Licencia de Actividad y Apertura para Tienda de Alimentación con Obrador

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una tienda de alimentación (bombones y deliciosos chocolates) con obrador y aula de formación “Sensaciones de Chocolate”, situado en la calle Afueras a Valverde, 18, 28034 Madrid.

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Venden una gran variedad de chocolates y bombones, con la particularidad de que puedes crear tu tableta de chocolate personalizada y te la envían a donde les indiques ¡¡¡podrás crear tabletas de chocolate exactamente a tu gusto !!!

Descubre sus tabletas puras con distintos cacaos de origen, las tabletas con ingredientes, como frutos secos o especias, o sus deliciosos bombones hechos a mano…¡será difícil elegir!

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Variedad
Además, en Sensaciones de Chocolate te acercan el delicioso y sensual mundo del chocolate de alta calidad de la manera más fácil y rápida.
Comparten su pasión por el buen chocolate y hacer ver que el mundo del chocolate no sólo consiste en «blanco», «negro» y «con leche»: existe una gran variedad de chocolates de distintos contenidos de cacao, de manteca de cacao y, sobre todo,procedentes de granos de cacao de distintas variedades y orígenes, es sin duda un mundo a descubrir!

Encuentra en Sensaciones de Chocolate tu espacio de creatividad personal: Crea tu propia tableta perfecta de manera completamente personalizada o ¡confía en sus deliciosas combinaciones ya hechas!

Chocolates puros
El sabor puro a chocolate, ¡sin más! ¿Sabe distinto un chocolate elaborado con cacao de Venezuela que uno hecho con cacao de Ecuador? (ya que adelanto que sí que hay diferencia) ¿Cómo sabe un chocolate con leche con un 49% de cacao?

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Bombones artesanales
Descubre la diferencia que marca un bombón hecho a mano con ingredientes naturales de primera calidad. Desde las clásicas trufas de chocolate hasta los bombones con doble relleno de distintos sabores… ¡para gustos hay bombones!

Bodas y eventos
¡Vuestro día perfecto será un poco más dulce todavía! ¿Por qué no sorprender a los invitados con un chocolate con los sabores preferidos de los novios? ¿O con un elegante chocolate blanco aromatizado con vainilla y salpicado de pétalos de rosa para ellas y un sofisticado chocolate negro con vainilla y almendra para ellos?

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Estos deliciosos detalles también pueden ser una forma muy dulce de indicarle a cada invitado su sitio en la mesa, ya que llevarían el nombre del invitado en la tarjetita del envase… O tal vez existe una mezcla de sabores que tiene un significado muy especial para los novios, como el postre de tarta de chocolate con frambuesas y helado de vainilla que compartieron en su primera cita: ellos funden éste bonito recuerdo en un chocolate. En Sensaciones de Chocolate, ¡hacen todo lo posible para que el límite sea solamente vuestra imaginación!

Eventos
Un toque dulce para tu evento: con los chocolates personalizados de Sensaciones de Chocolate sorprenderás a tus invitados! Sea como detalle individual para cada invitado o como delicioso buffet de chocolate y bombones durante el evento, ¡ellos lo hacen posible!

Empresas
Regalar chocolate es una manera perfecta de mostrar aprecio o dar las gracias a sus clientes o empleados. Sus selectos productos hechos a mano y completamente personalizables no dejarán indiferente a nadie…

Tabletas o napolitanas de chocolate personalizadas
Bombones
Su logo de empresa en tabletas o bombones
Bombones de receta exclusiva para su empresa

Para este local, además de solicitar la licencia de tienda de alimentación y la licencia de obrador para que puedan elaborar sus propios chocolates artesanales, también se a obtenido la licencia para aula de formación (licencia de academia), donde podrán realizar cursos sobre elaboración de chocolates y bombones.

Web: sensacionesdechocolate.com

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Licencia Sanitaria Plasma Rico en Plaquetas (PRP)

A la hora de ofrecer técnicas de PRP (Plasma Rico en Plaquetas), hay que realizar una tramitación de licencia con Sanidad consistente en portar y garantizar una serie de documentos y procedimientos.

Plasma Rico en Plaquetas 2

GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP)

Existen diferentes modalidades de producción de PRP y es necesario establecer las garantías mínimas de calidad en la producción, ajustadas al riesgo, que le son de aplicación. De acuerdo con el informe de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios sobre el uso del Plasma Rico en Plaquetas (PRP), en todo caso y en todas ellas, el profesional sanitario prescriptor es el responsable de garantizar la calidad, aunque el procesado y la obtención sean realizados por un tercero.
En el caso de los métodos de obtención de Plasma Rico en Plaquetas de forma manual con “técnica abierta“, el método empleado debe ser evaluado desde el punto de vista de calidad, por lo que se deberá solicitar una inspección a la autoridad competente, la cual verificará la adecuación de las instalaciones y de las actividades de producción y de control de calidad efectuadas, tomando como referencia las Normas de Correcta Fabricación de la Unión Europea.

En el caso de los métodos de obtención mediante “técnica cerrada“, el método empleado debe seguir las instrucciones descritas en cada sistema comercial, no siendo necesaria la obtención de un certificado de adecuación de las instalaciones y de las actividades de preparación efectuadas. El sistema empleado debe disponer del marcado CE otorgado específicamente para este uso.

  1. PRESCRIPCIÓN. PRUEBAS ANALÍTICAS PREVIAS. EXTRACCIÓN
    1.1 Prescripción
    · La prescripción de PRP se realizará exclusivamente por médicos, odontólogos y podólogos en el ámbito de sus competencias respectivas.
    · Para prescribir este medicamento deberán poseer formación y experiencia en el tratamiento, contar con los medios técnicos adecuados y aplicarlo en centros y servicios sanitarios autorizados por la autoridad competente de la CC.AA
    · La prescripción deberá incluir la indicación precisa para el uso clínico del preparado.
    · Se tiene que disponer del Consentimiento Informado del paciente conforme a la normativa vigente, antes de la obtención de la sangre y la aplicación del PRP.
    · El prescriptor será el responsable de garantizar la calidad de la producción del PRP aunque la fabricación la lleve a cabo un tercero.

1.2 Pruebas Analíticas Previas
· Previa a la extracción sanguínea para la fabricación del Plasma Rico en Plaquetas deberán realizarse al menos, las siguientes pruebas analíticas:
-Pruebas para la detección de agentes infecciosos:
Sífilis: pruebas serológicas.
Hepatitis B: AgHBs.
Hepatitis C: Anti-VHC y pruebas de amplificación genómica del ácido nucleico (NAT).
VIH I/II: Anti-VIH I/II.
Aquellas pruebas necesarias para detectar portadores de otros agentes infecciosos en determinados donantes por sus circunstancias epidemiológicas concretas.
· Las técnicas utilizadas en estas pruebas deberán tener, en cada momento, un nivel óptimo de sensibilidad y especificidad, y los reactivos empleados en ellas cumplirán la normativa sanitaria aplicable.
· Los resultados de las pruebas analíticas serán válidos por un periodo de tiempo de tres meses en el caso de uso prolongado de PRP.
1.3 Extracción de la sangre
· La extracción se llevará a cabo por personal legalmente capacitado para la
obtención/extracción de sangre.
· El material usado para la extracción de la sangre, así como para su contención, debe contar con el marcado CE como producto sanitario y debe ser estéril y de un solo uso.
· La extracción de la sangre debe realizarse garantizando que se lleva a cabo siguiendo un procedimiento de asepsia validado. El profesional sanitario que la lleve a cabo debe usar guantes estériles de un solo uso, por lo que, después de cada extracción entre diferentes pacientes, deberán ser sustituidos y eliminados.
· El contenedor de la sangre extraída deberá identificar, al menos, el nombre del paciente, nombre del centro sanitario, historia clínica, fecha, volumen y hora de la extracción.

Plasma Rico en Plaquetas 1
  1. ELABORACIÓN
    Todo el procedimiento para la elaboración del Plasma Rico en Plaquetas (PRP), desde la obtención de la sangre del paciente hasta la administración del PRP, independientemente de que el sistema usado sea cerrado o abierto, debe estar descrito de manera detallada en un procedimiento normalizado de trabajo, aprobado por el profesional sanitario responsable.

2.1 Obtención mediante “técnica cerrada
· El método empleado deberá seguir las instrucciones descritas en cada sistema comercial. Estas instrucciones se incorporarán al procedimiento normalizado de trabajo (PNT) que estará disponible de forma permanente para el personal implicado y a disposición de la autoridad sanitaria competente.
· El kit empleado deberá disponer de marcado CE otorgado para dicho uso, al igual que los equipos requeridos para la centrifugación y aplicación.
· Deberán tenerse en cuenta aquellos requisitos de la técnica abierta que le sean de aplicación.

Plasma Rico en Plaquetas

DOCUMENTACIÓN
El centro en el que se elabore PRP mantendrá y custodiará la documentación relativa a sus actividades, en papel o en formato electrónico. En este último caso los sistemas informáticos utilizados deben estar validados.
La documentación, acorde con el sistema de garantía de calidad del centro,
incluirá:

  1. Relación de personal implicado en la elaboración (responsabilidades,
    funciones, formación y experiencia o capacitación).
  2. PNT (procedimiento normalizado de trabajo) de vestimenta e higiene del personal.
  3. PNT de limpieza y desinfección del área de elaboración así como del
    equipamiento y material utilizado.
  4. PNT de mantenimiento y calibración de equipos.
  5. PNTs relativos a la elaboración, etiquetado y en su caso, conservación y transporte de PRP.
  6. PNTs relativos a la trazabilidad de la muestra de sangre extraída y a las medidas para evitar cualquier confusión entre las unidades o las muestras así como a la notificación urgente al prescriptor en el caso de detectarse una posible contaminación que pudiera afectar a la calidad microbiológica del preparado.
  7. Sistema de eliminación de residuos.
  8. Registros de las actividades realizadas que incluirán: nombre del paciente, número de historia clínica, fecha, hora de elaboración y servicio peticionario.
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Instrucciones para la solicitud de alta en el registro de identificación industrial

¿Es imprescindible presentar el Registro de Identificación Industrial para tramitar una nueva licencia de actividad y apertura?
Identificación Industrial Licencias de ActividadEste es uno de los formularios y trámites que más dudas generan, y por tanto, uno de los que más nos consultan. Es algo bastante comprensible ya que por su nombre, en principio parece que sólo es exigible a licencias de ámbito industrial, sin embargo nada más lejos de la realidad:

El Alta en el Registro de Identificación Industrial es exigible para todas las actividades que cuenten con aseos, cocinas, cuartos de basuras o dispongan en el interior del local de algún grifo… Se exceptúan aquellos casos en que los aseos no estén dentro del propio local, como puede ser el caso de centros comerciales o edificios de oficinas, que en habitualmente, dichos aseos, se encuentren en las zonas pertenecientes a las comunes del edificio. Por lo que, por norma general, siempre deberemos presentarlo a la hora de tramitar nuestra licencia de apertura.

La obligatoriedad de dicho registro industrial viene recogida en la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua (OGUA), en su artículo 52:

1. Las empresas que generen vertidos en cantidad superior a 22.000 m3/año, así como aquéllas que superen los 3.500 m3/año y que, por su tipo de actividad, se encuentren incluidas dentro del Anexo 3 del Decreto 57/2005, de 30 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, deberán presentar en el Ayuntamiento de Madrid el documento de dentificación industrial y el de Solicitud de vertidos, que se incluyen como anexos III y IV, respectivamente, de la presente ordenanza.

2. Las empresas que consuman menos de 3.500 m3/año y utilicen en su proceso industrial productos, líquidos o sólidos, que deban ser eliminados a través de gestor autorizado, de acuerdo con la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y normas de desarrollo, habrán de presentar también los documentos de Identificación industrial y Solicitud de vertidos.
3. Las empresas no incluidas en los apartados 1 y 2 presentarán únicamente el documento de Identificación industrial.
4. Cuando, debido a las características de la red, las limitaciones establecidas en el apartado anterior no sean suficientes para garantizar el buen funcionamiento del servicio, el Ayuntamiento podrá requerir al titular del vertido la adopción de las medidas adicionales que permitan reducir la carga contaminante, hasta que ésta sea equivalente a la de los vertidos de aguas residuales domésticas. Para ello se hará la oportuna comunicación al usuario, al que se dará un plazo suficiente para la adecuación de sus instalaciones.
5. La presentación de los impresos de Identificación Industrial y Solicitud de Vertidos cuando proceda, será requisito indispensable para obtener la licencia de actividad.

Este es un trámite bastante habitual en la mayoría de los Ayuntamientos, no sólo en el de Madrid aunque, evidentemente, los formularios son ligeramente diferentes.

Alta en el Registro de Identificación Industrial Licencias de Apertura

El formulario, al igual que las instrucciones para rellenarlo, lo podéis encontrar en la sección de normativa, sin embargo a continuación os dejamos un resumen de las instrucciones para presentar el Alta en el Registro de Identificación Industrial:

El impreso puede ser cumplimentado a mano (con mayúsculas tipo imprenta) o electrónicamente.
Una vez cumplimentado, preséntelo firmado en el Registro de la calle de Bustamante, 16, en los registros de los Distritos, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, en los registros de la Administración General del Estado, en los de las Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA CUMPLIMENTAR ESTE IMPRESO
– La persona solicitante deberá presentar fotocopia de los recibos de consumo de agua del Canal de Isabel II, correspondientes a un año completo (lo más próximo a la fecha de registro).
– Si se usan productos tóxicos o peligrosos (aceites minerales, aceites de cocina, tintes, líquidos reveladores, pinturas, taladrinas, disolventes, etc.) deberá hacerlo constar en el apartado «Observaciones» y presentar fotocopias del contrato de retirada de residuos por gestor autorizado y de los dos últimos albaranes de recogida.
– Si no se usan productos tóxicos hágalo constar también en el apartado “Observaciones”.
– En el caso de tramitar nueva licencia de actividad, deberá aportar la documentación en el plazo de 15 meses, remitiéndola a la Dirección General de Ingeniería Ambiental y Gestión Hídrica, indicando el número de anotación de su entrega en el registro, de la Identificación Industrial, presentada con anterioridad.
– En el caso de tramitar cambio de titularidad, el/la nuevo/a titular de la actividad deberá presentar de nuevo, el impreso de Identificación Industrial con la documentación adjunta.
– En el caso de tramitar cese de actividad, presente el impreso de Identificación Industrial, indicando en el apartado “Observaciones” esta circunstancia.

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Guía para Obtener una Licencia de Actividad para un Centro de Podología en Madrid

La apertura de un centro de podología en Madrid es una excelente oportunidad para brindar servicios de cuidado de los pies y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Sin embargo, antes de abrir las puertas de tu centro, es crucial obtener la licencia de actividad correspondiente. En este artículo, exploraremos detalladamente los pasos necesarios para obtener una licencia de actividad para un centro de podología en Madrid, incluyendo los requisitos sanitarios de la Comunidad de Madrid, el equipamiento necesario, así como recursos y sitios web de referencia para facilitar el proceso.

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Requisitos Sanitarios de la Comunidad de Madrid:

  1. Autorización Sanitaria: La Comunidad de Madrid requiere que los centros de podología cuenten con una autorización sanitaria para garantizar la calidad y seguridad de los servicios ofrecidos. Esta autorización se obtiene a través de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria.
  2. Cumplimiento de Normativas Sanitarias: Es fundamental cumplir con todas las normativas sanitarias establecidas por la Comunidad de Madrid en cuanto a higiene, esterilización de equipos, almacenamiento de materiales y disposición de residuos biológicos.
  3. Titulación Profesional: Los profesionales que trabajen en el centro de podología deben contar con la titulación académica y la colegiación correspondiente para ejercer la profesión en la Comunidad de Madrid.

Equipamiento sanitario:

El equipamiento sanitario mínimo necesario para un centro de podología en la Comunidad de Madrid incluye:

  • Camilla: Debe ser regulable en altura y contar con reposacabezas y reposapiés.
  • Sillón de exploración: Debe ser regulable en altura y permitir la exploración del pie en diferentes posiciones.
  • Lámpara de exploración: Debe proporcionar una iluminación adecuada para el examen del pie.
  • Instrumental podológico: Incluye bisturís, pinzas, limas, fresas, etc.
  • Esterilizador: Es necesario para esterilizar el instrumental podológico y garantizar la higiene del centro.

Recursos y Webs de Referencia:

  1. Portal del Emprendedor del Ayuntamiento de Madrid: Este portal proporciona información detallada sobre los trámites necesarios para abrir un negocio en Madrid, incluyendo la obtención de licencias de actividad para centros de podología.
  2. Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid: En este sitio web se pueden encontrar formularios descargables, información sobre normativas y regulaciones sanitarias, así como otros recursos útiles relacionados con la apertura de centros sanitarios en la Comunidad de Madrid. https://www.sanidad.gob.es/
  3. Colegio Oficial de Podólogos de Madrid: El colegio oficial puede proporcionar orientación y asesoramiento específico sobre los requisitos y procedimientos para abrir un centro de podología en la ciudad, así como recursos formativos y profesionales para podólogos. https://www.icopoma.es/
  4. Comunidad Autónoma de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/medias/documentacion-presentar-unidad-podologia/download
  5. Nueva Orden de la Comunidad de Madrid sobre Requisitos Técnicos de Centros Sanitarios: Conoce los detalles técnicos que debes cumplir en tu centro de podología

Conclusiones:

Obtener una licencia de actividad para un centro de podología en Madrid requiere cumplir con una serie de requisitos sanitarios y administrativos establecidos por la Comunidad de Madrid. Es importante investigar y preparar cuidadosamente todos los documentos y trámites necesarios para garantizar una solicitud exitosa. Con el cumplimiento adecuado de los requisitos y el equipamiento necesario, tu centro de podología estará listo para ofrecer servicios de calidad y contribuir al bienestar de la comunidad madrileña.

¿Cómo solicitar cita con el informador urbanístico de Madrid?

Para solicitar una cita con el informador urbanístico de la Junta Municipal correspondiente del Ayuntamiento de Madrid, puede hacerlo mediante:

Online: A través de esta página web de cita previa.

Teléfono: a través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 915 298 210, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).

El 010 es el canal telefónico de la Red de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid. A través del mismo se puede obtener información sobre el Ayuntamiento y la ciudad de Madrid, así como realizar numerosos tipos de gestiones sin necesidad de desplazamientos a las oficinas municipales.

Está disponible en horario ininterrumpido, 24 horas todos los días del año.

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Servicios prestados en el Teléfono 010

El canal telefónico 010 ofrece, entre otros, los siguientes servicios:

1. Información general sobre:

  • Administración Pública.
  • Urbanismo y Vivienda.
  • Alta y consulta de cita previa.
  • Anulación de cita previa.
  • Recordatorio de citas para determinadas Oficinas o Servicios.
  • Consulta personalizada de ITE.
  • Consulta del Registro.

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Licencia de Actividad para Centro de Logopedia en Madrid y la Comunidad de Madrid

Abrir un centro de logopedia en Madrid o en la Comunidad de Madrid es una decisión importante que requiere cumplir con ciertos requisitos legales y obtener las autorizaciones correspondientes. En este artículo, exploraremos los pasos necesarios para obtener la licencia de actividad y las autorizaciones sanitarias para un centro de logopedia.

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Requisitos para Abrir una Consulta de Logopedia

1. Colegiación en el Colegio Oficial de Logopedas

El primer paso es asegurarse de estar colegiado en el Colegio Oficial de Logopedas de la comunidad autónoma. La colegiación es obligatoria para ejercer la logopedia como persona física individual. Además, es importante estar al día con las cuotas y requisitos del colegio profesional.

2. Elección del Local y Licencia de Apertura

  1. Local Adecuado: Evalúa las características del local para asegurarte de que cumple con los requisitos necesarios para obtener la licencia de apertura y la posterior licencia de instalación y funcionamiento. Algunos aspectos a considerar son el tamaño, la ubicación y la accesibilidad.
  2. Licencia de Apertura: Debes tramitar la licencia de apertura ante el Ayuntamiento correspondiente. Esta licencia autoriza el uso del local para actividades específicas, como la logopedia.

3. Autorización Sanitaria

Los profesionales sanitarios, incluidos los logopedas, pueden ejercer su actividad por cuenta propia o ajena. Para ello, deben cumplir con ciertos requisitos:

  • Inscripción en Registros Especiales: Debes inscribirte en los registros sanitarios correspondientes.
  • Responsabilidad Civil Sanitaria: Contrata una póliza de seguro o aval que cubra la responsabilidad civil sanitaria.
  • Obligación de Secreto Profesional: Cumple con las normativas de confidencialidad y secreto profesional.
  • Respeto a los Derechos del Paciente: Garantiza el respeto a los derechos de los pacientes.
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Licencia de obras y/o actividad por procedimiento ordinario abreviado

Se tramitarán por el procedimiento ordinario abreviado:

Las obras y actividades relacionadas en el Anexo II.2 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU), las cuales precisan de un proyecto técnico para su definición, pero de distinta naturaleza y alcance que el proyecto técnico de obras de edificación requerido para el procedimiento ordinario común, y siempre que:
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La titularidad de la actividad corresponda a las Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas, así como representaciones diplomáticas y organismos públicos internacionales.
Se realicen sobre inmuebles gestionados por las mismas.
Se implanten en alguno de los siguientes usos:
Dotacional Zona Verde.
Dotacional Servicios de la Administración Pública.
Dotacional Servicios Infraestructurales, en sus clases de abastecimiento de agua, saneamiento y residuos sólidos.
Dotacional para la Vía Pública.
Dotacional para el Transporte.
Afecten simultáneamente a varios usos urbanísticos ubicados en un mismo inmueble y alguno de ellos estuviera sujeto a la OMTLU.
Actividades de uso terciario comercial y terciario recreativo de consumo de comidas y bebidas, cuando se soliciten por Administraciones Públicas, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público, Empresas Públicas o cuando  estén vinculadas al uso dotacional para el transporte

Documentación general:

Impreso normalizado de solicitud de licencia y hoja de características, debidamente cumplimentados.
Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, ICIO….).
Declaración de técnico o técnicos autores de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
Declaración del promotor de haber colocado, en el lugar en el que se pretenda llevar a cabo la actuación, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras y actividad.
Tres ejemplares de proyecto técnico suscrito por técnico competente y visados por el colegio oficial correspondiente, en los supuestos reglamentariamente establecidos o, en su caso por la oficina de supervisión de proyectos de la administración, acompañado, en su caso, de las hojas de encargo de las direcciones facultativas correspondientes.
Estudio básico de seguridad y salud o, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 4.1 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, estudio de seguridad y salud, suscrito en ambos casos por técnico competente y, en los supuestos contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, visado por el colegio oficial correspondiente.
Cuestionario de la Estadística de Construcción de Edificios: Mod. C.E. -1 del Ministerio de Fomento.
Se deberá disponer de la documentación prevista en el apartado B del Anexo I de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, según corresponda en función del tipo y circunstancias de la actuación a desarrollar.

Licencia Normativa 1

Documentación específica: Se deberá disponer de la documentación prevista en el apartado B del Anexo I, según corresponda en función del tipo y circunstancias de la actuación a desarrollar.:

Para conocer la documentación complementaria y especifica que requiere cada supuesto, consulte el ANEXO I.B de la OMTLU.

Tramitación

Pasos para obtener una licencia de obras por procedimiento ordinario común:

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Más info.

Guía para Obtener una Licencia de Actividad para un Centro de Psicología en Madrid

La apertura de un centro de psicología en Madrid es una empresa noble y necesaria, pero el proceso de obtener la licencia de actividad puede parecer abrumador al principio. Sin embargo, con la información adecuada y los recursos apropiados, este proceso puede ser mucho más llevadero. En este artículo, vamos a explorar en detalle los pasos necesarios para obtener una licencia de actividad para un centro de psicología en Madrid, así como proporcionar una lista de recursos útiles y sitios web de referencia para facilitar el proceso.

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Pasos para Obtener una Licencia de Actividad para un Centro de Psicología:

  1. Investigación de Requisitos: Lo primero que debes hacer es investigar los requisitos específicos para la apertura de un centro de psicología en Madrid. Esto incluye consultar las regulaciones locales y regionales, así como las normativas relacionadas con la salud y la atención médica.
  2. Elección del Local: Elige un local adecuado para tu centro de psicología que cumpla con los requisitos de zonificación y normativas urbanísticas de Madrid. Asegúrate de que el espacio sea lo suficientemente grande y cómodo para tus pacientes, y que cumpla con todas las normativas de seguridad y accesibilidad.
  3. Preparación del Proyecto Técnico: Prepara un proyecto técnico detallado que incluya planos del local, especificaciones de las instalaciones y cualquier otro detalle relevante. Este proyecto debe cumplir con todas las regulaciones y requisitos establecidos por las autoridades pertinentes.
  4. Solicitud de Licencia de Actividad: Una vez que tengas todos los documentos necesarios y el proyecto técnico preparado, puedes presentar la solicitud de licencia de actividad ante el Ayuntamiento de Madrid o la Comunidad de Madrid, según corresponda.
  5. Inspección y Evaluación: Después de presentar la solicitud, es probable que se realice una inspección del local para verificar que cumple con todos los requisitos establecidos. Asegúrate de que el local esté completamente preparado y en cumplimiento antes de la inspección.
  6. Obtención de la Licencia: Si todo está en orden y el local cumple con los requisitos, recibirás la aprobación y la licencia de actividad para tu centro de psicología en Madrid.

Autorización Sanitaria

Necesitas obtener la autorización de la administración sanitaria de la comunidad autónoma en la que ejerzas profesionalmente. En el caso de Madrid, esto implica:

  1. Autorización de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid: La autorización sanitaria es necesaria para la instalación, funcionamiento, modificación y cierre de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Debes cumplir con los siguientes pasos:
    • Autorización de Funcionamiento: Antes de iniciar la actividad, solicita la autorización de funcionamiento a la comunidad autónoma.
    • Autorización de Modificación: Si realizas cambios en la estructura, titularidad o oferta asistencial, debes solicitar la autorización de modificación.
    • Autorización de Instalación: Para centros, servicios y establecimientos nuevos que impliquen obras o alteraciones sustanciales.
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