Consejos para reformar un local comercial

Consejos para reformar un local comercial

Cuando vamos a tramitar la licencia de actividad de un local, muy extraño va a ser que no lo tengamos que acondicionar para el negocio que vayamos a crear.

Para vender cualquier producto o servicio, es importante la imagen que ofrecemos a nuestros clientes, por ello debemos cuidar muchos aspectos antes de abrir.

Fachada tienda

Debe ser llamativo. Tiene que atraer a los clientes

Tendremos que buscar una imagen que refleje la personalidad del negocio que vayamos a implantar. Por ello, deberá buscar una imagen reconocible y personal en la fachada.

Todos los detalles en decoración le dicen al cliente qué tipo de negocio es, qué clase de empresarios somos y si merece la pena entrar.

Una vez dentro, deberán encontrar una estética acorde con lo que han visto fuera. Deberá invitar a quedarse y comprar o consumir los productos que les ofrecemos.

Funcionalidad. Tiene que ser útil

Ahora nos falta una parte importante, buscar la funcionalidad del local. Una óptima distribución de los espacios es necesaria para aprovechar todos y cada uno de los metros del local. Además, deberemos integrar las diferentes partes para que sean lo más útiles posibles tanto para quien vende como para quien compra.

Todas y cada una de las zonas del local deben ser cuidadas al detalle cuando vayamos a diseñar nuestro negocio.

Diseño interior

El diseño del local es importante por dos razones:

  1. Impresionar y captar al cliente. Si somos capaces de hacer esto, ya tendremos media venta hecha.
  2. Valor añadido. Un sitio especial hará que el cliente se sienta especial. Es decir, estará comprando algo en un lugar con valor añadido. No habrá ningún obstáculo para la venta.

Para tener un buen diseño de interior, necesitaremos cuidar el estilo, la luz, los colores, la música, los cuadros, etc. Estos elementos decorativos son una de las claves fundamentales que hacen que los clientes quieran volver o no a nuestro negocio.

Decoración de un local comercial. Elementos a seguir

Habrá que tener en cuenta diversos apartados a la hora de decorar un local que consiga atraer clientes y retenerlos.

Rótulo. Tiene que ser visible, llamar la atención y crear branding

Necesitaremos conocer la normativa municipal sobre rótulos para poder elegir el tamaño y diseño. Ahora, en función de la imagen de marca que busquemos, elegiremos los formatos horizontales, verticales, etc.

Fachada: Ayudará en la imagen corporativa y atraerá la atención del cliente

Un escaparate nos ayudará a vender las 24 horas, incluso cuando estemos cerrados.

La puerta de entrada deberá ser amplia, y cuanto más fácil sea de abrir, mejor. Las puertas de apertura automática son las mejores actualmente.

Sin barreras de acceso. Intentaremos que la entrada no tenga barreras como escalones u otros elementos que dificulten la entrada al local comercial.

Más info.

Aprobación OLDRUM

Por fin ha sido aprobada la OLDRUM (Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid).

Queda pendiente su publicación en los boletines oficiales (BOCM y BOAM) así como su entrada vigor, que está prevista en el plazo de 1 mes desde la publicación en el BOCM.

Con este nuevo régimen las ECU amplían su ámbito de actuación y su acreditación para la evaluación de expedientes en el Ámbito Residencial, con la consecuente agilidad que este hecho va a suponer para el sector.

Licencia de Centro de Tatuaje, Micropigmentación, y Piercing

Cuando se desea abrir y tramitar la licencia de actividad para un Centro de Tatuaje, Micropigmentación, y Piercing u otras prácticas de adorno corporal, aparte de la preceptiva licencia con el Ayuntamiento, se deberá realizar un registro de la actividad en Sanidad.

Licencia de Centro de Tatuaje Micropigmentación y Piercing

Las prácticas de tatuaje, micropigmentación, “piercing” u otras similares, han adquirido un gran auge en los últimos años. Estas prácticas, que implican la ruptura o perforación de la barrera epidérmica mediante la utilización de utensilios punzantes y la incorporación de joyas, tintas y/o pigmentos, suponen un riesgo para la salud, tanto del personal que aplica estas técnicas como para los usuarios de estos servicios, especialmente si no se realizan con los medios y condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas.
Por esto, la Consejería de Sanidad y Consumo, en función de las competencias atribuidas, ha considerado necesario, con el fin de minimizar estos riesgos, establecer las normas sanitarias que deben cumplir estos establecimientos así como la formación requerida para el personal que las realiza, mediante la publicación del Decreto 35/2005, de 10 de marzo, por el
que se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación, perforación cutánea (“piercing”) u otras similares de adorno corporal, cuyo objetivo principal es regular la realización de estas prácticas en la Comunidad de Madrid.
Entre las regulaciones contempladas por esta normativa está la creación del Registro de Establecimientos de Tatuajes, Micropigmentación, “Piercing” u otras prácticas similares
de adorno corporal, donde deberán inscribirse todos los establecimientos en los que de forma habitual o esporádica y de manera exclusiva o conjuntamente con otras actividades,
se realicen estas prácticas, condicionando la inscripción registral al cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias establecidas.

Licencia actividad Piercing

¿Existen limitaciones o prohibiciones para la realización de estas prácticas?
En la Comunidad de Madrid, estas prácticas sólo se podrán realizar en establecimientos debidamente inscritos en el Registro de Establecimientos de Tatuajes, Micropigmentación,
“Piercing” u otras prácticas similares de adorno corporal, adscrito a la Consejería de Sanidad y Consumo, estando prohibida su realización en vías públicas, emplazamientos abiertos, y en general en espacios que no reúnan las condiciones establecidas en este Decreto.

¿Debe el establecimiento contar con una distribución concreta?
. Debe contar con las siguientes zonas suficientemente aisladas y diferenciadas:
Área de espera: Zona donde el usuario podrá recibir información, consultar el catálogo de las prácticas que se realizan en el establecimiento o esperar a ser atendido por personal aplicador.
Área de trabajo: Donde se aplican estas prácticas. Esta zona estará restringida al personal aplicador y los usuarios del servicio. Deberá garantizar la intimidad en la realización
de las prácticas. La ubicación del mobiliario, equipos y materiales será tal que facilite el acceso del personal aplicador a los utensilios y se eviten al máximo los desplazamientos.

Área de preparación del material: Donde se realizan las tareas de limpieza, desinfección y esterilización del material. Su acceso quedará restringido al personal aplicador.
Aseo: contará como mínimo con un inodoro, un lavamanos y elementos de higiene necesarios.
En las áreas de trabajo y preparación del material habrá lavamanos de accionamiento no manual, dispensador de jabón y toallas de un solo uso. Además, contarán con cubos de basura
con tapadera de accionamiento a pedal.
Además existirán zonas específicas de almacenamiento de utensilios y productos de limpieza, así como de vestimenta del personal.

Lavamanos accionamiento no manual
¿Cuáles son las condiciones generales exigibles a estos establecimientos?
Deberán disponer:
-Agua de consumo humano, fría y caliente.
-Ventilación natural o forzada, apropiada a la capacidad y volumen del local.
-Telas mosquiteras para proteger ventanas o rejillas de ventilación.
-Iluminación natural o artificial suficiente.
-Suelos, paredes y superficies de trabajo lisas, de fácil limpieza y desinfección.
-Mobiliario (sillones, camillas etc…), que permitan la limpieza y desinfección.
-El mobiliario contará con un protector de un solo uso cuando se realicen técnicas que requieran contacto directo del cuerpo con el mobiliario.
-Botiquín equipado con el material suficiente para poder prestar los primeros auxilios a los usuarios en caso de necesidad.

También se dispondrá de los números de teléfono de
los servicios sanitarios de urgencias.
Cumplirá con la legislación vigente sobre gestión de residuos.
Además, está prohibida la presencia de animales en el establecimiento.

¿Qué requisitos se necesitan para poder aplicar estas prácticas?
Con el fin de minimizar los riesgos que la aplicación de estas prácticas puede suponer tanto al personal aplicador como al usuario de las mismas, deben considerarse ciertas medidas
de seguridad. Estas son:

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Licencia de actividad y apertura Cafetería Take Away

Hoy os presentaremos las imágenes de una licencia de apertura y actividad de una cafetería Take Away que hemos realizado en pleno centro de Madrid, en la calle Villanueva 31, se trata de la cafetería Rocket.

Cafetería Take Away 7
Cafetería Take Away 1

Esta cafetería, con servicio take-Away tiene un peculiar estilo de fachada muy fácilmente reconocible desde el exterior, y con unos muy cuidados acabados interiores, donde se ha prestado especial atención al mobiliario y a la iluminación.

Cafetería Take Away 2
Cafetería Take Away 3

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Inscripción de empresas en el Registro del Juego

La Inscripción de empresas en el Registro del Juego constituye una exigencia previa para el ejercicio de las actividades de juegos y apuestas, y un requisito para las autorizaciones de las mismas. El Registro del Juego tiene al efecto una sección de empresas en la que se inscribe toda empresa relacionada con la organización o explotación de juegos y apuestas, con la fabricación, reparación, intermediación en el comercio y explotación de material de juego.

Inscripción de empresas en el Registro del Juego 1

¿Quién puede realizare la Inscripción de empresas en el Registro del Juego?
1. Estar domiciliada en España o en algún estado de la Unión Europea.
2. Disponer de domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
3. Se podrán consultar el resto de requisitos en el apartado información relacionada, en la columna de la derecha de esta ficha.

¿Qué Documentación hay que presentar para la Inscripción de empresas en el Registro del Juego?
1. Resguardo del depósito de garantía en Tesorería, por cada inscripción solicitada.
2. Original y copia del DNI/NIF/NIE del empresario, persona física o jurídica, y de sus componentes, salvo que se autorice la consulta en la solicitud.
3. Escritura de constitución de la sociedad, inscrita en el Registro Mercantil (para personas jurídicas) en la que constará el nombre y apellidos de los socios, con la cuota de participación.
4. Alta en la Seguridad Social para persona física, salvo que se autorice la consulta en la solicitud.
5. Alta en la Seguridad Social para persona jurídica.
6. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Epígrafe correspondiente a la actividad a realizar (Operadoras 9694, Juegos colectivos 9693, Empresario Salones 9696, Fabricante de máquinas 3299, Comercializadora y Distribuidora 6545, Servicios Técnicos 699, Apuestas 9825, Rifas y Tómbolas 9892).
7. Original y copia del Certificado de Hacienda de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias, salvo que se autorice la consulta en la solicitud.
8. Original y copia del Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de sus obligaciones, salvo que se autorice la consulta en la solicitud.
9. Memoria explicativa de las actividades empresariales y estructura de la empresa.
10. Copia simple notarial de los poderes otorgados por el solicitante, en su caso.
11 .Anexo de la Declaración Responsable (art. 19.2 Ley 6/2001).
12. Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5011), por cada.inscripción solicitada.

Garantías que se deben pedir en un contrato de alquiler

En el desarrollo de su actividad, un autónomo o una pequeña empresa pueden necesitar alquilar un local, para lo cual se verán obligados a negociar un contrato de arrendamiento con el propietario del mismo.

Junto con el importe de la renta, la duración del contrato y las obras a realizar en el local en su caso, otro de los aspectos que suele ser bastante importante en una negociación de un contrato de arrendamiento, son las garantías de pago de la renta y del cumplimiento de las obligaciones del contrato.

contrato alquiler licencia
En este sentido, debemos tener en cuenta que van a existir intereses encontrados en cuanto a las garantías ya que, por un lado, el propietario solicitará las garantías que estime oportunas para garantizar el cumplimiento del contrato, y, por otro lado, el arrendatario, intentará moderar dichas garantías para que no sean excesivamente gravosas.

En un contrato de local comercial prevalece la voluntad de las partes, por lo que las garantías que se reflejen finalmente en el contrato, dependerán de los pactos alcanzados por arrendador y arrendatario.

Básicamente existen seis tipos básicos de garantías:

El aval bancario.

El aval bancario es un documento en virtud del cual un banco garantiza el pago de la renta pactado en el contrato, para el caso en que el arrendatario no pague. Un aval bancario puede ser a primera demanda o a primer requerimiento cuando el banco tiene que pagar en el momento en que el avalado lo solicita, sin necesidad de probar el impago.

Generalmente el aval supone unos gastos financieros para el avalado por lo que hay que pactar con la entidad financiera dicho coste para poder evaluar su importe. El importe del aval suele situarse entre los 3 y los 6 meses de renta.

La fianza legal.

La fianza legal es obligatorio entregarla por aplicación del artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Para el caso del arrendamiento de un local comercial, el importe de la fianza es de dos mensualidades de renta y deberá entregarse en el momento de la firma del contrato.

La ley establece que se entregará en metálico pero en la práctica se suele entregar mediante cheque bancario nominativo.

La carta de patrocinio.

Cuando se alquila el local comercial a una empresa que pertenece a un grupo de empresas, a veces se suele pactar como garantía  que la empresa matriz garantice mediante una carta de patrocinio el cumplimiento de las obligaciones de la empresa arrendataria. Esta garantía puede resultar débil cuando se trata de una empresa matriz extranjera, ya que la reclamación en caso de impago se puede complicar y si la empresa matriz se niega a pagar, será necesario valorar el acudir a los tribunales.

El depósito en garantía.

El depósito en garantía es una cantidad de dinero que generalmente se entrega mediante cheque nominativo en el momento de la firma del contrato de arrendamiento, por el arrendatario al arrendador en garantía del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. El importe del depósito suele variar en la práctica entre 3 y 6 mensualidades de renta.

La ventaja del depósito en garantía frente al aval es que no produce gastos financieros, pero el dinero queda en poder del arrendador, con la obligación de devolverlo en el caso en que finalice el contrato y se hayan cumplido todas las obligaciones contractuales.

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Precio de una licencia de actividad y apertura

¿Cual es el precio de una licencia de apertura?

Una de las preguntas más frecuentes a la hora de montar un nuevo negocio o iniciar una nueva actividad es saber cual es el precio total que supondrá una nueva licencia de apertura, incluyendo todos los costes totales,  tanto las tasas que se hay que abonar en el Ayuntamiento (ICIO, Aval Residuos…) como el precio del proyecto técnico.

formularioNo existen unas tasas o un precio fijo ya que las tasas las dictamina cada Ayuntamiento independientemente en función de ciertos parámetros tales como el tipo de actividad que se va a iniciar,  la situación del inmueble así como de la superficie del mismo, por lo que hay que consultar directamente cada caso a cada Ayuntamiento en particular para conocer el importe exacto de las tasas para la tramitación de la licencia, aunque como norma general tenemos los siguientes pagos:

Una tasa por el tipo de obra, procedimiento y superficie, dependiendo de si es una actividad inocua o calificada, en éstas últimas también se calcula teniendo en cuenta los elementos industriales declarados y sus potencias.

Otra tasa de ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que en el Ayuntamiento de Madrid (como en casi todos los Ayuntamientos por lo general) es el 4% del presupuesto del proyecto presentado, cabe decir que actualmente hay una bonificación del 95% sobre el ICIO por lo que actualmente este importe es muy pequeño (por cada 1.000€ de presupuesto se pagan 2€ de ICIO).

En el caso de realizar obras también habrá depositar un aval para la Gestión de los Residuos de Obra (cuyo mínimo son 150€).

El coste de total de las tasas de los Ayuntamientos suele oscilar entre los 800 € y los 1.600 €, pero depende en gran medida de la obras a realizar y de la superficie del local.

expedeienteEn cuanto al proyecto técnico, éste lo realizan empresas o profesionales que fijarán su precio por el desarrollo del mismo y al igual que los ayuntamientos lo habitual es fijar los honorarios principalmente en función de la ubicación del inmueble (desplazamientos), tipología de la actividad (calificada o inocua), la superficie de actuación, protecciones o condiciones urbanísticas y el procedimiento a seguir (Declaración Responsable o Licencia). (Pídenos presupuesto sin compromiso)

Las Licencias de Actividad que se tramitan habitualmente por el procedimiento de «Declaración Responsable» en ocasiones, y dependiendo del Ayuntamiento, no precisan de proyecto firmado por técnico, pero aún así los Ayuntamientos si que exigen presentar cierta documentación (memorias y planos acotados y superficiados de plantas, alzados y secciones, así como planos de las instalaciones, especialmente las de protección contra incendios) que muy a menudo es difícil de presentar por una persona no especializada en este tipo de tramitaciones, y por tal motivo es aconsejable que la realice igualmente un técnico especializado, teniendo en cuenta que en los casos de fachadas protegidas o edificios históricos o catalogados será exigible la firma de un Arquitecto.

Licencia de Actividad de Bar Cafetería con Zona Infantil (Ludoteca)

Hoy os mostraremos uno del os trabajos más bonitos que hemos realizado últimamente, se trata de la licencia de apertura de un Bar Cafetería con Zona Infantil (Ludoteca), es decir: una cafetería con una amplia zona específica para los niños que puedas jugar libremente.

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La cafetería en cuestión está ubicada en Pozuelo de Alarcón, en el número 42 de la Avenida de Europa y la reconoceréis por su característico escaparate en forma de panal de abeja, se trata de «el agujero amarillo».

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Aparte de las habituales (y obligatorias) zonas de cualquier bar / cafetería como pueden ser los aseos específicos para el personal, la zona de barra, el cuarto de limpieza y basuras, el almacén, la cocina y por supuesto los aseos para el público, este local cuanta además con amplias zonas donde los niños pueden jugar, correr, realizar manualidades, talleres, lectura de cuentos, etc…

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¿Cómo tramitar una licencia de actividad para un bar?

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Es importante conocer las fases pasos que vas a tener que realizar para poder obtener tu licencia de actividad de bar, debes saber que cada Ayuntamiento tiene su propia normativa, y lo que te exigen en uno no tiene por qué ser válido en otro. Así pues vamos indicar los pasos generales a seguir para evitarte problemas innecesarios que dificulten la apertura de tu bar.

¿Qué requisitos existen para la apertura de un bar?

Requisitos técnicos

No todos los locales son validos para la implantación de este tipo de actividad, se debe cumplir una serie de requisitos que harán que un inmueble se pueda convertir en bar o no.

Uno de los más importantes, si no el que más, será decidir si nuestro bar tendrá o no cocina, pues en caso de querer cocina, será necesario instalar una campana extractora de humos con su correspondiente conducto de extracción hasta la azotea el edificio.

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En caso de que el local no tenga actualmente salida de humos, es importante tener la conformidad de la comunidad de propietarios para poder instalarla.

Deberás tener en cuenta la altura libre del local, por lo general, debe ser como mínimo 2,50 metros en zonas de trabajo y estancia habitual y 2,10 metros en zonas como almacén, pasillos, aseos y cuarto de basuras.

Se deberá hacer un estudio de las superficies y recorridos de evacuación. Deberás tener en cuenta que un local de bar debe tener al menos los siguientes espacios: cuarto de basuras, 2 baños para el público y uno de ellos adaptado (en algunos casos muy concretos se podrá instalar un solo baño), si se manipulan alimentos: otro baño exclusivo para el personal, zona de cocina, zona de almacén y zona de mesas y taburetes.

Requisitos legales

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