Obtener la licencia de actividad para clínicas estéticas en Madrid es un paso crucial y, a menudo, más complejo de lo que se anticipa. El sueño de abrir un centro de belleza y bienestar puede verse empañado por un laberinto de normativas, requisitos técnicos y trámites administrativos. Si estás planeando emprender en este sector en la capital, este artículo es tu guía esencial. Aquí desglosaremos los aspectos fundamentales que debes conocer para navegar el proceso con éxito, evitando costosos errores y retrasos inesperados. Te proporcionaremos la información clave para que tu proyecto se construya sobre una base sólida y cumpla con toda la reglamentación del Ayuntamiento de Madrid.

La apertura de una clínica estética no se limita a tener buenos profesionales y la última tecnología; requiere un local que cumpla con estrictos estándares de seguridad, salubridad y edificación. Comprender estos requisitos desde el inicio te ahorrará tiempo, dinero y muchos dolores de cabeza. Sigue leyendo para descubrir las claves del proceso.
¿QUÉ TIPO DE LICENCIA NECESITA TU CLÍNICA ESTÉTICA?
Lo primero que debes entender es que no todas las actividades de estética se tramitan de la misma manera. El tipo de licencia dependerá directamente de los tratamientos que ofrezcas. El Ayuntamiento de Madrid clasifica las actividades según su impacto ambiental, sanitario y de seguridad. Las clínicas estéticas que realizan tratamientos que van más allá de los puramente superficiales (como masajes o limpiezas faciales básicas) suelen enmarcarse en el uso sanitario o asimilado, lo que implica un procedimiento de tramitación de licencia más riguroso.
Si en tu centro se van a realizar tratamientos con aparatología avanzada como láser, luz pulsada intensa (IPL), micropigmentación, microblading o cualquier técnica que implique una mínima invasión o pueda tener efectos sobre la salud, la normativa es mucho más estricta. Estas actividades requieren una licencia de actividad por el procedimiento ordinario común, lo que implica la presentación de un proyecto técnico completo y la supervisión por parte de los técnicos municipales. No es un trámite que pueda simplificarse, y es fundamental clasificar correctamente tu actividad desde el principio para enfocar el proyecto de manera adecuada.
REQUISITOS TÉCNICOS FUNDAMENTALES DEL LOCAL
La elección del local es, quizás, la decisión más importante. Un local que no cumpla con los requisitos de base o que no pueda ser adaptado te conducirá a un callejón sin salida. Antes de firmar cualquier contrato, comprueba que el espacio cumple o puede llegar a cumplir con los siguientes puntos, todos ellos regulados por el Código Técnico de la Edificación (CTE) y las Ordenanzas Municipales de Madrid.
Los aspectos técnicos más relevantes son:
- Distribución y Espacios: Tu clínica deberá contar con zonas bien diferenciadas para garantizar la funcionalidad y la higiene. Esto incluye una zona de recepción y sala de espera para clientes, cabinas de tratamiento individuales con dimensiones adecuadas, un área de almacén para productos y, si procede, una zona específica para la limpieza y esterilización del material.
- Ventilación: La renovación del aire es un requisito sanitario de primer orden. Todas las estancias, especialmente las cabinas donde se realizan los tratamientos, deben disponer de un sistema de ventilación eficiente, que puede ser natural (a través de ventanas) o, más comúnmente, mecánico. Un proyecto de ventilación adecuado es una pieza clave de tu licencia.
- Instalaciones: El local debe estar al día con la normativa de baja tensión, lo que se acredita con el correspondiente Boletín Eléctrico. Además, debe cumplir con la normativa de protección contra incendios, lo que implica disponer de extintores, señalización de emergencia y, según el tamaño y aforo, otros sistemas más complejos.
Un punto de especial importancia es la adecuación de los aseos y el acceso al establecimiento. La normativa municipal de Madrid exige que los locales de pública concurrencia dispongan de, como mínimo, un aseo adaptado para personas con movilidad reducida. Este aseo debe cumplir con unas dimensiones y equipamiento específicos. Asimismo, la accesibilidad al local desde la vía pública debe estar garantizada, lo que significa que no puede haber escalones en la entrada que impidan el paso de una silla de ruedas. Evaluar estos dos puntos antes de elegir un local es vital, ya que su adaptación puede suponer una obra costosa o, en algunos casos, ser técnicamente inviable.









