¿Cómo montar y tramitar la Licencia de Actividad para una tienda de ropa?

Hoy hablaremos de cómo montar y tramitar la Licencia de Actividad para una de tienda de ropa (y en general: cualquier tienda).

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Abrir una tienda de ropa es un negocio serio. Esta es una industria que puede ayudarte a ganar unos buenos ingresos estables cada mes, y en la que tendrás muchas posibilidades de expandirte en el futuro.

La moda es un negocio que genera mucho dinero en cualquier zona.

Cada año, billones de personas añaden nuevas prendas a sus armarios y, aunque hay competencia al igual que en otros sectores, hay tantos tipos de tiendas que no te será difícil hacerte un hueco en esta industria.

Sin embargo, hay algunos pasos importantes que debes dar antes de abrir tus puertas.

Especialízate y busca un nicho de mercado específico

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Antes de buscar un local, proveedores de ropa e incluso de hacer un presupuesto para tu tienda, necesitas saber qué tipo de prendas venderás.

No trates de centrarte en todas las distintas tendencias que existen ahora en el mercado.

Para tener éxito en este negocio, la especialización es la clave.

Esto puedes hacerlo centrándote en el tipo de cliente que quieras atraer. Lo ideal es que elabores un estudio de mercado para saber qué tipos de clientes existen en tu zona y así no equivocarte con el tipo de tienda que abrirás.

Así que asegúrate bien de estudiar primero el tipo de población que existe en tu zona, y hazte unas cuantas preguntas como:

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Licencia de Apertura y Actividad Taller

Tramitar una Licencia de Actividad de taller requiere de un equipo técnico competente y con los conocimientos necesarios en la materia para poder realizar los siguientes requisitos:

1º- Dar de alta como actividad industrial, imprescindibles para las aseguradoras:
2-º Solicitar la licencia de apertura de taller.

Licencia apertura tallerIndicar todas las medidas de seguridad solicitadas por el ayuntamiento para conseguir cualquiera de las licencias de apertura deseada:

Licencia de apertura taller automóviles.
Licencia de apertura taller mecánico.
Licencia de apertura taller de electricidad.
Licencia de apertura taller de neumáticos.
Licencia de apertura taller de motos.
Licencia de apertura taller de chapa y pintura.

PROCEDIMIENTO:
Esta guía pretende servir de orientación y ayuda para todos aquellos que pretenden solicitar la licencia de apertura para un local, nave, oficina o similar.

En todo caso consulte siempre a un técnico cualificado ya que cada tipo de local o actividad es diferente y puede presentar ciertas particularidades.

Es también imprescindible, antes de decidirse por la compra o alquiler de un local o nave, asesorarse sobre los requisitos que debe cumplir el mismo, y que dependerán principalmente de la actividad que se vaya a desarrollar en él.

Para cualquier consulta no dude en ponerse en contacto.

1.- Elaboración del proyecto de licencia de apertura y/o adecuación del taller
El proyecto de licencia de apertura del taller ha de ser elaborado por un Técnico competente. En el proyecto han de contenerse todas las características del establecimiento: dimensiones, modificaciones a realizar, distribución, instalaciones, presupuesto, etc., así como de la actividad a desarrollar en el mismo, justificando siempre el cumplimiento de las normas aplicables.

Dependiendo también de la actividad a desarrollar, puede ser necesario que se realicen gestiones o se presente documentación ante determinados Organismos Oficiales. Esto es muy común, por ejemplo, en actividades sanitarias e industriales.

2.- Abono de las tasas municipales correspondientes
El siguiente paso es abonar las Tasas Municipales de Licencia de Apertura. El importe de las mismas depende de varios factores: actividad a desarrollar, superficie construida del local y ubicación del mismo.

Este trámite se realiza en el Ayuntamiento, que normalmente emite una carta de pago que ha de ser abonada en una entidad bancaria. En algún Ayuntamiento las tasas se pueden abonar en la ventanilla de Recaudación del mismo.

3.- Solicitud de licencia de apertura ante el Ayuntamiento
Con el resguardo de haber abonado las Tasas Municipales, y toda la documentación técnica y complementaria debidamente visada, se puede proceder a la solicitud de la licencia de apertura ante el Ayuntamiento. Este trámite suele realizarse en la Delegación de Medio Ambiente del mismo.

Dependiendo del Ayuntamiento en cuestión, la documentación ha de pasar un control previo para ser admitida, o se presenta directamente en Registro.

Una vez presentada toda la documentación, sólo queda esperar a que el Ayuntamiento nos conteste, bien concediendo directamente la licencia de apertura, o bien solicitando alguna aclaración relativa a la documentación presentada.
El tiempo que tarda el Ayuntamiento en contestar depende de cada municipio, pero no suele ser inferior a tres meses.

Licencia tallerDOCUMENTACION PARA OBTENER LA LICENCIA DE APERTURA TALLER
Llevar a cabo una Licencia de Actividad de taller requiere de un equipo técnico competente y con los conocimientos necesarios en la materia.
Principalmente tendremos que pasar por las siguientes administraciones:

AYUNTAMIENTO
DELEGACIÓN DE INDUSTRIA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

El proyecto es un documento completo, que además se servirle para las 3 administraciones, le servirá como obra.

Aparte de esto tendrá que disponer de un contrato de recogida de residuos.

Equipamiento mínimo necesario:

MECANICA
Utiles y herramientas  de equipo, motor de caja  de cambios, de dirección, de ejes, ruedas y frenos.
Dispositivos para la medida de la compresión.
Prensa hidráulica de 10 toneladas métricas.
Grúa o aparato de elevación de hasta1.000 kilogramos.
Cuenta revoluciones de hasta 10.000 rpm.
Taladro portátil de hasta10 milímetros de diámetro.
Foso o elevador adecuado.
Gato hidráulico sobre carrillo.
Bancos de trabajo y carrillos de transporte.
Juegos de útiles, herramientas manuales y material complementario.

ELECTRICIDAD
Controlador de encendido.
Controlador de inducidos. Cargador de baterías. Soldador eléctrico. Pesa-ácidos.
Aparato para comprobación de proyectores. Banco de trabajo y carrillos de transporte.
Juegos de útiles, herramientas manuales y material complementario.

CARROCERIA
Equipo  completo  para  reparaciones  de  chapa  (estirador,  bancada, con utillaje auxiliar).
Equipo para soldadura eléctrica.
Equipo para soldadura autógena.
Equipo para soldadura por puntos. Electromuela.
Pistola para aplicación de pasta dura.
Juego de útiles, herramientas manuales, material complementario.

PINTURA
Equipo de pintura a pistola.
Cabina o recinto acondicionado para pintar.
Lijadora.
Pistola para aplicación de pastas duras.
Juego de útiles de pintura, espátulas y material complementario.

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Licencia de Actividad para Eventos

Hemos tramitado la licencia de apertura y actividad de una finca destinada a eventos (bodas, bautizos, comuniones…): «Catering Chinchón”, situado en la calle Virgen del rosario nº2. 28370, Chinchón, Madrid.

licencia actividad eventos

Al tratarse de una finca rústica, lo primero que se hizo fue tramitar la solicitud de calificación urbanística para celebración de pequeños eventos (actos sociales y familiares de especial singularidad) al amparo del artículo 9 de la Ley 8/2012 de la Comunidad de Madrid.

La finca ya contaba con una serie de edificios y lo que se pretendía con la solicitud de calificación urbanística era poder obtener una rentabilidad que permita costear el mantenimiento tanto de los edificios como de la propia finca.licencia finca eventos

El impacto de la actividad a desarrollar en la finca es nulo ya que se trata de la celebración de pequeños eventos, no se generan ruidos que puedan molestar a los vecinos ni se producen residuos peligrosos o humos.

licencia de apertura eventos

La finca ya contaba con todas las instalaciones necesarias por lo que también era viable desde un punto de vista técnico. No se precisaba de la realización de ninguna obra o nuevas instalaciones, e inmueble se encuentra totalmente adaptado para el inicio inmediato de la actividad.

Catering Chinchón destaca por su organización integral de bodas y servicio de Catering en Madrid, poniendo a disposición de sus clientes la finca para celebrar bodas en Madrid además de servicios de música, transporte, montaje de buffets decorativos, servicios para convenciones, decoración del espacio para eventos, espectáculos…

Servicios

Ofrecen los siguientes servicios de catering para particulares y empresas: bodas, bautizos, comuniones, menús personalizados, coffee breaks, aperitivos, cócteles, comidas y cenas de trabajo, inauguraciones de empresa, presentaciones de un producto y eventos de cualquier tipo.

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Suministramos también vinos y cavas, vajilla, cubertería, cristalería, menaje, mobiliario, decoración, montaje de carpas, discoteca y camareros. Disponen de varias fincas para la realización de bodas y eventos, Catering para empresas y particulares entre ellas, las Fincas Molino del Manto y La Peña del Agua, situadas en la vega de Chinchón.

Su trayectoria profesional les ha permitido acumular una amplia experiencia en este sector. Este servicio viene mejorando año a año favorecido por el gran desarrollo tecnológico aplicado a los equipos de cocina. Hoy en día pueden decir que las diferencias entre un menú producido In-situ y uno transportado han disminuido notablemente. Así mismo las garantías higiénicas sanitarias se han extremado y están del todo garantizadas.

licencia apertura eventos

Ponen a disposición de sus clientes varios servicios de catering, desde la elaboración de un menú personalizado hasta la organización integral de toda la fiesta, de forma de que no tenga que preocuparse por nada.

Se adaptan a cualquier tipo de celebración: coffee breaks, Coctails, comidas, buffets, cenas, con o sin servicio de camareros, ajustado al número de invitados y al lugar de la celebración, etc. Su amplia experiencia como empresa de servicios de catering lea ha convertido en profesionales del sector con una gran capacidad de adaptación a las necesidades, gustos y preferencias de sus clientes.

www.cateringchinchon.com

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¿Qué puedo hacer si mi solicitud de licencia de actividad es rechazada?

En el Ayuntamiento de Madrid, al igual que en el resto de España, la apertura de un negocio o el desarrollo de una actividad comercial o industrial requiere la obtención de una licencia de actividad. Este proceso implica presentar una solicitud formal y cumplir con una serie de requisitos técnicos y legales.

Sin embargo, no siempre se consigue la licencia a la primera. En ocasiones, la solicitud puede ser rechazada por diversas razones. Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, existen vías para recurrir la decisión y tratar de obtener la licencia deseada.

En este artículo, te explicaremos qué puedes hacer si tu solicitud de licencia de actividad ha sido rechazada en el Ayuntamiento de Madrid:

Licencia Normativa 1

1. Comprender los motivos del rechazo:

Es fundamental solicitar al Ayuntamiento un informe detallado donde se especifiquen claramente los motivos por los que se ha denegado la licencia. Este informe te permitirá comprender qué aspectos de tu solicitud no cumplían con los requisitos y podrás empezar a plantear las medidas correctoras necesarias.

2. Revisar la normativa aplicable: Una vez que se comprendan las razones del rechazo, es importante revisar la normativa aplicable relacionada con las licencias de actividad en el Ayuntamiento de Madrid. Esto permitirá al solicitante determinar si su solicitud cumplía con todos los requisitos legales y si hay alguna disposición que pueda ayudar a abordar los problemas identificados.

3. Analizar las opciones de recurso:

Dependiendo del motivo del rechazo, existen diferentes vías para recurrir la decisión del Ayuntamiento:

  • Recurso de reposición: Es la primera opción y debe presentarse dentro del plazo de un mes desde la notificación de la denegación. En este recurso, se solicita al propio Ayuntamiento que reconsidere su decisión.
  • Recurso contencioso-administrativo: Si el recurso de reposición es desestimado, puedes presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid en un plazo de dos meses. Este recurso implica iniciar un proceso judicial para impugnar la decisión del Ayuntamiento.
  • Solicitud de subsanación: En algunos casos, el Ayuntamiento puede permitirte subsanar los defectos que han motivado la denegación de la licencia. Para ello, deberás presentar la documentación necesaria en un plazo determinado.
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¿Cómo montar un Gimnasio o Centro de Entrenamiento Personal?

La vida sana está de moda. No hay ninguna localidad o barrio que no cuente con, al menos, un par de gimnasios o centros de entranamiento personal. ¡Y hay de todo tipo! Femeninos, low cost, especializados en yoga, artes marciales, abiertos 24 horas…

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¿Eres un entrenador cualificado o no sabes nada de ejercicio?

Ante todo, debes saber en qué clasificación entras tú: ¿eres un entrenador titulado o tienes alguna cualificación deportiva y por eso quieres montar un gimnasio? ¿O tan sólo eres un emprendedor que quiere iniciar un negocio para ser su propio jefe?

Si perteneces al primer grupo, buenas noticias: puedes dejar de leer aquí y pasar al segundo paso. Pero si eres un emprendedor con ganas de hacer dinero, y no sabes nada de ejercicio, empieza a informarte sobre este mundo YA.

Debes conocer qué máquinas y equipo se suelen utilizar en los gimnasios, los precios que rondan estos artículos, qué marcas o fabricantes tienen una mejor calidad…

En este punto también tienes que empezar a considerar si crees que la gestión de tu gimnasio la podrás hacer tú solo (adquiriendo conocimientos sobre el mundo del fitness) o si, por el contrario, consideras que vas a necesitar un socio (un entrenador cualificado, por ejemplo) que te ayude con este negocio.

Investiga y haz un plan realista

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Montar un gimnasio requiere muchísima planificación antes de lanzarte a la aventura de abrir un Gimnasio o Centro de Entrenamiento Personal. Investiga al máximo, haz números, y escribe un buen plan de negocios.

Pasa al menos 3 meses hablando con otros dueños de gimnasios de tu ciudad o de otras localidades para que te orienten un poco sobre tu proyecto; muchas de estas personas son bastante abiertas y estarán encantadas de ayudarte con las dudas que te surjan al principio.

Acuerda reuniones con ellos y, antes de acudir a las citas (o llamarles por teléfono), anota todas las posibles preguntas que tengas para que no se te olvide ninguna. Toma todas las notas necesarias durante tus conversaciones.

Realiza tus preguntas en tres áreas fundamentales:

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Consulta urbanística especial

Mediante este tipo de consulta  los ciudadanos pueden plantear una duda determinada que de forma específica surja de la aplicación de uno o varios preceptos normativos  relativos a las propuestas técnicas sobre una actuación urbanística concreta. Asimismo se podrá plantear cuando se propongan medidas alternativas mediante el diseño basado en soluciones prestacionales para los requisitos básicos de seguridad en caso de incendio y de seguridad de utilización y accesibilidad.

Contenido de las consultas

Aclaraciones sobre la normativa aplicable a un emplazamiento concreto.
Posibilidad de implantación de un uso o un cambio de uso.
Tipo de obras que se pueden ejecutar.
Edificabilidad de la finca, número de alturas permitidas, etc.
La consulta podrá ir acompañada de una o varias propuestas.
Propuestas al amparo del artículo 5.1.3.b del Código Técnico de la Edificación, dada la especial complejidad técnica de éstas.
Madrid Agencia de Actividades

Documentación

Instancia  general en la que figure el objeto de la consulta
Tasa por prestación de servicios urbanísticos
Plano parcelario a escala 1:5000 y 1:500, señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de la consulta.
Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
Planos acotados a escala 1:100, o a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del edificio y el propuesto.
En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de aplicación.
En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas , alzado del tramo o tramos de calle completos a los que dará fachada el edificio.
Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
En su caso, especificar tipo de materiales que se utilizarán en la propuesta, así como la previsión de la situación de las instalaciones de climatización, ubicación y predimensionamiento de las instalaciones en la cubierta del edificio.
Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas, en el supuesto de que existan dudas respecto a la ubicación de la parcela
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente. En el caso de las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales, habrá que estar a las especialidades contempladas en la disposición adicional 4ª de la OMTLU.

Información complementaria

Respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para contestar; salvo que se requiera   informe de otros servicios municipales o de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural (CPPAHN),  o se precise que el interesado aporte nueva documentación o complete su consulta. Este plazo no es de aplicación a las consultas urbanísticas especiales sobre proyectos con soluciones prestacionales.
La consulta se resolverá mediante el oportuno informe técnico. Al no tener carácter de resolución no es susceptible de recurso.
El Ayuntamiento de Madrid  quedará vinculado al informe técnico de esta consulta, que sólo será determinante si la licencia posterior se pide en idénticos términos , que la consulta efectuada
La respuesta a la consulta no exime del deber de obtener la licencia urbanística correspondiente o de presentar la Declaración Responsable o Declaración Previa correspondiente.

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Licencia Sanitaria Plasma Rico en Plaquetas (PRP)

A la hora de ofrecer técnicas de PRP (Plasma Rico en Plaquetas), hay que realizar una tramitación de licencia con Sanidad consistente en portar y garantizar una serie de documentos y procedimientos.

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GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP)

Existen diferentes modalidades de producción de PRP y es necesario establecer las garantías mínimas de calidad en la producción, ajustadas al riesgo, que le son de aplicación. De acuerdo con el informe de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios sobre el uso del Plasma Rico en Plaquetas (PRP), en todo caso y en todas ellas, el profesional sanitario prescriptor es el responsable de garantizar la calidad, aunque el procesado y la obtención sean realizados por un tercero.
En el caso de los métodos de obtención de Plasma Rico en Plaquetas de forma manual con “técnica abierta“, el método empleado debe ser evaluado desde el punto de vista de calidad, por lo que se deberá solicitar una inspección a la autoridad competente, la cual verificará la adecuación de las instalaciones y de las actividades de producción y de control de calidad efectuadas, tomando como referencia las Normas de Correcta Fabricación de la Unión Europea.

En el caso de los métodos de obtención mediante “técnica cerrada“, el método empleado debe seguir las instrucciones descritas en cada sistema comercial, no siendo necesaria la obtención de un certificado de adecuación de las instalaciones y de las actividades de preparación efectuadas. El sistema empleado debe disponer del marcado CE otorgado específicamente para este uso.

  1. PRESCRIPCIÓN. PRUEBAS ANALÍTICAS PREVIAS. EXTRACCIÓN
    1.1 Prescripción
    · La prescripción de PRP se realizará exclusivamente por médicos, odontólogos y podólogos en el ámbito de sus competencias respectivas.
    · Para prescribir este medicamento deberán poseer formación y experiencia en el tratamiento, contar con los medios técnicos adecuados y aplicarlo en centros y servicios sanitarios autorizados por la autoridad competente de la CC.AA
    · La prescripción deberá incluir la indicación precisa para el uso clínico del preparado.
    · Se tiene que disponer del Consentimiento Informado del paciente conforme a la normativa vigente, antes de la obtención de la sangre y la aplicación del PRP.
    · El prescriptor será el responsable de garantizar la calidad de la producción del PRP aunque la fabricación la lleve a cabo un tercero.

1.2 Pruebas Analíticas Previas
· Previa a la extracción sanguínea para la fabricación del Plasma Rico en Plaquetas deberán realizarse al menos, las siguientes pruebas analíticas:
-Pruebas para la detección de agentes infecciosos:
Sífilis: pruebas serológicas.
Hepatitis B: AgHBs.
Hepatitis C: Anti-VHC y pruebas de amplificación genómica del ácido nucleico (NAT).
VIH I/II: Anti-VIH I/II.
Aquellas pruebas necesarias para detectar portadores de otros agentes infecciosos en determinados donantes por sus circunstancias epidemiológicas concretas.
· Las técnicas utilizadas en estas pruebas deberán tener, en cada momento, un nivel óptimo de sensibilidad y especificidad, y los reactivos empleados en ellas cumplirán la normativa sanitaria aplicable.
· Los resultados de las pruebas analíticas serán válidos por un periodo de tiempo de tres meses en el caso de uso prolongado de PRP.
1.3 Extracción de la sangre
· La extracción se llevará a cabo por personal legalmente capacitado para la
obtención/extracción de sangre.
· El material usado para la extracción de la sangre, así como para su contención, debe contar con el marcado CE como producto sanitario y debe ser estéril y de un solo uso.
· La extracción de la sangre debe realizarse garantizando que se lleva a cabo siguiendo un procedimiento de asepsia validado. El profesional sanitario que la lleve a cabo debe usar guantes estériles de un solo uso, por lo que, después de cada extracción entre diferentes pacientes, deberán ser sustituidos y eliminados.
· El contenedor de la sangre extraída deberá identificar, al menos, el nombre del paciente, nombre del centro sanitario, historia clínica, fecha, volumen y hora de la extracción.

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  1. ELABORACIÓN
    Todo el procedimiento para la elaboración del Plasma Rico en Plaquetas (PRP), desde la obtención de la sangre del paciente hasta la administración del PRP, independientemente de que el sistema usado sea cerrado o abierto, debe estar descrito de manera detallada en un procedimiento normalizado de trabajo, aprobado por el profesional sanitario responsable.

2.1 Obtención mediante “técnica cerrada
· El método empleado deberá seguir las instrucciones descritas en cada sistema comercial. Estas instrucciones se incorporarán al procedimiento normalizado de trabajo (PNT) que estará disponible de forma permanente para el personal implicado y a disposición de la autoridad sanitaria competente.
· El kit empleado deberá disponer de marcado CE otorgado para dicho uso, al igual que los equipos requeridos para la centrifugación y aplicación.
· Deberán tenerse en cuenta aquellos requisitos de la técnica abierta que le sean de aplicación.

Plasma Rico en Plaquetas

DOCUMENTACIÓN
El centro en el que se elabore PRP mantendrá y custodiará la documentación relativa a sus actividades, en papel o en formato electrónico. En este último caso los sistemas informáticos utilizados deben estar validados.
La documentación, acorde con el sistema de garantía de calidad del centro,
incluirá:

  1. Relación de personal implicado en la elaboración (responsabilidades,
    funciones, formación y experiencia o capacitación).
  2. PNT (procedimiento normalizado de trabajo) de vestimenta e higiene del personal.
  3. PNT de limpieza y desinfección del área de elaboración así como del
    equipamiento y material utilizado.
  4. PNT de mantenimiento y calibración de equipos.
  5. PNTs relativos a la elaboración, etiquetado y en su caso, conservación y transporte de PRP.
  6. PNTs relativos a la trazabilidad de la muestra de sangre extraída y a las medidas para evitar cualquier confusión entre las unidades o las muestras así como a la notificación urgente al prescriptor en el caso de detectarse una posible contaminación que pudiera afectar a la calidad microbiológica del preparado.
  7. Sistema de eliminación de residuos.
  8. Registros de las actividades realizadas que incluirán: nombre del paciente, número de historia clínica, fecha, hora de elaboración y servicio peticionario.
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Instrucciones para la solicitud de alta en el registro de identificación industrial

¿Es imprescindible presentar el Registro de Identificación Industrial para tramitar una nueva licencia de actividad y apertura?
Identificación Industrial Licencias de ActividadEste es uno de los formularios y trámites que más dudas generan, y por tanto, uno de los que más nos consultan. Es algo bastante comprensible ya que por su nombre, en principio parece que sólo es exigible a licencias de ámbito industrial, sin embargo nada más lejos de la realidad:

El Alta en el Registro de Identificación Industrial es exigible para todas las actividades que cuenten con aseos, cocinas, cuartos de basuras o dispongan en el interior del local de algún grifo… Se exceptúan aquellos casos en que los aseos no estén dentro del propio local, como puede ser el caso de centros comerciales o edificios de oficinas, que en habitualmente, dichos aseos, se encuentren en las zonas pertenecientes a las comunes del edificio. Por lo que, por norma general, siempre deberemos presentarlo a la hora de tramitar nuestra licencia de apertura.

La obligatoriedad de dicho registro industrial viene recogida en la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua (OGUA), en su artículo 52:

1. Las empresas que generen vertidos en cantidad superior a 22.000 m3/año, así como aquéllas que superen los 3.500 m3/año y que, por su tipo de actividad, se encuentren incluidas dentro del Anexo 3 del Decreto 57/2005, de 30 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, deberán presentar en el Ayuntamiento de Madrid el documento de dentificación industrial y el de Solicitud de vertidos, que se incluyen como anexos III y IV, respectivamente, de la presente ordenanza.

2. Las empresas que consuman menos de 3.500 m3/año y utilicen en su proceso industrial productos, líquidos o sólidos, que deban ser eliminados a través de gestor autorizado, de acuerdo con la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y normas de desarrollo, habrán de presentar también los documentos de Identificación industrial y Solicitud de vertidos.
3. Las empresas no incluidas en los apartados 1 y 2 presentarán únicamente el documento de Identificación industrial.
4. Cuando, debido a las características de la red, las limitaciones establecidas en el apartado anterior no sean suficientes para garantizar el buen funcionamiento del servicio, el Ayuntamiento podrá requerir al titular del vertido la adopción de las medidas adicionales que permitan reducir la carga contaminante, hasta que ésta sea equivalente a la de los vertidos de aguas residuales domésticas. Para ello se hará la oportuna comunicación al usuario, al que se dará un plazo suficiente para la adecuación de sus instalaciones.
5. La presentación de los impresos de Identificación Industrial y Solicitud de Vertidos cuando proceda, será requisito indispensable para obtener la licencia de actividad.

Este es un trámite bastante habitual en la mayoría de los Ayuntamientos, no sólo en el de Madrid aunque, evidentemente, los formularios son ligeramente diferentes.

Alta en el Registro de Identificación Industrial Licencias de Apertura

El formulario, al igual que las instrucciones para rellenarlo, lo podéis encontrar en la sección de normativa, sin embargo a continuación os dejamos un resumen de las instrucciones para presentar el Alta en el Registro de Identificación Industrial:

El impreso puede ser cumplimentado a mano (con mayúsculas tipo imprenta) o electrónicamente.
Una vez cumplimentado, preséntelo firmado en el Registro de la calle de Bustamante, 16, en los registros de los Distritos, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, en los registros de la Administración General del Estado, en los de las Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA CUMPLIMENTAR ESTE IMPRESO
– La persona solicitante deberá presentar fotocopia de los recibos de consumo de agua del Canal de Isabel II, correspondientes a un año completo (lo más próximo a la fecha de registro).
– Si se usan productos tóxicos o peligrosos (aceites minerales, aceites de cocina, tintes, líquidos reveladores, pinturas, taladrinas, disolventes, etc.) deberá hacerlo constar en el apartado «Observaciones» y presentar fotocopias del contrato de retirada de residuos por gestor autorizado y de los dos últimos albaranes de recogida.
– Si no se usan productos tóxicos hágalo constar también en el apartado “Observaciones”.
– En el caso de tramitar nueva licencia de actividad, deberá aportar la documentación en el plazo de 15 meses, remitiéndola a la Dirección General de Ingeniería Ambiental y Gestión Hídrica, indicando el número de anotación de su entrega en el registro, de la Identificación Industrial, presentada con anterioridad.
– En el caso de tramitar cambio de titularidad, el/la nuevo/a titular de la actividad deberá presentar de nuevo, el impreso de Identificación Industrial con la documentación adjunta.
– En el caso de tramitar cese de actividad, presente el impreso de Identificación Industrial, indicando en el apartado “Observaciones” esta circunstancia.

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Guía para Obtener una Licencia de Actividad para un Centro de Podología en Madrid

La apertura de un centro de podología en Madrid es una excelente oportunidad para brindar servicios de cuidado de los pies y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Sin embargo, antes de abrir las puertas de tu centro, es crucial obtener la licencia de actividad correspondiente. En este artículo, exploraremos detalladamente los pasos necesarios para obtener una licencia de actividad para un centro de podología en Madrid, incluyendo los requisitos sanitarios de la Comunidad de Madrid, el equipamiento necesario, así como recursos y sitios web de referencia para facilitar el proceso.

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Requisitos Sanitarios de la Comunidad de Madrid:

  1. Autorización Sanitaria: La Comunidad de Madrid requiere que los centros de podología cuenten con una autorización sanitaria para garantizar la calidad y seguridad de los servicios ofrecidos. Esta autorización se obtiene a través de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria.
  2. Cumplimiento de Normativas Sanitarias: Es fundamental cumplir con todas las normativas sanitarias establecidas por la Comunidad de Madrid en cuanto a higiene, esterilización de equipos, almacenamiento de materiales y disposición de residuos biológicos.
  3. Titulación Profesional: Los profesionales que trabajen en el centro de podología deben contar con la titulación académica y la colegiación correspondiente para ejercer la profesión en la Comunidad de Madrid.

Equipamiento sanitario:

El equipamiento sanitario mínimo necesario para un centro de podología en la Comunidad de Madrid incluye:

  • Camilla: Debe ser regulable en altura y contar con reposacabezas y reposapiés.
  • Sillón de exploración: Debe ser regulable en altura y permitir la exploración del pie en diferentes posiciones.
  • Lámpara de exploración: Debe proporcionar una iluminación adecuada para el examen del pie.
  • Instrumental podológico: Incluye bisturís, pinzas, limas, fresas, etc.
  • Esterilizador: Es necesario para esterilizar el instrumental podológico y garantizar la higiene del centro.

Recursos y Webs de Referencia:

  1. Portal del Emprendedor del Ayuntamiento de Madrid: Este portal proporciona información detallada sobre los trámites necesarios para abrir un negocio en Madrid, incluyendo la obtención de licencias de actividad para centros de podología.
  2. Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid: En este sitio web se pueden encontrar formularios descargables, información sobre normativas y regulaciones sanitarias, así como otros recursos útiles relacionados con la apertura de centros sanitarios en la Comunidad de Madrid. https://www.sanidad.gob.es/
  3. Colegio Oficial de Podólogos de Madrid: El colegio oficial puede proporcionar orientación y asesoramiento específico sobre los requisitos y procedimientos para abrir un centro de podología en la ciudad, así como recursos formativos y profesionales para podólogos. https://www.icopoma.es/
  4. Comunidad Autónoma de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/medias/documentacion-presentar-unidad-podologia/download
  5. Nueva Orden de la Comunidad de Madrid sobre Requisitos Técnicos de Centros Sanitarios: Conoce los detalles técnicos que debes cumplir en tu centro de podología

Conclusiones:

Obtener una licencia de actividad para un centro de podología en Madrid requiere cumplir con una serie de requisitos sanitarios y administrativos establecidos por la Comunidad de Madrid. Es importante investigar y preparar cuidadosamente todos los documentos y trámites necesarios para garantizar una solicitud exitosa. Con el cumplimiento adecuado de los requisitos y el equipamiento necesario, tu centro de podología estará listo para ofrecer servicios de calidad y contribuir al bienestar de la comunidad madrileña.