Cómo montar una escuela infantil, ludoteca o guardería

A continuación os dejamos el cuaderno editado por la Comunidad de Madrid en el que se habla específicamente de cómo montar una escuela infantil, ludoteca o guardería trámites licencias de actividad, etc.

Licencia de actividad escuela infantil

Encontrarás las pautas para la creación de una empresa, así como información específica referida a este tipo de negocio. Esperamos que su lectura te motive para tomar el camino del emprendimiento y comenzar a dar los pasos necesarios para la creación de tu propia empresa.

La idea de montar un negocio propio es un sueño que mucha gente ha tenido alguna vez en su vida y que cada día se hace realidad con más frecuencia.
La Comunidad de Madrid no es ajena a esta situación y ha adquirido un especial compromiso para promover, fomentar, facilitar y favorecer el emprendimiento y el autoempleo. Para ello, ha puesto en marcha numerosos servicios, programas y acciones con los que quiere reforzar la cultura emprendedora de los ciudadanos.
Como consecuencia de ello, cada vez son más los madrileños que contemplan la posibilidad de crear su propia empresa como una opción real y factible de desarrollo profesional.
En este entorno cada vez más favorable, los cuadernos Quiero montar… nacen con la intención de proporcionar orientación de utilidad a aquellas personas que contemplan la opción de emprender como vía de desarrollo de su carrera profesional y laboral.
Consideramos que las pautas e información que ofrecemos en estas páginas servirán de motivación para muchos emprendedores potenciales y les animarán a transformar sus ideas de negocio en auténticos proyectos empresariales.

Al final de este artículo podrás encontrar el enlace de descarga del cuaderno, pero aquí comentaremos los aspectos más relevantes de cara a la elección del local y la tramitación de la licencia de una escuela infantil.

Antes de proceder a la compra del local donde quieres desarrollar la actividad proyectada, deberás comprobar la viabilidad del mismo, de forma que no exista ningún problema para la posterior obtención de las correspondientes licencias municipales.

escuela infantil licencia de actividad

PERSONAL NECESARIO DE LA ESCUELA INFANTIL

Los profesionales del centro deberán ser: Maestro especialista de Educación Infantil, Técnico Superior de Educación Infantil, Profesor de Educación General Básica especialista en Educación Preescolar, Maestro de Primera Enseñanza, Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa, Técnico especialista en Jardines de Infancia, Técnico especialista Educador Infantil, u otros profesionales que estén habilitados por la Administración Educativa para impartir el primer ciclo de
Educación Infantil.

La propiedad del centro puede ostentarse por personas que no tengan las titulaciones antes citadas y que desempeñarán las funciones de gerencia.

escuela infantil licencia de actividad 1
Los centros que tengan 3 o más unidades deberán contar con personal cualificado en número igual al de unidades en funcionamiento, más uno. Aquellos centros que tengan menos de 3 unidades deberán contar, como mínimo, con personal cualificado en número igual al número de unidades autorizadas.

Por cada seis unidades o fracción deberá haber, al menos, un Maestro especialista de Educación Infantil o grado equivalente (Profesor de Educación General Básica especialista en Educación Preescolar, Maestro de Primera Enseñanza, Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa).

Dentro del Grupo IV, y entre las cuatro categorías enunciadas en primer lugar (a, b, c y d), se podrá acordar la polivalencia funcional, es decir la realización de labores propias de dos o más categorías dentro del mismo grupo profesional.
Debes saber que en el cómputo de la jornada laboral anual se incluyen un mínimo de 20 horas destinadas a la formación y perfeccionamiento profesional, que deberás garantizar a tus trabajadores. Cuando los trabajadores realicen cursos de perfeccionamiento con la autorización previa del empresario, los gastos de matrícula, desplazamiento y residencia correrán a cargo de la empresa. En los cursos organizados de acuerdo a planes específicos contenidos en los programas de Formación Continua, el empresario está obligado a facilitar las horas laborales precisas para efectuar dicha formación, sin reducción de salario.

Licencia actividad escuela infantil

COSAS QUE DEBES SABER SI QUIERES MONTAR UNA ESCUELA INFANTIL
¿Qué es una escuela infantil?
Una escuela infantil es un centro educativo en el que se imparte el primer ciclo o la etapa completa de Educación Infantil, es decir, la primera etapa del sistema educativo español, que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
La educación infantil es de carácter voluntario y se estructura en dos ciclos:
El primer ciclo se extiende hasta los tres años, etapa en que la escuela infantil debe atender fundamentalmente al desarrollo del movimiento y al control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, al desarrollo de las capacidades sensoriales, a la adquisición de hábitos saludables, y al descubrimiento del entorno inmediato.
En el segundo ciclo, para niños y niñas de tres a seis años, se debe procurar que el niño aprenda a hacer uso del lenguaje, descubra las características físicas y sociales del medio en el que vive, elabore una imagen de sí mismo positiva y equilibrada, y adquiera los hábitos básicos de comportamiento que le permitan una elemental autonomía personal.
Las escuelas infantiles pueden ser de titularidad pública o privada. Los requisitos que se recogen a continuación se refieren únicamente a las escuelas privadas, ya que los centros de la red pública están regulados por una normativa propia.

Licencia actividad guarderia infantil

 

Licencias y autorizaciones previas al comienzo de la actividad
Licencia de apertura de una escuela infantil
La actividad de una escuela infantil está considerada como «actividad calificada«, por lo que deberás asegurarte de que el Plan de Ordenación Urbana del municipio en el que vas a ubicar tu escuela infantil prevé el ejercicio de la actividad docente en el local que tienes previsto ocupar. Si no fuera así, deberás buscar un local que cumpla con lo establecido en el Plan de Ordenación Urbana.
Una vez localizado el local adecuado, deberás solicitar la Licencia de Apertura, para lo cual deberás preparar un Proyecto que será realizado por un Arquitecto. El coste de la realización del proyecto está en función del tamaño del local.
El plazo de concesión de esta Licencia depende de cada Ayuntamiento, y suele oscilar entre los 3 y los 12 meses. Es muy importante presentar el proyecto cumpliendo todos los requisitos, para agilizar los trámites de aprobación.

Autorización administrativa

Para la puesta en marcha de tu escuela infantil necesitarás una Autorización Administrativa que se otorga por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes han de presentarse en la Dirección Territorial correspondiente al domicilio del local, donde te proporcionarán los impresos necesarios y donde podrás solicitar fotocopias de la legislación correspondiente más importante.

Con la solicitud, deberás aportar, entre otra documentación, los planos que acrediten que el centro reunirá los requisitos de carácter docente exigidos por la normativa. En este caso, la Consejería de Educación aprobará el proyecto, y solo entonces podrás ejecutar las obras que correspondan.
Una vez finalizadas, los técnicos de la Consejería comprobarán si las instalaciones del centro coinciden con el proyecto aprobado, y, en el supuesto de que así sea, obtendrás la autorización de la administración educativa para su para su apertura y funcionamiento.
Debes saber que la Autorización podrá ser revocada por la Consejería de Educación, de oficio o a instancia de los interesados, si tu centro deja de reunir los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Licencia actividad ludoteca 1

Requisitos mínimos y características específicas de las escuelas infantiles
Atendiendo a la normativa legal relativa a los centros, las instalaciones y condiciones materiales, el número de niños, las titulaciones y el número de profesionales, deberás tener en cuenta los siguientes requisitos:

Locales con acceso independiente desde la calle (chalets, naves, locales de
planta baja, etc.)
Tendrán un uso exclusivamente educativo en el horario escolar. Para niños menores de 2 años existirán áreas diferenciadas para su descanso (sala equipada con cunas y corrales) y un cambiador para su higiene (una bañadera, grifería con conexión con agua caliente, una mesada con una colchoneta para vestir y cambiar a los niños, y un recipiente para los pañales sucios).
Las salas de cunas y de niños que en caso de evacuación no pudieran salir por su propio pie se situarán en planta baja.

Espacio adecuado para la preparación de alimentos
Cuando se escolaricen niños menores de un año.
Deberá estar dotado con al menos una pileta para lavar, un frigorífico y un microondas. Es recomendable disponer también de un sistema para la esterilización de los biberones y tetinas.

Sala de usos múltiples 1
30 m². En el caso de centros con menos de 3 unidades de aula, podrá autorizarse
una superficie inferior a 30 m² siempre que dicha superficie sea de al menos 2 m² por cada niño y que tenga, como mínimo, 18 m².
Será obligatorio en el caso de que el centro disponga de 3 o más unidades de aula.
Podrá ser utilizada como comedor.

Patio de juegos 1 No inferior a 70 m² y de uso exclusivo del centro.
Será obligatorio para centros con 9 o más unidades de aula, incrementándose la superficie de forma proporcional al número de unidades que exceda de 9.
En aquellos centros con menos de 9 unidades de aula podrá autorizarse un espacio de al menos 30 m² para centros de menos de 3 unidades, o de al menos 60 m², en el caso de los centros de 3 a 8 unidades.
Se aconseja disponer de zonas techadas para poder salir los días de lluvia, así como zonas sombreadas.
Deberá estar convenientemente delimitado y protegido de manera que se garantice el control y la seguridad de los niños.

Aseos (niños)
1 por unidad de aula
Para niños de 2 a 3 años. Será visible y accesible desde el aula, y tendrá, al menos, 2 lavabos y 2 inodoros de tamaño adecuado a la estatura de los niños.

Aseo (adultos)
1 Para el personal del centro.
Separado de las unidades y de los servicios de los niños, contará con un lavabo, un inodoro y una ducha.

Despacho de dirección y secretaría: 1 Podrá ser utilizado como sala de profesores.

Licencia de actividad para escuela infantil

Número de niños por unidad en escuelas infantiles
La apertura y funcionamiento de centros de titularidad privada viene determinado por la superficie del aula y por el número máximo de niños por unidad en función de su edad. En este sentido, la normativa aplicable en la Comunidad de Madrid establece el siguiente número de niños por aula:

Unidades para niños menores de un año: 1 a 8
Unidades para niños de 1-2 años: 1 a 14
Unidades para niños de 2-3 años: 1 a 20
Unidades para niños de 3-4 años: 1 a 25
Unidades para niños de 4-5 años: 1 a 25
Unidades para niños de 5-6 años: 1 a 25

Los centros que tengan menos de 3 unidades escolares podrán agrupar en sus aulas niños de edades diferentes, con una ratio máxima de 15 niños por unidad escolar. El número de niños definitivo de los grupos formados por niños de edades diferentes deberá ser autorizado por la Dirección de Área Territorial de la Consejería de Educación, a propuesta del centro, con el visto bueno del Servicio de Inspección de Educación, teniendo en cuenta la distribución de edades y no pudiendo en ningún caso autorizarse más niños de los permitidos con el mismo rango de edad para centros con 3 o más unidades.

De forma excepcional, y por necesidades vinculadas a las demandas de las familias, podrán autorizarse agrupamientos de niños de primer y segundo ciclo (3 a 6 años) de Educación Infantil.
También de forma excepcional podrán autorizarse centros de una sola unidad que agrupe niños de ambos ciclos.
En cada grupo pueden integrarse niños con necesidades educativas especiales, que ocuparán con carácter general dos plazas. Su incorporación en un grupo origina la disminución del número total de niños en esa proporción.

Cómo montar una escuela infantil

Negocios afines: guarderías infantiles y ludotecas
Con frecuencia, en el lenguaje coloquial y en la percepción social se equiparan las escuelas infantiles con las guarderías infantiles. Sin embargo, existen diferencias muy claras entre ambas. En este sentido, la guardería infantil solamente atiende a niños y niñas de cero a tres años y no tiene carácter educativo, siendo su actividad exclusivamente la del cuidado y atención de niños.
Así pues, las guarderías infantiles se configuran como un servicio social del primer nivel cuya finalidad principal es dar respuesta a las necesidades de los niños y sus familias con el fin de que éstas puedan conciliar la vida familiar y laboral.
Mención aparte merecen también las ludotecas. Aunque con frecuencia hacen la función de guardería, son en realidad locales destinados al juego, recreo y esparcimiento de los niños. Con frecuencia, estos establecimientos incluyen entre sus actividades la de celebrar fiestas infantiles o similares.

Para ambos tipos de negocios existen, al igual que para las escuelas infantiles, unas normativas que han de cumplirse en lo referente a licencias municipales, emplazamiento y condiciones técnicas, locales, condiciones higiénico-sanitarias, personal, derechos de los consumidores, etc. A continuación enumeramos algunas de las más significativas:

Licencias municipales previas al comienzo de la actividad
Al tratarse de centros que acogen regularmente a niños de edades correspondientes a la educación infantil, éstos quedan sometidos a los mismos requisitos que las escuelas infantiles en lo que se refiere a licencias municipales previas al comienzo de la actividad.

Emplazamiento y condiciones técnicas e higiénico-sanitarias del local
Atendiendo ante todo a las normas establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio en el que se quiere instalar una guardería infantil o ludoteca, los centros de nueva creación deben ubicarse en edificios de uso exclusivo o en locales de planta baja, semisótano y/o primera planta de edificios de otros usos. En éste último caso, el acceso al local deberá ser independiente al del resto del edificio y la comunicación entre las distintas plantas deberá ser interior, no pudiendo utilizarse la escalera común del edificio, excepto como vía de evacuación de emergencia.
Los locales en los que se ejerza la actividad de guardería infantil o ludoteca deberán disponer, como mínimo, de las siguientes dependencias:

Vestíbulo o sala de recepción, en la que se ubicará el guardarropa con armarios o percheros suficientes, y zona destinada al aparcamiento de sillas o coches, dispuesta de tal forma que, en caso de evacuación, no se obstaculice la vía de salida al exterior.
- Salas de estancia, con una superficie mínima de 1,5 m² por niño, separadas por grupos de edades (0 a 2 años y 2 o más años). La zona de cunas y las salas de niños que en caso de evacuación no pudieran salir por su propio pie, se situarán siempre en planta baja.
- Sala de usos múltiples, que podrá ser destinada a sala de juegos y reposo y que tendrá como mínimo 1,5 m² por niño. Esta sala se podrá destinar a comedor, en caso de que no exista una sala para uso exclusivo con este fin.
- Zona de recreo al aire libre, que podrá estar ubicada fuera del recinto pero próxima al mismo, siempre que en los desplazamientos y en la estancia en éstos se garantice la seguridad de los niños.

Cómo montar una ludoteca

– En el caso de atender a niños lactantes, en la cocina, sala de recepción de alimentos o en espacios anexos a la sala de bebés, existirá una zona de preparación de biberones, en la que se seguirá una sistemática que mantenga y garantice las condiciones adecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario. En todo caso, las tetinas y biberones se someterán a desinfección por calor o sistemas autorizados.
- Un aseo visible y accesible por cada sala destinada a niños de más de dos años, que contará con lavabo e inodoro. En el supuesto de que el aseo sea compartido por dos o más salas, deberá de ser accesible desde cada una de ellas y contará, al menos, con dos lavabos y dos inodoros. Los sanitarios para uso infantil serán de tamaño adecuado y estarán colocados a la altura apropiada.
- Aseo y vestuarios o taquillas para uso exclusivo del personal que preste servicio en el centro.
- Zona independiente, destinada exclusivamente al servicio de lavandería sí ésta se realizara en el propio centro.
- Cuarto o armario destinado a guardar lencería, que estará totalmente independizado del almacén de alimentos en caso de que éste existiera.
- Lugar aislado o armario metálico, destinado al almacenamiento de productos y material de limpieza.
- Dependencia aislada y ventilada destinada a cuarto de basuras, cuyas paredes, techos y suelos serán de material lavable y que dispondrán de toma de agua y desagüe, con el fin de garantizar su mantenimiento en las condiciones idóneas, a no ser que existiera cuarto de basuras de uso compartido.

Como os comentábamos al inicio del artículo, aquí os dejamos el enlace para descargar el cuaderno sobre cómo montar una escuela infantil, ludoteca o guardería, donde encontrarás toda la información completa y detallada.

 

Contacte con nosotros para la realización del proyecto y tramitación de su licencia de apertura. Presupuestos sin compromiso.

Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com

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2 comentarios

  • HECTOR SILVA 13 agosto, 2021   Responder →

    No debe de ser nada fácil montar un negocio de esta envergadura. Aun así la información me servirá de mucha ayuda! muchas gracias!

  • Rosa Lñopez 3 noviembre, 2023   Responder →

    Personalmente lo que deseo montar es una guardería, no una escuela, me pregunto que si para montar la guardería también necesito la titulación de maestro o sus equivalentes.
    gracias

Responder a HECTOR SILVACancelar respuesta

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