Entender las diferencias entre la licencia de bar y la de bar especial es el primer paso, y el más crucial, antes de lanzarte a la aventura de abrir tu local de hostelería en Madrid. No se trata de una simple elección de nombre; es una decisión que define tu modelo de negocio, tu inversión inicial y los requisitos técnicos que deberás cumplir. Elegir incorrectamente puede llevar a retrasos, gastos imprevistos e incluso a la inviabilidad de tu proyecto. En este artículo, vamos a desgranar de forma clara y precisa las claves que distinguen ambas licencias según la normativa del Ayuntamiento de Madrid, para que puedas tomar una decisión informada y sentar unas bases sólidas para tu futuro negocio.

Te guiaremos a través de las implicaciones que cada tipo de licencia tiene en el proyecto técnico, especialmente en lo que respecta a la memoria y los planos. Analizaremos el aspecto más determinante y costoso: la insonorización acústica. Y te explicaremos las vías de tramitación disponibles. Con esta información, tendrás el mapa completo para navegar el proceso con seguridad.
EL CONCEPTO FUNDAMENTAL: HORARIOS Y MÚSICA
La diferencia más evidente para el público, y la que define la naturaleza de cada actividad, radica en el horario de funcionamiento y la gestión de la música. La normativa madrileña establece estas distinciones para regular la convivencia y el impacto en el entorno urbano.
- Licencia de Bar: Este tipo de establecimiento está concebido principalmente para el servicio de bebidas y, opcionalmente, comidas. Su horario de cierre es más temprano. La música está permitida, pero siempre como un elemento ambiental o de fondo. Es decir, no puede ser el atractivo principal del local. No se permiten actuaciones en directo ni la figura del DJ como tal, ya que esto desvirtuaría su naturaleza.
- Licencia de Bar Especial (Pub, Bar de Copas): Aquí el concepto cambia radicalmente. Estos locales están diseñados para operar hasta altas horas de la madrugada. La música amplificada no solo está permitida, sino que es una parte esencial y definitoria de la actividad. Esto incluye música de DJ, equipos de sonido de alta potencia y un ambiente centrado en la música y la socialización nocturna.
Esta distinción es la piedra angular sobre la que se construyen todas las demás diferencias técnicas y legales. Un bar especial se clasifica como un local de ocio nocturno, y por tanto, las exigencias para proteger el descanso de los vecinos son exponencialmente más altas.
EL PROYECTO TÉCNICO: EL CORAZÓN DE TU LICENCIA
Todo procedimiento de licencia de actividad se sustenta en un proyecto técnico redactado por un profesional competente (normalmente un arquitecto o ingeniero). Este documento es la biblia de tu local, donde se describe y justifica que tu establecimiento cumple con toda la normativa vigente. El contenido de este proyecto varía drásticamente entre un bar y un bar especial.
El proyecto se divide principalmente en dos grandes bloques: la memoria técnica y los planos. Veamos qué debe contener cada uno según la licencia que solicites.
La Memoria Técnica:
Es la parte escrita del proyecto. Describe detalladamente el local, la actividad y todas sus instalaciones, justificando el cumplimiento de la normativa.
- Para un Bar: La memoria se centrará en describir la actividad de hostelería, los productos que se servirán, el aforo, y las instalaciones básicas: electricidad, fontanería, climatización y, sobre todo, la ventilación para garantizar la calidad del aire. Se justificará el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (CTE) y la normativa municipal general.
- Para un Bar Especial: Además de todo lo anterior, la memoria debe incluir un apartado específico y exhaustivo sobre las medidas de control de ruido. Esto implica describir con todo lujo de detalles el equipo de música, su potencia, la ubicación de los altavoces y, de forma obligatoria, la instalación de un limitador-controlador acústico. Este dispositivo asegura que los niveles de emisión sonora nunca superen los límites legales. Además, se debe adjuntar un completo Estudio de Impacto Acústico que prediga y garantice que la actividad no generará molestias en el exterior ni en las viviendas colindantes.
Los Planos:
Son la representación gráfica de lo que se describe en la memoria. Un error o una omisión en los planos puede paralizar todo el proceso.
- Para un Bar: Se requieren planos de situación y emplazamiento, de estado actual y reformado, planos de distribución con mobiliario, planos de cotas y superficies, y planos de todas las instalaciones (electricidad, ventilación, fontanería, etc.).
- Para un Bar Especial: Se necesitan todos los planos de un bar convencional, pero con un nivel de detalle mucho mayor en los aspectos acústicos. Es imprescindible incluir planos de secciones constructivas donde se detallen las soluciones de insonorización empleadas en techos, suelos y paredes. También se debe grafiar la posición exacta de los altavoces, la cabina del DJ (si la hubiera) y la ubicación de la pantalla del limitador acústico, que debe ser visible para los responsables del local y los inspectores.















