Salas multiusos en Distrito Centro de Madrid

Según el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones de la Comunidad de Madrid, se definen las salas multiusos como locales cerrados y cubiertos dotados de espacios especialmente dispuestos para poder reunir al público a fin de realizar exclusivamente espectáculos y actividades recreativas artístico-culturales, así como fiestas populares, pudiendo estar dotadas de asientos móviles.

Licencia Actividad Salas multiusosComo se puede observar la polivalencia de este tipo salas es amplia, y además hay que añadir que cabe la posibilidad de que tengan elementos de reproducción sonora y esporádicamente la opción de servir comidas y bebidas sin que esto suponga la instalación de un bar permanente.

Como se puede observar la polivalencia de este tipo salas es amplia, y además hay que añadir que cabe la posibilidad de que tengan elementos de reproducción sonora y esporádicamente la opción de servir comidas y bebidas sin que esto suponga la instalación de un bar permanente.

1.- Implantación

El atractivo de este tipo de actividad recreativa crece cuando se pretende su implantación en la zona centro de Madrid, dado que existen fuertes restricciones para abrir nuevas actividades recreativas.

En particular para la zona de Contaminación Acústica Alta de Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Centro (ZPAE), se indica que no se admitirá la nueva implantación de establecimientos de espectáculos públicos de lo siguiente:

•Clase III, categoría 1, esparcimiento y diversión (salas de fiestas, restaurante-espectáculo, café-espectáculo, etc.).
•Clase IV, actividades recreativas, categoría 4, de baile (discotecas y salas de baile y salas de juventud).
•Clase V, otros establecimientos abiertos al público. Categoría 9, ocio y diversión (bares de copas con o sin actuaciones musicales en directo). Categoría 10, hostelería y restauración (cafeterías, bares, café-bar, restaurantes, tabernas, bodegas, bares-restaurantes, salones de banquetes, chocolaterías, salones de té, croisanterías).

Licencia Apertura Salas multiusos
2.- Limitación

En dicha limitación no se ve incluida la clase de usos culturales y artísticos en el que se encuadran las salas multiuso, siendo admitida su ubicación de manera general en planta baja y sótano por las normas urbanísticas. Evidentemente se deben dar todas las garantías que permitan realizar estas actividades sin resultar molestas. Igualmente deben observarse las obligaciones exigidas en la normativa sectorial para su desarrollo, donde cabe reseñar la necesidad plazas de aparcamiento – con carácter exclusivo y vinculadas a la actividad – en función de su aforo, adopción de medidas correctoras de protección acústica y condiciones de accesibilidad para el público.
La inspección municipal final de la actividad con fines a su funcionamiento, permitirá controlar que la misma se puede desarrollar normalmente y dentro de los parámetros que garantizan la convivencia de actividades recreativas en zonas residenciales.

Licencia de Actividad para Eventos

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una finca destinada a eventos (bodas, bautizos, comuniones…): «Catering Chinchón”, situado en la calle Virgen del rosario nº2. 28370, Chinchón, Madrid.

licencia actividad eventos

Al tratarse de una finca rústica, lo primero que se hizo fue tramitar la solicitud de calificación urbanística para celebración de pequeños eventos (actos sociales y familiares de especial singularidad) al amparo del artículo 9 de la Ley 8/2012 de la Comunidad de Madrid.

La finca ya contaba con una serie de edificios y lo que se pretendía con la solicitud de calificación urbanística era poder obtener una rentabilidad que permita costear el mantenimiento tanto de los edificios como de la propia finca.licencia finca eventos

El impacto de la actividad a desarrollar en la finca es nulo ya que se trata de la celebración de pequeños eventos, no se generan ruidos que puedan molestar a los vecinos ni se producen residuos peligrosos o humos.

licencia de apertura eventos

La finca ya contaba con todas las instalaciones necesarias por lo que también era viable desde un punto de vista técnico. No se precisaba de la realización de ninguna obra o nuevas instalaciones, e inmueble se encuentra totalmente adaptado para el inicio inmediato de la actividad.

Catering Chinchón destaca por su organización integral de bodas y servicio de Catering en Madrid, poniendo a disposición de sus clientes la finca para celebrar bodas en Madrid además de servicios de música, transporte, montaje de buffets decorativos, servicios para convenciones, decoración del espacio para eventos, espectáculos…

Servicios

Ofrecen los siguientes servicios de catering para particulares y empresas: bodas, bautizos, comuniones, menús personalizados, coffee breaks, aperitivos, cócteles, comidas y cenas de trabajo, inauguraciones de empresa, presentaciones de un producto y eventos de cualquier tipo.

licencia de actividad eventos

Suministramos también vinos y cavas, vajilla, cubertería, cristalería, menaje, mobiliario, decoración, montaje de carpas, discoteca y camareros. Disponen de varias fincas para la realización de bodas y eventos, Catering para empresas y particulares entre ellas, las Fincas Molino del Manto y La Peña del Agua, situadas en la vega de Chinchón.

Su trayectoria profesional les ha permitido acumular una amplia experiencia en este sector. Este servicio viene mejorando año a año favorecido por el gran desarrollo tecnológico aplicado a los equipos de cocina. Hoy en día pueden decir que las diferencias entre un menú producido In-situ y uno transportado han disminuido notablemente. Así mismo las garantías higiénicas sanitarias se han extremado y están del todo garantizadas.

licencia apertura eventos

Ponen a disposición de sus clientes varios servicios de catering, desde la elaboración de un menú personalizado hasta la organización integral de toda la fiesta, de forma de que no tenga que preocuparse por nada.

Se adaptan a cualquier tipo de celebración: coffee breaks, Coctails, comidas, buffets, cenas, con o sin servicio de camareros, ajustado al número de invitados y al lugar de la celebración, etc. Su amplia experiencia como empresa de servicios de catering lea ha convertido en profesionales del sector con una gran capacidad de adaptación a las necesidades, gustos y preferencias de sus clientes.

www.cateringchinchon.com

Celebrar tu boda en Madrid puede ser ilegal, fincas sin licencia de actividad

Este tipo de noticias son las que nunca nos gustaría tener que comentar en nuestro blog, pero debemos de hacerlo ya que es noticia de actualidad. En la Comunidad de Madrid sigue habiendo fincas ilegales para bodas (fincas sin licencia), y muchos ayuntamientos no están haciendo nada al respecto.

fincas ilegales madrid sin licencia de actividad

El año pasado, a principios de 2016, os comentábamos cómo clausuraron dos fincas sin licencia por celebrar bodas ilegales gracias a la ayuda de FEIDE (Asociación entre AMER y AEHM),  en concreto las famosas finca El Campillo y Arcos del Real. Ambas fincas recibieron por parte del Ayuntamiento de San Lorenzo, un comunicado en el que se obligaba a dichas fincas ilegales a cesar toda actividad por ejercer como finca para bodas sin tener la licencia correspondiente, ya que ambas tenían solamente autorización como “uso agropecuario”.

El ayuntamiento amenazó a ambas fincas sil licencia con precintarlas si los dueños no cumplían con la ordenanza dictada por el tribunal, por lo que se dio orden a la Policía Local de San Lorenzo de comprobar de manera semanal, si se estaban cumpliendo dichas prohibiciones, así como una orden a los servicios técnicos para que revisasen las fincas ilegales para verificar el estado en el que se encontraban y redactar un informe.

La gran mayoría de las fincas de Madrid sigue sin licencia

Pero esto no ha apaciguado el ánimo de lucro de otras fincas ilegales de Madrid, ya que a pesar de los numerosos avisos siguen celebrando bodas en sus instalaciones, y no son pocas. Según FEIDE, casi todos los municipios de Madrid tienen alguna finca en sus cercanías que están siendo investigadas al no disponer de la licencia de actividad para eventos, estar dentro de un paraje rústico protegido, de alto valor ecológico, en los cuales está terminantemente prohibida cualquier actividad Hostelera.

Más info.

Clausuran dos fincas por celebrar bodas ilegales

Las fincas El Campillo y Arcos del Real no podrán celebrar más bodas o  celebraciones desde esta semana. El Ayuntamiento de San Lorenzo ha mandado una comunicación a ambas empresas prohibiendo cualquier tipo de evento o bodas, según la Asociación Madrileña de Empresarios de la Restauración (AMER) y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM). El Consistorio ejecuta así una sentencia del TSJM que obligaba a cesar la actividad de ambas fincas por ejercer sin licencia ya que solo tenían autorización para «uso agropecuario».
licencia bodas ilegales campillo
El Ayuntamiento amenaza por escrito a ambos sociedades con precintar las fincas si no cumplen lo ordenado por un tribunal. «Se prohíbe definitivamente, y en tanto no se tenga licencia para ello cualquier actividad de carácter hostelero en El Campillo y Pago de Puerta Verde (Los Arcos)», aprobó el pasado 21 de enero la Junta de Gobierno Local de San Lorenzo de El Escorial. Agrega el Consistorio además que la Policía Local de San Lorenzo deberá comprobar con carácter semanal que se cumple la prohibición y además pide a los servicios técnicos municipales que visiten las fincas para comprobar el estado de las mismas y se informe de la situación de las instalaciones.

Las finca de El Campillo está situada en el kilometro 1,8 de la carretera de Guadarrama a El Escorial y la de Los Arcos en el kilometro 3,5 de la misma vía. En estos enclaves se han celebrado los eventos y bodas de personajes ilustres y famosos como dos hijos de Aznar, Manu Tenorio o Carlos Baute.

El problema es que ambas fincas tienen ya comprometidas varias bodas y eventos para este año. Es decir, que seguían contratando eventos con novios pese a que pesaba sobre ellos una sentencia.

Fue en marzo de 2014 cuando un juzgado ordenó el cese de la actividad de ambas fincas. Sin embargo, el anterior equipo de Gobierno del PP no llegó a ponerse serio con el caso y AMER recurrió a los tribunales, que le dieron la razón el pasado mes de octubre. Ahora el Ayuntamiento de San Lorenzo, gobernado por el partido independiente de Vecinos, aprobó el pasado 21 de enero la orden para que se cumpla la sentencia.

AMER lleva varios años denunciando la existencia de varias fincas ilegales en la región, muchas de ellas vinculadas con «nobles y familiares de políticos». Calculan que hay más de 40 y una treintena están a la espera de la decisión de los tribunales. También ha denunciado a varios Ayuntamientos que han permitido la actividad de estos negocios sin licencia.

Al tratarse de una finca rústica, lo que se podría haber solicitado primeramente es la tramitación de la solicitud de calificación urbanística para celebración de pequeños eventos (actos sociales y familiares de especial singularidad) al amparo del artículo 9 de la Ley 8/2012 de la Comunidad de Madrid.

Vía: www.elmundo.es

Madrid autoriza en Nochevieja dos «macrofiestas»

La Comunidad de Madrid ha autorizado dos «macrofiestas» en Nochevieja, una en Guadalix de la Sierra y en Navacerrada y otra de Reyes también en Guadalix.

En concreto, las macrofiestas de Guadalix se desarrollarán en el polideportivo municipal y tendrán una aforo máximo de 500 personas, mientras que la de Navacerrada se celebrará en el Teatro centro cultura de la localidad, con un aforo máximo de 400 personas.
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Por otro lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, encargada de estos asuntos, ha denegado la celebración de una macrofiesta en un bar de Madrid por no aportar la documentación exigida.

El Gobierno regional se limita a autorizar o denegar aquellos eventos que se quieren celebrar en lugares cuya licencia municipal no habilita para espectáculos públicos o actividades recreativas porque donde sí se habilita, corresponde al Ayuntamiento.

También corresponde a los ayuntamientos autorizar las ampliaciones de horario que puedan solicitarse con motivo de Nochebuena, Nochevieja o la noche de Reyes Magos.

REQUISITOS
De acuerdo con la normativa aplicable estas macrofiestas (actividades especiales) son aquellas distintas de las que se realizan habitualmente en los locales o establecimientos regulados en la región.

Estas actividades vienen reguladas en la Orden 10494/2002, de 18 de noviembre. Los solicitantes promotores u organizadores de los espectáculos o actividades de esta naturaleza han de presentar solicitud de autorización a la Dirección General de Justicia y Seguridad en el plazo de 30 días anteriores a la fecha de celebración del respectivo evento.

Los requisitos formales que han de cumplir los interesados son una solicitud con datos generales (artículos 6 y 7 de la Ley) que permitan identificar al solicitante y la actividad que pretende desarrollar; y documentación específica según el aforo que esté previsto constituirse; así como documentación específica para obtención de autorización de actividades recreativas extraordinarias en recintos o locales con aforo igual o inferior a 150 personas.

Para la celebración de las actividades recreativas extraordinarias (macrofiestas), con aforo igual o inferior a 150 personas será preciso presentar una memoria técnica descriptiva, redactada por técnico competente, que contenga los siguientes extremos:

a)    Descripción técnica, en su caso, de las modificaciones que sean precisas efectuar en el local para la realización de la actividad recreativa que se pretende desarrollar.
b)    Plano descriptivo del local, con indicación de las salidas, servicios higiénicos, y, en su caso, nuevo emplazamiento del mobiliario del local.

También deben aportar una documentación específica para obtención de autorización de actividades recreativas extraordinarias en recintos o locales con aforo igual o superior a 151 personas hasta 500 personas, inclusive. En ese caso, deberán presentar:

Más info.

Reeditada la normativa para locales y cotillones durante Navidad

Estas son las normas a las que debes atender tanto para los propietarios de locales que quieran abrir durante las fiestas de cotillones como aquellas celebraciones privadas en salones de fiestas.

En el bando firmado por la alcaldesa, Gloria Fernández Merayo, se recuerda a las personas físicas o jurídicas que estén interesadas en la celebración de festejos o cotillones durante Nochebuena, Navidad, Año Nuevo o Reyes, la regulación legal existente, así como la obligación de obtener, cuando proceda, las preceptivas autorizaciones, que deberán ser otorgadas por el Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León.

Licencia fiestas
Normas

Los locales con licencia ambiental para actividad de discoteca, sala de fiesta, pubs, karaokes, bares especiales y cafes cantantes, que amparen este tipo de celebraciones y cotillones, no estarán sujetos a autorización previa, siempre que no se modifiquen las condiciones impuestas para la puesta en marcha de la actividad, como superficie, aforo o medidas contra incendios. En el supuesto de que dichos locales modifiquen las condiciones de la licencia, deberán solicitar autorización previa a la celebración del evento.

Aquellos locales cuya licencia no ampare la celebración de este tipo de cotillones (bares, restaurantes, etc.), deberán ajustar su actividad a la licencia concedida, y en el caso de que pretendan realizar algún tipo de fiesta o evento, deberán obtener autorización expresa del Ayuntamiento de Ponferrada, en los términos y con la documentación descrita en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León , que deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ponferrada antes del 11 de diciembre. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas. También se recuerda en el bando que no podrán celebrarse cotillones o fiestas navideñas en establecimientos eventuales o que carezcan de licencia de actividad.

Como términos comunes a todos los establecimientos, el bando recuerda la obligación de estar en posesión del recibo de abono del seguro de responsabilidad civil y subraya que no podrá superarse el aforo máximo recogido en la autorización municipal de funcionamiento. Si ese aforo supera las 300 personas, se recuerda la obligación de contratar el servicio de vigilancia privada con una empresa de seguridad autorizada.

También recoge la obligación de cumplir escrupulosamente la normativa vigente en materia de seguridad contra incendios, debiendo disponer de un plan de emergencia actualizado, y especifica que las puertas de emergencia o de evacuación deberán estar perfectamente señalizadas y con posibilidad de apertura inmediata desde el interior en todo momento.

Queda prohibida la entrada y estancia en los cotillones a de menores de 16 años, y en aquellas actividades que ofrezcan barra libre o un número determinado de consumiciones con la adquisición de la entrada la prohibición afectará a los menores de 18 años. También se prohíbe la ocupación del dominio público municipal para actividades afectas al uso especial de cotillón o fiestas navideñas y dejar botellas, vasos y restos en la vía pública, siendo responsabilidad del titular de la licencia la limpieza y mantenimiento de espacios públicos de acceso al local de negocio.

Los interesados deberán presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento antes del 11 de diciembre, junto con la siguiente documentación: Licencia Ambiental del establecimiento; Póliza de Responsabilidad Civil en vigor; Certificado Técnico de Seguridad contra incendios; Declaración sobre aforo y Certificado técnico de adecuación del local.