Licencia de Apertura y Actividad de Clínica Dental

Hoy vamos a hablar de la tramitación de licencia de apertura y actividad de una clínica dental, en este caso sería la Clínica Dental Arapiles que se encuentra en la en C/Fernández de los Ríos, 29. Madrid.

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¿Quiénes son?

En esta clínica dental de Madrid son especialistas, titulados en los mejores centros, y comparten una pasión: la odontología. Su único objetivo es hacer un diagnóstico fiable y encontrar soluciones prácticas a los problemas que pueda tener cada paciente.

La experiencia profesional, la amabilidad, la adaptabilidad a todo tipo de situaciones y la actualización continua de nuestros conocimientos, son las características más reconocibles de nuestra labor.

Hay que destacar que las instalaciones de Arapiles Dental son modernas y están dotadas con las últimas novedades del sector para conseguir trabajar de la forma más rápida y competente.

¿Cuáles son los servicios que ofrecen?
Ofrecen una amplia oferta para todo tipo de personas. Detallamos cada servicio a continuación.

  • Prevención:La revisión es una de las mejores herramientas para garantizar una óptima salud dental.
  • Odontología general
  • Odontología restauradora
  • Estética dental: Es una de sus especialidades.
  • Odontopediatría
  • Ortodoncia
  • Endodoncia: Su objetivo es salvar tus piezas dentales. La endodoncia se practica, precisamente, para conseguir que una pieza dental siga siendo útil.
  • Periodoncia: Analizan cuál es el estado de tus encías así como del correcto mantenimiento de los implantes dentales.
  • Implantes
  • Cirugía oral
  • Prótesis
  • Bruxismo

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ESPACIOS FÍSICOS ESPECÍFICOS POR TIPO DE CENTRO O SERVICIO

Al tratarse de una licencia de apertura de una clínica dental deberá contar con unas características específicas:

Espacios físicos

  1. Los centros y servicios sanitarios dispondrán de los siguientes espacios para garantizar una asistencia sanitaria segura:
    • Zona de espera
    • Zona asistencial
    • Zona de instalaciones y servicios generales.

    En el caso de las clínicas dentales ademas contarán con:

    • La sala de tratamiento dispondrá de un área de preparación de instrumental
    • En caso de realizar vaciado de impresiones existirá un área específica destinada a este fin.
  2. En la zona asistencial siempre que se efectúe en el centro exploración física y/o aplicación de tratamientos y/o curas, deberán disponer de una sala de exploración y tratamiento, que podrá ser independiente o estar integrada en la sala de consulta, y dispondrá de aquellos medios o elementos que permitan el desarrollo de la actividad asistencial en condiciones higiénicas. La sala de exploración será independiente cuando exista riesgo de contaminación en función de la actividad desarrollada. Cuando la oferta asistencial del centro o servicio incluya la aplicación de yesos, esta actividad no se podrá realizar en la sala de consulta.Cuando la oferta asistencial incluya la actividad quirúrgica existirá un área de intervención delimitada del resto de los espacios.
  1. En la zona de instalaciones y servicios generales se ubicarán los aseos que estarán integrados en el centro sanitario. Los ubicados en edificios o locales que dispongan de aseos comunes, se considerarán como propios siempre que estén situados en la misma planta que el centro sanitario y sin barreras arquitectónicas para su acceso. También se ubicarán en esta zona los espacios destinados al procesado y almacenamiento de residuos, zona de sucio, limpieza, archivos y almacenes.
  1. Las organizaciones no sanitarias en las que se integren servicios sanitarios deberán disponer de un área específica dedicada exclusivamente a la actividad sanitaria, y las características de la misma serán las establecidas en función de la tipología de centro o servicio.
  2. En relación a las barreras arquitectónicas internas, y sin perjuicio de la aplicación de la normativa vigente en esta materia, se cumplirán las siguientes condiciones:

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