Paso a paso para abrir una guardería o escuela infantil
Abrir una guardería o escuela infantil en Madrid requiere superar un doble filtro administrativo: obtener la autorización educativa de la Comunidad de Madrid y tramitar la licencia de actividad y obras ante el Ayuntamiento de Madrid. Este proceso implica cumplir estrictos requisitos de superficie (como el patio exterior de 75 m²), ratios de alumnos y normativas de seguridad contra incendios y accesibilidad antes de iniciar cualquier obra.

Seguramente llevas tiempo dándole vueltas a la idea. Tienes la vocación, quizás ya has visto algún local que te encaja por zona y precio, y te imaginas los colores de las aulas. Pero, seamos honestos, en el momento en que empiezas a leer sobre normativas, decretos y ordenanzas, la ilusión puede transformarse rápidamente en dolor de cabeza. Es totalmente normal. En Madrid Licencias vemos a diario a emprendedores con proyectos educativos brillantes que se atascan en la burocracia.
La clave para que tu proyecto no se convierta en una pesadilla administrativa reside en entender que te enfrentas a dos «jefes» distintos: la Consejería de Educación (que valida tu proyecto pedagógico y los espacios mínimos) y el Ayuntamiento (que valida que el local es seguro y cumple con el urbanismo). En este artículo, vamos a desgranar este proceso con la precisión de un cirujano pero con un lenguaje que hable tu mismo idioma.
PUNTOS CLAVE PARA ABRIR TU ESCUELA INFANTIL
Antes de entrar en el detalle técnico, quiero que tengas claros los pilares fundamentales que sostendrán tu licencia. Si falla uno de estos, el proyecto no será viable:
- Doble normativa: Debes satisfacer simultáneamente el Decreto de la Comunidad de Madrid (requisitos mínimos de centros) y el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM).
- El patio exterior: Es el gran filtro. La normativa exige un espacio al aire libre, de uso exclusivo, con una superficie mínima (generalmente 75 m²) y soleamiento directo.
- Accesibilidad total: El centro debe ser accesible desde la vía pública y en su interior.
- Licencia previa: A diferencia de un comercio sencillo, una escuela infantil requiere un procedimiento de licencia urbanística, tramitado preferiblemente a través de una ECU.
DIFERENCIA VITAL: ¿GUARDERÍA O ESCUELA INFANTIL?
Aquí es donde debemos empezar a hablar con propiedad. Aunque coloquialmente seguimos diciendo «voy a abrir una guardería», a nivel legal, las guarderías como concepto de «lugar donde guardan niños» ya no tienen el mismo encaje normativo que antaño. Lo que la Comunidad de Madrid regula y autoriza son Escuelas Infantiles de Primer Ciclo (0-3 años).
Obtener la categoría de Escuela Infantil te permite acceder a becas, ayudas públicas (el famoso cheque guardería) y ofrece a los padres la garantía de un proyecto educativo reglado. Si optas por abrir un espacio bajo el epígrafe de «Ludoteca» o «Centro de Ocio Infantil», los requisitos son mucho más laxos, pero no podrás impartir educación reglada, ni tener niños de forma regular en horario escolar como sustituto del colegio, ni optar a subvenciones. La mayoría de nuestros clientes en nuestros servicios de licencias buscan la escuela infantil oficial, y en eso nos centraremos.

PASO A PASO PARA ABRIR UNA ESCUELA INFANTIL EN MADRID
Vamos a diseccionar el camino. Olvida la idea de alquilar, pintar y abrir. El orden de los factores aquí sí altera el producto.
1. Búsqueda y validación del local (La fase crítica)
Este es el momento de mayor riesgo. No firmes ningún contrato de alquiler ni des ninguna señal sin que un arquitecto o ingeniero especializado haya visitado el local. ¿Por qué? Porque el 80% de los locales en Madrid no sirven para escuela infantil.
Debes buscar un local que cumpla con:
- Acceso independiente: No puedes entrar por el portal de vecinos.
- Superficie suficiente: Para una escuela estándar de 3 unidades (una por edad), necesitarás un local de al menos 150-200 m² útiles para encajar aulas, aseos, despachos, cocina/office y pasillos.
- Salida de humos: Si vas a cocinar in situ, es obligatoria. Si usas catering, necesitarás una zona de office que cumpla normativa sanitaria.
2. El Proyecto Técnico y la solicitud de compatibilidad
Una vez validado el local, nuestro equipo elabora un Proyecto Técnico completo. Esto no es un simple plano. Incluye memoria descriptiva, justificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) en seguridad contra incendios (DB-SI) y seguridad de utilización (DB-SUA), además de las instalaciones de climatización y ventilación.
Paralelamente, se realizan las consultas urbanísticas pertinentes en el Ayuntamiento de Madrid (o a través de una ECU) para confirmar que el uso educativo es compatible en esa ubicación concreta.
3. La Autorización Administrativa de la Comunidad de Madrid
Aquí entra el segundo actor. Antes o durante la tramitación de la licencia municipal, debemos presentar el expediente ante la Consejería de Educación. Ellos revisarán que los planos cumplen con las ratios de metros cuadrados por niño. Sin su «OK», el Ayuntamiento no te dejará funcionar como escuela infantil.
Puedes consultar información adicional sobre los requisitos educativos en el portal de la Comunidad de Madrid, aunque la interpretación técnica de los decretos siempre es mejor dejarla en manos de profesionales para evitar requerimientos infinitos.
4. Ejecución de las obras
Con la licencia urbanística concedida (o la declaración responsable presentada si el caso lo permite y tienes toda la documentación técnica lista), puedes iniciar la reforma. Si necesitas realizar una reforma integral para adaptar aulas y baños, es vital contar con profesionales cualificados. Aunque nosotros nos encargamos de la ingeniería y la licencia, para la ejecución material puedes contar con empresas especializadas como Madrid Reformas y Obras si buscas coordinación en la construcción.
CHECKLIST DE REQUISITOS DE ESPACIOS (NORMATIVA CAM)
| Espacio | Requisito Normativo Habitual | Observaciones de Experto |
|---|---|---|
| Aulas (Unidades) | Mínimo 30 m² por aula. | Se suele exigir un mínimo de 3 unidades (una para 0-1, otra 1-2, otra 2-3 años). *Existen excepciones de menos unidades. |
| Aseos visibles | Incorporados al aula (desde 2 años). | Los niños de 2-3 años deben tener el aseo accesible directamente desde la clase y visible para el educador (control visual total). |
| Patio Exterior | Mínimo 75 m². | Debe ser de uso exclusivo del centro. Si el centro tiene menos de 3 unidades, a veces se permite reducir a 50 m², pero consúltanos antes. |
| Sala de Usos Múltiples | 30 m². | Puede usarse como comedor. |
| Despacho y Administración | 10 m². | Zona para dirección y atención a padres. |
| Aseo de Personal | Separado del de los niños. | Debe haber un baño adaptado para adultos/minusválidos según normativa de accesibilidad. |
ERRORES COMUNES QUE PUEDEN ARRUINAR LA APERTURA
En nuestra experiencia revisando expedientes atascados, vemos patrones que se repiten. Evita caer en estas trampas:
- El mito del «Parque Público»: Muchos emprendedores creen que si tienen un parque justo enfrente, no necesitan patio privado. Falso. La normativa de la Comunidad de Madrid exige patio propio dentro del recinto o en zona privativa exclusiva. Salvo excepciones muy justificadas y complejas de tramitar, como que los niños no tienen que cruzar ninguna calle, el parque de enfrente no computa.
- Ignorar la Protección Contra Incendios: Las escuelas infantiles tienen requisitos de evacuación muy severos. El recorrido de evacuación hasta la salida a la calle debe ser corto y directo. Si tu local es un laberinto o solo tienen una única salida, no cumplirás el DB-SI.
- Altura libre insuficiente: Asegúrate de que, tras poner el falso techo para pasar las instalaciones de aire, te quedan al menos 2,50 metros de altura libre (o lo que marque el PGOUM para uso dotacional en tu zona específica).
CONSEJOS DE EXPERTO PARA AGILIZAR EL TRÁMITE
Si quieres que la apertura sea lo más fluida posible, te recomiendo una estrategia de anticipación.
Primero, define bien tu aforo desde el principio. El número de niños condiciona el ancho de los pasillos y la cantidad de inodoros. Si intentas «meter» más niños a mitad de proyecto, tendrás que rediseñar toda la planta.
Segundo, ten en cuenta las tasas. En Madrid capital, deberás abonar el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que actualmente es el 3,75% del Presupuesto de Ejecución Material de la obra. Además, tendrás que pagar las tasas de la ECU (Entidad de Colaboración Urbanística) o la tasa municipal por prestación de servicios urbanísticos. No hay duplicidad: pagas a uno u a otro dependiendo de por dónde se tramite.
Si te sientes abrumado por la cantidad de requisitos, te invitamos a revisar nuestro blog, donde profundizamos en otros aspectos técnicos, o a conocer nuestra metodología de trabajo, diseñada para quitarte este peso de encima.
CONCLUSIÓN
Abrir una escuela infantil en Madrid es uno de los retos más bonitos, pero también uno de los más exigentes a nivel técnico. No es solo un negocio; es un espacio donde se cuida lo más valioso de las familias. Por eso la administración es tan celosa con las normativas. Sin embargo, con un local bien elegido y un proyecto técnico riguroso, la licencia es solo un paso más en el camino, no un muro insalvable.
Recuerda: lo barato al principio (alquilar sin consultar, hacer obras sin proyecto) sale carísimo al final (obras de demolición, multas o cierre). Si quieres evaluar la viabilidad de un local concreto, en Madrid Licencias estamos listos para ayudarte a construir ese espacio educativo con todas las garantías legales.
PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ)
¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la licencia para una guardería en Madrid?
Los plazos varían. La redacción del proyecto puede llevar de 3 a 5 semanas. La obtención de la licencia urbanística (o comprobación de la Declaración Responsable) depende de la carga de trabajo de la ECU o el Ayuntamiento, pudiendo oscilar entre 2 y 4 meses para el inicio de obras, aunque los trámites educativos con la Comunidad de Madrid pueden extenderse. Lo ideal es planificar con 6 meses de antelación mínima antes de la fecha deseada de apertura.
¿Puedo abrir una escuela infantil sin patio exterior?
Normativamente, para ser centro autorizado (Escuela Infantil) es obligatorio. Existen excepciones muy limitadas y difíciles de justificar, pero la regla general es estricta: necesitas patio. Si no tienes patio, tu opción legal se limita a actividades no regladas como ludotecas, que no pueden funcionar como escuelas infantiles oficiales.
¿Es necesario que el local esté en planta baja?
Es lo más recomendable y habitual por cuestiones de evacuación y accesibilidad. La normativa de incendios restringe severamente la presencia de escuelas infantiles en plantas altas o sótanos si no tienen salidas directas a espacio exterior seguro y exclusivo. Para evitar problemas graves de seguridad y licencia, busca siempre planta baja o, como mucho, entreplanta con acceso muy directo.
Teléfono / WhatsApp: 655-03-44-55
E-mail: info@madridlicencias.com
Web: www.madridlicencias.com
Sobre el Autor: Gorka Villanueva, arquitecto especialista en licencias de actividad.
Con más de 20 años de experiencia tramitando expedientes en el Ayuntamiento de Madrid, Gorka lidera el equipo técnico de Madrid Licencias, ayudando a empresas a abrir sus negocios cumpliendo con la normativa del CTE y las ordenanzas municipales.
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