A la hora de realizar el traspaso de un centro sanitario, no solo hay que tramitar un cambio de titularidad con el Ayuntamiento correspondiente, si no que también se deberá tramitar un Cambio de Titularidad de la Autorización Sanitaria con la Consejería de Sanidad.
Para realizar dichos trámites de deberá prestar de forma temática (todos los documentos escaneados) en la web de la Consejería:
Justificante del pago de la Tasa del cambio de titularidad.
Contrato alquiler del local a nombre del nuevo titular.
Identificación del nuevo titular: Escrituras de constitución de la empresa + DNI del administrador + CIF Sociedad..
Documento notarial de que se ha efectuado la transmisión (el anterior titular debe firmar ante notario que cede la autorización sanitaria).
Copia de la Autorización Sanitaria anterior.
En su caso (si procede):
Contratos con otros servicios a nombre del nuevo titular.
Contrato con empresa autorizada para retirada de residuos biosanitarios a nombre del nuevo titular.
Alta en industria como productor de residuos peligrosos (generalmente lo hace la propia empresa de retirada de residuos).
El mantenimiento de los extintores es vital dado que son los equipos de lucha contra el fuego más habituales que disponemos en los inmuebles (locales, oficinas o naves) y además suelen ser los más efectivos en los primeros momentos en los que se inicia un incendio.
Para garantizar que los extintores sean eficaces, es necesario que sean los más adecuados en función a los materiales combustibles existentes en el lugar donde se encuentran ubicados, que sean bien visibles y accesibles, y que se encuentren en perfecto estado de conservación por si fueren necesarios.
Existen varios tipos de fuegos en función al tipo de material combustible, por ejemplo combustibles sólidos, líquidos, gases, metales, aceites o grasas.
Los extintores en función a esos tipos de fuego se clasifican en extintores de tipo A, B, C, D, E y F.
Y atendiendo a su efectividad ante incendios se hacen otras clasificaciones:
Extintores Polvo ABC polivalente contra sólidos, líquidos y gases.
Extintores Polvo BC para líquidos y gases.
Extintores de espuma contra sólidos y líquidos.
Extintores específicos para metales y otros contra aceites y grasas.
Extintores de anhídrido carbónico indicados para un tipo de combustible sólido y líquido.
Extintor de hidrocarburo halogenado especialmente indicado para líquidos.
Para que los extintores realicen correctamente su función deben disponer de la presión adecuada que es controlada mediante un medidor exterior y verificada periódicamente por una empresa especializada. El emplazamiento de los extintores
La situación de cada extintor debe ser la que legalmente se establezca para cada tipo de edificio, pero como norma general es una cada 15 metros de recorrido (aunque podría ser menos dependiendo de la actividad a desarrollar), Además deberán estar dispuestos de forma que sean fácilmente accesibles y visibles.
Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una nueva Tienda dedicada a la venta de accesorios y complementos para moto y motoristas: “Motocard”, situada en la Calle Bravo Murillo 30, 28015, Madrid.
En Motocard encontrarás el mayor stock de accesorios y equipación para moto. Su máxima garantía es la confianza que han depositado en ellos las mejores marcas de equipación de carretera y off-road. Disponen de ofertas, novedades, avances y ediciones limitadas de AGV, Alpinestars, Arai, Dainese, Fox, Givi, Hebo, Leatt, Nolan, Shark, Shoei y hasta ochenta marcas más, siempre con precio mínimo garantizado y con el máximo servicio y rapidez en la entrega. Todo para que ames y practiques el motociclismo con la mayor seguridad y comodidad posible.
Encontraréis los mejores cascos, chaquetas, guantes y botas de carretera, tanto si practicáis turismo de larga distancia como si vais por ciudad. Y nunca olvidemos que la moto es un deporte: si queréis máximas prestaciones encontraréis monos y protecciones ideales para circuito y conducción deportiva. Para los amantes del off-road tienen equipaciones completas de pies a cabeza, con camisetas, guantes y pantalones, sin olvidar las importantes protecciones para la práctica tanto del motocross como del enduro, pasando por el trial.
En Motocard también disponen de equipación para tu moto, desde maletas y bolsas hasta prácticos navegadores y antirrobos. Y como su pasión no se detiene fuera de la moto, encontrarás ropa casual y merchandising de temática motera. Y es que la moto puede estar allí donde uno desee, pero lo importante es sentirla siempre en el corazón. Por ello, en Motocard llevan la moto en su nombre. Lo que empezó con una pequeña tienda en Andorra es actualmente el mayor distribuidor de prendas de ropa para moto de España, con nueve puntos de venta distribuidos entre Barcelona, Madrid, Málaga, Valencia y Zaragoza más tres en Andorra… ¡y creciendo online para el resto del mundo!
Si ya pasaste por el complejo proceso de obtener la autorización sanitaria inicial para tu clínica o consulta, ¡enhorabuena! Pero ¡cuidado!, ese permiso no es permanente. Las autorizaciones sanitarias tienen una fecha de caducidad y necesitan ser renovadas periódicamente para poder seguir funcionando legalmente.
Hoy vamos a centrarnos en ese trámite esencial: la Renovación de la Autorización Sanitaria. Te explicaré qué documentación general suele pedir las Consejería de Sanidad para este proceso.
Como siempre: ¡Este vídeo es una GUÍA GENERAL! La Sanidad es competencia autonómica por lo que CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA tiene sus propios plazos (normalmente 5 u 8 años), formularios específicos, tasas y requisitos detallados para la renovación. Consulta SIEMPRE la web oficial de la Consejería de Sanidad o consúltanos como especialistas en tramitación de autorizaciones sanitarias.
Siguiendo con la publicación de las últimas licencias de actividad tramitadas, hoy os mostraremos nuestro trabajo sobre una Autorización sanitaria de Óptica y Audiometría, se trata de «OPTOTEKA ÓPTICA Y AUDIO» ubicada en el Paseo de las Acacias 30, 28005, Madrid.
Tal y como establece la Consejería de sanidad y conforme a la última normativa sanitaria vigente, el establecimiento cuenta con una amplia Zona de atención al usuario, de más de 10 metros cuadrados, otra zona de montaje (en este caso no se realizaba taller, solo montaje) con una superficie mínima de 4 metros cuadrados, también cuenta el establecimiento con gabinete para el desarrollo de las funciones optométricas y de contactología, con una superficie mínima de 8 metros cuadrados y por supuesto también con mobiliario destinado al almacenamiento de productos.
Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una nueva tienda muy especial para los amantes del punto: «Sweet Sixteen Craft Store”, situada en la calle Padre Damián 31, 28036, Madrid.
Si te gusta el handmade sin lugar a dudas Sweet Sixteen Craft Store es tu tienda. Una craft store en toda regla que empezó su andadura de la mano de Marian y Virginia, dos apasionadas de la costura y el handmade que unieron sus fuerzas y conocimientos y dieron vida a Sweet Sixteen. Ambas tienen su propia marca de ropa que puedes adquirir en la tienda, Vabim y Living the Crafts, y se han lanzado a la aventura abriendo un divertido local- taller en la zona de Cuzco, basado en el arte de coser (tendencia que lleva tiempo arrasando en otras ciudades, como Nueva York o Londres).
El local respira la filosofía de lo hecho a mano (handmade), con una decoración muy cuidada, llena de color y luz que te invita a entrar incluso desde la cera de enfrente. Allí se pueden comprar materiales para hacer todo tipo de labores: costura, ganchillo, punto, accesorios, etc. así como productos ya terminados. Para los amantes de estas actividades, entrar en ella es una perdición, engancha, ¡¡no puedes salir de allí sin nada!!
Lo mejor de todo que también podéis aprender a hacer todo esto ya que imparten clases en su maravilloso taller ubicado en la planta de abajo del local. Un taller equipado con todo lo necesario para aprender alguna de estas labores, máquinas, patrones…. Tienen clases continuas y monográficos muy interesantes, podéis encontrar todo el calendario e información sobre las clases en su web.
¿Estás pensando en dar el gran paso y abrir tu propio centro? Ya sea una consulta médica, una clínica dental, de fisioterapia, psicología, podología o cualquier otro servicio de salud, hay un trámite absolutamente crucial antes de abrir las puertas: la Autorización Sanitaria.
Hoy vamos a desglosar la documentación general que las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas suelen exigir para conceder esta autorización a un nuevo centro.
Este vídeo es una guía GENERAL. La sanidad es competencia autonómica en España, lo que significa que CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA tiene sus propios formularios, tasas, y requisitos específicos. SIEMPRE, SIEMPRE deberás consultar la normativa y los procedimientos exactos de la Consejería de Sanidad de TU Comunidad Autónoma.
¿Qué es la Autorización Sanitaria y Por Qué es IMPRESCINDIBLE?
La Autorización Sanitaria es el permiso que otorga la Consejería de Sanidad y que certifica que tu centro cumple con TODOS los requisitos de personal, de equipamiento y de funcionamiento necesarios para garantizar la seguridad y la calidad de la asistencia a los pacientes.
Sin esta autorización, simplemente, NO puedes operar legalmente. Abrir sin ella puede acarrear sanciones muy graves, incluyendo el cierre del centro.
Es importante diferenciarla de la licencia municipal de actividad o declaración responsable que concede el Ayuntamiento. Son dos trámites distintos y necesitarás ambos. La autorización sanitaria se centra específicamente en los aspectos de SALUD y seguridad del paciente y del personal.
Este proceso suele implicar dos fases principales, aunque a veces se tramitan juntas:
Autorización de Instalación: Permiso para realizar las obras o acondicionamiento del local según los requisitos sanitarios.
Autorización de Funcionamiento: Permiso para iniciar la actividad una vez que el centro está listo y se ha comprobado (normalmente mediante inspección) que cumple todo lo exigido.
Cuando estamos tramitando una licencia que requiere una autorización previa por parte de la Consejería de Sanidad, llega un momento en el que hay que abonar una serie de tasas en función del trámite que estemos realizando.
Ya sea que el local que vamos a abrir se destine a Micropigmentación y tatuajes, a medicina estética con bótox, a consulta médica, a clínica dental, etc., tendremos que pagar una serie de tasas:
Tasas Sanidad Apertura Nuevo Centro:
Si es un local sin equipos electromecánicos fijos (pequeñas consultas sin gran aparataje médico fijo como consultas médicas, psicología o fisioterapia), se puede tramitar directamente con Sanidad la autorización de «funcionamiento sin instalación» (Para establecer el local en cuestión como nuevo dentro sanitario): 96.21 €
Sin embargo, para los casos de locales que si cuenten con aparataje médico fijo, como puede ser el caso de una Clínica Dental o una Actividad con Rayos (TAC), la apertura de nuevo centro sanitario debe realizarse obligatoriamente en dos fases, cada una con su correspondiente tasa a Sanidad: Instalación: 222.02 € Funcionamiento: 318,27 €
Creación de depósito de medicamentos
Aparte del apartado anterior, cuando se precisa establecer un depósito de medicamentos en el nuevo centro sanitario, como es el caso por ejemplo de clínicas de medicina estética donde se aplique la toxina botulinica (bótox), se debe abonar además la tasa correspondiente a la creación de dicho depósito: Instalación: 120.05 € Funcionamiento: 200.09 €
Registro Centro Tatuaje, Micropigmentación y Piercing
Los centros donde se apliquen técnicas de Tatuaje, Micropigmentación y Piercing, precisan de un registro independiente en Sanidad que conlleva el pago de sus propias tasas: Autorización: 10,72 € Inspección: 60,03 €
¿Qué normativa existe sobre las luces de emergencia?
La normativa sobre luces de emergencia viene recogida en el actual Código Técnico de Edificación (CTE), donde se especifican las clases de alumbrado y cuándo y dónde éste es obligatorio.
¿Dónde deben ubicarse las luces de emergencia?
Las luces de emergencia deben situarse al menos a 2 metros sobre el suelo y además se dispondrá una por cada puerta de salida.
Como mínimo se situarán luces de emergencias en todas las puertas del recorrido de evacuación, en las escaleras (de modo que tenga alumbrado de emergencia cada tramo de escalera) y en los cambios de nivel, de dirección o intersecciones de pasillo.
¿DÓNDE ES OBLIGATORIO EL ALUMBRADO DE EMERGENCIA?
El Código Técnico de la Edificación indica, en su Sección SUA 4, que es obligatorio el alumbrado de emergencia en:
Los recorridos desde todo origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro y hasta las zonas de refugio, incluidas las propias zonas de refugio, según definiciones en el Anejo A de DB SI.
Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda de 100 m2, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan hasta el exterior o hasta las zonas generales del edificio.
Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra incendios y los de riesgo especial, indicados en DB-SI 1.
Los aseos generales de planta en edificios de uso público.
Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas.
Las señales de seguridad.
Los itinerarios accesibles. ¿Qué tipos de luminarias deben usarse?
La normativa no especifica un tipo de luminaria, es decir, cualquier luminaria puede ser susceptible de usarse como luz de emergencia. Eso sí, debe cumplir con los requisitos de iluminancia recogidos en el CTE. Dicho de otro modo, sería indiferente usar como luz de emergencia un sistema compuesto de bombillas LED, halógenas o de bajo consumo.
Lo importante es que dichas luminarias deben iluminar las zonas según marque el CTE y disponer de un sistema de autonomía de al menos 1 hora. En este sentido, las luces de emergencia LED suponen una ventaja respecto al resto, ya que su consumo es de unos pocos de watios y por tanto el sistema de autonomía puede ser más pequeño o si es del mismo tamaño, que aumente el tiempo de autonomía.
¿CUÁL ES SU FINALIDAD?
La finalidad del alumbrado de emergencia es:
Iluminar las señales de evacuación.
Proporcionar el alumbrado necesario en las vías de evacuación de manera que las personas puedan abandonar el local con seguridad a través de las salidas previstas para tal fin.
Asegurar que los diversos equipos de alarma y protección contra incendios puedan localizarse y usarse fácilmente.
Permitir que se puedan llevar a cabo las operaciones necesarias relacionadas con las medidas de seguridad.
Si estás pensando en comprar un negocio que ya está funcionando, traspasar el tuyo, o has heredado un local con actividad, este vídeo es FUNDAMENTAL para ti. Hoy vamos a desgranar un trámite clave con el Ayuntamiento: el cambio de titularidad de la licencia de actividad o de la declaración responsable.
Aunque puede parecer un proceso complejo, con la información adecuada y una buena preparación, se puede realizar sin mayores complicaciones. Pero si el proceso te parece complejo o no tienes tiempo, considera contratar a un técnico especialista. Te ahorrarás tiempo y problemas.
El cambio de titularidad es un paso crucial para asegurar que tu actividad se desarrolla dentro de la legalidad y evitar problemas futuros con la administración.
Es el procedimiento administrativo mediante el cual se comunica al ayuntamiento el traspaso de la responsabilidad de una actividad económica o negocio de una persona (física o jurídica) a otra.
Es importante destacar que este trámite no implica la concesión de una nueva licencia, sino la modificación de los datos del titular de una licencia ya existente.
Los casos más habituales son el traspaso de un negocio, la venta de un local con licencia de actividad, o la herencia de un negocio.
Aunque los requisitos específicos pueden variar ligeramente de un ayuntamiento a otro, existe una base común en la normativa que regula este procedimiento.
La información más precisa y actualizada la encontrarás en la sede electrónica o en las oficinas de tu ayuntamiento.
También puedes consultarnos como profesionales especializados en gestión y administración de licencias.
Advertencia: Este vídeo es una guía general. Cada Ayuntamiento tiene sus propias ordenanzas y formularios específicos. Así que, SIEMPRE, consulta la web de tu Ayuntamiento o con tu arquitecto de confianza.
Primero, pongámonos en situación. El cambio de titularidad es el procedimiento administrativo por el cual se transfiere la licencia de actividad (o la declaración responsable que habilita esa actividad) de un titular (el antiguo dueño) a otro (el nuevo dueño).
Es crucial entender que al cambiar la titularidad, el nuevo titular se subroga en todos los derechos y, muy importante, en todas las obligaciones que tenía el anterior respecto a esa licencia y a la actividad. Esto significa que asumes la responsabilidad de que el negocio cumple con la normativa.
Una condición esencial para que este trámite sea un «simple» cambio de titularidad, y no algo más complejo como solicitar una nueva licencia, es que NO se realicen cambios ni en la actividad ni en las instalaciones del local.