sin capital mínimo y responsabilidad limitada. No requiere desembolso inicial pero necesita un capital de 3.000€ y responsabilidad limitada.

Sociedad Limitada Laboral

Sociedades limitadas en las que la mayor parte del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos. Capital superior a 3.000€ y responsabilidad limitada

Comunidad de bienes

Contrato privado de comunidad de bienes, en el que se detallan la actividad del negocio, las aportaciones, que podrán ser en dinero o en especie,  y el porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias, el uso de elementos comunes y el sistema de administración. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada de los socios

Sociedad Cooperativa

La cooperativa es una sociedad constituida al menos por tres personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, con estructura y funcionamiento democrático. El capital social mínimo no puede ser inferior a mil ochocientos euros, debiendo estar desembolsado al menos el 25% en el momento de la constitución. La responsabilidad es limitada.

Sociedad anónima

Sociedad mercantil con personalidad jurídica en la que el capital, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios que no responden personalmente de las deudas sociales. Capital social mínimo de 60.000€.

Ayudas para la creación de empresas

Capitaliza tu prestación por desempleo

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Ayudas al Emprendedor

Todas las ayudas que ofrece la Comunidad de de Madrid para la creación de empresas: Acceder

AvalMadrid

Sociedad de Garantía Recíproca cuya labor es facilitar y ayudar a la financiación de las pymes, autónomos y emprendedores de la Comunidad de Madrid: Acceder

Trámites de inicio de actividad

Empresario individual

Para darse de alta como autónomo, existen tres opciones: hacer los trámites acudiendo personalmente a Hacienda y a la Seguridad Social, acudir a un PAE (Puntos de Atención al Emprendedor) o hacerlo directamente a través de internet.

Se recomienda acudir a un PAE donde recibirá asesoramiento e información, además de poder realizar toda la tramitación en el acto.

En el caso de hacerlo personalmente, los pasos necesarios son:

– Declaración censal y alta en IAE
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Tesorería General de la Seguridad Social

– En el caso de que exista un centro de trabajo, comunicación de apertura del mismo a la Dirección de Trabajo de la Comunidad de Madrid y formalización de la licencia de apertura en el Ayuntamiento
Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid

– Hojas de reclamaciones, si procede
Información y descarga de modelo

– Inscripción como Empresario individual de Responsabilidad Limitada en el Registro Mercantil Provincial
Registro Mercantil de Madrid

– En el caso de que haya un centro de trabajo, formalizar licencia de apertura en el Ayuntamiento

– En el caso de contratación de trabajadores:

– Solicitud de Código Cuenta de Cotización
Acceso

– Alta de trabajadores en el Régimen de Seguridad social correspondiente
Acceso

Sociedades laborales

Para crear una Sociedad Limitada, existen tres opciones: hacer los trámites acudiendo personalmente a Hacienda y a la Seguridad Social o hacerlo directamente a través de internet.

En el caso de hacerlo personalmente, los pasos a seguir son:

– Certificación negativa de denominación social
Registro Mercantil Central

– Certificacion bancaria de haber desembolsado las aportaciones a la sociedad

– Otorgamiento de escritura pública

– Solicitud de NIF provisional
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Inscripción en el Registro Mercantil
Registro Mercantil de Madrid

– Obtención del NIF definitivo
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Declaración de inicio de actividad
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Alta de los socios y administradores en la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social

– Comunicación de apertura del centro de trabajo
Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid

– En el caso de que haya un centro de trabajo, formalizar licencia de apertura en el Ayuntamiento

– Hojas de reclamaciones, si procede. Dependiendo del sector de actividad, pueden ser de competencia autonómica o municipal
Información y descarga de modelo

– En el caso de contratación de trabajadores:

– Solicitud de Código Cuenta de Cotización
Acceso

– Alta de trabajadores en el Régimen de Seguridad social correspondiente
Acceso

Cooperativas

CONSTITUCIÓN

– Solicitar la reserva del nombre de la cooperativa al Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid accede a la solicitud

Elaborar los estatutos sociales de la sociedad en función de la clase de cooperativa. Aquí encontrarás el modelo de Estatutos

– Otorgar ante notario  la escritura pública de constitución, en la que se incluirá la siguiente documentación:

  1. Estatutos Sociales.
  2. Acta Asamblea Constituyente (en su caso)
  3. Certificación negativa de denominación (reserva de nombre)
  4. Resguardos acreditativos del ingreso en entidad de crédito, por de cada uno de los promotores, de la aportación obligatoria mínima para ser socio.

– Solicitar el NIF provisional : en la misma notaría o en la Agencia Tributaria.

– Declaración censal de alta (modelo 036), también en la Agencia Tributaria

– Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:  acceder al Portal del contribuyente

– Inscripción de la escritura de constitución en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid: presentar copia autorizada y copia simple de la escritura.

PUESTA EN MARCHA

– Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E) en la Agencia Tributaria (Modelo 840) ó Ayuntamiento (www.agenciatributaria.es ó www.sede.madrid.es), según el caso. 

– Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.

– Afiliación y alta de los socios trabajadores en el Régimen General o de Autónomos con anterioridad al comienzo de su actividad laboral, y, en su caso, de los trabajadores en el Régimen General.

– Otros trámites en función del tipo de actividad y circunstancia de cada sociedad (licencia de obras, de actividades e instalaciones, comunicación de apertura de centros de trabajo, inscripción de marcas, patentes, nombres comerciales, inscripción de inmuebles en el Registro de la Propiedad, etc…..).

Sociedades anónimas

Trámites necesarios para la adopción de la personalidad jurídica.

– Certificación negativa de denominación social
Registro Mercantil Central

– Certificacion bancaria de haber desembolsado las aportaciones a la sociedad

– Solicitud de NIF provisional
Agencia Estatal de Administración Tributaria

– Otorgamiento de escritura pública ante notario

– Autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid

– Inscripción en el Registro Mercantil
Registro Mercantil de Madrid

– Obtención del NIF definitivo
Agencia Estatal de Administración Tributaria

Para más información puede consultar el siguiente enlace

Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

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