¿Cómo denunciar o quejarse por las molestias ocasionadas por la actividad de un local?

Una de las consultas más habituales que recibimos es la de cómo un particular puede quejarse o denunciar al Ayuntamiento por las molestias ocasionadas por la actividad de un local, ya sea por ruidos propios de la actividad (taller, discoteca), ruidos producidos por máquinas de aire acondicionado colocadas en la fachada), humos y olores generados durante la actividad (restaurantes y bares), o simplemente actividades no permitidas en esa zona o en esa planta del edificio (actividades sin licencia).

Quejas y denuncias

La recomendación del Ayuntamiento en esos casos en presentar un escrito mediante una instancia general en cualquiera de las ventanillas habilitadas, como pueden ser, los registros de las Juntas Municipales de cada Distrito, en el registro de la Agencia de Actividades (calle Bustamante 16), y en general en cualquier Oficina de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid.

Aunque nuestra recomendación, al tratarse de queja contra una actividad (un local), sin duda es dirigirlo directamente a la Agencia de Actividades, al departamento de disciplina urbanística mediante, como decíamos, una instancia general en la que indiquemos claramente la dirección del local causante de las molestias y, por supuesto, el tipo de molestia que genera (humos, ruidos, o simplemente de carecer de licencia).

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Una empresa denuncia que tardó nueve meses en conseguir su licencia de apertura

Los propietarios de la discoteca «La Bull», cerrada hace nueve meses tras denegarle el permiso por estar en un edificio sin licencia de ocupación, pese a que reunía todos los requisitos legales que se exigen y que no tienen el resto de locales de su gremio, han conseguido licencia municipal gracias, en buena parte, reconocen, «a la mediación del nuevo o gobierno, que facilitó el proceso». Subrayan como «inaudito» que una licencia de ocupación para poner en marcha una empresa, que va a dar trabajo a doce personas y es un trámite que suele llevar un mes, tarde nueve en concederse».

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Por eso pedirán «daños patrimoniales» por las pérdidas durante el tiempo que mantuvieron cerrado el local. Máxime cuando se alegó falta de licencia de ocupación del edificio y había otros locales comerciales en ese mismo inmueble que no fueron clausurados.

Este cierre, que llegó a mover cientos de firmas de usuarios y de propietarios de negocios de hostelería, al entender que el cierre de este local de última hora no solo dejaba en la calle doce empleos directos, sino que afectaba a todos los pubs del entorno, podrá reabrir sus puertas nueve largos meses después de su cierre «tras obtener la licencia municipal que nunca debió perder y lo hace tras un largo proceso administrativo, en el que el anterior equipo de gobierno puso todo tipo de trabas imaginables demorando la resolución del expediente», explican.

Esperan que «en cuestión de uno o dos días será autorizada la apertura del establecimiento, trámite posterior a la licencia de obra y actividad ya concedida».

Afirman que para conseguir algo que se le denegó durante estos nueve meses «la propia empresa, a través de su abogado, que ha tenido que tramitar la licencia de ocupación de todo el edificio, único requisito cuya falta motivo en su día la anulación de la licencia de la discoteca».

Recuerdan que «tras una incesante labor jurídica y técnica por fin queda claro que esta discoteca cumple todos y cada uno de los requisitos de la normativa mas exigente en materia de accesibilidad, , seguridad e insonorización, a diferencia de otros establecimientos similares que durante todos estos meses se han lucrado a costa del cierre de nuestro negocio»

Consideran tras todo el proceso vivido hasta ahora » inaudito que una licencia de actividad para un establecimiento de ocio que dará a trabajo a una docena de personas y ofrecerá una alternativa de recreo a las escasas ofertas de que disponen en la zona tarde en tramitarse nada menos que nueve meses».

Explican que «todavía queda mucho por hacer para reparar la injusticia cometida y en este sentido, y una vez conseguida la licencia municipal, el abogado va a concentrar sus esfuerzos en la reclamación patrimonial ya presentada por la empresa como consecuencia de la anulación de la licencia» adelanta los propietarios de este establecimiento hostelero.

Detenidas cuatro personas tras la inspección de un local de Puente de Vallecas

La inspección de un local en el distrito de Puente de Vallecas del Ayuntamiento de Madrid se saldó la madrugada del pasado sábado con la detención de cuatro personas.

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Agentes de la Policía Municipal detectaron irregularidades en el establecimiento, donde se encontraban 70 personas consumiendo bebidas alcohólicas y en el que se habían producido reyertas y consumo de sustancias estupefacientes en otras ocasiones.

Mientras se realizaba el desalojo, los agentes fueron agredidos y tres de ellos tuvieron que ser atendidos de diversas contusiones, causando dos baja en el servicio.

Entre los detenidos se encuentra un hombre de 30 años de edad que, además de agredir a uno de los policías, llevaba una navaja y un teléfono móvil denunciado como robado meses atrás.

En la tarde del mismo sábado, el 092 recibía una llamada alertando de la presencia de menores en un local de ocio de la calle Carlos Martínez Álvarez, también en Puente de Vallecas.

En el interior se encontraban 117 personas, 85 de ellas menores de edad. A la venta había todo tipo de bebidas alcohólicas, aunque los policías no pudieron apreciar que los jóvenes las estuvieran consumiendo en ese momento.

Los agentes realizaron el acta de inspección administrativa correspondiente, donde se formularon distintas denuncias relacionadas con la normativa municipal y la legislación de la Comunidad de Madrid.

Para la realización de actividades como las denominadas sesiones light dirigidas a menores es necesario que el local cuente con unas características específicas, una licencia adecuada o una autorización expresa para ese día, siempre adoptando la medidas de seguridad idóneas para garantizar la máxima protección del menor, como se especifica en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y en la normativa de la Comunidad de Madrid.

En ningún caso, las bebidas alcohólicas pueden expedirse ni exhibirse, teniendo que ser advertida la prohibición a la puerta del establecimiento.