¿Cuáles son los requisitos para abrir una consulta de psicología?

¿Te gustaría abrir tu propia consulta de psicología?¿Quieres saber cuáles son los pasos necesarios para montar tu propia consulta?

Es normal que a la hora de montar un negocio nos asalten un montón de dudas, sobre todo cuando además hay que realizar trámites especiales como es el caso de las consultas de psicología y actividades sanitarias en general: ¿Cuáles son los requisitos del local? ¿Puedo montar mi consulta en casa? ¿Tengo que estar colegiado? ¿Cuáles son pasos necesarios para lograr que funcione, perdure en el tiempo y se convierta en un negocio rentable?.

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Una de las salidas laborales más comunes para los psicólogos es ejercer por su propia cuenta abriendo un consultorio privado. Sin embargo, la mayoría de los profesionales no conocen los requisitos para abrir una consulta de psicología.

Como es obvio, para poder ejercer la psicología en España es indispensable contar con un título oficial, licenciatura o grado en psicología. Contar con esta titulación es imprescindible, pero no es la única condición para poder ejercer como psicólogo o psicóloga.

Primero deberás conocer la diferencia entre ejercer la Psicología Sanitaria y Psicología Clínica:

Psicología Sanitaria U.900.1: Habrá que acreditar estar en posesión del título oficial universitario de Máster en Psicología General Sanitaria, o Certificado expedido por el titular de un registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios que le habilita para realizar actividades sanitarias en unidades asistenciales/consultas de psicología autorizadas.

Psicología Clínica U.70: (trabaja en sanidad publica y privada) Habrá que presentar el Título de la Especialidad en Psicología Clínica (P.I.R.).

El código de Clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios para los centros de Psicología es:

  • C.2.2. Consulta de otros profesionales sanitarios.

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REQUISITOS Y PASOS PARA ABRIR UNA CONSULTA PSICOLÓGICA

  1. Registrarse en el Colegio Oficial de Psicólogos, para lo cual debes estar en posesión del título oficial de Licenciatura o Grado en psicología.
  2. Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Al abrir una consulta de psicología, y por tanto ejercer la Psicología se considera una actividad económica por lo que, para abrir una consulta de psicología, es obligatorio darse de alta en Hacienda, en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  3. Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Siempre que se realice una actividad económica por cuenta propia y de forma habitual, será obligatorio darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), independientemente de la duración del trabajo y de la remuneración que se perciba.
  4. Contratar un seguro de responsabilidad civil (es recomendable hacerlo a través de tu colegio oficial). Los psicólogos, al igual que otros profesionales, necesitan disponer del seguro de Responsabilidad Civil para hacer frente a las posibles compensaciones económicas que deriven de las reclamaciones.
  5. Darse de alta en el Registro General de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios (obtener la autorización Sanitaria). Al incorporarte en el registro sanitario, podrás ejercer la psicología con las funciones propias del tipo de habilitación que poseas.

La mayoría de los trámites pueden realizarse de forma telemática, por lo que será obligatorio tener un Certificado Digital.

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Iluminación natural en comercios y oficinas

Utilizamos la luz solar como punto de referencia para nuestras vidas. Nos levantamos al amanecer y nos retiramos cuando oscurece. Está demostrado que quienes reciben mayor cantidad de luz natural durante el día, luego duermen mejor por la noche y se despiertan al día siguiente con más energía y lucidez.

ILUMINACIÓN NATURAL EN COMERCIOS Y OFICINAS

Bajo la iluminación natural mejoramos nuestro rendimiento laboral, soportamos mejor el estrés y sentimos menos fatiga ocular. Además, somos más proactivos y eficaces a la hora de tratar problemas y enfrentarnos a situaciones complejas.

En un local comercial, la luz natural favorece la sensación de bienestar. Por lo que si se emplea de forma inteligente influirá de manera positiva en la psicología del cliente, y éste se sentirá más motivado a comprar. Por eso actualmente se trabaja con este tipo de iluminación como si fuera otra herramienta de diseño y marketing, porque al contrario que la luz artificial, la claridad natural aporta calidez al ambiente además de iluminación.

En una oficina, los trabajadores que desarrollan sus tareas en un entorno de luz natural suelen tener menos problemas de salud que quienes realizan sus actividades en espacios cerrados sin ventanas. Esta información se puede verificar en los últimos informes que estudian el rendimiento de los trabajadores según los distintos tipos de iluminación ambiental a que están sometidos.

Pero  la incidencia de la claridad solar en un entorno laboral también presenta inconvenientes. La luz natural no se mantiene siempre uniforme en dirección e intensidad, sino que cambia con frecuencia a lo largo del día, dependiendo de la horas y de las condiciones atmosféricas.

Ademas, la claridad del Sol sobre los ojos puede ser demasiado intensa y producir deslumbramientos y molestias visuales. Lo mismo sucede con los reflejos de luz sobre una mesa, un cristal o un espejo. Por eso siempre se recomienda evitar la incidencia directa de los rayos solares sobre los puestos de trabajo. Para ello, lo correcto sería reducir su potencia y difuminarla con ayuda de cortinas, pantallas o estores.

También podemos jugar con los revestimientos de los locales, empleando acabados mates en paredes, techos y mobiliario. De esta manera reducimos la aparición de contrastes lumínicos, y de brillos y reflejos que deslumbren.

Pero es complicado llevar la luz natural a estancias sin ventanas en el interior del edificio. Una posible solución son los conductos reflectantes de luz solar, también llamados tubos solares que, mediante la reflexión del sol por su interior, provocan una iluminación cenital que evita los deslumbramientos. En reformacoruna.com tienes un artículo más detallado sobre esta instalación.

Sin embargo, esta solución no siempre es posible llevarla a la práctica, y además no sirve cuando lo que se pretende es enfatizar un rincón, un ambiente o un objeto. En este caso no quedará otro remedio que recurrir a una luz artificial o decorativa.

En la iluminación artificial no tenemos los colores ultravioleta ni infrarrojos procedentes de la radiación solar. Estos colores no son visibles al ojo humano, pero aportan salud y bienestar a nuestro organismo. Esto significa que nunca podremos conseguir un nivel de luz similar a la del sol, pero si imitarla y acercarnos a ella.

ILUMINACION NATURAL EN OFICINAS

 

Uno de los principales objetivos de luminarias es lograr que emitan una luz lo más parecida a la natural, para conservar nuestra visión y no forzarla al apreciar los detalles. Para ello se recurre actualmente a la tecnología LED, que consigue colores nítidos y naturales a cambio de un consumo muy reducido.

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¿Cuántos extintores necesito en mi local?

¿Cuántos extintores son obligatorios en los locales a la hora de tramitar la licencia de actividad?

Extintores

Los extintores son uno de los aspectos más importantes para la seguridad de las personas y de los bienes en cuanto a la protección contra incendios, y una de las dudas más comunes es el número de extintores que necesitamos en nuestro local. ¿cuántos extintores necesito?

Normativa contra incendios
En cualquier licencia de apertura para un local, garaje u oficinas se deben reflejar la posición y número de extintores.

Actualmente no existe una única normativa que indique la cantidad de extintores que se deben disponer en nuestro local, ya que depende principalmente de la actividad a desarrollar, por ejemplo si se trata de una actividad industrial se deberá cumplir el Real Decreto 2267/2004 – Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI), y además, el DB-SI-CTE. Documento Básico de Seguridad (SI) en Caso de Incendios del CTE.
clases de fuego extintores ABC
También deberemos tener en cuenta la ordenanza municipal, puesto que en ciertas ocasiones son mas exigentes, o indican aspectos no señalados en las normativas anteriormente mencionadas.

Es un error calcular en número de extintores según las medidas del local. Según el DB-SI del CTE el número mínimo de extintores es de uno (por planta) y de eficacia 21A-113B.
La cantidad de extintores se debe aumentar a razón de uno cada 15 m de recorrido en cada planta, desde todo origen de evacuación en locales y zonas de riesgo especial medio o bajo, o 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto.

Antiguamente se realizaba un cálculo del número de extintores por metro cuadrado… pero la normativa que así lo especificaba ya esta derogada.

Es habitual caer en el error de buscar una relación entre los metros cuadrados de un local y la cantidad de extintores necesaria, incluso ciertas empresas del sector aconsejan unas reglas aproximadas para orientar a sus clientes sobre el número de extintores que van a necesitar en su local (y así poner más extintores de los necesarios), pero a día de hoy en la normativa vigente, no existe una relación directa entre la superficie de un local y el número de extintores que debe llevar, siendo de aplicación exclusivamente el criterio señalado en el apartado anterior. Este error de concepto se debe a la anterior legislación, la CPI-96, que indicaba una relación en base a la superficie, a día de hoy esta ley se encuentra derogada aunque muchos «profesionales» la siguen aplicando por no estar actualizados en temas normativos.

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Cambio de titularidad de una licencia de actividad

Cuando se traspasa la titularidad de un negocio o actividad (entre dos individuos o sociedades, entre una sociedad y un individuo, etc.), es necesario comunicar a la Agencia de Actividades dicho cambio de titularidad, sólo para aquellas actividades sometidas al ámbito de aplicación de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas de la Ciudad de Madrid.

El cambio de titularidad sólo se podrá ejecutar si no se han realizado modificaciones de superficie, equipamiento o instalaciones respecto a la licencia concedida (por lo que hay que tener una copia de la licencia y los planos en nuestro poder para poder verificarlo) y además no ha estado sin actividad durante un tiempo (dependerá del Ayuntamiento). En caso contrario deberemos tramitar una nueva licencia de apertura.

Con el objeto de garantizar el ejercicio efectivo de la actividad por el nuevo titular y evitar eventuales perjuicios u obstáculos derivados de la actuación del anterior ejerciente, es conveniente, con carácter previo a la formalización del cambio de titularidad, informarse en el Ayuntamiento de Madrid sobre posibles expedientes disciplinarios o sancionadores (órdenes de demolición, ceses, precintos, clausuras, etc. ) que pudieran recaer sobre el local y que afecten al normal desarrollo de la actividad.

Cambio Titularidad licencia actividad

Pago tasas

Con motivo de la modificación de las Ordenanzas Fiscales, a partir del 1 de enero de 2021 deja de abonarse la tasa correspondiente a las transmisiones urbanísticas (cambios de titularidad) en el Ayuntamiento de Madrid (para realizar un cambio de titularidad ya no se abonan tasas).

Documentación

  • Solicitud en impreso normalizado.
  • Además de la solicitud, la comunicación del cambio de titularidad sólo será válida si se acompaña copia de la siguiente documentación:
    • Documentación genérica:
      • Documento que acredite, en su caso, la representación.
      • Escritura de constitución de la sociedad, para el caso de sociedades mercantiles.
      • Documento público o privado que acredite la transmisión «inter vivos» o «mortis causa» de la propiedad o posesión del inmueble, local o solar o, en su defecto, documento que acredite el consentimiento del/de la anterior titular de la licencia, comunicación previa o declaración responsable (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, testamento o documento legal que acredite la vinculación con el local).
      • Copia de la Licencia, Certificado de Conformidad o Declaración Responsable de la actividad a transmitir.
    • Documentación especifica para la actualización de los datos del cartel identificativo. Cuando la actividad objeto de cambio de titularidad esté sujeta a la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, además de la documentación genérica, se deberá aportar copia de:
      • Seguro que cubra los riesgos de responsabilidad civil e incendio del local, en la cuantía mínima vigente en cada momento (según el aforo del local), o certificado de la compañía aseguradora con idéntico contenido, así como justificante que acredite estar al corriente en el pago de dicho seguro en el momento actual.
      • Contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, con plan de revisiones periódicas por entidad competente designada por la persona titular, para los equipos de protección contra incendios, ajustado a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación.
      • Ficha técnica del local o establecimiento con arreglo al modelo que figura como Anexo lll del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

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¿Cómo usar el graffiti profesional una vez recibida la licencia de apertura?

Cada vez que se abre un local a pie de calle se ofrece una nueva oportunidad para centenares de jóvenes en busca de riesgo y adrenalina. En este sentido, grafiteros de todas las edades encuentran en persianas metálicas, ya sean onduladas o lisas, el lienzo perfecto para volcar su ego con la sociedad y estampar su nombre con letras y/o figuras en la calle.

Estas pintadas suelen ser realizadas en un espacio de tiempo inferior a los 5 minutos, pues es un acto ilegal y corren riesgo de que la policía o algún transeúnte les vea. Con la consecuente multa. Por ello, ¿por qué no agregar el toque de un grafitero profesional en Madrid en tu presupuesto para la decoración?

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En vez de dejar esos colores plata, negro y blancos una vez que el negocio esté abierto, decenas de empresarios y emprendedores de toda clase de comercios e industrias utilizan sus cierres metálicos exteriores para mostrar al público verdaderas obras de arte hechas a mano. Por ejemplo,centros de estética, ópticas, agencias inmobiliarias o autoescuelas.

De esta manera, se captará la atención de quien pase andando o en coche cerca del establecimiento u oficina en cuestión. Aún así, la belleza no tiene porque quedarse de puertas para fuera. Es así por lo que esos mismos propietarios incluyen en las paredes del interior de sus negocios otras decoraciones artísticas. Tanto en formato mural como en lienzo.

Proyectos decorativos en función de las licencias para los locales

Tal y como decíamos anteriormente, la decoración se realiza por encargo. Estas solicitudes personalizadas pueden contar con un acabado básico, incluyendo logotipo + eslogan de la empresa, intermedio o de alta gama. Según vaya subiendo el grado detalle, mayor será el presupuesto a gastar, pero también se creará un impacto visual superior.

No es necesario contar con ningún permiso del Ayuntamiento puesto que la acción está contemplada dentro de la normativa vigente para los proyectos de apertura. Esto es, decorar el interior del establecimiento tal y como mejor le parezca al dueño. Es su derecho, a la vez que responsabilidad. Cualquier local, ya sea de uso recreativo, administrativo, comercial, educativo o de espectáculo puede hacerlo.

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¿Qué precios tienen los graffitis sobre murales grandes de pared?

Según el valor actual del mercado del arte decorativo, podríamos delimitar el precio de un graffiti mural entre los 43€ y los 83€ el metro cuadrado, incluyendo mano de obra y el uso de materiales especializados. Es obvio que el costo total variará dependiendo de los requisitos presentados por el cliente.

Sirviendo como ejemplo el caso de los grafiteros que pintan sin permiso en las fachadas situadas en la vía pública, es habitual que se agregue un barniz antigraffiti al acabar con la decoración. ¿Para qué servirá eso? Lo que se logra es crear una película capaz de repeler el uso de la pintura en spray, o cualquier otro formato. Si la pintura sigue presente, bastará con una máquina de agua a presión para eliminar cualquier resto existente.

Por otra parte, si el cliente escoge la opción hiperrealista no solo se utilizarán botes de spray y brochas con acrílicos, sino que también se incluirá la ejecución con aerógrafo. Trazo fino, delicado y para un ajuste máximo del color y del degradado presente en la obra.

De igual manera en que ocurre con el estado de los cierres metálicos enrollables, también hay que tener en cuenta cómo se encuentra la pared. ¿Ha sido ya pintada por los albañiles o es un muro en crudo que no ha sido tratado anteriormente?

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Licencia de actividad y apertura Cafetería Take Away

Hoy os presentaremos las imágenes de una licencia de apertura y actividad de una cafetería Take Away que hemos realizado en pleno centro de Madrid, en la calle Villanueva 31, se trata de la cafetería Rocket.

Cafetería Take Away 7
Cafetería Take Away 1

Esta cafetería, con servicio take-Away tiene un peculiar estilo de fachada muy fácilmente reconocible desde el exterior, y con unos muy cuidados acabados interiores, donde se ha prestado especial atención al mobiliario y a la iluminación.

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Criterio interpretativo modificaciones en actividades recreativas (LEPAR)

A continuación les informamos en relación con dos criterios interpretativos que se nos han notificado desde la Agencia de Actividades de Madrid:

A) En el documento con fecha con fecha 11 de diciembre de 2019 «CA-03 AGENCIA /2019» correspondiente a los criterios de aplicación de la Agencia de Actividades de Madrid relativo a la tramitación de actuaciones en establecimientos LEPAR, en lo que se refiere a “modificaciones sustanciales”.

LEPAR

Según establece el punto 6 del artículo 8 la LEPAR, será necesaria la obtención previa de nueva licencia de funcionamiento para la modificación de la clase de espectáculo o actividad a que fuera a dedicarse el establecimiento y para la reforma sustancial de los locales o instalaciones. Cualquier otra modificación y los cambios de titularidad deberán ser comunicados a los Ayuntamientos.
En este documento se distinguen dos niveles de modificación de  las actividades:

1. Modificaciones que requieran la obtención de una nueva licencia de funcionamiento:
– Modificaciones de la clase de espectáculo o actividad.
– Reforma sustancial de los locales e instalaciones.

2. Modificaciones para las que se requiera una mera comunicación al Ayuntamiento:
– Cualquier modificación (distinta de las dos anteriores).
– Cambios de titularidad.

La LEPAR establece que en este último caso no será necesaria una nueva licencia de funcionamiento y determina que aquellas obras o actuaciones que no afecten a la actividad (que no impliquen un aumento de superficie, ni afecten al aforo, etc…), estarán exentas de una nueva licencia de funcionamiento y su tramitación será equivalente al de las actuaciones que no están sometidas a la LEPAR, por lo que su tramitación se realizará a través de la correspondiente inspección por parte de una ECU

B) Desde la Agencia también se hace referencia a los supermercados en los que se instalen mesas para tomar algo o comer platos preparados y aclara que dichas mesas pueden entenderse como zonas de descanso pertenecientes a la propia actividad comercial y no como una actividad de restauración debido a que no disponen del servicio de atención a las mesas propio de cafeterías o similares.

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