



A la hora de iniciar un negocio hay que valorar todos los gastos iniciales que se deben afrontar, pues por pequeños que sean (en especial si se comparan con el coste de la reforma del local), todo gasto suma y nos podemos encontrar con un sumatorio de gastos que no teníamos previstos.
Hoy por tanto vamos a hablar en concreto del coste del proyecto de Actividad de una consulta de Fisioterapia, y este mismo coste se puede aplicar en general a cualquier consulta médica que no contenga un equipamiento electromecánico fijo (rayos X, sillones de odontología, etc…).
Has tres factores fundamentales a la hora de establecer el coste de la elaboración y tramitación del proyecto de Actividad de una Consulta Sanitaria:
Es considerado quirófano una sala de un establecimiento hospitalario/médico que está especialmente acondicionado para realizar operaciones quirúrgicas.
Tipos de quirófano
Los quirófanos se dividen en tres grandes grupos:
Clase A.
Quirófanos de alta tecnología
Destinados a: Trasplantes de corazón, pulmón e hígado; Cirugía cardíaca extracorpórea y de aorta; Cirugía ortopédica de prótesis
Clase B.
Quirófanos convencionales, de urgencias y de cirugía mayor ambulatoria
Destinados al resto de intervenciones quirúrgicas.
Clase C.
Quirófanos de cirugía menor ambulatoria y salas de partos
Destinados a intervenciones ambulatorias, partos y endoscopias.
Es importante saber que antes de solicitar la licencia de apertura y actividad de quirófano es necesario comprobar la viabilidad urbanística de la actividad y del local. Saber que un local, sea cual sea su actividad, en un edificio que no disponga de licencia de actividad, el Ayuntamiento no permitirá la implantación de ninguna actividad, así como si se dispone de una actividad de un uso no permitido en dicho local, se ordenará la clausura y cese de actividad.
Para poder realizar intervenciones en un quirófano se requiere de la solicitud de la Autorización de Sanidad, la cual ha de tramitarse en la Consejería de Sanidad de la comunidad autónoma. Siendo necesario tramitarlo desde el inicio de la solicitud de la licencia para evitar retrasos no previstos en la apertura de la clínica.
Requisitos…
Hoy os mostramos la información sobre una de las últimas Clínicas de Veterinaria que hemos tramitado: «Clínica Veterinaria EsclaPET», ubicada en C/ Esperanza 4, 28231, las Rozas de Madrid.
Esta clínica veterinaria en concreto cuenta con una sala de consulta pata la atención inicial y diagnóstico, y un quirófano especializado para llevar a cabo las operaciones e intervenciones necesarias.
Evidentemente, y conforme con la normativa, el local cuenta también con un aseo adaptado para el público, otro aseo para el personal, zona de recepción y espera, zona de peluquería para los animales, almacén y zona específica aislada acústicamente para la estancia de día de los animales (en este caso los animales no pernoctan).
Muchas veces nos contacta un cliente que desea abrir una oficina en un edificio entero de oficinas (sin ninguna vivienda) y nos pregunta ¿Necesito solicitar una licencia de apertura de oficina si el edificio ya tiene licencia de construcción como edificio de oficinas?.
La respuesta es estos casos es SI. Una cosa es la licencia de construcción del edificio y otra la licencia de actividad de cada una de las oficinas. La licencia de actividad de cada una de las oficinas ha de tener en cuenta la distribución pormenorizada interior (despachos, mesas…), así como los recorridos de evacuación, las medidas de protección individuales (extintores), las ventilaciones, etc… un sin fin de elementos que no pueden venir reflejados en la licencia de construcción del edificio ya que dependerá de las actuaciones internas que cada emprendedor haya realizado en cada oficina.
Hay que tener en cuenta además que cualquier modificación de la actividad anterior, como por ejemplo: una nueva distribución de las mesas de trabajo o una nueva compartimentación de los despachos (aunque estos se realicen con mamparas) afectará a la ocupación y la la longitud de los recorridos de evacuación, por lo que, en el mejor de los casos, habrá que presentar una modificación de la licencia anterior (si la hubiera) y abonar de nuevo el ICIO (Impuesto de Construcciones) si se han realizados obras (tabiquería, mamparas, aire acondicionado, rótulos, etc…)