Aprobada la regulación para viviendas de uso turístico (Ayuntamiento Madrid)

El Pleno municipal del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado, en la sesión celebrada el 27 de marzo de 2019, el Plan Especial para la regulación de uso terciario en su clase de Hospedaje (PEH).


Este Plan tiene un doble objetivo, por un lado frenar la conversión de las viviendas en alojamientos turísticos, preservando el uso residencial del centro urbano, frenando de esta forma la conversión de viviendas del centro en alojamientos temporales turísticos y, en segundo lugar, buscar que la actividad del hospedaje se extienda a otras zonas de la ciudad, redistribuyendo la actividad económica, a la vez que descargando la concentración del centro histórico.

Licencia apertura vivienda turistica


Asimismo, PEH establece nuevas condiciones para la implantación del uso del hospedaje en los edificios de uso residencial en función de cuatro parámetros: los usos admitidos, nivel de protección del edificio, el uso implantado y la zona de ubicación del edificio.

Según recoge el plan, las viviendas que se alquilen para alojamiento turístico, según regule la legislación sectorial, están desarrollando una actividad comercial, por lo que se debe solicitar para ello una licencia de uso terciario de hospedaje.


Además, como principal novedad, los nuevos alojamientos turísticos que compartan edificio con otras viviendas de uso residencial, es la exigencia de que cuenten con un acceso independiente.


La propuesta del Plan persigue compatibilizar los intereses colectivos, como la protección del medio ambiente o el derecho al descanso del vecindario, con el interés de los propietarios por obtener un rendimiento económico de sus bienes inmuebles. No se impide las formas de economía colaborativa que no implique una actividad de uso terciario.

Ámbito afectado

El Plan se desarrolla sobre un ámbito que afecta a una superficie de 52.768.610 m2 distribuido en tres zonas o anillos concéntricos establecidos en función de la saturación de alojamientos turísticos que soportan cada uno de los barrios madrileños:

  • El primer anillo coincide con los límites del distrito de Centro.
  • El segundo anillo lo forman los barrios del resto del centro histórico, comprende el distrito de Chamberí completo y parte de los distritos de Chamartín, Salamanca, Retiro, Arganzuela y Moncloa-Aravaca.
  • El tercer anillo se corresponde con los barrios de la Almendra Central, a los que se suman otros de los distritos de Usera, Carabanchel y Latina.

Limitaciones para los Hoteles en edificios completos

Para la sustitución del uso residencial por uso de hospedaje en edificios completos, con el objeto de implantar un hotel u otro establecimiento similar, el nuevo plan prácticamente elimina la posibilidad de implantación directa, siendo necesario contar con un plan especial que estudie el impacto en el entorno y que debe ser aprobado previamente por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid y posteriormente por el Pleno municipal.

En caso de que el edificio en el que se pretende implantar este tipo de establecimiento ya posea un uso terciario, el Plan General vigente permite la implantación mediante licencia directa en casi cualquier edificio, excepto en los edificios protegidos, que requerirán la aprobación de un plan especial.

Sin embargo, cuando el hotel pretenda implantarse en un edificio protegido de uso residencial, el Plan Especial deberá acreditar que no es viable rehabilitarlo para el uso residencial.

Acceso independiente para el
Hospedaje en parte de la edificación

La principal novedad para los nuevos alojamientos turísticos que compartan edificio con otras viviendas de uso residencial, es la exigencia de que cuenten con un acceso independiente.

El Plan Especial no diferencia las exigencias para la implantación de las viviendas de uso turístico de otras formas del uso de hospedaje (pensiones, etc.) cuando se realicen en parte de un edificio residencial.

En los edificios de uso residencial en los anillos 1 y 2, en los que se desee solicitar una licencia de uso de hospedaje para una parte del mismo, el nuevo plan exige la existencia de un acceso independiente a los alojamientos turísticos (no podrán utilizar puertas de entrada, portales o ascensores comunes a las viviendas).

¿Qué es el boletín eléctrico?

El boletín eléctrico es el nombre con el que se conocía antiguamente a lo que hoy se denomina Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). El certificado de instalación eléctrica es el documento que garantiza la total correspondencia entre los datos expuestos en él y los componentes y características realmente instalados durante la ejecución de la instalación.

Boletín eléctrico

Básicamente se trata de un documento oficial emitido por un instalador electricista autorizado que certifica que una instalación cumple todos los requisitos para el suministro. Recoge sus características, la potencia instalada y la máxima admisible y garantiza la calidad de dicha instalación. Incluye un esquema y un plano de ubicación de los elementos instalados. Dicho de otra forma, es el sello de calidad que un profesional pone a una instalación eléctrica, acompañándolo de una especie de mapa/inventario de todo lo que ésta contiene.

Este documento garantiza así mismo que la instalación está ejecutada de acuerdo a la normativa vigente y que ha sido realizada por un instalador eléctrico autorizado. En caso de haber sido ejecutada por un tercero, el instalador asume cualquier responsabilidad de la ejecución de la instalación.

Mediante este documento la compañía suministradora de la electricidad admite que la instalación está correctamente ejecutada, según criterios técnicos y legales, y autoriza a que la instalación se conecte a sus líneas de distribución. Sin este documento, por muy bien ejecutada que esté la instalación, no será posible contratar la electricidad de nuestra vivienda o local.

Este documento es necesario cuando hay que realizar modificaciones de suministros ya contratados y para los que suponen una modificación técnica. No obstante, la compañía puede reservarse en última instancia la petición del boletín si la instalación es muy antigua o si tiene indicios de que podría tener defectos técnicos.

¿En qué casos se necesita el Certificado de Instalación Eléctrica?

El boletín también es conocido como el Certificado de Instalación Eléctrica y hace falta presentarlo en todos los trámites que se lleven a cabo con la compañía energética. El usuario solo tendrá que mostrarlo en los siguientes casos:

• En las altas de electricidad, para viviendas nuevas donde nunca hubo suministro anteriormente.
• Cuando se aumenta la potencia contratada y esta supera el término admisible por la instalación
• El Boletín Eléctrico tiene un periodo de caducidad de 20 años y será requerido pasada esta fecha

El comprador o el inquilino tienen que entregar el certificado de electricidad si se encuentran en alguna de estas situaciones. En caso de necesitarlo, la comercializadora se pondrá en contacto con el solicitante.

¿Cuánto cuesta el boletín eléctrico?

El precio del boletín de luz es variable. No existe una cuota fija y si la instalación ha sido realizada por el mismo profesional que ejecuta la obra habitualmente suele estar incluida en el precio de la obra. Otro factor que afecta al precio es la potencia de la instalación, si el suministro es para un particular o una empresa, e incluso la ubicación geográfica de la instalación. Un precio genérico para una vivienda, podría estar en torno a los 10-20 € por cada kilowatio instalado. Para una empresa puede oscilar entre los 15 y los 30.

No obstante, al ser un mercado completamente libre para estos boletines, existen multitud de precios que pueden ser aplicados. Lo que sí es importante es que, independientemente del precio, el profesional emita certificado de acuerdo a norma.

Nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el proyecto inicial de declaración de la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas, en el distrito de Chamberí, y su correspondiente plan zonal específico.

Será la segunda ZPAE que tendrá el distrito (tras la de Aurrerá, que en noviembre de 2016 se amplió a todo el barrio de Gaztambide) y la cuarta de la ciudad (junto a las ZPAE de Centro –revisada en abril de 2019– y la de Azca-Avenida de Brasil).

El proyecto se someterá ahora a información pública durante 45 días tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para que los interesados presenten alegaciones.

Mapa ZPAE Trafalgar Rios Rosas rotated

Una vez sean respondidas las alegaciones, el texto regresará a Junta de Gobierno para que obtenga el visto bueno definitivo y se elevará a Pleno tras su paso por la comisión ordinaria del ramo.

Se prevé que en el último trimestre del año la zona de Trafalgar-Ríos Rosas se declare oficialmente como ZPAE.

La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas será la solución para esta zona que superaba los objetivos de calidad acústica, siendo el ocio la fuente de ruido principal en la zona en los periodos nocturnos de jueves a domingo entre las 23:00 y las 07:00 h.

El ámbito espacial de la nueva ZPAE quedará delimitado por las siguientes calles: Bravo Murillo, Bretón de los Herreros, Carranza, Donoso Cortés, Espronceda, Fernández de la Hoz, García de Paredes, Génova, José Abascal, Santísima Trinidad, Magallanes, Modesto Lafuente, Monte Esquinza, Orfilia, Ponzano, Raimundo Fernández Villaverde, Ríos Rosas, Sagasta, San Bernardo, Santa Engracia, Zurbano, Zurbarán y las glorietas de Bilbao, Ruiz Jiménez, General Álvarez de Castro y la plaza de Alonso Martínez.


Dentro del ámbito se establecen tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para la recuperación acústica de las mismas: zona de contaminación acústica baja, moderada y alta.

En todas estas zonas las terrazas y quioscos de hostelería y restauración situados en terrenos de dominio público o en terrenos de titularidad privada expondrán carteles recordando a los clientes el horario de cierre del establecimiento y advirtiendo que el ruido es molesto e impide el descanso de los vecinos

Además, quedará prohibida su instalación en bandas de estacionamiento. 

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MODIFICACIÓN ZPAE AZCA Y ZPAE GAZTAMBIDE

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (7/2022), ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2022, adoptó los siguientes acuerdos:

  • Acuerdo de 31 de mayo de 2022 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la modificación del Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial de Azca-Avenida de Brasil.
  • Acuerdo de 31 de mayo de 2022 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la modificación del Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial de Barrio de Gaztambide. 

 
Se modifican en los términos que figuran en los Anexos adjuntos, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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Nuevos Criterios Generales de la CPPHAN

Con fecha de 16 de junio de 2022 han sido publicados en la Sede de Madrid.es por la Secretaría Jurídica de la CPPHAN:
 
Criterios Generales de la CPPHAN a aplicar en las solicitudes de Intervención en Edificios Catalogados y Espacios de Especial Protección


Ante la entrada en vigor de la nueva Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM) en cuya Disposición Adicional Tercera se establece que, en aplicación de lo dispuesto en las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, se exceptúan del dictamen preceptivo previo de la comisión competente en materia de protección del patrimonio histórico-artístico y natural municipal, las actuaciones que se ajusten a los criterios aprobados a través de sus instrucciones y acuerdos y que deberán ser objeto de la debida publicidad conforme a la normativa en materia de transparencia del Ayuntamiento de Madrid.
 
La Comisión además ha considerado necesario actualizar dichos criterios para dar respuesta a los nuevos requerimientos de la realidad actual, criterios adoptados como consecuencia de la doctrina consolidada de la CPPHAN y que se recogen como Anexo al Acta 22/2022 de 9 de junio. Así se establecen dos apartados:
 

  1. El cumplimiento de estos criterios generales, determina la innecesaridad de que aquellas actuaciones que supongan la intervención sobre elementos protegidos, y que se sujeten a los mencionados criterios, sean sometidas a dictamen de la Comisión, por entender que las obras propuestas no afectan o no suponen alteración sustancial de los elementos protegidos de los edificios.
  • Estos criterios se recogen en el apartado denominado “Criterios cuya aplicación en edificios incluidos en el ámbito del APE 00-01 “Centro Histórico”, APEs de Cascos Históricos Periféricos, APEs de Colonias Históricas o catalogados fuera de estos ámbitos, supone la innecesariedad de someterlos a informe de la Comisión para la Protección de Patrimonio Histórico, Artístico y Natural (CPPHAN)”.
  • La principal novedad frente a lo que recogía la ordenanza derogada OMTLU en su Anexo V es la inclusión de los BANDERINES EN FACHADA, dentro del aparatado B.PUBLICIDAD
  1. La Comisión considera oportuno también dar publicidad a otros criterios orientativos de la Comisión para facilitar el planteamiento de propuestas de intervención en edificios catalogados y espacios de especial protección pero que, en todo caso, deberán ser sometidas al preceptivo dictamen de la CPPHAN para su valoración teniendo en cuenta las características concretas de cada edificio, de los valores que motivaron su catalogación y sus elementos de restauración obligatoria, pudiendo darse el caso de que no se obtenga dictamen favorable a pesar de ceñirse a alguna de las condiciones enunciadas anteriormente, lo que será objeto de una motivación lo suficientemente explícita por parte de la Comisión.
  • Estos criterios se recogen en el apartado denominado “Criterios generales orientativos para las actuaciones en edificios incluidos en el ámbito del APE 00-01 “Centro Histórico”, APEs de cascos históricos periféricos, APEs de colonias históricas o catalogados fuera de estos ámbitos.”

El Ayuntamiento de Madrid amplia el Catálogo de Edificios Protegidos e incluye 738 nuevos inmuebles

El área de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid actualiza el Catálogo de Edificios Protegidos y propone incluir 738 nuevos inmuebles.

La ampliación incluye, sobre todo, arquitectura moderna e industrial que se quedó fuera en el catálogo del Plan General de 1997.



También contiene ejemplos de una planificación urbana significativa para la ciudad como la de Arturo Soria, en el distrito de Ciudad Lineal.

Esta propuesta se someterá ahora a un periodo de información pública durante dos meses.

Restaurar Fachada Protegida Criterios Patrimonio

Desde que en 1997 se aprobó el Plan General de Ordenación Urbana no se había llevado a cabo ninguna revisión de los catálogos de protección que lo integran hasta ahora, 25 años después, que la Junta de Gobierno ha aprobado, inicialmente, la modificación puntual que permite ampliar el Catálogo de Edificios Protegidos. Tras más de un año de trabajo de campo, el Área de Desarrollo Urbano propone la inclusión de 738 nuevos edificios, con la asignación del nivel y grado de catalogación adecuado a sus características, según ha explicado el delegado Mariano Fuentes. 

Esta actuación, junto con la reciente aprobación del avance de las normas urbanísticas, que también contempla medidas relacionadas con la protección del patrimonio, supone una clara apuesta de este equipo de Gobierno por cuidar y proteger aquellos elementos que dan identidad a la ciudad. 

La necesidad de ampliar el catálogo, principalmente para incluir la arquitectura industrial y moderna, se debe a que en su día no se tuvieron presentes edificios que deberían haberse considerado. Los motivos para no hacerlo fueron, entre otros que su fecha de construcción superaba o era demasiado cercana a 1980, límite que estableció el plan del 97, o que la legislación posterior les otorgó una protección cautelar que exigía su análisis individualizado y una protección urbanística, entre otras causas.  

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¿Cuáles son los requisitos para abrir una consulta de psicología?

¿Te gustaría abrir tu propia consulta de psicología?¿Quieres saber cuáles son los pasos necesarios para montar tu propia consulta?

Es normal que a la hora de montar un negocio nos asalten un montón de dudas, sobre todo cuando además hay que realizar trámites especiales como es el caso de las consultas de psicología y actividades sanitarias en general: ¿Cuáles son los requisitos del local? ¿Puedo montar mi consulta en casa? ¿Tengo que estar colegiado? ¿Cuáles son pasos necesarios para lograr que funcione, perdure en el tiempo y se convierta en un negocio rentable?.

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Una de las salidas laborales más comunes para los psicólogos es ejercer por su propia cuenta abriendo un consultorio privado. Sin embargo, la mayoría de los profesionales no conocen los requisitos para abrir una consulta de psicología.

Como es obvio, para poder ejercer la psicología en España es indispensable contar con un título oficial, licenciatura o grado en psicología. Contar con esta titulación es imprescindible, pero no es la única condición para poder ejercer como psicólogo o psicóloga.

Primero deberás conocer la diferencia entre ejercer la Psicología Sanitaria y Psicología Clínica:

Psicología Sanitaria U.900.1: Habrá que acreditar estar en posesión del título oficial universitario de Máster en Psicología General Sanitaria, o Certificado expedido por el titular de un registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios que le habilita para realizar actividades sanitarias en unidades asistenciales/consultas de psicología autorizadas.

Psicología Clínica U.70: (trabaja en sanidad publica y privada) Habrá que presentar el Título de la Especialidad en Psicología Clínica (P.I.R.).

El código de Clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios para los centros de Psicología es:

  • C.2.2. Consulta de otros profesionales sanitarios.

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REQUISITOS Y PASOS PARA ABRIR UNA CONSULTA PSICOLÓGICA

  1. Registrarse en el Colegio Oficial de Psicólogos, para lo cual debes estar en posesión del título oficial de Licenciatura o Grado en psicología.
  2. Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Al abrir una consulta de psicología, y por tanto ejercer la Psicología se considera una actividad económica por lo que, para abrir una consulta de psicología, es obligatorio darse de alta en Hacienda, en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  3. Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Siempre que se realice una actividad económica por cuenta propia y de forma habitual, será obligatorio darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), independientemente de la duración del trabajo y de la remuneración que se perciba.
  4. Contratar un seguro de responsabilidad civil (es recomendable hacerlo a través de tu colegio oficial). Los psicólogos, al igual que otros profesionales, necesitan disponer del seguro de Responsabilidad Civil para hacer frente a las posibles compensaciones económicas que deriven de las reclamaciones.
  5. Darse de alta en el Registro General de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios (obtener la autorización Sanitaria). Al incorporarte en el registro sanitario, podrás ejercer la psicología con las funciones propias del tipo de habilitación que poseas.

La mayoría de los trámites pueden realizarse de forma telemática, por lo que será obligatorio tener un Certificado Digital.

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Iluminación natural en comercios y oficinas

Utilizamos la luz solar como punto de referencia para nuestras vidas. Nos levantamos al amanecer y nos retiramos cuando oscurece. Está demostrado que quienes reciben mayor cantidad de luz natural durante el día, luego duermen mejor por la noche y se despiertan al día siguiente con más energía y lucidez.

ILUMINACIÓN NATURAL EN COMERCIOS Y OFICINAS

Bajo la iluminación natural mejoramos nuestro rendimiento laboral, soportamos mejor el estrés y sentimos menos fatiga ocular. Además, somos más proactivos y eficaces a la hora de tratar problemas y enfrentarnos a situaciones complejas.

En un local comercial, la luz natural favorece la sensación de bienestar. Por lo que si se emplea de forma inteligente influirá de manera positiva en la psicología del cliente, y éste se sentirá más motivado a comprar. Por eso actualmente se trabaja con este tipo de iluminación como si fuera otra herramienta de diseño y marketing, porque al contrario que la luz artificial, la claridad natural aporta calidez al ambiente además de iluminación.

En una oficina, los trabajadores que desarrollan sus tareas en un entorno de luz natural suelen tener menos problemas de salud que quienes realizan sus actividades en espacios cerrados sin ventanas. Esta información se puede verificar en los últimos informes que estudian el rendimiento de los trabajadores según los distintos tipos de iluminación ambiental a que están sometidos.

Pero  la incidencia de la claridad solar en un entorno laboral también presenta inconvenientes. La luz natural no se mantiene siempre uniforme en dirección e intensidad, sino que cambia con frecuencia a lo largo del día, dependiendo de la horas y de las condiciones atmosféricas.

Ademas, la claridad del Sol sobre los ojos puede ser demasiado intensa y producir deslumbramientos y molestias visuales. Lo mismo sucede con los reflejos de luz sobre una mesa, un cristal o un espejo. Por eso siempre se recomienda evitar la incidencia directa de los rayos solares sobre los puestos de trabajo. Para ello, lo correcto sería reducir su potencia y difuminarla con ayuda de cortinas, pantallas o estores.

También podemos jugar con los revestimientos de los locales, empleando acabados mates en paredes, techos y mobiliario. De esta manera reducimos la aparición de contrastes lumínicos, y de brillos y reflejos que deslumbren.

Pero es complicado llevar la luz natural a estancias sin ventanas en el interior del edificio. Una posible solución son los conductos reflectantes de luz solar, también llamados tubos solares que, mediante la reflexión del sol por su interior, provocan una iluminación cenital que evita los deslumbramientos. En reformacoruna.com tienes un artículo más detallado sobre esta instalación.

Sin embargo, esta solución no siempre es posible llevarla a la práctica, y además no sirve cuando lo que se pretende es enfatizar un rincón, un ambiente o un objeto. En este caso no quedará otro remedio que recurrir a una luz artificial o decorativa.

En la iluminación artificial no tenemos los colores ultravioleta ni infrarrojos procedentes de la radiación solar. Estos colores no son visibles al ojo humano, pero aportan salud y bienestar a nuestro organismo. Esto significa que nunca podremos conseguir un nivel de luz similar a la del sol, pero si imitarla y acercarnos a ella.

ILUMINACION NATURAL EN OFICINAS

 

Uno de los principales objetivos de luminarias es lograr que emitan una luz lo más parecida a la natural, para conservar nuestra visión y no forzarla al apreciar los detalles. Para ello se recurre actualmente a la tecnología LED, que consigue colores nítidos y naturales a cambio de un consumo muy reducido.

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