Madrid autoriza en Nochevieja dos «macrofiestas»

La Comunidad de Madrid ha autorizado dos «macrofiestas» en Nochevieja, una en Guadalix de la Sierra y en Navacerrada y otra de Reyes también en Guadalix.

En concreto, las macrofiestas de Guadalix se desarrollarán en el polideportivo municipal y tendrán una aforo máximo de 500 personas, mientras que la de Navacerrada se celebrará en el Teatro centro cultura de la localidad, con un aforo máximo de 400 personas.
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Por otro lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, encargada de estos asuntos, ha denegado la celebración de una macrofiesta en un bar de Madrid por no aportar la documentación exigida.

El Gobierno regional se limita a autorizar o denegar aquellos eventos que se quieren celebrar en lugares cuya licencia municipal no habilita para espectáculos públicos o actividades recreativas porque donde sí se habilita, corresponde al Ayuntamiento.

También corresponde a los ayuntamientos autorizar las ampliaciones de horario que puedan solicitarse con motivo de Nochebuena, Nochevieja o la noche de Reyes Magos.

REQUISITOS
De acuerdo con la normativa aplicable estas macrofiestas (actividades especiales) son aquellas distintas de las que se realizan habitualmente en los locales o establecimientos regulados en la región.

Estas actividades vienen reguladas en la Orden 10494/2002, de 18 de noviembre. Los solicitantes promotores u organizadores de los espectáculos o actividades de esta naturaleza han de presentar solicitud de autorización a la Dirección General de Justicia y Seguridad en el plazo de 30 días anteriores a la fecha de celebración del respectivo evento.

Los requisitos formales que han de cumplir los interesados son una solicitud con datos generales (artículos 6 y 7 de la Ley) que permitan identificar al solicitante y la actividad que pretende desarrollar; y documentación específica según el aforo que esté previsto constituirse; así como documentación específica para obtención de autorización de actividades recreativas extraordinarias en recintos o locales con aforo igual o inferior a 150 personas.

Para la celebración de las actividades recreativas extraordinarias (macrofiestas), con aforo igual o inferior a 150 personas será preciso presentar una memoria técnica descriptiva, redactada por técnico competente, que contenga los siguientes extremos:

a)    Descripción técnica, en su caso, de las modificaciones que sean precisas efectuar en el local para la realización de la actividad recreativa que se pretende desarrollar.
b)    Plano descriptivo del local, con indicación de las salidas, servicios higiénicos, y, en su caso, nuevo emplazamiento del mobiliario del local.

También deben aportar una documentación específica para obtención de autorización de actividades recreativas extraordinarias en recintos o locales con aforo igual o superior a 151 personas hasta 500 personas, inclusive. En ese caso, deberán presentar:

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