¿Cuáles son los pasos y requisitos para abrir un centro de medicina estética?

Si tienes la intención de montar un centro de medicina estética o si ya estas en proceso, es muy posible que te asalten un montón de dudas… ¿cuales son los trámites?¿que hay que hacer primero?¿qué local elegir?

Un centro de medicina estética, si está bien gestionado y promocionado, puede ser un negocio muy rentable. Por ello hoy queremos ofrecerte una guía con los requisitos y  pasos fundamentales, para que puedas montar un centro de medicina estética.  A continuación, te hablamos de los requisitos para montar una clínica de medicina estética, con el objetivo de que los conozcas y puedas desarrollarte en este sector.

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BÚSQUEDA DEL LOCAL 

Analiza los costes que pueda traerte ese local (reformas, instalación, situación, etc.)

Estudia el área. Donde vas a poner el negocio, ¿hay afluencia de personas que se correspondan con tu perfil de cliente? 

Analiza los negocios vecinos. No montes tu centro de medicina estética, al lado de una clínica famosa, lo mejor es ponerla en una calle con afluencia de tu público, pero conpoca o ninguna competencia cercana.

Analiza si el local puede acomodarse a las exigencias que requieren las distintas estancias en un centro de medicina estética.

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LICENCIAS PARA ABRIR UN CENTRO DE MEDICINA ESTÉTICA

Los permisos y licencias es un requisito imprescindible que se debe cumplir para montar un negocio de medicina estética.

Deberás cumplir diferente normativa y por tanto diferentes requisitos para el local si quieres abrís solo como centro de medicina estética o si lo quieres combinar con una zona de estética (no sanitaria).

Los centros de belleza (no sanitarios) solo se encuentran reglados en la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico Sanitarias y Técnicas de Peluquerías, Institutos de Belleza y otros Servicios de Estética, mientras que si además realizas tratamientos Médicos, se deberá obtener también la autorización Sanitaria.

Es decir: si además de trabajos de estética, peluquería o bronceado, se lleva a cabo alguna labor que implique consulta o asesoramiento médico, como la depilación láser por ejemplo, también es necesario contar con la autorización de establecimiento sanitario.

Consigue todos los documentos para llevar a cabo la legislación de este tipo de negocios.

Las licencias que necesitas para abrir tu salón de belleza son:

Los pasos que debes seguir para solicitar las licencias son los siguientes:

  • Elaboración de un proyecto técnico. Debe contener información sobre la adecuación del local y ha de ser realizado por un técnico acreditado (arquitecto, ingeniero industrial, etc.).
  • Pago de las tasas municipales. Se puede realizar en cualquier banco autorizado.
  • Presentación de la solicitud. Una vez dispongas de la documentación anterior la debes aportar, junto con la solicitud y el resguardo del abono de las tasas, para la solicitud.

La concesión de la licencia lleva un tiempo, por lo que es recomendable realizar esta gestión con bastante plazo de tiempo de antelación.

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REQUISITOS NECESARIOS PARA MONTAR UN CENTRO DE MEDICINA ESTÉTICA

Te detallamos los requisitos para montar un centro de medicina estética:

Infraestructura

  • Contar con una zona de almacenamiento, independiente del resto, para colocar los productos cosméticos y los utensilios productos de limpieza.
  • Tener en el establecimiento un botiquín de primeros auxilios.
  • Disponer de una zona de vestuarios para el personal, o empleados.
  • Las paredes y los suelos deben ser de materiales lisos e impermeables, que se puedan limpiar y desinfectar fácilmente.
  • Disponer de una zona espera.
  • Todo el mobiliario del local (sillones, camillas, etc.) debe ser de un material lavable.
  • Disponer de un aseo, que puede ser compartido por el personal y los clientes. Si el centro de belleza va a estar ubicado en un centro comercial se pueden utilizar los servicios comunes que haya en el mismo siempre y cuando se encuentren en la misma planta que el local.

Basuras

Si se generan más de 240 litros de basura al día debes disponer de una zona con un cubo específico, que te darán en el ayuntamiento, para tirar a en él los restos. Esta estancia debe tener además un sumidero en el suelo, un grifo con agua corriente, ventilación y las paredes se han de poder lavar.

Si se generan menos de 240 litros de basura al día, no será necesario disponer de cuarto de basuras y los restos se pueden tirar al cubo de basura de la comunidad del edificio.

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DEFINIR LOS TRATAMIENTOS DE UNA CLÍNICA DE MEDICINA ESTÉTICA

Define bien el centro estético que quieres mostrar a tus clientes, escogiendo la carta de servicios que se va a presentar.

Existen una gran variedad de tratamientos estéticos, los cuales se encuentran a disposición de los pacientes que requieren de estos procedimientos, entre ellos:

  • Tratamientos faciales: inyección de toxina botulínica, rellenos con ácido hialurónico, peelings médicos, láser de alta potencia, radiofrecuencia, microdermoabrasión, plasma rico en plaquetas, lifting con hilos tensores, bioestimulación celular con vitaminas o estimuladores de colágeno, etc.
  • Tratamientos corporales: especialista y encargado de realizar procedimientos en casos de celulitis, nutrición, cosmética con aparatología corporal o drenaje linfático.
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Así, podemos encontrar que los tratamientos de medicina estética más habituales son los siguientes:

  • Lipoescultura clínica.
  • Tratamiento tensor corporal.
  • Botox.
  • Levantamiento glúteo con hilos tensores.
  • Tratamiento para estrías.
  • Tratamiento varices.
  • Mesoterapia corporal.
  • Aymento de labios.
  • Carboxiterapia.
  • Criolipolosis.
  • Rejuvenecimiento de manos.

Una de las sustancias más usadas en estos trabajos es la toxina botulínica. Esta sirve para disminuir la contracción de los músculos facial, aunque de forma temporal. Por ejemplo sirve para suprimir las arrugas del tercio superior o levantar la cola de las cejas, entre otras cosas. Estos tratamientos se realizan mediante inyecciones que paralizar determinados músculos. 

¿Cuales son los requisitos para montar una consulta de podología?

Si has terminado la carrera y todavía no tienes tu propia clínica, tal vez te interese conocer cuales son los requisitos para abrir una clínica podológica.

PASOS Y REQUISITOS PARA MONTAR UNA CONSULTA DE PODOLOGÍA

1. Colégiate como podólogo. Éste siempre es el primer paso, antes de comenzar a ejercer la profesión. Una vez colegiado, podrás iniciar los trámites de alta, obtención de permisos y licencias, búsqueda de local y demás.

2. Busca un local o piso, donde poder montar tu clínica podológica y poder desarrollar tu actividad profesional. Puedes comprarlo, partir de un negocio traspasado o alquilar el espacio, pero siempre debe cumplir con las condiciones necesarias para favorecer una libre circulación y evacuación.

Requisitos montar consulta Podologia 1024x682

Te recomendamos que escojas un local a pie de calle con rampa para personas en silla de ruedas o elevador, o bien, un piso primero con ascensor, sin barreras físicas, que puedan dificultar el paso de una persona con problemas de movilidad o con una enfermedad en los pies, tales como escaleras o giros complicados.

Además, te recomendamos que busques un local lo más céntrico posible o que se encuentre cerca de otras empresas, pero que no tenga ninguna clínica podológica cerca.

En cuanto a la consulta:

  • El pavimento será homogéneo, liso, no resbaladizo.
  • Paredes lisas, impermeables y de fácil limpieza y desinfección.
  • La ventilación será natural o forzada, apropiada a la capacidad del local, garantizando una renovación mínima de aire.
  • Los locales contarán con abastecimiento de agua corriente caliente y fría en todas las tomas.
  • El mobiliario (mesas, sillones, carros, etc.) serán de material lavable y de fácil limpieza.
  • Deberán disponer de las siguientes áreas diferenciadas: recepción y/o sala de espera.

Una vez tengamos claro cual es el local que nos interesa, deberemos asegurarnos que es apto para instalar ahí un negocio. Dado que existen innumerables normativas municipales, deberemos consultar con un técnico especialista y preguntar antes de alquilar dicho local (por ejemplo: no suele estar permitido instalar negocios por encima e la planta primera del edificio).

Más info.
Licencia apertura clínica dental

¿Cuales son los requisitos para abrir una Clínica Dental?

En este artículo te comentaremos cuales son los requisitos para abrir tu propia clínica dental, desde las condiciones del local hasta los trámites a realizar.

1. Requisitos del local

Las clínicas dentales dispondrán de los siguientes espacios para garantizar una asistencia sanitaria segura:

  • Zona de espera
  • Zona asistencial
  • Zona de instalaciones y servicios generales.
  • La sala de tratamiento dispondrá de un área de preparación de instrumental.
  • En caso de realizar vaciado de impresiones existirá un área específica destinada a este fin.
Tramitacion de Autorizacion Sanitaria 1024x682

Deberás seleccionar un inmueble lo suficientemente grande para cumplir con la superficie necesaria para cada área:

  • Sala de espera y recepción: Orientativamente de 10 m2 hasta 20 m2 pero dependerá del nº de gabinetes del local.
  • Despacho de administración: unos 9-10 m2.
  • Aseo: 5 m2.
  • Gabinetes generales: mínimo 8 m2.
  • Gabinetes para cirugía (implantes dentales) : 12 m2 mínimo.
  • Sala esterilización: unos 3 m2 mínimo.
  • Sala de ortopantomógrafo: 4 m2.
  • Office de personal: entre 5 y 10 m2, según el número de trabajadores de la clínica.

También debemos comprobar que el local sea accesible o que tenga posibilidad de serlo, salvo las excepciones contempladas en normativa, ya que debemos garantizar que los servicios que ofrecemos sean accesibles.

2. Coste de las Obras

El coste de las obras dependerá en gran medida del estado, características y superficie del local elegido.

Los baremos estimativos pueden rondar desde los 300 €/m2 si sólo necesitamos un cambio de acabados, hasta los 1.000 €/m2 si necesitamos una reforma completa con instalaciones.

Debemos añadir a esta nuestra estimación los gastos de tasas municipales y autorizaciones sanitarias así como el gasto en mobiliario y equipamiento dental específico.

Requesitos Clinica Dental 1024x682

Equipamiento sanitario

  • Todas las clínicas dentales dispondrán del equipamiento necesario para desarrollar adecuadamente las actividades sanitarias que realicen. Dada la especial complejidad de la actividad desarrollada por determinados centros o servicios sanitarios, deberán disponer además del equipamiento sanitario específico. En particular, las instalaciones y equipos radiológicos cumplirán en todo momento con la normativa estatal y autonómica vigente en esta materia.
  • Contarán con un inventario del equipamiento que posean, debiendo tener siempre disponible y accesible los planos de las instalaciones, los manuales de funcionamiento de los equipos, manuales de conservación y mantenimiento y los registros periódicos de dichos equipos, de las calibraciones, accidentes y/o averías.
  • Cuando se empleen medicamentos o productos sanitarios termolábiles, que precisen el mantenimiento de la cadena de frío para su conservación, el centro o servicio deberá disponer de un frigorífico específico para su conservación, equipado con termómetro de máximos y mínimos.
  • Para las salas de exploración, tratamiento y obtención de muestras se deberá disponer de sillón o camilla, en función del tipo de atención sanitaria que se realice.

El equipamiento de clínicas dentales debe ser:

  1. Sillón odontológico reclinable y con posición de Trendelenburg.
  2. Lampara articulada de iluminación adecuada a las intervenciones odontoestomatolégicas.
  3. Aire a presión con módulos de instrumental rotativos (turbina, micromotor) y jeringa con funciones de aire-agua-spray.
  4. Sistema de aspiración.
  5. Escupidera con agua corriente para su limpieza automática o embudo escupidor conectado al sistema de aspiración.
  6. Negatoscopio.

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3. Licencia de actividad y autorización Sanitaria

Se solicitará las licencias de actividad. La tramitación y los tiempos varían dependiendo de cada Ayuntamiento, en algunos será suficiente con la presentación de una Declaración Responsable, en otros necesitaremos Licencia de Obras, Licencia de Actividad y/o Licencia Medioambiental. También dependerá de si en el centro se dispondrán máquinas de rayos X de alta intensidad (TAC u ortopantomógrafo) y del nº de personal sanitario del centro.

También será necesario tramitar la autorización sanitaria obligatoria en la Conserjería de Sanidad. Se redactará la memoria explicativa del centro sanitario con los apartados exigidos. Con ella, podremos tramitar la autorización de instalación, previa al inicio de las obras.

Una vez finalizada la obra, recopilaremos la documentación administrativa necesaria para la solicitud de la autorización de funcionamiento.

Cambio Titularidad Autorización Sanitaria

A la hora de realizar el traspaso de un centro sanitario, no solo hay que tramitar un cambio de titularidad con el Ayuntamiento correspondiente, si no que también se deberá tramitar un Cambio de Titularidad de la Autorización Sanitaria con la Consejería de Sanidad.

Cambio titularidad autorizacion sanitaria 1024x682

Para realizar dichos trámites de deberá prestar de forma temática (todos los documentos escaneados) en la web de la Consejería:

Justificante del pago de la Tasa del cambio de titularidad.

Contrato alquiler del local a nombre del nuevo titular.

Identificación del nuevo titular: Escrituras de constitución de la empresa + DNI del administrador + CIF Sociedad..

Documento notarial de que se ha efectuado la transmisión (el anterior titular debe firmar ante notario que cede la autorización sanitaria).

Copia de la Autorización Sanitaria anterior.

En su caso (si procede):

  • Contratos con otros servicios a nombre del nuevo titular.
  • Contrato con empresa autorizada para retirada de residuos biosanitarios a nombre del nuevo titular.
  • Alta en industria como productor de residuos peligrosos (generalmente lo hace la propia empresa de retirada de residuos).

Pago tasas licencia

¿Dónde se pagan las tasas de la Comunidad de Madrid?

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Una de las consultas habituales a la hora de abonar las tasas cuando se está realizando una tramitación de licencia o autorización con la Comunidad de Madrid, como puede ser el caso tramitar una licencia sanitaria, o un taller mecánico, es:

¿DONDE SE PUEDEN PAGAR LAS TASAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID?

La recaudación de ingresos se efectúa a través de siete entidades colaboradoras (bancos y cajas).

Se podrán efectuar en todas las oficinas de las entidades colaboradoras durante el horario de caja de las mismas, así como, mediante los sistemas de pago telemáticos establecidos por las entidades durante el horario habitual de funcionamiento de los mismos.

Los pagos online podrán realizarse mediante la banca electrónica de las entidades colaboradoras (solo si el ciudadano es cliente de alguna de ellas) o mediante tarjeta de débito o crédito de cualquier entidad de crédito.

Ingresos mediante modelos normalizados

Pago en sucursales

Este servicio se presta  en todas las oficinas de las entidades financieras colaboradoras, sitas en el territorio nacional, durante la totalidad del horario de caja de las mismas y mediante los sistemas de pago telemáticos, establecidos por cada entidad, durante el horario habitual de funcionamiento de éstos.

El servicio de caja de recaudación de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería y de la Subdirección General Ordenación y Gestión del Juego se presta en las oficinas del Banco de Santander y de CaixaBank. 

La persona que desee efectuar un ingreso mediante modelo normalizado entregará, a la entidad financiera, todas las copias del modelo normalizado y realizará el pago correspondiente.

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Pago telemático

En los casos que esté previsto, para realizar procesos de pago telemáticos en la web de la Comunidad de Madrid, el interesado deberá:

1) Disponer de un certificado expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT-RCM) u otro equivalente, de los autorizados en cada momento por la Comunidad de Madrid.

2) Tener cuenta abierta en cualquiera de las entidades colaboradoras o disponer de tarjeta de crédito o débito de las autorizadas en cada momento por la Tesorería de la Comunidad de Madrid.

Entidades Colaboradoras (bancos y cajas) habilitados para el pago de las tasas:

La Comunidad de Madrid tiene suscritos convenios de colaboración para la recaudación de sus ingresos con las siguientes entidades de crédito:

  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA).
  • Banco Popular Español, S.A. (Banco Popular).
  • Banco de Sabadell, S.A. (Banco Sabadell).
  • Banco Santander, S.A. (Santander).
  • Bankia, S.A. (Bankia).
  • Caixabank, S.A. (Caixabank).
  • Cajas Rurales Unidas S.C.C. (Cajamar).

Guía para conocer el nivel de protección de patrimonio de un edificio o local

Existen dos ámbitos diferenciados de protección de Patrimonio de los edificios:

  • la protección municipal
  • la protección autonómica


Además existen determinados locales con protección municipal específica, denominados establecimientos comerciales catalogados.

El nivel de protección del edificio o local sobre el que actúe, condicionará el procedimiento de tramitación.

Visualizador urbanistico Ayuda Visualizador Nivel de Proteccion 1

A continuación se describen los pasos para realizar la consulta utilizando el Visualizador urbanístico.

El nivel de protección del edificio o local sobre el que actúe, condicionará el procedimiento de tramitación, así como las obras y/o usos que podrá realizar sobre él.

Abrir el Visualizador Urbanístico del Ayuntamiento de Madrid.

En el menú desplegable “Mapas/Planeamiento vigente/Catálogo de Edificios”, el Visualizador Urbanístico le remite al Geoportal, que mantiene la información más actualizada sobre el grado de protección municipal del emplazamiento.

Una vez desplegado el Geoportal, en su menú superior derecho podrá acceder al emplazamiento del que se desea obtener la información.

El Geoportal da acceso a la información detallada aproximando la imagen desplegada y pinchando sobre el edificio en cuestión:

La información más reciente sobre el grado de protección del edificio se encuentra en “Protección Actual”.

Para el caso del ejemplo, el edificio en C/ Reyes 6 tiene un nivel de protección Integral.

Los niveles de protección de los edificios los establece el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid y son los siguientes:

Nivel 1 (Singular o Integral)

Nivel 2 (Estructural o Volumétrico)

Nivel 3 (Parcial o Ambiental)

Si en “Grado de Protección” aparece Singular o Integral (Nivel 1), se entenderá que el edificio dispone del máximo nivel de protección en el planeamiento municipal aplicable.

Visualizador urbanistico Ayuda Visualizador Nivel de Proteccion 2

Obtener el nivel de Protección Municipal del Local

Como en el caso anterior, sobre el Visualizador Urbanístico y pinchando en el menú desplegable “Mapas/Planeamiento vigente/Elementos Singulares”, se le remite al Geoportal.

De la misma manera que anteriormente, accedemos al emplazamiento del que interesa obtener información:

Lo más habitual es que el local se encuentre en gris, en cuyo caso significaría que el local no dispone de protección arquitectónica. La información más reciente sobre el grado de protección del local se encuentra nuevamente en “Protección Actual”.

Para el caso del ejemplo, se observa que en el edificio en C/ Reyes 6,existe un establecimiento comercial catalogado, esto es, un local protegido. Para confirmar que se trata del local objeto de búsqueda,al poder existir varios locales en un mismo edificio, se debería acceder a “Más información”y consultar su ficha detallada.

Si el local objeto de consulta tiene nivel de protección 1, se entenderá que el local dispone del máximo nivel de protección en el planeamiento municipal aplicable.

Más info.
Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio 4

¿Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio’

Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio 4

Para empezar: ¿Empresario individual o Sociedad?

En cuanto a los gastos, es más económico iniciar la actividad como autónomo, siempre y cuando se solicite la capitalización de la prestación por desempleo.

Respecto a desgravaciones, las Sociedades tiene mayores posibilidades que el empresario individual.

Lo que es igual, tanto para Sociedades como para empresarios individuales, son los gastos por contratación de trabajadores (Seguridad Social e IRPF), así como el IVA.

Cómo montar una empresa e iniciar la actividad de un negocio 5

Tipos de empresas

Autónomo (empresario individual)

Persona física que realiza por cuenta propia una actividad económica, tenga contratados trabajadores o no. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada.

Emprendedor de Responsabilidad Limitada

Persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, realiza por cuenta propia una actividad económica o profesional, tenga contratados trabajadores o no. Sin capital mínimo y responsabilidad limitada. Son necesarios trámites notariales.

Sociedad Limitada

Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones sociales, integradas por las aportaciones de todos los socios. Estos no responderán personalmente de las deudas sociales. Capital igual o superior a 3.000€, que puede ser en especie y sin certificación de perito, y responsabilidad limitada.

Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

Sociedad de carácter mercantil de régimen igual al de las Sociedades Limitadas, excepto en ciertas obligaciones para garantizar la responsabilidad frente a terceros. Sin capital mínimo y responsabilidad limitada. No requiere desembolso inicial pero necesita un capital de 3.000€ y responsabilidad limitada.

Sociedad Limitada Laboral

Sociedades limitadas en las que la mayor parte del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos. Capital superior a 3.000€ y responsabilidad limitada

Comunidad de bienes

Contrato privado de comunidad de bienes, en el que se detallan la actividad del negocio, las aportaciones, que podrán ser en dinero o en especie,  y el porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias, el uso de elementos comunes y el sistema de administración. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada de los socios

Sociedad Cooperativa

La cooperativa es una sociedad constituida al menos por tres personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, con estructura y funcionamiento democrático. El capital social mínimo no puede ser inferior a mil ochocientos euros, debiendo estar desembolsado al menos el 25% en el momento de la constitución. La responsabilidad es limitada.

Sociedad anónima

Sociedad mercantil con personalidad jurídica en la que el capital, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios que no responden personalmente de las deudas sociales. Capital social mínimo de 60.000€.

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Ayudas para la creación de empresas

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