Qué medidas de seguridad se exigen para la licencia de una joyería


Montar una joyería en el corazón de Madrid es un proyecto apasionante, pero también una empresa que conlleva una enorme responsabilidad. Más allá del brillo de las gemas y el diseño del local, la seguridad es el pilar fundamental sobre el que se debe construir tu negocio. Las medidas de seguridad para la licencia de una joyería no son una simple recomendación; son un conjunto de requisitos estrictos y detallados, fiscalizados tanto por normativas estatales como por el propio Ayuntamiento de Madrid. Ignorarlos o no implementarlos correctamente puede suponer no solo un riesgo para tu inversión, sino la denegación directa de la licencia de actividad.

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En este artículo, vamos a desgranar de forma clara y precisa cuáles son esas exigencias ineludibles. Si estás pensando en abrir una joyería, esta guía te servirá para entender a qué te enfrentas y cómo puedes preparar tu local para que cumpla con cada uno de los puntos normativos. El objetivo es que afrontes el proceso de obtención de tu licencia con total confianza, sabiendo que tu establecimiento será un auténtico fortín, seguro tanto para ti como para tus valiosas mercancías.

EL MARCO NORMATIVO: MÁS ALLÁ DE LA ORDENANZA MUNICIPAL

Antes de sumergirnos en los detalles técnicos, es crucial que comprendas el origen de estas exigencias. Aunque la licencia de actividad se tramita en el Ayuntamiento de Madrid, la base de todas las medidas de seguridad para joyerías, platerías y establecimientos similares emana de una legislación de ámbito nacional: la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y, de forma más específica, su reglamento de desarrollo.

Esta normativa cataloga a las joyerías como establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad. Esto significa que no tienes opción de elegir si las instalas o no; son imperativas. El Ayuntamiento, al procesar tu solicitud de licencia, verificará que tu proyecto técnico contemple y se adecúe a estas directrices estatales. Por tanto, tu primer paso debe ser siempre conocer y planificar la implementación de estos sistemas, ya que serán la columna vertebral de la seguridad de tu negocio y un requisito indispensable para poder operar legalmente.

MEDIDAS DE SEGURIDAD FÍSICAS: LA PRIMERA LÍNEA DE DEFENSA

La protección física de tu local es el primer y más evidente escudo contra posibles intrusiones. La normativa es muy específica en cuanto a los elementos estructurales y de cerramiento que debes instalar. No se trata de poner cualquier reja o una puerta robusta; cada elemento debe cumplir con unas homologaciones y certificaciones muy concretas para ser válido.

Estos son los componentes físicos obligatorios que tu joyería debe tener:

  • Caja fuerte o cámara acorazada: Debes contar con al menos una caja fuerte que cumpla con la norma UNE-EN 1143-1 con un nivel de seguridad Grado IV o superior. Es fundamental que esté correctamente anclada al suelo o a la pared del local, siguiendo las instrucciones del fabricante, para impedir su sustracción. Toda la mercancía de valor debe guardarse en ella fuera del horario comercial.
  • Protección de escaparates y huecos: Todos los cristales, escaparates y ventanas accesibles desde el exterior deben estar blindados. Se exige un nivel de resistencia mínimo P6B según la norma UNE-EN 356. Como alternativa, se pueden usar persianas metálicas de alta seguridad o rejas fijas que cumplan con los requisitos técnicos establecidos.
  • Puerta de acceso: La puerta principal del establecimiento debe ser blindada o acorazada, con un nivel de resistencia a la efracción que se corresponda con el resto de cerramientos. Debe incorporar, como mínimo, dos cerraduras de seguridad independientes y un sistema que evite el apalancamiento.
  • Dispositivos de cierre fuera de horario: Además de la protección de los cristales, se exige un sistema de cierre adicional para el horario no comercial. Las opciones más comunes son las persianas metálicas motorizadas o las rejas, que cubran todos los accesos y escaparates.

Estos elementos no son opcionales. La ausencia o la incorrecta instalación de cualquiera de ellos será motivo suficiente para recibir un informe desfavorable durante la inspección y, por consiguiente, paralizar la obtención de tu licencia.

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Cómo tramitar la declaración responsable para abrir una zapatería

 

¿Estás a punto de dar el salto y montar la zapatería con la que siempre has soñado en Madrid? Tienes la idea, la pasión y el local perfecto. Sin embargo, antes de colgar el cartel de abierto, hay un paso crucial que no puedes ignorar: la burocracia. La buena noticia es que, para una actividad como la tuya, el proceso puede ser más ágil de lo que imaginas gracias a la declaración responsable para abrir una zapatería. Este documento es la llave que te permitirá empezar a operar sin las largas esperas de una licencia tradicional. En este artículo, te guiaremos a través de todo lo que necesitas saber para tramitarla correctamente y evitar sorpresas desagradables.

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Olvídate de la incertidumbre y los trámites interminables. Aquí encontrarás una hoja de ruta clara y precisa, desglosando cada requisito, documento y paso del proceso. Nuestro objetivo es que entiendas a la perfección cómo funciona este procedimiento en el Ayuntamiento de Madrid y puedas enfocar tu energía en lo que de verdad importa: tu negocio.

¿Qué es Exactamente una Declaración Responsable y Por Qué te Interesa?

La declaración responsable es un documento administrativo mediante el cual tú, como promotor de la actividad, manifiestas bajo tu propia responsabilidad que tu local y tu proyecto cumplen con todos los requisitos legales y normativos exigibles para abrir al público. En otras palabras, tú afirmas que todo está en regla. La gran ventaja es que te habilita para iniciar la actividad de forma inmediata desde el mismo día de su presentación en el registro del Ayuntamiento.

A diferencia de la licencia de actividad tradicional, que requiere una revisión y aprobación previa por parte de los técnicos municipales antes de poder abrir, la declaración responsable invierte el proceso. Primero abres y, posteriormente, la administración podrá realizar una inspección para comprobar que lo que has declarado es cierto. Esta agilidad es fundamental para no demorar la puesta en marcha de tu zapatería, pero también implica una mayor responsabilidad por tu parte. Un error o una omisión pueden tener consecuencias serias más adelante.

¿Tu Futura Zapatería Cumple los Requisitos para una Declaración Responsable?

No todas las actividades pueden acogerse a este procedimiento simplificado. Afortunadamente, una zapatería, clasificada como comercio minorista, es una actividad considerada inocua (es decir, no genera molestias significativas, riesgos o contaminación). Por norma general, podrás tramitar la apertura de tu zapatería mediante declaración responsable si se cumplen ciertas condiciones:

  • La actividad comercial no está incluida en el catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas.
  • La superficie útil de exposición y venta al público del local no es excesivamente grande (la normativa municipal establece los límites, pero la mayoría de zapaterías encajan sin problema).
  • El local no requiere de la ejecución de obras que necesiten un proyecto de obra de edificación según la Ley de Ordenación de la Edificación. Es decir, puedes hacer pequeñas reformas, pero no obras mayores que alteren la estructura o configuración general del edificio.
  • El inmueble donde se ubica el local no tiene un grado de protección arquitectónica que exija un procedimiento específico.

Si tu proyecto encaja en estos supuestos, ¡enhorabuena! El camino será mucho más rápido. Si tienes dudas, es vital confirmarlo antes de iniciar cualquier trámite. Puedes consultar la normativa o, más eficazmente, contar con el asesoramiento de un técnico especializado en servicios de licencias de apertura.

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Declaración Responsable de Academia de Barré en Madrid

 

La Declaración Responsable para una academia de Barré en Madrid es el procedimiento administrativo que te permitirá abrir las puertas de tu negocio de forma ágil. Sin embargo, agilidad no significa simplicidad. Este trámite implica una gran responsabilidad por tu parte como titular, ya que con tu firma declaras que tu local cumple con absolutamente toda la normativa vigente. La elegancia y la precisión de los movimientos del Barré deben reflejarse en la meticulosidad con la que abordas este proceso.

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Si estás a punto de emprender y montar tu propio estudio de esta disciplina que fusiona ballet, yoga y pilates, has llegado al lugar indicado. En este artículo vamos a desgranar los aspectos técnicos y normativos clave que debes dominar, centrándonos exclusivamente en las exigencias del Ayuntamiento de Madrid. Te guiaremos para que entiendas qué necesita tu local, qué documentación es imprescindible y cómo evitar los errores más comunes que podrían paralizar tu proyecto.

¿QUÉ USO Y ACTIVIDAD DEFINE A UNA ACADEMIA DE BARRÉ SEGÚN LA NORMATIVA?

Antes incluso de buscar un local, es fundamental entender cómo cataloga el Ayuntamiento de Madrid tu futura actividad. Una academia de Barré se encuadra dentro del Uso Terciario, en su clase de Uso Deportivo. Esta clasificación, definida en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), es el primer filtro que determinará la viabilidad de tu proyecto en una ubicación concreta. No todos los locales comerciales son aptos para albergar un uso deportivo.

Comprueba siempre la ficha urbanística del inmueble que te interesa. Debes asegurarte de que el Uso Deportivo está permitido en esa dirección específica, ya sea como uso cualificado o como uso autorizable. Ignorar este paso previo es uno de los errores más graves y costos, ya que podrías invertir en un local donde, legalmente, jamás podrás abrir tu academia. La normativa de usos es compleja, por lo que una consulta profesional en esta fase inicial es la mejor inversión. Puedes conocer más sobre nuestra metodología de trabajo, que siempre parte de un análisis de viabilidad.

REQUISITOS TÉCNICOS FUNDAMENTALES PARA TU LOCAL

Una vez confirmado que el uso es viable, el local debe cumplir una serie de condiciones técnicas específicas para una actividad como el Barré, donde se congrega público para realizar una actividad física. Estos son los pilares técnicos sobre los que se sustentará tu Declaración Responsable:

  • Ventilación y Climatización: La calidad del aire es primordial. El local debe contar con un sistema de ventilación que garantice las renovaciones de aire por hora exigidas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Esto suele implicar la instalación de una unidad de ventilación mecánica con recuperación de calor, asegurando un ambiente saludable para tus clientes y cumpliendo con la normativa de eficiencia energética.
  • Protección Contra Incendios: La seguridad es innegociable. Tu academia deberá estar equipada, como mínimo, con extintores de eficacia adecuada, señalización de evacuación fotoluminiscente y alumbrado de emergencia. Dependiendo de la superficie del local, su aforo y su ubicación en el edificio, el Ayuntamiento podría exigir medidas adicionales, como detectores de humo o la sectorización de ciertas áreas con elementos resistentes al fuego.
  • Condiciones Acústicas: La música es un elemento central en las clases de Barré. Por ello, cumplir con la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica de Madrid es crucial. Deberás garantizar que la actividad no genere molestias a los vecinos, lo que casi siempre implica la necesidad de un estudio acústico y la instalación de un aislamiento acústico adecuado en techos, paredes y suelos. Un buen vestíbulo acústico en la entrada es también una solución recurrente y eficaz.
  • Instalaciones de Fontanería y Saneamiento: Tu academia deberá disponer de vestuarios y aseos adecuados al aforo máximo previsto. La normativa establece un número mínimo de inodoros, lavabos y duchas en función del número de personas que puedan utilizar las instalaciones simultáneamente. Todas estas instalaciones deben estar correctamente conectadas a la red de saneamiento del edificio.
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Cómo tramitar la declaración responsable para tu tienda de decoración y venta de muebles.

 

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Has encontrado el local perfecto para tu nueva tienda, un espacio donde cada rincón inspira y tus muebles y objetos de decoración cobrarán vida. Visualizas a los clientes entrando, maravillados por tu selección. Pero antes de abrir las puertas, hay un paso crucial y a menudo temido: la burocracia. Si te preguntas cómo tramitar la declaración responsable para tu tienda de decoración y venta de muebles en Madrid, has llegado al lugar indicado. Este artículo es tu hoja de ruta para navegar el proceso con seguridad y eficiencia, convirtiendo un trámite administrativo en un simple paso más hacia tu éxito.

La apertura de un negocio es un momento emocionante, pero también puede ser abrumador. Entender la normativa y los requisitos técnicos es fundamental para evitar retrasos, sanciones o incluso la paralización de tu actividad. Aquí desglosaremos todo lo que necesitas saber, desde la documentación esencial hasta los errores más comunes que debes evitar, para que puedas centrarte en lo que realmente importa: dar forma a tu proyecto.

¿Qué es Exactamente una Declaración Responsable y por qué es tu mejor aliada?

Lejos de los antiguos y lentos procesos de licencia, la Declaración Responsable es un procedimiento administrativo mucho más ágil. Se trata de un documento mediante el cual tú, como titular del negocio, manifiestas bajo tu responsabilidad que tu local y la actividad que vas a desarrollar cumplen con todos los requisitos legales y normativos exigidos por el Ayuntamiento de Madrid y la legislación sectorial aplicable.

La gran ventaja es su inmediatez. Una vez presentada correctamente en el registro del Ayuntamiento, junto con la documentación técnica necesaria, te habilita para iniciar la actividad de forma inmediata. Esto es posible gracias a normativas como la Ley de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio, que busca eliminar barreras burocráticas para actividades comerciales consideradas inocuas, como es el caso de la mayoría de tiendas de decoración y mobiliario. Eso sí, esta agilidad conlleva una gran responsabilidad: la veracidad de todo lo que declaras será comprobada posteriormente por los servicios de inspección municipales.

Requisitos Clave para tu Tienda de Muebles y Decoración en Madrid

Para que tu declaración responsable sea válida y supere una futura inspección, tu local debe cumplir una serie de condiciones técnicas y legales. No se trata solo de tener un espacio bonito, sino de garantizar que es seguro, accesible y apto para el uso comercial. Presta especial atención a los siguientes puntos:

  • Compatibilidad de Uso Urbanístico: Antes de nada, comprueba que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) permite el uso comercial (en concreto, el de comercio minorista) en la ubicación de tu local. Un uso no permitido es un obstáculo insalvable.
  • Normativa de Accesibilidad: Tu tienda debe ser accesible para todas las personas, incluidas aquellas con movilidad reducida. Esto implica la eliminación de barreras arquitectónicas, la posible instalación de rampas con la pendiente adecuada, puertas con el ancho mínimo y, si procede por tamaño y oferta, aseos adaptados.
  • Protección Contra Incendios: La seguridad es primordial. Deberás contar con los medios de protección adecuados a la superficie y características de tu local: extintores señalizados y en vigor, luces de emergencia, señalización de evacuación y, dependiendo del tamaño y la distribución, puede que otros sistemas más complejos.
  • Instalaciones Eléctricas: La instalación eléctrica debe estar en perfecto estado y legalizada. Necesitarás un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), también conocido como boletín eléctrico, emitido por un instalador autorizado que certifique que todo cumple con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
  • Condiciones de Ventilación: El local debe tener una ventilación adecuada, ya sea natural o forzada, para garantizar la salubridad del espacio tanto para los trabajadores como para los clientes.

Además de estos requisitos del inmueble, necesitarás preparar una documentación técnica sólida que los respalde. Normalmente, esta consiste en un proyecto técnico o una memoria técnica, elaborados y firmados por un técnico competente (como un arquitecto o un ingeniero técnico). Si deseas conocer más sobre la documentación que preparamos para nuestros clientes, puedes consultar nuestros servicios de licencias de apertura.

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Cómo montar una clínica veterinaria

A continuación os dejamos un resumen del cuaderno editado por la Comunidad de Madrid en el que se habla específicamente de cómo montar una clínica veterinaria y sobre cómo realizar los trámites de licencias de actividad, etc.

Licencia Actividad clínica veterinaria

COSAS QUE DEBES SABER SI QUIERES MONTAR UNA CLÍNICA VETERINARIA
¿Qué es una clínica veterinaria?
Una clínica veterinaria es aquel centro en el que profesionales especializados se ocupan de las enfermedades y su prevención, del manejo, conducta, nutrición, selección genética, medicina preventiva y curativa, identificación y peritaje de los perros, gatos y de otros animales de compañía.

Existen diferentes tipos de centros veterinarios, cuya clasificación está en función de las actividades que en ellos se desarrollan:
Consultorio veterinario
Clínica veterinaria
Hospital veterinario
Hospital veterinario universitario
Centros habilitados temporalmente por la administración

En las siguientes páginas encontrarás información detallada sobre las características y requisitos específicos de cada uno de estos centros.

Licencia Actividad centro veterinaria

Licencias de apertura, actividad y funcionamiento
Antes del comienzo de tu actividad, deberás tramitar, como titular de la actividad y en el Ayuntamiento correspondiente al municipio en el que quieres instalar tu clínica veterinaria, la correspondiente licencia de actividad y, en su caso, de apertura y funcionamiento.

Por lo que se refiere a la Licencia de Apertura y Funcionamiento, ésta tiene por objeto autorizar la puesta en uso de los edificios, locales o instalaciones, previa constatación de que cumplen las condiciones de la Licencia de Actividades y de que se encuentran debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Una vez obtenidas estas licencias, y también con carácter previo al inicio de la actividad de tu clínica veterinaria, debes inscribir tu centro, así como a los veterinarios adscritos al mismo, en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios.

La solicitud de inscripción del centro se realizará por escrito mediante instancia normalizada y en ella se aportarán los datos y documentos siguientes:

Fecha de solicitud de inscripción en el registro.
Solicitud de denominación de centro de trabajo y clasificación que se pretende.
Plano del local y distribución, instalaciones y mobiliario.
Servicios prestados (urgencias, 24 horas, atención a domicilio, ambulancia, etc.)
Dirección, teléfono y horario de funcionamiento.
Licencias y autorizaciones administrativas pertinentes.
Fotocopia del IAE o impuesto equivalente.
Titular o titulares del centro.
Nombre y número de colegiado del director técnico, nombramiento y aceptación del cargo y relación contractual del mismo.
Nombre y número de colegiado de los veterinarios adscritos al centro, y relación contractual de los mismos.
Firma del propietario y del director facultativo afirmando que conocen el Reglamento y el Código Deontológico de la profesión veterinaria.

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Todos los centros deben exhibir la citada autorización en lugar claramente visible, preferiblemente en un lateral de la puerta de acceso o en la puerta de acceso al local.
Como titular del centro deberás comunicar al Colegio de Veterinarios todas las modificaciones que se produzcan sobre las condiciones iniciales de tu autorización (altas y bajas de los veterinarios, traspasos, supresión o incorporación de servicios, etc.).
No debes olvidar que los profesionales veterinarios adscritos a tu centro deben estar inscritos previamente en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios para poder ejercer su actividad profesional en el mismo. Por otro lado, si bien existe la posibilidad de incorporar a estudiantes de veterinaria en la clínica para la realización de prácticas, éstos deberán registrarse
en el Colegio de Veterinarios como tales.
Si tienes previsto incorporar a tu clínica veterinaria la venta de animales, también deberás darte de alta en el Registro de Actividades Económico-Pecuarias de la Comunidad de Madrid en la categoría de núcleo zoológico.

 

Requisitos mínimos y características específicas de los centros veterinarios

Los requisitos materiales mínimos con los que debe cumplir un centro veterinario están en función del tipo de centro del que se trate y de las actividades que en él se desarrollan.

Consultorio veterinario
Se trata de un centro dedicado exclusivamente al ejercicio veterinario y ha de contar, como mínimo, con:
Acceso independiente.
Una sala de recepción o espera.
Una sala para consulta y pequeñas intervenciones médico-quirúrgicas que incluirá, al menos, una mesa de exploración con la iluminación adecuada y dotación de agua fría y caliente. Esta sala será independiente de la sala de espera.
Materiales médico-quirúrgicos e instalaciones necesarias para las actividades que se realicen.
Un lector homologado de microchips.

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Clínica veterinaria
Es el conjunto de dependencias que comprenden las descritas para el consultorio veterinario, además de:
Un quirófano independiente de cualquier otra dependencia, con medios de reanimación y gases medicinales.
Existencia de equipos de esterilización para el instrumental y material quirúrgico.
Instalación de radiodiagnóstico de acuerdo con la normativa vigente.
Laboratorio que incluya microscopio y medios para análisis bioquímicos y hematológicos (estos han de se propios si anuncia urgencias y/o servicio de 24 horas; en caso contrario, pueden ser concertados).

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Restaurar Fachada Protegida Criterios Patrimonio

Locales con fachada protegida en Madrid

El patrimonio histórico y arquitectónico de Madrid es un tesoro invaluable que debe ser preservado. Por ello, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido una serie de medidas para proteger los edificios con valor histórico-cultural, incluyendo sus fachadas. Si deseas montar un comercio en un local con fachada protegida, es fundamental que conozcas los requisitos específicos que debes cumplir.

Restaurar Fachada Protegida Criterios Patrimonio

Condiciones generales:

  1. Solicitud de licencia de obra: Cualquier intervención en la fachada protegida, incluso aquellas que no impliquen cambios estructurales, requiere la obtención de una licencia de obra específica.
  2. Respeto a la volumetría y composición original: La intervención en la fachada protegida debe respetar la volumetría y composición original del edificio, incluyendo la distribución de huecos, la proporción de elementos decorativos y la carpintería.
  3. Materiales y acabados: Los materiales y acabados utilizados en la intervención deben ser compatibles con los originales y no deben alterar la estética de la fachada.
  4. Conservación de elementos singulares: Deben conservarse todos los elementos singulares de la fachada, como molduras, rejas, balcones, cornisas y otros elementos decorativos. En caso de deterioro, estos elementos deben ser restaurados de manera cuidadosa y siguiendo las técnicas tradicionales.
  5. Integración de nuevos elementos: Si la intervención implica la incorporación de nuevos elementos, como rótulos o toldos, estos deben integrarse de manera armoniosa con la estética de la fachada y no deben alterar su composición original.

Catálogo de Edificios Protegidos:

Establecimientos Comerciales Catalogados:

Visualizador Urbanístico:

  • Para conocer el nivel de protección de una fachada específica, puedes utilizar el Visualizador Urbanístico del Ayuntamiento de Madrid. Este programa en línea te permite localizar la finca en el callejero y ver su nivel de protección.

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Recomendación de las 5 mejores empresas de reformas para reformar tu local o vivienda en Madrid


Reformar un local o vivienda en Madrid no es solo cuestión de estética, sino también de adaptación a normativa, confort y funcionalidad. Contar con una empresa de reformas profesional es la clave para que el proyecto salga adelante en plazo, con garantías y sin sorpresas en el presupuesto.

Si buscas una empresa fiable para llevar a cabo tu obra en Madrid o alrededores, aquí te presentamos las 5 mejores empresas de reformas, con experiencia contrastada y resultados de calidad.


1. Madrid Reformas y Obras – La mejor valorada

  • Web: madridreformasyobras.com
  • Puntuación: ⭐⭐⭐⭐⭐
  • Por qué elegirla:
    • Especialistas en reformas integrales de locales y viviendas en Madrid capital y alrededores.
    • Destacan por su trato cercano, asesoramiento desde el primer contacto y proyectos llave en mano, donde se encargan de todo: desde el diseño hasta la ejecución final.
    • Cuentan con un equipo multidisciplinar (arquitectos, técnicos y personal de obra) que garantiza un resultado óptimo, adaptado tanto a las necesidades de particulares como de negocios que deben cumplir normativa.
    • Ofrecen presupuesto sin compromiso, con transparencia total en costes.
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Las 5 mejores Entidades de Colaboración Urbanística (ECU) para tramitar tu declaración responsable o licencia de actividad en el Ayuntamiento de Madrid


Si estás pensando en abrir tu negocio en Madrid, recurrir a una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) es una opción cada vez más eficiente: agilizan trámites, revisan tu documentación y emiten un Certificado de Conformidad que permite obtener la licencia rápida y sin sorpresas. Aquí tienes las 5 ECU más destacadas.

Es importante recordar que las Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECUs) carecen de competencia para la preparación o elaboración de documentos. Su función se limita estrictamente a la supervisión y aprobación de la documentación técnica recibida, motivo por el cual es necesario que contrates a un técnico cualificado para la redacción del proyecto o declaración responsable. Recuerda que para ello puedes pedirnos prepuesto sin compromiso.


1. EQA Licencias Urbanísticas

  • Web: https://ecu.eqa.es
  • Por qué se recomienda:
    • Es ECU del Ayuntamiento de Madrid desde 2010 y también es la más rápida.
    • Ofrece servicios completos: Declaración Responsable, Licencia de Obra, Primera Ocupación y gestión integral de licencias.
    • Aporta análisis personalizado, verificación técnica, revisión documental, emisión del Certificado de Conformidad, y agilidad en la tramitación.
    • Cuenta con tarifas visibles en su sitio y pone a disposición software gratuito de gestión para clientes, además de atención a reclamaciones.
    • Ofrece documentación, normativas, impresos, y blog con actualizaciones relevantes.
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Los 5 Mejores Estudios e Ingenierías para Tramitar tu Licencia de Actividad en Madrid

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Iniciar un nuevo negocio en Madrid es un paso emocionante, pero la burocracia puede convertirse en un verdadero obstáculo. Conseguir la licencia de actividad o de apertura es un trámite obligatorio, y hacerlo correctamente desde el principio es crucial para evitar multas o retrasos. La clave está en contar con un equipo de arquitectos o ingenieros especializados que conozcan a fondo la normativa urbanística del Ayuntamiento de Madrid.

Para ayudarte en esta decisión, hemos analizado los principales estudios de arquitectura e ingenierías en la capital y hemos preparado una comparativa directa y honesta. A continuación, te presentamos un ranking de los 5 profesionales más recomendados para tu proyecto técnico y la gestión de tu licencia.


1. Madrid Licencias

Madrid Licencias se posiciona como el referente indiscutible en la tramitación de licencias de actividad en Madrid por su enfoque integral y su profundo conocimiento de las gestiones municipales. Su equipo de arquitectos y aparejadores está completamente dedicado a simplificar el proceso para el cliente, convirtiendo lo que podría ser un dolor de cabeza en un trámite transparente y eficiente.

Puntuación: ⭐⭐⭐⭐⭐

¿Por qué los recomendamos?

  • Servicio Completo y sin Sorpresas: Se encargan de absolutamente todo: desde el estudio de viabilidad inicial de tu local hasta la obtención de la licencia final. Redactan el proyecto de actividad, gestionan las tasas y presentan toda la documentación necesaria ante el Ayuntamiento, incluyendo la Declaración Responsable cuando aplica.
  • Velocidad y Eficacia: Su estrecha colaboración con las Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU) les permite agilizar los plazos de manera notable. Su experiencia les permite anticipar cualquier posible problema con la normativa y corregirlo antes de que se convierta en un retraso.
  • Atención Personalizada: Ofrecen un trato directo y cercano. Te asignan un profesional que te acompaña durante todo el proceso y te mantiene informado en cada paso.
  • Experiencia Probada: Con más de dos décadas de experiencia y varios cientos de proyectos realizados es garantía de un proceso sólido y bien gestionado.
  • Colaboración con ECUs: Trabajan mano a mano con las Entidades Colaboradoras, lo que les permite un flujo de trabajo muy eficiente.
  • Precio Competitivo: Proporcionan un presupuesto cerrado desde el principio, sin costes ocultos, lo que te permite tener total claridad sobre la inversión.

Más información: www.madridlicencias.com

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Licencia Botox (Toxina Botulinica) y Deposito Medicamentos

A la hora de tramitar una licencia de actividad medico estética en la que se quiera administrar la toxina botulinica tipo A (Botox) hay que tener en cuenta que además de la licencia e actividad con el Ayuntamiento habrá que solicitar el registro de apertura de nuevo centro médico con Sanidad (en caso de que no lo tuviera) y además el registro del Deposito de Medicamentos.

Licencia Botox

Nota: Requisito para la autorización de depósito de Toxina botulínica tipo A con indicación estética: Disponer al menos de Unidad de Dermatología (U8), Cirugía plástica y reparadora (U46), Cirugía estética (U47) o Unidad de Medicina estética (U48).

La documentación a presentar para la solicitud del Deposito de Medicamentos es bastante extensa:

Solicitud de la Unidad de Farmacia

-Justificante de haber abonado las tasas correspondientes

-Plano de situación de la Unidad de Farmacia

Equipamiento justificativo de las distintas áreas:
–Ubicación de medicamentos no termolábiles (armario, estantería etc…)
–Frigorífico para la conservación de medicamentos termolábiles. Deben asegurarse con las instrucciones del fabricante que alcance las temperaturas de conservación de medicamentos (2 a 8ºC).
–Ubicación separada y señalizada de medicamentos caducados.
–Instrumentos de control de temperatura para frigorífico y ambiente

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