El Ayuntamiento declara el barrio de Gaztambide Zona de Protección Acústica Especial

El barrio de Gaztambide será Zona de Protección Acústica Especial

El pasado 17 de noviembre la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid acordó declarar al barrio de Gaztambide, en el Distrito de Chamberí, Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) al tiempo que se aprobó el Plan Zonal Específico de la misma.

Zona de Protección Acústica Especial Gaztambide

Esta actuación, enmarcada en la serie de acciones que el área de Medio Ambiente y Movilidad ha puesto en marcha, en un proceso de diálogo con asociaciones vecinales y el sector comercial, a fin de preservar el bienestar de los ciudadanos y de mejorar las condiciones ambientales en las que las personas desarrollan su quehacer diario en Madrid. Desde el 30 de noviembre se encuentra publicado el dictamen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para la presentación de alegaciones tanto de organismos como por parte de la ciudadanía madrileña (se encuentra por tanto en un periodo de información pública).

El ocio nocturno es uno de los principales causantes de molestias entre la población. Especialmente por los altos niveles de ruido que se producen durante el periodo de descanso de los vecinos residentes en las zonas donde se concentran locales de ocio.

La primera de las zonas de ocio nocturno cartografiadas fue el entorno de Argüelles, más conocido como Aurrerá, que fue declarado como Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) en octubre del año 2010. A esta primera actuación le siguió el distrito de Centro declarado ZPAE en octubre de 2012, y la zona de Azca-Avenida de Brasil, declarada en enero de 2015.

Zona de Protección Acústica Especial

Ámbito de aplicación
Esta nueva ZPAE actuará en las calles Donoso Cortés, Fernández de los Ríos, Fernando el Católico, Meléndez Valdés, Rodríguez San Pedro, Isaac Peral, Arcipreste de Hita, Hilarión Eslava, Gaztambide, Andrés Mellado y Guzmán el Bueno.

Para la elaboración del nuevo Plan se han empleado los mismos procedimientos que para las zonas ya declaradas como de protección acústica citadas anteriormente: Se han tenido en cuenta los datos del tráfico rodado del Mapa Estratégico del Ruido y se han realizado dos campañas de medición, que han servido para elaborar la cartografía de ocio nocturno del mismo. De los resultados de las medidas realizadas se ha podido comprobar que los niveles registrados, en periodo nocturno, no cumplen con los objetivos de calidad acústica establecidos, llegando a superarlos, en alguna de ellas, en hasta 17 dBA.

Dentro del ámbito de la ZPAE y del Plan Zonal Específico, y atendiendo a los niveles de contaminación acústica existentes, se han establecido tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para la recuperación acústica de las mismas:

Régimen para zona de contaminación acústica alta
A esta zona se le aplican también medidas restrictivas, algunas:
No se permitirá la apertura de nuevos locales de: Espectáculos Públicos (Restaurantes o Café espectáculo, Salas de Fiesta); Actividades Recreativas (Discotecas o Salas de Baile) y otros establecimientos como bares de copas, bares, ni restaurantes.
En los locales que ya existen, sólo se admitirán los cambios de actividad cuando ésta sea a otra menos molesta (por ejemplo una discoteca podrá cambiar de actividad para ser restaurante, pero no a la inversa).
Para los locales de: Espectáculos Públicos (Restaurantes o Café espectáculo, Salas de Fiesta), Actividades Recreativas (Discotecas o Salas de Baile) y otros establecimientos como Bares de copas, se reduce en una hora su horario de cierre.
Se reduce el horario de cierre de las terrazas, que en periodo estacional (desde el 15 de marzo hasta el 31 de octubre) será de 10:00 a 01:00 h. de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 23:00 h. de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 23:00 h.

madrid mapa ruido licencias

Régimen para zona de contaminación acústica media
A esta zona se le aplican también medidas restrictivas, algunas:
No se permitirá la apertura de nuevos locales de: Espectáculos Públicos (Restaurantes o Café Espectáculo, Salas de Fiesta); Actividades Recreativas (Discotecas o Salas de Baile) y otros establecimientos como bares de copas. Sí se permite la instalación de bares o restaurantes con un determinado régimen de distancias.
En las actividades existentes sólo se admitirán los cambios de actividad cuando ésta sea a otra menos molesta.
Para los locales de: Espectáculos Públicos (Restaurantes o Café espectáculo, Salas de Fiesta); Actividades Recreativas (Discotecas o Salas de Baile) y otros establecimientos como bares de copas, se reduce en media hora su horario de cierre.
Se reduce el horario de cierre de las terrazas, pero en menor medida que en la zona de máxima contaminación, que en periodo estacional (desde el 15 de marzo hasta el 31 de octubre) será de 10:00 a 01:30 h. de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 23:30 h. de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 23:30h.

Régimen para zona de contaminación acústica baja
A esta zona se le aplican también medidas restrictivas, algunas:
En esta zona se permitirá la instalación de nuevos locales de ocio nocturno, pero con un régimen de distancias entre el nuevo local y las actividades existentes, según éstas se encuentran en una zona de contaminación acústica alta (100 m.), moderada (75 m.) o baja (50 m.).
Se reduce el horario de cierre de las terrazas, aunque en menor medida que en el resto de las zonas, siendo en periodo estacional (desde el 15 de marzo hasta el 31 de octubre) de 10:00 la 02:00 h. de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 00:00 h. de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 00:00 h.
Los espectáculos públicos de esparcimiento y diversión, y las actividades recreativas de baile, solamente podrán ser instaladas en edificios no residenciales.

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Licencias apertura y funcionamiento Bar cafeteria RODILLA

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una nueva cafetería RODILLA, donde su carta de pedidos y especialidades es casi tan larga como la calle donde se sitúa este local accesible: Bravo Murillo 231, 28042, Madrid.

Cafetería Rodilla licencia actividad

Poseen sabores para todos los gustos con un punto en común: la frescura de sus ingredientes y la tradicional elaboración propia artesanal resulta ideal para cualquier hora del día, ya sea para compartir entre amigos o para disfrutar de un momento exclusivo para ti.

Como en todo establecimiento donde se manipulan alimentos, existe un aseo específico para el personal, aparte de los aseos de público: hombres y mujeres (uno de ellos adaptado). A la hora de diseñar una nueva cafetería se ha de tener especial cuidado de no cruzar los flujos de «sucio» y «limpio» así como la entrega de las comandas y la recogida del menaje.

Licencia apertura Cafetería Rodilla 1024x538

En esta ocasión concreta se trataba de un edificio con fachada protegida dentro, además, de una zona con especial protección, por lo que las máquinas exteriores de aire acondicionado, a pesar de ubicarse en la cubierta del edificio, y al ser una calle tan ancha y amplia, hubo que tener especial cuidado de que no fuesen visibles desde la vía pública.

Dicho sistema de climatización, además de la ida y el retorno de la propia instalación de aire acondicionado, cuanta además con un recuperador de calor que reduce las pérdidas energéticas en verano e invierno contribuyendo a un notable ahorro energético, y por tanto: una reducción en el coste de la factura de la compañía eléctrica.

Licencia de actividad Cafetería Rodilla

El local está desarrollado en dos plantas que se divide en varias zonas diferenciadas; en la planta sótano se distinguen aseos de personal, almacén y cuarto de basuras. En la planta baja se desarrolla la actividad de cafetería y consta de una barra de exposición y venta, sala de consumo, aseo mixto para señoras y minusválidos, aseo de caballeros, oficio, almacén de cámaras frigoríficas, cuarto de elaboración de sandwiches y zona de sucio.

En esta ocasión, a pesar de que legalmente se puede utilizar el cuarto de basuras de la comunidad del edificio, se dispuso de un espacio destinado a cuarto de basuras propio en el interior del local (con su correspondiente ventilación independiente, grifo y desagüe sumidero).

En esta licencia de actividad de cafetería se instalaron tres toldos según normativa zonal (uno en la entrada al local y otros dos en los huecos inmediatamente adyacentes). Se realizaron en materiales flexibles ajustándose al hueco conforme al artículo 34 de la Ordenanza de Publicidad Exterior (OPE). Los toldos extendidos se sitúan a una altura sobre la rasante de la acera superior a los 2.25 m establecidos en el artículo 6.10.11 del PGOUM, el saliente es menor al ancho de la acera menos 60 cm y menor a tres metros y respeta el arbolado conforme al artículo 6.10.11 del PGOUM. Igualmente se dispuso de dos cierres de chapa microperforada.

Licencia actividad Cafetería Rodilla 1024x543

El local dispone de muestras exteriores dentro del dintel de cada uno de los huecos de fachada consistentes en letra suelta corpórea de altura máxima: 30 cm, retranqueado desde la línea de fachada al menos 10 cm, espesor máximo: 5 cm, dispuestos en una sola línea, sin iluminación y ocupando como máximo el ancho del propio dintel del hueco correspondiente, cumpliendo con la normativa vigente.

El frente de barra es de friso de madera pintada. En toda la zona de público, tanto barra como salón se pintó con pintura plástica blanca mate tanto los paramentos verticales como el techo. El solado es de gres cerámico de primera calidad.
También lleva rodapié cerámico del mismo material que el solado.

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Sanciones administrativas a locales sin licencia de actividad o que incumplan la normativa: Un ejercicio de responsabilidad y seguridad

El cumplimiento de la normativa vigente en materia de licencias de actividad es un pilar fundamental para garantizar la seguridad, la salud y el bienestar de la ciudadanía. El Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid, como entes responsables del control y la vigilancia de la actividad empresarial, han establecido un marco legal que regula la obtención y el ejercicio de licencias de actividad, estableciendo a su vez un régimen de sanciones administrativas para aquellos locales que operen sin licencia o que incumplan las normas establecidas.

Multa Ayuntamiento Sanción

En este artículo, nos adentraremos en el complejo ámbito de las sanciones administrativas a locales sin licencia de actividad o que incumplan la normativa, explorando los diferentes tipos de sanciones, los procedimientos de inspección y sancionador, los casos prácticos y las consecuencias de operar al margen de la ley. Asimismo, ofreceremos recursos y webs de referencia para que los empresarios y el público en general puedan obtener información detallada sobre la normativa y los trámites relacionados con las licencias de actividad.

1. Tipos de sanciones administrativas:

El régimen sancionador establecido por el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid se basa en la gravedad de la infracción cometida. Las sanciones administrativas se clasifican en:

  • Leves: Se aplican a infracciones menores, como la falta de presentación de documentación o el incumplimiento de plazos administrativos. Las sanciones leves suelen consistir en multas de bajo importe.
  • Graves: Se aplican a infracciones más serias, como el desarrollo de una actividad sin licencia o el incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas. Las sanciones graves pueden incluir multas de mayor importe, la suspensión temporal de la actividad e incluso el cierre definitivo del local.
  • Muy graves: Se aplican a infracciones que ponen en riesgo la seguridad, la salud o el bienestar de las personas, como la realización de actividades peligrosas sin las medidas de seguridad adecuadas o el incumplimiento de las normas de higiene alimentaria. Las sanciones muy graves pueden incluir multas de alto importe, el cierre definitivo del local e incluso la inhabilitación del titular de la actividad para ejercer su profesión.

2. Procedimientos de inspección y sancionador:

El Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid cuentan con unidades de inspección especializadas en la verificación del cumplimiento de la normativa de licencias de actividad. Estas unidades pueden realizar inspecciones de oficio o a raíz de denuncias presentadas por ciudadanos o entidades.

En caso de detectar una infracción, la unidad de inspección elabora un acta de inspección donde se detallan los hechos observados y la normativa incumplida. El acta de inspección se notifica al titular de la actividad, quien tiene un plazo para presentar alegaciones o subsanar las irregularidades detectadas.

Si el titular de la actividad no presenta alegaciones o no subsana las irregularidades, la unidad de inspección inicia el expediente sancionador. El expediente sancionador incluye la propuesta de sanción, la cual es notificada al titular de la actividad, quien tiene un plazo para presentar alegaciones o recurrir la sanción.

Si el titular de la actividad no presenta alegaciones o no recurre la sanción, la misma se convierte en firme y debe ser pagada en el plazo establecido. En caso de que el titular de la actividad recurra la sanción, el expediente se remite al órgano competente para su resolución.

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Tramitación Licencia Actividad Escape Room

Siguiendo con las actualizaciones de las licencias de actividad tramitadas, hoy os volvemos a traer unos de «nuestros clásicos», hemos tramitado la licencia de actividad y apertura del Escape Room ubicado en la calle Ponferrada 49, Madrid.

Licencia de actividad y apertura del Escape Room 1024x528

Se trata de elcallejonsecreto.com, una pequeña sala de escape ubicada en un pequeño local de tres plantas.

El Callejón Secreto es una empresa joven que nace con la ilusión de hacer llegar a los todos los jugadores su afición a la lógica, los juegos y los enigmas. Oferecen una opción de ocio con sus salas de escape proponiendo un reto divertido y apasionado donde podrás poner a prueba tu lógica, tus habilidades y tu capacidad de observación.

En El Callejón Secreto sus escapistas podrán formar partes de una aventura durante 60 minutos. Podrán sumergirse en ella y enfrentarse a los retos intelectuales que les proponen. Su objetivo es que escapéis de la rutina diaria y os olvidéis del trabajo y de los problemas del día a día.

Licencia de actividad y apertura Escape Room

¿DÓNDE ESTÁ El Callejón Secreto?

El Callejón Secreto se encuentra en la Calle Ponferrada 49, en el barrio del Pilar, muy próximo al Centro Comercial La Vaguada.

El Acceso a El Callejón Secreto es fácil gracias a su ubicación próxima a la M30 y a la parada de Metro Peñagrande a 5 minutos.

Licencia actividad y apertura Escape Room 1 1024x760

SALAS:

Amenaza inminente

Es su primera sala. Temática clásica llena de retos de lógica y visuales.

Es el año 1970. Se han producido una serie de explosiones por la ciudad y la policía, tras semanas de investigaciones, ha detenido a un sospechoso. Durante los interrogatorios a confesado ser el autor y ha revelado una horrible noticia…. todos estamos en peligro. Sólo vosotros, los mejores investigadores podréis salvarnos. Sólo queda 1 hora…..

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Ladrón de guante blanco

Sala secuencial llena de… mejor lo veis!!.

En el Museo Nacional de Arte se están exponiendo algunas de las mejores joyas traídas de todo el mundo. Una de ellas contiene algo muy especial… y alguien la quiere a toda costa, pero no puede identificarla. Os ha contratado para conseguirla. Deberéis entrar en el Museo, sortear la seguridad y averiguar que pieza es la que necesita vuestro “benefactor”. Pero solo sólo disponéis de 60 minutos durante la presentación de la colección… y el tiempo vuela!!

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archivo de la villa de Madrid

Solicitar copia de licencia de actividad y fachada al archivo de la villa

A la hora de solicitar una nueva licencia de actividad en edificios o barrios protegidos, es obligatorio restablecer la fachada del edificio a su estado original, y para ellos unos de los documentos que debemos aportar son los antecedentes de los planos de la fachada.

archivo de la villa de Madrid

La recuperación de las fachadas en los edificios y zonas protegidas es una de las prioridades del Plan General.

  • Si la modificación fue realizada sin la preceptiva licencia, o con licencia anterior a la aprobación del Plan General o sin ajustarse a una licencia concedida, deberá restaurarse la fachada en los siguientes casos:

Siempre que se realicen obras que afecten a la fachada, con o sin cambio de uso.

-Aún cuando no se soliciten obras que afecten a la fachada, siempre que se produzca un cambio de actividad con o sin obras.

archivo de la villa Madrid

  • Si la modificación de la fachada se realizó conforme a una licencia concedida con posterioridad a la aprobación del Plan General, no sería necesario recuperar la fachada puesto que se entiende que ya se ha realizado la recuperación.

Recordar que los establecimientos se catalogan en tres niveles de protección: nivel 1, 2 y 3, siendo el nivel 1 el de mayor interés.

Los locales de nivel 1 tienen protegidos elementos en la fachada y el interior, y los de niveles 2 y 3 únicamente la fachada.

En los proyectos se deberán acompañar de todos aquellos documentos que aporten datos sobre el estado original, que habrán de localizarse en el archivo de la Villa, o en su defecto, justificarse en la forma que mejor convenga.

Archivo de la Villa. Solicitud de información

Permite el acceso y la obtención, a título de mera información, de copias de los documentos y expedientes administrativos custodiados en el Archivo de la Villa.

Telemáticamente:

  1. Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es/portal/site/tramites).
  2. Seleccionar la opción «Trámites y gestiones» y luego «Archivo Histórico de la Villa de Madrid».
  3. Elegir la opción «Solicitud de antecedentes» y completar el formulario online.
  4. Adjuntar la documentación requerida en formato digital.
  5. Pagar la tasa correspondiente con tarjeta de crédito o débito.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse la solicitud?

El plazo de tramitación de las solicitudes de antecedentes es de 4060 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud y la documentación completa.

El Archivo General de la Villa de Madrid aparece por vez primera en una Real Provisión de Carlos I (1525). En el siglo XVIII el Archivo de la Villa se organiza definitivamente. Desde hace trescientos años esta institución gestiona, describe, conserva y difunde los documentos generados por el Ayuntamiento de Madrid y, ya en el siglo XX, por los Ayuntamientos anexionados a los que se suman colecciones y fondos privados.

El archivo de la villa de Madrid

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Iniciativas del Ayuntamiento de Madrid para facilitar la obtención de licencias: Un impulso a la actividad empresarial

El Ayuntamiento de Madrid se ha convertido en un aliado estratégico para el desarrollo económico de la ciudad, implementando diversas iniciativas que buscan facilitar la obtención de licencias para la apertura y funcionamiento de negocios.

Teléfono 010. Tramitación de licencias cita previa.

En este artículo, exploraremos en profundidad las iniciativas del Ayuntamiento de Madrid para agilizar y simplificar el proceso de tramitación de licencias, destacando los beneficios que estas iniciativas aportan a los emprendedores y empresarios madrileños.

1. Simplificación de trámites administrativos:

  • Declaración responsable: En el caso de actividades de bajo riesgo, la declaración responsable se ha convertido en una alternativa viable a la licencia tradicional. Mediante la declaración responsable, los empresarios pueden iniciar su actividad de manera inmediata, sin necesidad de esperar la resolución de la licencia. Ejemplo práctico:
    * La apertura de una tienda de artesanía de pequeña superficie puede acogerse al régimen de declaración responsable, simplificando considerablemente el proceso de tramitación de la licencia.
    * La apertura de un estudio de yoga también puede beneficiarse de la declaración responsable, agilizando su puesta en marcha.
  • Tramitación telemática: El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha una plataforma online que permite a los empresarios realizar la tramitación de licencias de manera telemática. Esta plataforma facilita la consulta de los requisitos específicos para cada tipo de licencia, la presentación de la documentación requerida y el seguimiento del expediente. Ejemplo práctico:
    * El propietario de una sala de exposiciones puede realizar el seguimiento del expediente de su licencia de apertura a través de la plataforma online, obteniendo información actualizada sobre el estado del trámite.
  • Agilización de plazos: El Ayuntamiento de Madrid ha implementado medidas para agilizar los plazos de resolución de las solicitudes de licencia. Esto incluye la creación de unidades especializadas para la tramitación de licencias y la simplificación de los procedimientos administrativos. Ejemplo práctico:
    * El plazo medio de resolución de una solicitud de licencia de apertura de una librería se ha reducido considerablemente gracias a las medidas de agilización implementadas por el Ayuntamiento.
    * La obtención de la licencia de funcionamiento para una guardería infantil ahora se realiza en un menor tiempo gracias a la simplificación de los procedimientos administrativos.

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Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de Madrid

Recientemente se aprobó la nueva Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de Madrid, que sustituye a los seis textos normativos sectoriales vigentes hasta el momento.

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Esta nueva Ordenanza de Salubridad Pública afectará a distintas instalaciones en bares, restaurantes, cafeterías, comercio minorista de alimentación, centros infantiles, piscinas, peluquerías o gimnasios.

De esta forma se regulan aspectos como la dotación de servicios higiénicos exigibles a estas actividades, en este aspecto la ordenanza recoge la posibildad de dotar de un único servicio higiénico para público accesible en bares o cafeterías siempre que los locales cuenten con una superficie inferior a 200 m2 y con un aforo inferior a 50 personas, criterio que recoge la Instrucción 3/2011, además en locales de reducida superficie, se permite que se instale un único servicio higiénico para el público, pero que sea accesible, aspecto también contemplado en la Instrucción 4/2011 (con la excepción de que no se pueda establecer un itinerario accesible de entrada a los mismos en cuyo caso podrá instalarse un único servicio siempre que se cumplan las condiciones de superficie y aforo).

Las principales novedades introducidas por la Ordenanza según el grupo de actividades serán las siguientes:

–      Comercio minorista de alimentación y de la elaboración y venta de comida y bebidas (bares, restaurantes, cafeterías…….)

Se reducen las dependencias mínimas exigidas como el almacén o el cuarto de basuras para algunos casos.

  • Además no todas las actividades requerirán la instalación de almacén como dependencia obligatoria, pues se considera que son igualmente almacenes las cámaras frigoríficas o congeladoras.
  • Se permite el almacenamiento de cajas de bebidas, barriles o latas en estanterías o armarios.
  • Respecto al cuarto de basuras, en algunos supuestos se autoriza la utilización del cuarto comunitario del edificio.
  • A su vez se elimina el requisito sobre dimensiones mínimas para el ejercicio de las actividades
  • Y se permiten zonas auxiliares de cocina y manipulación de alimentos abiertas, show cooking, que deberán instalarse en zonas diferenciadas, pero no se requiere separación con medios físicos de los otros lugares.

 –       Centros Infantiles

  • Se regulan los servicios de pernocta (y se establecen los requisitos de salas, camas, dotación de personal y registro y control de usuarios. De esta forma se establecen dimensiones mínimas de las salas donde los niños dormirán (mínimo de tres metros cuadrados por niño) diferenciándolas por grupo de edades
  • Además, se actualiza los requisitos de materiales, medidas de seguridad de puertas, ventanas, enchufes, iluminación, climatización, mobiliario y patios, se incorporan los nuevos servicios de ocio, esparcimiento y cuidado infantil que se ofertan en nuestra ciudad, es decir, los centros destinados al recreo, esparcimiento infantil y celebración de fiestas infantiles, así como, los centros que acogen niños para su cuidado, no siendo escuelas infantiles.
  • Se elimina la obligatoriedad de instalar cuarto de basuras en el centro, y permite que se utilice el comunitario del edificio.

 –       Gimnasios 

  • Se incorporan los requisitos que han de cumplir los gimnasios.
  • Se obliga a disponer de un plan de mantenimiento y la revisión periódica de los equipos, en base a las normas UNE
  • Además se prevé la presencia de personal cualificado en determinadas circunstancias, como es la Enseñanza
  • Y se establecen condiciones mínimas para balnearios y spas urbanos

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La seguridad en locales con licencia de actividad en Madrid

La seguridad de los locales con licencia de actividad se erige como un pilar fundamental para el éxito y la tranquilidad de propietarios, empleados y clientes. Garantizar un entorno seguro no solo es una obligación legal, sino también una responsabilidad ética que contribuye a prevenir accidentes, proteger vidas y minimizar los daños materiales.

Extintores

En este artículo, nos adentraremos en el mundo de la seguridad en locales con licencia de actividad en Madrid, explorando en profundidad la importancia de cumplir con las normas de seguridad contra incendios, evacuación y accesibilidad, y ofreciendo consejos prácticos para implementar medidas de seguridad efectivas.

1. La seguridad contra incendios: Previniendo el fuego

El fuego representa una amenaza constante en cualquier local, y los centros con licencia de actividad no son una excepción. Por ello, la normativa vigente establece una serie de medidas de seguridad contra incendios que deben cumplirse de manera obligatoria.

  • Plan de emergencia contra incendios: Todo local con licencia de actividad debe contar con un plan de emergencia contra incendios que detalle los procedimientos a seguir en caso de incendio, incluyendo las vías de evacuación. El plan de emergencia debe estar visiblemente ubicado en el local y debe ser conocido por todo el personal. Ejemplo práctico:
    • Un restaurante debe incluir en su plan de emergencia la ubicación de los extintores, los procedimientos de aviso en caso de incendio y las responsabilidades del personal para la evacuación de los clientes.
    • Un centro comercial debe detallar en su plan de emergencia las rutas de evacuación específicas para cada planta, los puntos de reunión designados y las responsabilidades del personal de seguridad para la evacuación ordenada de los clientes.
  • Instalaciones contra incendios: Los locales deben contar con las instalaciones contra incendios necesarias para prevenir y combatir un incendio, como extintores, detectores de humo, sistemas de alarma y bocas de agua. Las instalaciones contra incendios deben estar en buen estado de funcionamiento y deben recibir mantenimiento periódico por parte de empresas especializadas. Ejemplo práctico:
    • En un almacén, la instalación de rociadores automáticos puede ser una medida de seguridad adicional contra incendios, especialmente si se almacenan materiales inflamables.
    • En un hotel, la instalación de un sistema de detección de humo en las habitaciones y pasillos es fundamental para alertar a los huéspedes de manera temprana en caso de incendio.
  • Formación del personal: El personal del local debe estar capacitado en la prevención de incendios, el uso de extintores y los procedimientos de evacuación en caso de incendio. La formación del personal debe ser realizada por profesionales cualificados y debe ser periódica. Ejemplo práctico:
    • El personal de un bar debe recibir capacitación sobre el uso correcto de los extintores y sobre cómo guiar a los clientes hacia las salidas de emergencia en caso de incendio.
    • Los empleados de un hospital deben estar capacitados para realizar una evacuación rápida y segura de los pacientes en caso de incendio, teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada paciente.
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