¿Cómo usar el graffiti profesional una vez recibida la licencia de apertura?

Cada vez que se abre un local a pie de calle se ofrece una nueva oportunidad para centenares de jóvenes en busca de riesgo y adrenalina. En este sentido, grafiteros de todas las edades encuentran en persianas metálicas, ya sean onduladas o lisas, el lienzo perfecto para volcar su ego con la sociedad y estampar su nombre con letras y/o figuras en la calle.

Estas pintadas suelen ser realizadas en un espacio de tiempo inferior a los 5 minutos, pues es un acto ilegal y corren riesgo de que la policía o algún transeúnte les vea. Con la consecuente multa. Por ello, ¿por qué no agregar el toque de un grafitero profesional en Madrid en tu presupuesto para la decoración?

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En vez de dejar esos colores plata, negro y blancos una vez que el negocio esté abierto, decenas de empresarios y emprendedores de toda clase de comercios e industrias utilizan sus cierres metálicos exteriores para mostrar al público verdaderas obras de arte hechas a mano. Por ejemplo,centros de estética, ópticas, agencias inmobiliarias o autoescuelas.

De esta manera, se captará la atención de quien pase andando o en coche cerca del establecimiento u oficina en cuestión. Aún así, la belleza no tiene porque quedarse de puertas para fuera. Es así por lo que esos mismos propietarios incluyen en las paredes del interior de sus negocios otras decoraciones artísticas. Tanto en formato mural como en lienzo.

Proyectos decorativos en función de las licencias para los locales

Tal y como decíamos anteriormente, la decoración se realiza por encargo. Estas solicitudes personalizadas pueden contar con un acabado básico, incluyendo logotipo + eslogan de la empresa, intermedio o de alta gama. Según vaya subiendo el grado detalle, mayor será el presupuesto a gastar, pero también se creará un impacto visual superior.

No es necesario contar con ningún permiso del Ayuntamiento puesto que la acción está contemplada dentro de la normativa vigente para los proyectos de apertura. Esto es, decorar el interior del establecimiento tal y como mejor le parezca al dueño. Es su derecho, a la vez que responsabilidad. Cualquier local, ya sea de uso recreativo, administrativo, comercial, educativo o de espectáculo puede hacerlo.

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¿Qué precios tienen los graffitis sobre murales grandes de pared?

Según el valor actual del mercado del arte decorativo, podríamos delimitar el precio de un graffiti mural entre los 43€ y los 83€ el metro cuadrado, incluyendo mano de obra y el uso de materiales especializados. Es obvio que el costo total variará dependiendo de los requisitos presentados por el cliente.

Sirviendo como ejemplo el caso de los grafiteros que pintan sin permiso en las fachadas situadas en la vía pública, es habitual que se agregue un barniz antigraffiti al acabar con la decoración. ¿Para qué servirá eso? Lo que se logra es crear una película capaz de repeler el uso de la pintura en spray, o cualquier otro formato. Si la pintura sigue presente, bastará con una máquina de agua a presión para eliminar cualquier resto existente.

Por otra parte, si el cliente escoge la opción hiperrealista no solo se utilizarán botes de spray y brochas con acrílicos, sino que también se incluirá la ejecución con aerógrafo. Trazo fino, delicado y para un ajuste máximo del color y del degradado presente en la obra.

De igual manera en que ocurre con el estado de los cierres metálicos enrollables, también hay que tener en cuenta cómo se encuentra la pared. ¿Ha sido ya pintada por los albañiles o es un muro en crudo que no ha sido tratado anteriormente?

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Licencia de actividad y apertura Cafetería Take Away

Hoy os presentaremos las imágenes de una licencia de apertura y actividad de una cafetería Take Away que hemos realizado en pleno centro de Madrid, en la calle Villanueva 31, se trata de la cafetería Rocket.

Cafetería Take Away 7
Cafetería Take Away 1

Esta cafetería, con servicio take-Away tiene un peculiar estilo de fachada muy fácilmente reconocible desde el exterior, y con unos muy cuidados acabados interiores, donde se ha prestado especial atención al mobiliario y a la iluminación.

Cafetería Take Away 2
Cafetería Take Away 3

Más info.

Criterio interpretativo modificaciones en actividades recreativas (LEPAR)

A continuación les informamos en relación con dos criterios interpretativos que se nos han notificado desde la Agencia de Actividades de Madrid:

A) En el documento con fecha con fecha 11 de diciembre de 2019 «CA-03 AGENCIA /2019» correspondiente a los criterios de aplicación de la Agencia de Actividades de Madrid relativo a la tramitación de actuaciones en establecimientos LEPAR, en lo que se refiere a “modificaciones sustanciales”.

LEPAR

Según establece el punto 6 del artículo 8 la LEPAR, será necesaria la obtención previa de nueva licencia de funcionamiento para la modificación de la clase de espectáculo o actividad a que fuera a dedicarse el establecimiento y para la reforma sustancial de los locales o instalaciones. Cualquier otra modificación y los cambios de titularidad deberán ser comunicados a los Ayuntamientos.
En este documento se distinguen dos niveles de modificación de  las actividades:

1. Modificaciones que requieran la obtención de una nueva licencia de funcionamiento:
– Modificaciones de la clase de espectáculo o actividad.
– Reforma sustancial de los locales e instalaciones.

2. Modificaciones para las que se requiera una mera comunicación al Ayuntamiento:
– Cualquier modificación (distinta de las dos anteriores).
– Cambios de titularidad.

La LEPAR establece que en este último caso no será necesaria una nueva licencia de funcionamiento y determina que aquellas obras o actuaciones que no afecten a la actividad (que no impliquen un aumento de superficie, ni afecten al aforo, etc…), estarán exentas de una nueva licencia de funcionamiento y su tramitación será equivalente al de las actuaciones que no están sometidas a la LEPAR, por lo que su tramitación se realizará a través de la correspondiente inspección por parte de una ECU

B) Desde la Agencia también se hace referencia a los supermercados en los que se instalen mesas para tomar algo o comer platos preparados y aclara que dichas mesas pueden entenderse como zonas de descanso pertenecientes a la propia actividad comercial y no como una actividad de restauración debido a que no disponen del servicio de atención a las mesas propio de cafeterías o similares.

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¿Qué son los edificios con nivel 1 de protección?

Edificio Historico 1024x682

Son aquellos edificios a los que el Planeamiento Urbanístico ha otorgado  dicha catalogación arquitectónica o aquellos considerados Bienes de Interés Cultural (BIC). La asignación de dicho nivel conlleva la protección y/o conservación global del edificio, de su diseño arquitectónico y constructivo y volumen además de su decoración.

Dentro del Nivel I se ubican los siguientes Grados:

  • Singular (edificios considerados de importancia para la historia del arte y arquitectura o significativos dentro de la trama urbana; e
  • Integral (edificios que contienen elementos  significativos).

Todas las obras que se realicen en estos inmueble, deberán contar con el Informe de la comisión de patrimonio correspondiente además de tramitarse por el procedimiento de Licencia Urbanística.

¿Se puede poner una consulta médica (licencia sanitaria) en una planta primera sin ascensor?

Licencia actividad centro médico

Al tratarse de una actividad sanitaria si es viable (como norma general) su implantación en una planta primera y el no disponer de ascensor no es impedimento para obtener la licencia (salvo que la norma zonal lo niegue específicamente para ese edificio) dado que unos de los motivos que vienen reflejados en la normativa para estar exento del cumplimiento de accesibilidad es que se tenga que intervenir en elementos comunes que no sean de su propiedad (escaleras comunes del edificio). El local no será accesible y no deberá disponer de aseos adaptados.

Este criterio vale para cualquier tipo de actividad sanitaria: consulta médica, psicología, logopedia, fisioterapia, podología, medicina estética, dermatología, etc…

Licencia de Actividad en Valdemoro

Declaración responsable para el ejercicio de actividades y servicios

Licencias de actividad Ayuntamiento Valdemoro

En cumplimiento de la ley 2/2012 de 12 de junio, se deberá presentar modelo normalizado de declaración responsable para la tramitación de licencias de apertura para el ejercicio de las actividades comerciales minoristas y de determinados servicios incluidos en su anexo (ver abajo), las actividades no listadas en el anexo, no podrán ser tramitadas por el procedimiento de «declaración responsable» sino que deberán tramitarse por el procedimiento de «licencia«.

Cómo se hace el trámite:

1.- El modelo necesario para la tramitación de este procedimiento.

2.- Ver anexo de las actividades que se ven afectadas (ver abajo).

Quién puede solicitar/tramitar:

Ver anexo (ver abajo)

Documentación Necesaria:
Declaración responsable (descargar del Ayuntamiento).

Dónde se puede solicitar/tramitar:
Departamento de Urbanismo. Plaza de la Constitución, 1

Tasas:

El pago de determinadas Tasas Municipales y Precios Públicos se realiza por el sistema de Autoliquidación. En estos casos debe rellenarse un impreso en el que se indica la cantidad a pagar y que se presentará en la entidad bancaria autorizada para realizar el pago ( Se puede pagar en cualquier entidad bancaria, excepto Bankinter – Cajastur–Liberbank.)

La autoliquidación será objeto de comprobación por parte de los servicios competentes del Ayuntamiento; pudiendo dar lugar a una regularización en caso de ser incorrecta.

Es por ello que, en caso de que le surjan dudas, no deje de dirigirse a las dependencias del Área Económica del Ayuntamiento de Valdemoro donde le asistirán y aclararán todas las dudas que la autoliquidación pueda generarle.

Ejemplo Tasas Ayuntamiento Valdemoro de tramitación por LICENCIA:

Más info.

¿CUÁNDO NUESTRA LICENCIA DE ACTIVIDAD NECESITA PROYECTO ELÉCTRICO?

Para el desarrollo de algunas actividades además de la licencia de actividad, las instalaciones de nuestro establecimiento deben cumplir con una serie de requisitos según la normativa vigente. A continuación se muestra una tabla con aquellas instalaciones que precisan proyecto eléctrico en función de la potencia eléctrica instalada, según el REBT (Reglamento electrotécnico de Baja Tensión):

GrupoTipo de InstalaciónLímites
aLas correspondientes a industrias, en generalP>20 kW
bLas correspondientes a: – Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión; – Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no.P>10 kW
cLas correspondientes a: – Locales mojados; – generadores y convertidores; – conductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas.P>10 kW
d– de carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras en construcción. – de carácter temporal en locales o emplazamientos abiertos;P>50 kW
eLas de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal.P>100 kW por caja gral. de protección
fLas correspondientes a viviendas unifamiliaresP>50 kW
gLas de garajes que requieren ventilación forzadaCualquiera que sea su ocupación
hLas de garajes que disponen de ventilación naturalDe más de 5 plazas de estacionamiento
iLas correspondientes a locales de pública concurrencia;Sin límite
jLas correspondientes a: – Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensión; – Máquinas de elevación y transporte; – Las que utilicen tensiones especiales; – Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de Baja tensión según lo establecido en la ITC-BT 44; – Cercas eléctricas; – Redes aéreas o subterráneas de distribución;Sin límite de potencia
kInstalaciones de alumbrado exterior.P > 5 kW
lLas correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajesSin límite
mLas de quirófanos y salas de intervenciónSin límite
nLas correspondientes a piscinas y fuentes.P> 5 kW
oTodas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna Disposición.Según corresponda
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ITC-BT-28

INSTALACIONES EN LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA

Analizando la tabla anterior, se entiende por local de pública concurrencia:

Locales de espectáculos y actividades recreativas:

Cualquiera que sea su capacidad de ocupación, como por ejemplo, cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar.

Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:

– Cualquiera que sea su ocupación, los siguientes: Templos, Museos, Salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías.

– Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos.

La ocupación prevista de los locales se calculará como 1 persona por cada 0,8 m2 de superficie útil, a excepción de pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios.

Para las instalaciones en quirófanos y salas de intervención se establecen requisitos particulares en la ITC-BT-38.

Igualmente se aplican a aquellos locales clasificados en condiciones BD2, BD3 y BD4, según la norma UNE 20.460-3 y a todos aquellos locales no contemplados en los apartados anteriores, cuando tengan una capacidad de ocupación de más de 100 personas.

Más info.