Licencia de actividad de salon de juego y apuestas

Para tramitar la licencia de actividad de salón de juego y apuestas, además de realizar las gestiones Ayuntamiento deberemos también tramitar la autorización de funcionamiento de salones de juego en la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Licencia de actividad de salon de juego

Los salones de juego son los habilitados para explotar máquinas de los tipos B y D, sin perjuicio de que puedan tener también en explotación máquinas de tipo A. Estos establecimientos deberán obtener, previamente a su apertura, la correspondiente autorización administrativa.

REQUISITOS PARA LA LICENCIA Y REGISTRO DE SALON DE JUEGO

1. Inscripción en el Registro del Juego, de la persona física o jurídica titular del local, para la actividad de explotación de salones de juego.
2. Superficie mínima de 150 m2 construidos.
3. La superficie destinada a la instalación de máquinas será superior a la suma de las demás superficies dedicadas a la explotación de otros juegos autorizados y al servicio de bar o cafetería que se pudiera instalar. En todo caso, se deberá cumplir la normativa en materia de seguridad y protección de incendios y la demás que sea de aplicación.
4. Depósito de garantía por importe de 36.000 €. por cada salón que puede prestarse en efectivo o en valores de deuda pública, así como mediante aval o contrato de seguro de caución y se depositará en la Tesorería de la Comunidad de Madrid.

 

Información complementaria para licencia salones de juego

En la fachada exterior de los salones de juego se deberán situar anuncios o carteles con la expresión «salón de juegos«, que dé cuenta de su denominación y actividad.

Los salones de juego deberán tener un servicio de recepción o admisión que impida la entrada a los menores de edad y pueda exigir a estos efectos la identificación de cuantos usuarios acudan al establecimiento. Asimismo, deberán exhibir en la entrada del establecimiento un cartel conteniendo la prohibición de acceso a los menores de edad. Igualmente los titulares de los salones de juego deberán denegar el acceso a las zonas donde se instalen máquinas del tipo B.3 a las personas inscritas en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego. A tal efecto, se establecerá una conexión con el sistema informático del órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego encargado de dicho registro.

Los titulares de los salones recreativos y de juego podrán ejercer el derecho de admisión del público en la forma prevista en la normativa sobre espectáculos públicos y actividades recreativas.

Los salones recreativos y de juego deberán disponer de hojas de reclamaciones según el modelo reglamentariamente aprobado y en cantidad suficiente para atender las reclamaciones de los usuarios.

Licencia actividad salon de juego
Número de máquinas a instalar:
El número máximo de máquinas de los tipos A, B o D será de una por cada tres metros cuadrados de la superficie útil de la sala de juego, a excepción de las máquinas multipuesto. Para la instalación de máquinas multipuesto se tendrá en cuenta la proporción de un puesto por cada 2 metros cuadrados.
En todo caso, el número máximo de máquinas B.3 que se podrá instalar será de cinco.
Se podrán instalar ordenadores que permitan, a cambio de un precio, la práctica de determinados juegos de naturaleza recreativa idénticos o análogos a los propios de las máquinas de tipo A, ya sea a través de una red, del disco duro del ordenador o de sus elementos periféricos.

Documentación incorporada a la máquina:
Todas las máquinas que se encuentren instaladas y en explotación deberán llevar necesariamente incorporadas y de forma visible en su totalidad y legible desde el exterior:
– La placa de identidad.
– La autorización de explotación, debidamente protegida.
– La comunicación de emplazamiento correspondiente.
La documentación a que se refiere el apartado anterior se exhibirá en la parte frontal o lateral de la máquina. En este ultimo caso, la separación entre dicho lateral y cualquier otro obstáculo, permanente u ocasional, no podrá ser inferior a 0,50 metros.

Documentación a conservar en el establecimiento:
La autorización de funcionamiento del establecimiento y la licencia de actividad de salón de juego.
La autorización de explotación y la comunicación de emplazamiento de las máquinas instaladas en estos establecimientos, que podrán ser conservadas en las dependencias del establecimiento sin necesidad de su incorporación a las máquinas correspondientes.
La documentación que se debe conservar en el local estará en todo momento en el mismo y a disposición de los funcionarios que desempeñen las funciones inspectoras en materia de ordenación y gestión del juego, con independencia de la presencia del titular de la explotación del establecimiento en él.

Servicio de bar o cafetería:
El servicio de bar o cafetería que se podrá instalar en los salones de juego estará destinado a los usuarios y separado del espacio habilitado para los juegos, previa obtención de los permisos y licencias que sean exigibles, pudiendo servirse bebidas alcohólicas. El horario de funcionamiento de este servicio coincidirá con el de apertura y cierre de los salones de juego establecido por la normativa en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Licencia de actividad salon de juego

DOCUMENTACION A PRESENTAR
Autorización funcionamiento y licencia de actividad de salon de juego
 
Solicitud de Autorización y Renovación de Autorización de funcionamiento de salones de juego
– Documento que acredite la disponibilidad del local.
– Copia de la licencia municipal de apertura y funcionamiento (licencia de actividad de salon de juego) a nombre de la empresa solicitante.
– Plano del local a escala no superior a 1/100, visado por el colegio profesional correspondiente con indicación expresa de la superficie destinada a juego y plano de situación del mismo.
– Copia simple notarial de los poderes de representación
otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en su caso.
Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

4.3/5 - (13 votos)

Noticias relacionadas

2 comentarios

  • Lindi 28 mayo, 2020   Responder →

    Hola pero en un salón con 150 m2 cuantas
    Máquinas se puede meterse ahi . Y la
    Ruleta también ? Y por
    Ejemplo yo que quiero abrir uno solo tengo que. Encontrar el
    Local y depositar 36000 euros y nada
    Más
    O como que no entiendo

    • Madrid Licencias 29 mayo, 2020   Responder →

      El número de máquinas que puedan entrar en un local no solo dependerá del tamaño del mismo sino también de la distribución y geometría del local (pasillos, columnas, esquinas, etc…) por lo que no es posible undicar una cantidad de máquinas solo en base a la superficie del salón.

      Como en cualquier otro tipo de negocio, habrá que tramitar una licencia de actividad, presentando planos, memorias, etc… so solo se trata de hacer el depósito.

      Le recomendamos que facilite los datos del local (planos, dirección completa) a un técnico especializado que se encargue de asesorarle y de realizar los trámites pertinentes.

Responder a Madrid LicenciasCancelar respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.