Fachada Protegida Madrid

¿Cuáles son los criterios generales de Patrimonio para restaurar la fachada?

Fachada Protegida Madrid

Cuando tramitamos una licencia de actividad o declaración responsable, ya sea para empezar un nuevo negocio o para modificar una autorización ya concedida, en ocasiones estamos obligados a restaurar la fachada del local a su estado original. Especialmente estos casos se dan cuando el local esta ubicado en edificios con protección parcial (fachada protegida), pero también cuando el local está dentro del «arrabal de Felipe II» o cuando está «cerca y en entorno de monumento«.

Para conocer cómo de debe restaurar la fachada, debemos obtener los antecedentes de la misma, del Archivo Histórico de la Villa. Pero en ocasiones no aparecen los antecedentes, para lo cual, la comisión de Patrimonio (CPPHAN) establece unos criterios generales de construcción y acabados para los elementos de fachada:

CRITERIOS GENERALES DE LA CPPHAN:

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FACHADA
MATERIALES DE FACHADA

Cuando se lleve a cabo la reparación del revestimiento del muro de fachada, esta se efectuará utilizando materiales iguales a los originales existentes en la misma de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Si se trata de un revoco se utilizarán revocos artesanales en texturas y colores dominantes en la zona en que se ubica el inmueble. Si el revoco no se sustituyese en su totalidad, llevándose a cabo únicamente labores de parcheo, se admite la pintura al silicato o al pliolite para igualar el color.

b) Si se trata de un enfoscado, mediante enfoscado y posterior pintura al silicato, o al pliolite para igualar el color.

c) Si se trata de un chapado, mediante la reposición de chapados de piedra.

d) Si se trata de una fábrica de ladrillo cara vista la reposición de piezas de ladrillo macizo se efectuará con ladrillo de tejar, similar en color y textura a los existentes en la fachada, respetando asimismo el espesor de llagas y tendeles para conseguir un aspecto homogéneo. El rejuntado se hará con mortero bastardo, después de descarnar las zonas que sean necesarias.
En todo caso, se deberán mantener y/o recuperar los elementos decorativos existentes en la fachada tales como las molduras, las escayolas, etc.

RECUPERACIÓN DE HUECOS DE FACHADA

La recuperación de los huecos originales de la fachada del local se llevará a cabo de acuerdo con los planos originales del inmueble obrantes en el Archivo de la Villa, u otros que justifiquen clara y suficientemente que lo proyectado corresponde a la situación original.

Más info.
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Solicitar copia de licencia de actividad y fachada al archivo de la villa

A la hora de solicitar una nueva licencia de actividad en edificios o barrios protegidos, es obligatorio restablecer la fachada del edificio a su estado original, y para ellos unos de los documentos que debemos aportar son los antecedentes de los planos de la fachada.

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La recuperación de las fachadas en los edificios y zonas protegidas es una de las prioridades del Plan General.

  • Si la modificación fue realizada sin la preceptiva licencia, o con licencia anterior a la aprobación del Plan General o sin ajustarse a una licencia concedida, deberá restaurarse la fachada en los siguientes casos:

Siempre que se realicen obras que afecten a la fachada, con o sin cambio de uso.

-Aún cuando no se soliciten obras que afecten a la fachada, siempre que se produzca un cambio de actividad con o sin obras.

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  • Si la modificación de la fachada se realizó conforme a una licencia concedida con posterioridad a la aprobación del Plan General, no sería necesario recuperar la fachada puesto que se entiende que ya se ha realizado la recuperación.

 

Recordar que los establecimientos se catalogan en tres niveles de protección: nivel 1, 2 y 3, siendo el nivel 1 el de mayor interés.

Los locales de nivel 1 tienen protegidos elementos en la fachada y el interior, y los de niveles 2 y 3 únicamente la fachada.

En los proyectos se deberán acompañar de todos aquellos documentos que aporten datos sobre el estado original, que habrán de localizarse en el archivo de la Villa, o en su defecto, justificarse en la forma que mejor convenga.

Archivo de la Villa. Solicitud de información

Permite el acceso y la obtención, a título de mera información, de copias de los documentos y expedientes administrativos custodiados en el Archivo de la Villa.

Importe

La reproducción de los documentos está sujeta a la tasa fijada por el Ayuntamiento de Madrid:

  1. Fotocopias – DIN A-4 0,06 euros c/u – DIN A-3 0,09 euros c/u
  2. Copias de Documentos digitalizados – DIN A-4 0,16 euros c/u – DIN A-3 0,19 euros c/uCD/DVD 1,12 euros c/u
  3. Fotografías Digitales – JPEG 16 Mpix (5 MB) a 6,25 euros c/u – TIFF 16 Mpix (5 MB) a 6,25 euros c/u

El Archivo General de la Villa de Madrid aparece por vez primera en una Real Provisión de Carlos I (1525). En el siglo XVIII el Archivo de la Villa se organiza definitivamente. Desde hace trescientos años esta institución gestiona, describe, conserva y difunde los documentos generados por el Ayuntamiento de Madrid y, ya en el siglo XX, por los Ayuntamientos anexionados a los que se suman colecciones y fondos privados.

El archivo de la villa de Madrid

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