Consultas habituales sobre la tramitación de licencias de apertura y actividad (I)
La tramitación de licencias de apertura y actividad es en ocasiones algo complicada, y en especial, para un cualquier persona de a pie que no esté familiarizada con la normativa vigente, articulado y excepciones.
Por eso es muy frecuente que nuestros clientes nos planteen una serie de consultas que van desde el estudio de viabilidad, para saber si pueden iniciar una determinada actividad en un local específico) a las dimensiones mínimas o espacios específicos que debe tener el negocio que quieren abrir (número de baños, almacenes…).
No olvides que puedes solicitarnos sin compromiso alguno y de manera totalmente gratuita y rápida el presupuesto para la tramitación y redacción del proyecto de su licencia de apertura.
Como cada local es único, lo mejor es realizar un estudio caso por caso, os animamos a plantearnos vuestras dudas y a que os pongáis en contacto con nosotros para ver vuestro caso en particular sin ningún tipo de compromiso dado que existen multitud de excepciones y matices que pueden hacer que vuestro local sea viable o no.
Ya tenemos un apartado específico de preguntas frecuentes para licencias de apertura y actividad pero a continuación os iremos dejando las dudas y consultas habituales que nos suelen realizar directamente los clientes (e-mail, blog o teléfono):
2- Quisiera montar una pequeña peluquería (40 m2), en urbanismo me han dicho que para obtener la licencia de apertura necesito un baño de minusválidos. Al leer vuestro artículo de la licencia de peluquería y no haber mencionado nada respecto a baño adaptado para personas minusválidas, sólamente un baño para caballeros y otro para señoras, me pregunto si me podéis resolver esa duda. ¿Es obligatorio el baño adaptado o con dos baños separados por sexos sería suficiente?
Pues en el caso la peluquería y salón de belleza que has visto en nuestro blog, se justificó la NO accesibilidad al local dado que en la entrada al mismo había un peldaño y existía un sótano debajo (la creación de una rampa afectaría el dueño del sótano) por lo que pudimos eludir el tener que hacer un aseo adaptado… ahora bien, de un tiempo a esta parte este método es más complicado de aplicar ya que el actual criterio de los técnicos del Ayuntamiento es que la persona con problemas de movilidad puede acceder al local con ayuda de otra persona…
Dada la dimensión del local que buscas (40 m2), seguramente el aforo según normativa será inferior a 50 personas… en ese caso sólo deberás disponer de un único aseo adaptado a minusválidos, para hombres y mujeres (y personal), salvo que podamos justificar la no accesibilidad al local… Habría que estudiar caso por caso. (si el aforo es superior a 50 personas deberás disponer de dos aseos, estando uno de ellos adaptado a minusválidos).
3-¿Me podrían indicar cual es la superficie mínima requerida para obtener la licencia de apertura de un local comercial en Madrid capital, con acceso directo a calle?
Actualmente, para actividades de comercio, no existe superficie mínima exigible. (Anteriormente si que existía un mínimo de superficie pero ya no.)
4- Nos planteamos modificar nuestra actual licencia para incluir la de lavadero de coches, Que condiciones debe reunir? ¿Es necesario realizar obra pata incluir una arqueta separadora de grasas? ¿El Lavadero debe tener re-circulación de agua?
Con el fin de reducir el consumo de agua y minimizar el volumen de vertidos a la red de saneamiento municipal, se deberá instalar un sistema de lavado de bajo consumo (de alta presión temporizado que aseguren consumos de agua inferiores a 70 litros por vehículo o bien mediante sistemas autónomos de lavado móvil).
En las instalaciones de lavado automático de vehículos y otros servicios de limpieza industrial con agua de abastecimiento, se dispondrá de sistemas de reciclado de agua en sus instalaciones.
El lavado de piezas en la actividad se realizará en pileta de uso exclusivo con sistemas de retención de aceites, grasas y sólidos que eviten el paso de estos contaminantes a la red de saneamiento municipal, debiendo proceder a su retirada periódica y entrega a empresa gestora autorizada de residuos peligrosos. (El local deberá disponer de arqueta separadora de grasas.)
5-Me encuentro en proceso de montar un negocio de pastelería y estoy buscando un local en Madrid. Tengo muchas dudas sobre las condiciones técnico-sanitarias que debe cumplir dicho local ya que por lo que he podido investigar existen legislaciones y normativas que indican los requisitos mínimos que se deben cumplir según el tipo de actividad.
– 2 aseos (cabinas) para hombres y niños, podrían compartir el anteaseo aunque debe de haber un lavabo para adultos y otro para infantil.
– 2 aseos (cabinas) para niñas y mujeres (la de mujeres, por ejemplo, debe estar adaptada a minusválidos), podrían compartir el anteaseo aunque debe de haber un lavabo para adultos y otro para infantil.
Esta es la norma general, podría existir alguna limitación zonal en cuanto a “armonía” con el entorno, pero sin la dirección exacta no lo podemos saber…
Es muy importante que ese añadido que vas a poner no lo utilices como soporte publicitario dado que la publicidad exterior viene regulada en su propia normativa (los paneles de aluminio deberán ser lisos… sin textos).
Para realizar la actuación deberás solicitar la pertinente licencia de obras exteriores, ocupación de vía pública, contenedores, etc…
Para la mayoría de las actividades («Declaración Responsable») la licencia es inmediata (o prácticamente): una vez presentada la documentación en ya se pueden realizar las obras e iniciar la actividad.
Si es necesario tramitarlo por el procedimiento de «Licencia» (actividades calificadas, obras de importancia y algunos otros casos puntuales), el tiempo de concesión de licencia se puede demorar de 3 a 6 meses, dependiendo del volumen de trabajo que tenga la administración en ese momento, y aunque existen unos plazos máximos estipulados por normativa, en la práctica no se suelen cumplir.
La respuesta es estos casos es SI. Una cosa es la licencia de construcción del edificio y otra la licencia de actividad de cada una de las oficinas.
10- ¿Cuál es el horario permitido para hacer obras?
De lunes a viernes de 7:00 a 22:00 y sábados y festivos de 9:00 a 22:00
Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
Web: www.madridlicencias.com
E-mail: info@madridlicencias.com
En la última fotografía de baño accesible imagino que será privado, ya que si fuese para el público no cumpliría al no disponer de doble transferencia al inodoro, barra en ambos lados. un saludo.
además la puerta parece que abre hacía el interior del baño siendo una mala práctica para evitar atrapamientos, lo recomendable es que abra hacia fuera o mejor aún, que sea corredera.
En efecto, muy buena observación. La doble transferencia sólo es necesaria en aseos públicos, en la fotografía lo que le faltaría es la barra de ayuda a la transferencia (es espacio de reserva si que existe a ambos lados). En cuanto a la puerta, efectivamente, lo mejor, y nuestra recomendación, es siempre disponer de puerta corredera.
En esta lista de preguntas añadiría una sobre normativa específica para bares y restaurantes (bueno, para cualquier local de pública concurrencia), porque mucha gente llama para abrir un bar después de hacer la instalación eléctrica y no veas la gracia que les hace cuando saben que tienen que cambiar todos los cables por unos con baja emisión de humos.
Abri hace dos meses y medio un centro de manicuras y estética, el local no llega a los 50m² y me están exigiendo un baño de minusválidos el cual si lo pongo no tendría espacio para la camilla, que puedo hacer?.
Pues en principio alegar por escrito, si es tu caso, que el local tiene menos de 100 m2, el aforo es inferior a 10 personas y que se acude al mismo exclusivamente con cita previa.
Tienes toda la razón, en cuanto pueda actualizaré el artículo para incluir esa consulta (o preparar un artículo específico… (que el tema se las trae).
Y cualquier aclaración que quieras hacer mientras tanto será siempre bien recibida !!
Muchas gracias por leernos.
Quisiera saber si para cambiar de nombre una actividad (Clínica Dental) es un trámite complicado al haber fallecido el único titular de la sociedad anterior. Yo he comprado el piso que es es un primer piso con ascensor, donde se ejercía y quería alquilarlo para que siguiera realizandose dicha actividad pero no sé si podría hacerse sencillamente un cambio de nombre o tendría que pedirse nueva licencia y en ese caso si iban a pedir que el servicio estuviera adaptado para discapacitados y otras características de accesibilidad, al no disponer de un ascensor con capacidad para una silla de ruedas. Muchas gracias.
Pues por desgracia depende mucho del Ayuntamiento en el que esté ubicado el piso.
En el Ayuntamiento de Madrid es muy sencillo, el cambio de titularidad se realizaría sin problema, sin embargo, en otros Ayuntamientos de la Comunidad solicitan la conformidad de la transmisión de la licencia del anterior titular de la misma… y si el titular falleció: a veces es suficiente con presentar certificado de defunción… pero por lo general obligan a tramitar una licencia nueva.
les agradeceria me ayudaran a solucionar la siguiente duda.,soy subarrendador de un negocio con el perimiso del propietario del mismo., he sido arrendador del mismo durante 20 años y la licencia continua a mi nombre pero la he arrendado temporalmente por un periodo igual al subarriendo., la pregunta es la siguiente: si el propietario del local una vez finalido el contrato de alquiler que tiene en vigor conmigo no me renovara., perderia yo la titularidad del negocio o tendria que negociar conmigo para transmitirla al nuevo inquilino
Depende del Ayuntamiento. Las licencias de actividad se conceden a los locales (con una persona física o empresa como titular). En el Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, no es necesario el permiso del anterior titular de la licencia de actividad para poder hacer un cambio de titularidad. Sin embargo, en otros Ayuntamientos, para poder realizar el cambio sí que solicitan por escrito el beneplácito del anterior titular de la licencia.
mi negocio depende del ayuntamiento de vinaros en castellon de la plana, supongo que deberia ir para solicitar informacion personalizada., gracias por su amabilidad su escrito ha sido de mucho interes , saludos
Hola lo primero de todo felicitaros por el blog que es de gran ayuda. Hace 10 meses hice una compra de un local comercial con licencia de apertura y actividad. El antiguo dueño me dijo que así estaba todo bien. Pero me acabo de enterar que tenia que haber pedido cambio de titularidad. Que consecuencias tendré al ir a pedirlo ahora.? gracias de antemano
Buenos días Desireé, no te preocupes, aunque la normativa indica que debiste hacer el cambio de titularidad de la licencia de apertura, no están sancionando a quien no lo hizo en su momento… Realiza el cambio de titularidad sin más.
Podrás ver las indicaciones en nuestro artículo del blog:
https://www.madridlicencias.com/blog/cambio-de-titularidad-de-una-licencia-de-actividad/
Hola, podrían orientarme sobre los requisitos necesarios para instalar mi negocio de estética en un piso. Es un edificio que dispone de alquiler de oficinas, sería un espacio de 26 m2 con dos baños compartidos. De cara a conseguir licencia del Ayuntamiento. Estoy en Valencia. Gracias de Antemano.
Hola, me temo que la normativa depende de cada Ayuntamiento y nosotros solo tramitamos licencias en los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Hola buenas tardes,
Pertenezco a una asociación protectora de animales que queremos establecer nuestra sede en un local de Madrid capital. La idea del local es usarlo como lugar de reunión con nuestros voluntarios, almacén para la comida de los animales que tenemos a nuestro cargo y artículos varios para mercadillo. Algún día al mes, tenemos intención de organizar algún evento y estará abierto al público, incluso llevaríamos a nuestros animales para que los conozcan (no estarían en el local habitualmente, sólo el ratito que durara el evento).
Al no realizar ningún tipo de actividad económica, ¿es necesario solicitar algún tipo de licencia?
Muchas gracias
Nieves
Para nosotros actividad económica sí que se produce. Almacenar lo es y si se realiza un mercadillo también hay una actividad de comercio. Otra cosa es que al tratarse de una asociación no tengan ánimo de lucro.
Incluso sí está estipulado en normativa (y necesaria la licencia de actividad) el hecho de utilizar el local como centro de reunión (sería asimilable al de las asociaciones culturales). Insisto, puede que no haya ánimo de lucro, pero actividad hay y riesgos y posibles molestias por el desarrollo de la misma que se deberán evaluar.
Por lo tanto se deberá tramitar la declaración responsable o la licencia pertinente, según sea el caso.
Hola, me planteo abrir una consulta psicológica en casa y tramitar el papeleo para hacerlo centro sanitario. Cuento con sala de espera que sería la entrada, despacho y aseo. El aseo está dentro del despacho. En principio creo que esos son los 3 requisitos pero no se si al tener el aseo dentro de despacho se puede hacer.
Muchas gracias.
Hola, En principio no debería haber problema.
hola.
tengo que cambiar mi consulta de psicologia y psicoterapia y me interesa un piso que esta en la primera planta denun edificio.
Mi duda es sobre las escaleras de la calle al portal3pelldaños y dentro del portal para coger el ascensor hay otro tramo de 5 peldaños,¿la ley lo perrmitiria?.
Tengo que dar una la fianza y aval para el alquiler y me preocupa que no me dieran la Licencia.
Una posible solucion es que el garage del edificio tiene acceso directo al ascensor y por ahi si se podria subir a la planta.
gracias de antemano
Hola Elena. En principio no habría problemas con la licencia, el local no se consideraría accesible pero estaría dentro de las excepciones contempladas en la normativa (no podemos actuar sobre zonas comunes del edificio: los peldaños del portal). Si quieres mándanos un email con la dirección exacta y la superficie y te lo revisamos y enviamos un presupuesto.
Hola: Me gustaría saber que requisitos se necesitan para poder abrir un comercio en Madrid con horario de apertura 24 horas.
Gracias!
Hola Javier, Los requisitos en este caso son los mismos que para cualquier tienda de comercio al por menor… cumpliendo el Código Técnico de la Edificación (CTE)… Altura libre, 2.50 de suelo a techo, el local deberá ser accesible a minusválidos, puertas de paso de 80 cm, si es un comercio alimentario deberá tener una pila para limpieza de utensilios y otra de accionamiento no manual para las manos próximo a la zona de ventas…
Hola. Tenemos una actividad de pastelería que va a cesar su actividad a finales de mes. Queríamos saber si hay que hacer algún trámite a nivel municipal o de junta de distrito para dar de baja la licencia, o algo similar. Muchas gracias de antemano
Hola Juan. Si, existe la posibilidad, en caso de que no queráis ceder vuestra licencia de actividad al siguiente inquilino del local, de presentar un cese de actividad en el Ayuntamiento (mediante una simple instancia general).
Hola, buenos dias
Quisiera saber si puedo sacar una licencia de un supermercado y un bar cafetería conjuntamente? Y q requisitos tendría q cumplir para la misma? Gracias de ante mano
Hola Eliber. Si, existe la posibilidad de declarar en la misma licencia de actividad los usos de bar cafetería y supermercado (tienda de alimentación) para un mismo local. En ese caso las zonas a las que se destina cada uno de los usos ha de estar claramente diferenciada y separada.
buenas tardes,
tengo un local en alquiler y voy a hacer una clinica podologica (la licenca anterior era de taller de reparacion de gafas, nada sanitario). el aceso al local tiene un escalon q no se puede rebajar porque esta el forjado del edificio y no puedo invadir acera. es en Mostoles(madrid). mi pregunta es si tengo obligacion de tener aseo de minusvalidos o co uno normal es suficiente. mas que nada por saber la leislacion. es un local de 69m2 y no hay aforo para mas de 20 personas. trabajadores son 2.
Pues el cumplimiento en ese aspecto de la accesibilidad al local dependerá exclusivamente de la normativa de ese Ayuntamiento en concreto. Habría que consultarlo directamente con el Arquitecto Municipal.
Que medidas necesita el baño para minusválidos para peluquería de caballeros de 40mts cuadrados.?.
Hola Leonardo. Pues la medida del aseo de minusválidos más estandar (y la más reducida) es de 2 metros por 2 metros.
Buenas, quisiera saber si es necesario tener baño en un local d 28m^2 destinado a tiende de bicicletas, actividad inocua.
Saludos y gracias
Hola Mariza. Si, todos los locales, independientemente de su tamaño, han de tener al menos un aseo.
Buenas, queria hacer una consulta a ver si me podéis ayudar.
Tengo pensado abrir una sala de actividades colectivas: clases de pilates, gimnasia de mantenimiento, etc……. El local que voy a alquilar era antes una tienda de ropa, tiene un solo baño adaptado a minusválidos. Me dicen que tendría que haber 2 baños (1 para hombres y 1 para mujeres) y que al menos 1 adaptado a minusválidos. Mi pregunta es la siguiente:
Es obligatorio los 2 baños o con 1 adaptado a minusválidos me vale. Y si podría adaptar el baño que hay a hombres y mujeres. Muchas gracias.
Si en el local hay un aforo superior a 50 personas (dependerá del tamaño del local y de los usos que le des a cada estancia), deberás tener dos aseos, uno de ellos adaptado a personas con movilidad reducida.
Hola, quisiera saber si para sacar una nueva licencia de actividad de hospedaje para una vivienda de uso turístico la vivienda tiene que ser accesible para usuarios en silla de ruedas, y por lo tanto contar con un ascensor accesible (mínimo 1×130), o hay excepciones. Muchas gracias.
Hola, pues para los casos de tramitar una licencia de actividad de vivienda de uso turístico (para una única vivienda) o sería necesario que el inmueble fuese accesible.
Hola buenas tardes, se puede tramitar licencias para Medicina Estética, Odontología y Fisioterapia en una tercera planta de un local?. era antiguamente una oficina. El edificio es prácticamente de oficinas donde hay también laboratorios, cumple con la normativa de la entrada para minusválidos y con rampa, también tiene dos ascensores grandes.
Hola Eduardo. Como «norma general» las actividades solo están permitidas como mucho hasta la planta primera.
Casos aparte son los edificios de oficinas, en cuyo caso hay que revisar la licencia de construcción de dicho edificio para ver que usos tiene permitidos y en qué plantas cada uno de ellos. (por lo que me temo que no hay una respuesta general a tu consulta).
Si existen viviendas en el edificio, casi con total seguridad es que no se permite, pero como te comentaba, habría que estudiarlo con la dirección exacta del edificio.
Hola, tenemos una oficina de 100m2 que usamos como vivienda (la ley permite uso mixto de actividad profesional y vivienda en el edificio donde estamos) y queremos montar un despacho de psicología. Cuenta con una habitación independiente, entrada para esperar, y aseo independiente para los clientes (hay 2 en el piso). Al aseo se llega a través de un pasillo que da a otra habitación y otro aseo pero no está pegado a la habitación destinada al despacho si no que hay que recorrer un pasillo. ¿Cómo de fundamental es que esté totalmente junto el aseo y el despacho en la distribución? Se puede llegar a él perfectamente sin pasar por ninguna zona privada de la vivienda.
Por otro lado en algunos lados he leído que el baño debe tener separado el lavabo del WC. ¿Es esto una línea roja para sanidad? Esto es un aseo normal con todo junto, WC y lavabo. Comunidad de Madrid
Gracias!
Hola Antonio,
pues para poder asesorarte adecuadamente necesitaríamos al menos que nos facilites un pequeño plano de distribución….
En principio, Sanidad no te va a poner pegas ala distribución que nos comentas (aunque estaría bien verlo en planos).
Lo de la separación del WC es solo para el Ayuntamiento, la Comunidad (Sanidad) no te lo exige.
Hola,
Primero dar la enhorabuena y gracias por la web y toda la información de utilidad.
Tengo una duda, tengo un local de 96m2 que trabaja como bar sin salida de humos chimenea (no se puede hacer fritura y demás). Me han aprobado la comunidad de vecinos poder hacer la chimenea/salida de humos. Tengo que hacer cambio de licencia, mi duda es si al hacer esta obra el ayuntamiento me pedirá hacer un cambio de los baños para adaptarlos a movilidad reducida u otra cosa del estilo, entiendo que no porque mi local es solo de 96m2.
Gracias de antemano
un Saludo
Hola. Pues en principio el Ayuntamiento no lo debería exigir dado que la reforma es puntual y no afecta a los baños ni a las zonas de público.