Autorización de terraza hostelería

RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE TERRAZAS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE TERRAZAS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN RELATIVA A LAS MEDIDAS DE APOYO A LAS TERRAZAS A CONSECUENCIA DEL ESTADO DE ALARMA POR LA CRISIS COVID-19.

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ÁMBITO TEMPORAL DE LAS MEDIDAS QUE SE ADOPTEN

La vigencia de estas medidas de carácter extraordinario así como de las autorizaciones que se otorguen a su amparo, será desde el momento en el que el Gobierno de Nación autorice la instalación de las terrazas, y hasta el 31 de diciembre de 2020 sin perjuicio de que esta Comisión, previa revisión y valoración de las circunstancias sociales existentes, considere necesario acordar una ampliación.
Atendiendo al carácter temporal de las autorizaciones que se otorguen con arreglo a estos criterios de flexibilización, las terrazas que se encontrasen autorizadas con anterioridad a la aprobación de estas Medidas de apoyo recuperarán su plena vigencia al término de la vigencia de estas últimas establecido en el párrafo anterior, no siendo preciso que sus titulares tengan la obligación de solicitarlas de nuevo.

ÁMBITO SUBJETIVO y OBJETIVO DE LAS MEDIDAS QUE SE ADOPTEN

a. Autorizaciones preexistentes así como nuevas solicitudes de instalación que se acojan a estos criterios de flexibilización extraordinarios, teniendo en cuenta que perderán su vigencia cuando se agote la vigencia de estas medidas.
b. Elementos permitidos: La ocupación de superficie que se autoriza conforme a estos criterios o medidas de apoyo, sólo podrá realizarse con los siguientes elementos: mesas, sillas, sombrillas móviles, elementos separadores móviles y elementos industriales móviles.
c. La ampliación de superficie también se autorizará a las terrazas que tengan construcciones ligeras, pudiendo únicamente instalar, en el exterior de la construcción, los elementos señalados en el apartado anterior, sin que pueda suponer una ampliación de la citada construcción.

CRITERIOS INTERPRETATIVOS

A continuación de cada epígrafe del artículo correspondiente, se establecen los criterios interpretativos adoptados bajo el criterio de la flexibilización de las instalaciones con carácter provisional y extraordinario:

Artículo 7.Disposiciones técnicas de superficie para ubicación de la terraza.
La superficie de ocupación se expresa en metros cuadrados, que se obtienen de multiplicar la longitud de la terraza por el fondo de acera a ocupar, en aplicación de los criterios contenidos en este artículo. Son criterios de superficie de ocupación:

a) Las terrazas se disponen longitudinalmente en la línea de bordillo de la acera, frente a la fachada del establecimiento y en su caso, la de los colindantes. Si más de un establecimiento de un mismo edificio solicita autorización para la instalación de terraza, cada uno puede ocupar la longitud del ancho del frente de su fachada, repartiéndose el resto de la longitud de la fachada del edificio común y la de los colindantes a partes iguales. Cuando se instalen elementos de los regulados en el artículo 5 se instalarán en el espacio proyectado del ancho de la fachada ocupada por el establecimiento, pudiendo ampliarse cuando se acredite documentalmente
conformidad de los colindantes.

Se pone de relieve la posibilidad, ya prevista en este precepto, de que las terrazas podrán extenderse longitudinalmente en la proyección de la fachada de los establecimientos colindantes siempre que se respete el espacio suficiente para acceso al establecimiento así como la máxima visibilidad posible de escaparates y carteles identificativos de la actividad, utilizando únicamente los elementos previstos en el artículo 6 de la ordenanza.
Las terrazas, además de situarse frente al establecimiento y sus dos locales colindantes, podrán extenderse a lo largo de la totalidad del edificio en el que se encuentre y de sus edificios colindantes.
En el caso que el edificio colindante, cuya línea se proyecta para este incremento de superficie provisional, sea a su vez colindante de otro establecimiento, deberán repartirse la longitud de su fachada a partes iguales.
Si en virtud de la aplicación de estos criterios se instalaran sombrillas frente a los establecimientos comerciales, estas sombrillas deberán permanecer cerradas mientras las mesas estén desocupadas al fin de no perjudicar la visibilidad de los citados comercios.
No obstante, se considera que a tenor de lo dispuesto en el artículo 12.d) de la Ordenanza, en cuya virtud Sólo se permite la colocación del nombre del establecimiento y de su logotipo en la parte superior de la estructura de la construcción ligera, del toldo y de las sombrillas, es admisible en esta situación de excepcionalidad, que las sombrillas ubicadas delante del establecimiento comercial puedan llevar su nombre y/o logotipo, atendiendo a las dimensiones previstas en ese mismo precepto.
Esta ampliación se entiende como un máximo, es decir, únicamente por el espacio equivalente al mismo número de mesas y sillas que las que les correspondería al local conforme la ordenanza actual o en su autorización preexistente, de modo que permita mantener la distancia social sin reducir mesas.
En el caso de existir un portal o entrada de vehículos interpuesto, la superficie de la terraza se podrá prolongar una vez sorteado este.
En esta situación de excepcionalidad se admitirá la ocupación de la terraza en las intersecciones de las calles que no dan frente a la fachada del establecimiento (en la curva), únicamente con mesas y sillas para evitar restar visibilidad en la circulación rodada. Además se podrán instalar sombrillas, siempre colocadas en posición vertical y sin toldos laterales, en los cruces que cuenten con semáforo.

b) La anchura libre de paso para los peatones no puede ser inferior a 2,50 metros, respetándose un itinerario de forma continua, evitando quiebros a lo largo de una línea de manzana.

Se deberá tener cuenta el eventual espacio necesario, en función del ancho del acceso a cada establecimiento, para garantizar un corredor o espacio suficiente que permita guardar la espera para acceder al establecimiento procurando no interferir en el espacio para los viandantes.

c) La ocupación no puede sobrepasar el 50 por ciento de la anchura del espacio donde se instalen las terrazas.

En esta situación se considerará que la anchura de la acera se cuenta desde la línea de bordillo hasta la fachada de la edificación, incluyendo posibles zonas ajardinadas, parterres, zonas terrizas o similares, o cualquier obstáculo, mobiliario urbano y arbolado. No obstante, se deberá respetar en todo caso una zona libre de paso de 2,50 m.

d) En aquellos espacios en los que exista acera-bici, la instalación de terrazas se puede autorizar si el resto del espacio cumple las condiciones espaciales establecidas en esta ordenanza, considerando la acera-bici como zona de calzada.

Toda vez que el artículo 8 prevé una distancia desde la terraza a la acera-bici de 0,50 metros, quedando garantizada la seguridad tanto de peatones como de ciclistas, este carril-acera bici computará a los efectos de lo señalado en el punto anterior, es decir, cuenta como parte de la acera.

e) En las zonas ajardinadas con vegetación o sobre zonas con rejillas no se pueden instalar terrazas.

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Precio de una licencia de actividad y apertura

¿Cual es el precio de una licencia de apertura?

Una de las preguntas más frecuentes a la hora de montar un nuevo negocio o iniciar una nueva actividad es saber cual es el precio total que supondrá una nueva licencia de apertura, incluyendo todos los costes totales,  tanto las tasas que se hay que abonar en el Ayuntamiento (ICIO, Aval Residuos…) como el precio del proyecto técnico.

formularioNo existen unas tasas o un precio fijo ya que las tasas las dictamina cada Ayuntamiento independientemente en función de ciertos parámetros tales como el tipo de actividad que se va a iniciar,  la situación del inmueble así como de la superficie del mismo, por lo que hay que consultar directamente cada caso a cada Ayuntamiento en particular para conocer el importe exacto de las tasas para la tramitación de la licencia, aunque como norma general tenemos los siguientes pagos:

Una tasa por el tipo de obra, procedimiento y superficie, dependiendo de si es una actividad inocua o calificada, en éstas últimas también se calcula teniendo en cuenta los elementos industriales declarados y sus potencias.

Otra tasa de ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que en el Ayuntamiento de Madrid (como en casi todos los Ayuntamientos por lo general) es el 4% del presupuesto del proyecto presentado, cabe decir que actualmente hay una bonificación del 95% sobre el ICIO por lo que actualmente este importe es muy pequeño (por cada 1.000€ de presupuesto se pagan 2€ de ICIO).

En el caso de realizar obras también habrá depositar un aval para la Gestión de los Residuos de Obra (cuyo mínimo son 150€).

El coste de total de las tasas de los Ayuntamientos suele oscilar entre los 800 € y los 1.600 €, pero depende en gran medida de la obras a realizar y de la superficie del local.

expedeienteEn cuanto al proyecto técnico, éste lo realizan empresas o profesionales que fijarán su precio por el desarrollo del mismo y al igual que los ayuntamientos lo habitual es fijar los honorarios principalmente en función de la ubicación del inmueble (desplazamientos), tipología de la actividad (calificada o inocua), la superficie de actuación, protecciones o condiciones urbanísticas y el procedimiento a seguir (Declaración Responsable o Licencia). (Pídenos presupuesto sin compromiso)

Las Licencias de Actividad que se tramitan habitualmente por el procedimiento de «Declaración Responsable» en ocasiones, y dependiendo del Ayuntamiento, no precisan de proyecto firmado por técnico, pero aún así los Ayuntamientos si que exigen presentar cierta documentación (memorias y planos acotados y superficiados de plantas, alzados y secciones, así como planos de las instalaciones, especialmente las de protección contra incendios) que muy a menudo es difícil de presentar por una persona no especializada en este tipo de tramitaciones, y por tal motivo es aconsejable que la realice igualmente un técnico especializado, teniendo en cuenta que en los casos de fachadas protegidas o edificios históricos o catalogados será exigible la firma de un Arquitecto.

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Licencia apertura clínica dental

¿Cuales son los requisitos para abrir una Clínica Dental?

En este artículo te comentaremos cuales son los requisitos para abrir tu propia clínica dental, desde las condiciones del local hasta los trámites a realizar.

1. Requisitos del local

Las clínicas dentales dispondrán de los siguientes espacios para garantizar una asistencia sanitaria segura:

  • Zona de espera
  • Zona asistencial
  • Zona de instalaciones y servicios generales.
  • La sala de tratamiento dispondrá de un área de preparación de instrumental.
  • En caso de realizar vaciado de impresiones existirá un área específica destinada a este fin.
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Deberás seleccionar un inmueble lo suficientemente grande para cumplir con la superficie necesaria para cada área:

  • Sala de espera y recepción: Orientativamente de 10 m2 hasta 20 m2 pero dependerá del nº de gabinetes del local.
  • Despacho de administración: unos 9-10 m2.
  • Aseo: 5 m2.
  • Gabinetes generales: mínimo 8 m2.
  • Gabinetes para cirugía (implantes dentales) : 12 m2 mínimo.
  • Sala esterilización: unos 3 m2 mínimo.
  • Sala de ortopantomógrafo: 4 m2.
  • Office de personal: entre 5 y 10 m2, según el número de trabajadores de la clínica.

También debemos comprobar que el local sea accesible o que tenga posibilidad de serlo, salvo las excepciones contempladas en normativa, ya que debemos garantizar que los servicios que ofrecemos sean accesibles.

2. Coste de las Obras

El coste de las obras dependerá en gran medida del estado, características y superficie del local elegido.

Los baremos estimativos pueden rondar desde los 300 €/m2 si sólo necesitamos un cambio de acabados, hasta los 1.000 €/m2 si necesitamos una reforma completa con instalaciones.

Debemos añadir a esta nuestra estimación los gastos de tasas municipales y autorizaciones sanitarias así como el gasto en mobiliario y equipamiento dental específico.

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Equipamiento sanitario

  • Todas las clínicas dentales dispondrán del equipamiento necesario para desarrollar adecuadamente las actividades sanitarias que realicen. Dada la especial complejidad de la actividad desarrollada por determinados centros o servicios sanitarios, deberán disponer además del equipamiento sanitario específico. En particular, las instalaciones y equipos radiológicos cumplirán en todo momento con la normativa estatal y autonómica vigente en esta materia.
  • Contarán con un inventario del equipamiento que posean, debiendo tener siempre disponible y accesible los planos de las instalaciones, los manuales de funcionamiento de los equipos, manuales de conservación y mantenimiento y los registros periódicos de dichos equipos, de las calibraciones, accidentes y/o averías.
  • Cuando se empleen medicamentos o productos sanitarios termolábiles, que precisen el mantenimiento de la cadena de frío para su conservación, el centro o servicio deberá disponer de un frigorífico específico para su conservación, equipado con termómetro de máximos y mínimos.
  • Para las salas de exploración, tratamiento y obtención de muestras se deberá disponer de sillón o camilla, en función del tipo de atención sanitaria que se realice.

El equipamiento de clínicas dentales debe ser:

  1. Sillón odontológico reclinable y con posición de Trendelenburg.
  2. Lampara articulada de iluminación adecuada a las intervenciones odontoestomatolégicas.
  3. Aire a presión con módulos de instrumental rotativos (turbina, micromotor) y jeringa con funciones de aire-agua-spray.
  4. Sistema de aspiración.
  5. Escupidera con agua corriente para su limpieza automática o embudo escupidor conectado al sistema de aspiración.
  6. Negatoscopio.

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3. Licencia de actividad y autorización Sanitaria

Se solicitará las licencias de actividad. La tramitación y los tiempos varían dependiendo de cada Ayuntamiento, en algunos será suficiente con la presentación de una Declaración Responsable, en otros necesitaremos Licencia de Obras, Licencia de Actividad y/o Licencia Medioambiental. También dependerá de si en el centro se dispondrán máquinas de rayos X de alta intensidad (TAC u ortopantomógrafo) y del nº de personal sanitario del centro.

También será necesario tramitar la autorización sanitaria obligatoria en la Conserjería de Sanidad. Se redactará la memoria explicativa del centro sanitario con los apartados exigidos. Con ella, podremos tramitar la autorización de instalación, previa al inicio de las obras.

Una vez finalizada la obra, recopilaremos la documentación administrativa necesaria para la solicitud de la autorización de funcionamiento.

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Modificación Ordenanza terrazas BOCM

Con fecha 31 de enero de 2022 se publicó en el BOCM la aprobación de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero, por la que se modifica la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, de 30 de julio de 2013, que entró en vigor el día 1 de febrero de 2022.

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Las modificaciones más importantes que introduce esta ordenanza son:

-Se elimina el sistema de módulos de mesa y cuatro sillas y se reemplaza por una asignación de metros cuadrados de acera donde el empresario podrá poner las mesas y sillas que le quepan en ese espacio.

-En las mesas, sillas, sombrillas y elementos separadores podrán llevar la publicidad del logo de la empresa suministradora del mobiliario, pero con unos límites de tamaño de 0,015m2. Igualmente, el mobiliario no tiene que estar homologado, pero sí deberá ser aprobado por la Junta Municipal en el momento de presentar la solicitud de la terraza, como ya se recogía en la ordenanza anterior.

-Las sillas y mesas deberán llevar en las patas tacos de goma que minimicen el impacto sonoro a la hora de recoger y montar la terraza.

-No se permite apilar el mobiliario de la terraza en la calle salvo que se autorice expresamente cuando se solicita la terraza.

-La nueva ordenanza no exige un mínimo de ancho de acera para poder poner terraza, sino solamente que quede un espacio libre de paso de 2,5 metros.

-Se elimina la limitación máxima de los 100 metros de terraza.

-Se elimina el máximo de ocupación de acera por escalas, que oscilaba entre el 40% y el 50% de ocupación máxima, y se establece de forma global una ocupación máxima del 50% de la acera.

-En las calles peatonales será necesaria una acera de un ancho mínimo de 5 metros (en lugar de los 6 metros que contemplaba la ordenanza anterior), y se deben dejar 3,5 metros de espacio libre de paso.

-Será necesaria una declaración de hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

-En las construcciones ligeras (cerramientos estables de las terrazas) habrá que tener en cuenta la normativa de la Ley Antitabaco y no pueden tener más de tres cerramientos laterales y ninguno de ellos dará frente a la parte de tránsito de peatones.

-Se prohíben los toldos en aceras menores de 5 metros.

-Se aprueban unas nuevas multas “coercitivas”.

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En el siguiente enlace puede consultar la Ordenanza:

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Pasos para montar un negocio

Emprender no es tarea fácil, y más en los tiempos que corren, los que se han lanzado saben perfectamente cuánto cuesta abrir un negocio. Normalmente a la persona que se está planteando montar un nuevo negocio desde cero le asaltan un millón de dudas acerca de cuales son los pasos para montar un negocio, como si la idea es buena, si tiene futuro o si es rentable.

Si eres de los que está pensándose el montar o no su propia empresa, o de los que ya tienen decidido su futuro negocio, seguro que estos pasos te ayudaran a decidirte y a afrontar esta nueva etapa.

Pasos para montar un negocio

  1. Razones para iniciar tu negocio

Muchas personas comienzan esta nueva etapa como emprendedores con el único fin de ganar dinero, y esto es un error. Por supuesto que querrás ganar dinero con tu negocio, eso está claro, pero no debe ser la idea principal ya que si es así, el negocio fracasará ante cualquier contratiempo.

Un consejo para no perder el norte en este difícil camino es el de anotar las razones por las que abriste el negocio en un folio y siempre ser fiel a ellas, de esta manera cada vez que surja un problema tendrás razones suficientes para continuar con tu proyecto.

 

  1. Establecer un modelo de negocio rentable

Una vez tengas elegida tu idea y las razones sobre las cuales se va a construir este nuevo negocio, el siguiente paso es el de plantear un modelo de negocio que sea rentable. Para que este modelo sea el adecuado lo mejor es responder a las siguientes preguntas sobre tu negocio:

  • ¿Cuál es el producto o servicio?
  • ¿Fabricación o comercialización del producto?
  • El público objetivo de mi producto o servicio
  • Ventajas de mi producto ante la competencia
  • Desarrollar la idea de negocio

Si puedes responderlas y defiendes tu respuesta con argumento estarás un paso más cerca de crear tu negocio

 

  1. El plan de negocios

Este es un punto importante y que la mayoría de emprendedores realiza sin ni siquiera entender su utilidad.  El plan de negocios te permite organizar tu idea y simular el rendimiento que tendrá en el mercado.

Cuando necesitas encontrar fuentes de financiación la mejor manera de atraerles al proyecto es un buen plan de negocios, para el que una asesoría de empresas te puede ayudar enormemente.

 

  1. Financiación del negocio

Al principio tendrás que recortar los gastos todo lo que puedas para evitar caer en el error del sobre endeudamiento. Por eso al principio si necesitas ayuda con la financiación recuerda que debes elegir las tasas de interés más bajas y las que te den las mejores facilidades de pago.

Como hemos dicho en el punto anterior, una buena forma de buscar financiación es tener un buen plan de negocios.

 

  1. Promueve tu negocio

Una vez que ya tengas tu negocio es hora de darlo a conocer y para ello utiliza todas las vías que te sean posibles, siempre y cuando estas te hagan llegar a tu público objetivo.

No te olvides de crear un buen sitio web y redes sociales, ya que serán un escaparate 24 horas disponibles de tu negocio en Internet.

 

  1. Contratar una asesoría para tu empresa

Una vez que has llegado a este paso y ya has montado tu propia empresa es importante que tengas en cuenta que la opción de contratar una asesoría de empresas es muy recomendable, ya que te ayudará a llevar los temas más delicados como es la fiscalidad y legalidad laboral de tu empresa. La contratación de asesores profesionales te permite invertir más tiempo en el desarrollo de tu nueva negocio, y dedicarte para lo que verdaderamente te has preparado.

 

  1. Estrategia de crecimiento

Muchas veces cuando hemos conseguido sacar nuestro negocio adelante y nos encontramos estabilizados nos acomodamos y con ello estancamos el crecimiento del negocio, pero debes saber que un verdadero emprendedor nunca se conforma y siempre quiere más.

Se puede hacer crecer un negocio de diversas maneras, pero siempre tienes que tener en mente una estrategia de crecimiento que te permita enfocar tu negocio de la manera correcta.

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Licencia de Apertura y Actividad Bar Cafetería Gastroteca

Hemos realizado el proyecto y tramitado la licencia de apertura y actividad de un espacio realmente muy especial. Este nuevo local está destinado a ser un Gastroteca con una decoración muy especial y está ubicado en el Paseo de la Chopera, 132, 28100 Alcobendas.

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Como todo local de actividad recreativa, debe cumplir con la normativa municipal en especial en materia de accesibilidad, ventilación y seguridad frente a incendio.

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Cuenta evidentemente con una amplia barra para las degustaciones, una mesa muy catacterística en la zona central especialmente indicada para el público de pie y por supuesto de una zona de mesas para disfrutar más tranquilamente del ambiente.

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Las zonas de servicios, almacenes y cocina se ubican al fondo del local, permitiendo así que toda la zona «noble» destinada al público goce de la luz natural de los ventanales.

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VENTANILLA ÚNICA DEL EMPRENDEDOR, asesoramiento gratuito para comenzar tu empresa

Si estás pensando en comenzar un negocio, si quieres iniciar una empresa, pero no sabes cómo…. o si quieres conocer cuales son los trámites necesarios, debes conocer la Ventanilla Única el Emprendedor.

¿QUÉ ES LA VENTANILLA ÚNICA DEL EMPRENDEDOR?

La Ventanilla Única del Emprendedor es un espacio centralizado de información sobre el emprendimiento, los pasos y los trámites administrativos para la creación de empresas y sobre las ayudas, licencias de actividad, autorizaciones sanitarias, subvenciones, líneas de crédito bancario y otros recursos disponibles de apoyo a las personas emprendedoras.
Además ofrecen asesoramiento técnico en materia de adecuación de locales comerciales para el inicio de actividades económicas.

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Es un servicio público y gratuito del Ayuntamiento de Madrid para:

  • Informar sobre las formas jurídicas: empresario individual (autónomo), empresario de responsabilidad limitada, comunidad de bienes, sociedad civil, sociedad limitada nueva empresa, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad limitada de formación sucesiva, sociedad anónima, sociedad anónima laboral, sociedad limitada laboral, cooperativa de trabajo asociado, empresa de inserción, etc.
  • Asesorar sobre la forma jurídica más idónea a tus condiciones y a tu proyecto.
  • Tutorizar y tutelar tu plan de empresa, imprescindible para poner en marcha tu idea. Disponemos de dos herramientas que te permitirán desarrollar tu idea de negocio: manual del plan de empresa y simulador
  • Estudiar y valorar la viabilidad de tu plan de empresa para solicitar financiación bancaria.
  • Evaluar si tu proyecto responde al concepto de emprendimiento social y su viabilidad.
  • Informar sobre los recursos para evaluar tu proyecto tecnológico.
  • Informar sobre las condiciones necesarias del local.
  • informar sobre las licencias de actividad necesarias.
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Contenido mínimo de la memoria medio-ambiental de las actividades industriales

CONTENIDO PARA LA ELABORACION DE LA MEMORIA MEDIO-AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES

Según establece el art. de la OGLUA las actividades industriales deberán someterse a informe ambiental de actividades.

Dichos proyectos deberán contener una memoria medio-ambiental que constituirá un apartado específico y diferenciado dentro del proyecto técnico adjunto a la solicitud de licencia.

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Muchas son las dudas de la documentación que debe contener la memoria medio-ambiental que acompaña a estos proyectos por lo que aprovechamos para presentar un esquema básico de la documentación exigida:

–      Tipo de licencia de actividad que se solicita (nueva implantación, ampliación o modificación).

–      Descripción de la actividad.

o  Características.- Definir de forma clara y completa de qué activad o proyecto se trata, especificando los procesos productivos y operaciones que se realizan, materias primas y auxiliares utilizadas, energía consumida, caudales de abastecimiento de agua, así como los productos y subproductos obtenidos.

o  Superficie.- Indicar la superficie del conjunto de la instalación y de las distintas dependencias que la conforman, señalando los usos a que se destinan

Contenido memoria ambiental

o  Horario de funcionamiento.- Indicar el horario de funcionamiento previsto para la actividad

o  Relación de maquinaria.- En la relación de maquinaria se incluirán todos los elementos y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad especificando sus características técnicas.

–      Características del emplazamiento

o  Planeamiento urbanístico aplicable.- Se indicarán las determinaciones del PGOUM en el ámbito de implantación de la actividad, detallando los usos permitidos y prohibidos y las condiciones de uso, teniendo en cuenta la Norma Zonal de aplicación.

o  Características acústicas de la zona.- Indicar el tipo de Area de Recepción Acústica del emplazamiento, según establece el art. 15 de la OPCAT.

o  Características del emplazamiento y su entorno

  • En suelo urbano
  • Características del edificio en el que se ubica el local (residencial, oficinas, edificio exclusivo, ….)
  • Uso actual de todos los pisos, locales y edificios colindantes: derecha, izquierda, fondo, encima y debajo de la actividad, así como los usos del edificio situado frente al local.
  • Anchura de la calle
  • Si el local no colinda con viviendas, indicar la distancia a las viviendas más próximas u otros usos sensibles (hospitales, centros educativos, etc…)
  • En suelo no urbano
  • Describir las características medio-ambientales del emplazamiento y su entorno, previamente a la implantación de la actividad, señalando la distancia a las edificaciones más próximas con indicación de usos.

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Licencia declaración responsable: Sala de Escape CLUE HUNTER

Hemos tramitado la licencia de actividad por declaración responsable de una nueva sala de escape: “CLUE HUNTER”, situada en la calle Juanelo 13, 28012, Madrid (Tirso de Molina y La Latina).

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¿Cansado de hacer siempre lo mismo? ¿No sabes qué hacer en Madrid? Clue Hunter te ofrece una original actividad de ocio en Madrid. Se trata de un concepto de juego de sala de escape en el que tendrás que salir de una habitación y resolver misterios a contrarreloj.

Ya sea entre amigos o familiares, para empresas, gamers o frikis, e incluso para turistas y viajeros, Clue Hunter os proporciona una hora de ocio inolvidable. Algo imprescindible que tienes que hacer en Madrid.

Si estás pensando en qué hacer con tus amigos o que actividades de ocio puedes realizar en familia en Madrid, sorprende a los amigos o pasa un divertido día con tu familia con una experiencia única en nuestros juegos de escapismo. Disponen de varios juegos y salas ¿Te atreves?:

1- ATRAPADOS EN EL SOTANO
Os han encerrado y sólo tenéis una hora antes de que llegue vuestro captor. El primer escape room de miedo de España. Seréis encerrados en el sótano de una casa perdida en la montaña y nadie puede acudir a salvaros, vuestra única forma de escapar del inquietante propietario será utilizando vuestro ingenio y percepción.

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2- HOLMES VS MORIARTY
Homenaje al famoso personaje de Sir Arthur Conan Doyle, el profesor James Moriarty, el mayor enemigo de Sherlock Holmes, prepara un plan maligno. Como sabuesos de Holmes os adentráis en su guarida bajo las instrucciones de vuestro maestro. Tendréis que investigar y averiguar sus planes e intentar escapar con vida en menos de 60 minutos. Demuestra que eres más inteligente que Moriarty.

3- ASESINATO EN EL TREN
Durante una travesía en tren, uno de los pasajeros es asesinado. Los principales sospechosos son el resto de viajeros. Disponéis de una sola hora para resolver el incidente, antes de llegar a la próxima parada y que el asesino pueda escapar. ¿Quién será el asesino?, ¿qué método habrá usado para matar a la víctima? y ¿cuál será el móvil?.

EVENTOS ESPECIALES
Para grupos de más de 16 personas podemos ofrecer una actividad diferente.
¿Cuáles son tus necesidades: una despedida de solteros/solteras diferente, un cumpleaños, una petición de matrimonio…?

licencia declaracion responsable juego de escape
Actualmente tienen disponible una actividades de sala de escape para grandes grupos llamada “el tesoro de Calicó Jack”. Se trata de un juego donde los jugadores forman varios equipos en una misma sala. Es un concepto distinto al de un “escape room”, en este caso tendréis 1 hora para resolver todos los enigmas y encontrar el tesoro. ¡enfréntate al resto de equipos corsarios!

Si tu grupo es de menos de 5 personas, no te preocupes porque no jugarás con desventaja; completan los equipos con otros grupos, hasta llegar a 5 personas. Acuérdate que debes adquirir tantas plazas como miembros seáis en tu grupo.

Team Building y actividades para empresas
También puedes organizar una sesión con tus compañeros o empleados en uno de sus juegos de escape. La mejor forma de trabajar en equipo y que la gente lo pase bien. Descubre con Clue Hunter una actividad de team building ideal para fomentar el trabajo en equipo

Los escape room, o salas de escape,  son juegos perfectos para estrechar lazos entre compañeros de trabajo, ya que se trata de un juego cooperativo en el que es esencial el trabajo en equipo y la comunicación. Podéis participar hasta 5 compañeros de trabajo al mismo tiempo y en breve hasta 10.

Los juegos han sido diseñados para que sea necesaria la cooperación entre los jugadores o no se conseguirá escapar de la habitación. Trae a tu empresa y conoceos jugando.

Propicia el liderazgo
El juego de escapismo está controlado en todo momento por el personal de Clue Hunter mediante cámaras de vídeo y micrófonos, lo que permite identificar el rol de liderazgo de cada equipo.

Hay muchas cosas qué hacer de turismo por Madrid, pero ninguna actividad de ocio será tan inolvidable como una experiencia única en Clue Hunter.

ACCESIBILIDAD
Para este tipo de actividades y según la normativa vigente, el local es totalmente accesible, sin embargo, y aunque la mayor parte de la diversión Clue Hunter requiere trabajo intelectual y de lógica, hay algunas partes físicas más pequeñas en el juego, por lo que se recomienda tener al menos un miembro en el equipo sin problemas de movilidad. Las salas de juego son lo suficientemente amplias como para acceder con muletas y las habitaciones son adecuadas para usuarios de silla de ruedas.
El juego tiene música de fondo y efectos de sonido que alertan a los jugadores sobre la incorporación de algunas pistas electrónicas. No existe un sistema de asistencia auditiva durante el juego, así que se aconseja que al menos un miembro no tenga problemas de audición. El nivel de iluminación es medio en todas las habitaciones y la recepción del juego.

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Todos los juegos de escape son únicos y originales, han sido diseñados para que disfrutes al máximo de una experiencia inolvidable en Clue Hunter. Cada juego está pensado para un máximo de 5 personas y un mínimo de 2, aunque para “Atrapados en el Sótano” recomendamos 3 jugadores cómo mínimo, dada la dificultad del juego.
Cualquier persona puede jugar en Clue Hunter Madrid, no necesitas ser un genio de las matemáticas. Lo único que necesitarás será imaginación, ingenio y trabajo en equipo. Es un juego para adultos, pero es posible venir en familia con niños a partir de 14 años.
No lo dudes, pruébalo y sorpréndete.

Podéis obtener más información en:
Web: www.cluehuntermadrid.com
Teléfono: 911-150-439
E-mail: madrid@cluehunter.es

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