Cuanto Cuesta una Declaración Responsable para abrir un centro de Medicina Estética

Si estás pensando en emprender en el creciente mundo de la medicina estética y quieres abrir tu propia clínica, hay un paso administrativo inicial fundamental: la Declaración Responsable. Hoy vamos a desgranar cuánto puede costar este trámite para un centro de unos 100 metros cuadrados. ¡Atentos, porque hay matices importantes en el sector sanitario!

La Declaración Responsable, en esencia, es tu compromiso formal ante el Ayuntamiento: declaras que tu futuro centro cumple con toda la normativa para empezar a funcionar. Agiliza el inicio comparado con viejas licencias, pero ¡cuidado! Hablamos de un centro sanitario, y eso implica controles más rigurosos y normativa adicional a la puramente municipal.

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El desembolso más significativo asociado a la Declaración Responsable es, sin duda, el Proyecto Técnico.

Este no es un simple plano. Es el documento técnico detallado, firmado por un profesional cualificado (arquitecto, aparejador, ingeniero), que justifica CÓMO tu local de 100 m² cumple con TODO. Y aquí está la clave: no solo cumple con el Código Técnico de la Edificación (seguridad, accesibilidad, etc.), sino también con la estricta normativa sanitaria específica para centros de medicina estética.

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Licencia de Actividad y Apertura de Centro Odontológico

Hoy os presentamos una de nuestras especialidades y de los proyectos que más solemos tramitar, una Licencia de Actividad y Apertura de un Centro Odontológico: el Centro Odontológico Batán, situado en la Calle de Villamanín, 48, 28011 Madrid.

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El centro cuenta con 100 m2, una amplia sala de espera, recepción, despacho, aseo adaptado para público, aseo para personal, sala de esterilización, archivo, almacén y dos gabinetes odontológicos.

Licencia de Actividad y Apertura de Centro Odontologico

En el Centro Odontológico Batán cuentan con profesionales que te asesoran para que puedas lucir una radiante sonrisa. Realizan servicios de: Estética Dental, Cirugía Dental (realizan trabajos de regeneraciones óseas en aquellos pacientes con pérdida de hueso e injertos en casos de recesiones gingivales), Implantes Dentales, Odontopediatría (odontología infantil), Periodoncia, Endodoncias, y por supuesto: Ortodoncia.

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Cómo tramitar la declaración responsable para abrir una zapatería

 

¿Estás a punto de dar el salto y montar la zapatería con la que siempre has soñado en Madrid? Tienes la idea, la pasión y el local perfecto. Sin embargo, antes de colgar el cartel de abierto, hay un paso crucial que no puedes ignorar: la burocracia. La buena noticia es que, para una actividad como la tuya, el proceso puede ser más ágil de lo que imaginas gracias a la declaración responsable para abrir una zapatería. Este documento es la llave que te permitirá empezar a operar sin las largas esperas de una licencia tradicional. En este artículo, te guiaremos a través de todo lo que necesitas saber para tramitarla correctamente y evitar sorpresas desagradables.

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Olvídate de la incertidumbre y los trámites interminables. Aquí encontrarás una hoja de ruta clara y precisa, desglosando cada requisito, documento y paso del proceso. Nuestro objetivo es que entiendas a la perfección cómo funciona este procedimiento en el Ayuntamiento de Madrid y puedas enfocar tu energía en lo que de verdad importa: tu negocio.

¿Qué es Exactamente una Declaración Responsable y Por Qué te Interesa?

La declaración responsable es un documento administrativo mediante el cual tú, como promotor de la actividad, manifiestas bajo tu propia responsabilidad que tu local y tu proyecto cumplen con todos los requisitos legales y normativos exigibles para abrir al público. En otras palabras, tú afirmas que todo está en regla. La gran ventaja es que te habilita para iniciar la actividad de forma inmediata desde el mismo día de su presentación en el registro del Ayuntamiento.

A diferencia de la licencia de actividad tradicional, que requiere una revisión y aprobación previa por parte de los técnicos municipales antes de poder abrir, la declaración responsable invierte el proceso. Primero abres y, posteriormente, la administración podrá realizar una inspección para comprobar que lo que has declarado es cierto. Esta agilidad es fundamental para no demorar la puesta en marcha de tu zapatería, pero también implica una mayor responsabilidad por tu parte. Un error o una omisión pueden tener consecuencias serias más adelante.

¿Tu Futura Zapatería Cumple los Requisitos para una Declaración Responsable?

No todas las actividades pueden acogerse a este procedimiento simplificado. Afortunadamente, una zapatería, clasificada como comercio minorista, es una actividad considerada inocua (es decir, no genera molestias significativas, riesgos o contaminación). Por norma general, podrás tramitar la apertura de tu zapatería mediante declaración responsable si se cumplen ciertas condiciones:

  • La actividad comercial no está incluida en el catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas.
  • La superficie útil de exposición y venta al público del local no es excesivamente grande (la normativa municipal establece los límites, pero la mayoría de zapaterías encajan sin problema).
  • El local no requiere de la ejecución de obras que necesiten un proyecto de obra de edificación según la Ley de Ordenación de la Edificación. Es decir, puedes hacer pequeñas reformas, pero no obras mayores que alteren la estructura o configuración general del edificio.
  • El inmueble donde se ubica el local no tiene un grado de protección arquitectónica que exija un procedimiento específico.

Si tu proyecto encaja en estos supuestos, ¡enhorabuena! El camino será mucho más rápido. Si tienes dudas, es vital confirmarlo antes de iniciar cualquier trámite. Puedes consultar la normativa o, más eficazmente, contar con el asesoramiento de un técnico especializado en servicios de licencias de apertura.

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Servicios de interiorismo para oficinas

La imagen que proyectamos es fundamental a la hora de hacer negocios; lo mismo sucede con nuestra oficina. Si quieres sentirte identificado con ella, trabajar a gusto y que su decoración proyecte tu personalidad y mejore tu imagen frente al cliente, sin duda, éste servicio te ayudará.

Si crees que modificar la distribución del mobiliario o cambiar la decoración puede ayudarte a ser más productivo y a mejorar el rendimiento de tu empresa, sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros. Podemos elaborar un proyecto adaptado a tus necesidades y a tu presupuesto.

interiorismo para oficinas

CÓMO FUNCIONA
El funcionamiento es muy similar al que proponemos para las tiendas. Tú decides hasta dónde necesitas ayuda y qué servicios quieres contratar.
Si ya tienes el negocio en marcha y lo que quieres es un “lavado de cara” puedes optar por los planes a medida que te proponemos.
Si vas a comenzar con un nuevo negocio también podemos ayudarte. Si necesitas un proyecto técnico para tramitar licencias ponte en contacto con nosotros, cuéntanos cómo es tu local y tu idea y te explicamos cómo podemos ayudarte.

PLANES A MEDIDA de INTERIORISMO PARA OFICINAS
INTERIORISMO PARA OFICINAS “MINI”.
“Para los que necesitan planos reales sobre los que plasmar sus propias ideas”.
Visitamos el local, lo medimos y un profesional realiza un plano de la planta tal y como es antes de cualquier propuesta de reforma.
Te servirá como plano base para el resto de actuaciones o planos que quieras realizar. Incluso en muchos ayuntamientos, dependiendo de la actividad y su implantación, esta documentación técnica puede ser suficiente para que pongas el negocio en marcha.

El servicio incluye:
– Plano de planta con cuadro de superficies (desglosado por estancias).
– Plano acotado de planta.
– Propuesta de distribución estándar de mobiliario.

INTERIORISMO PARA OFICINAS “BÁSICO”.
“Para los que buscan un cambio de look”
Además de planos del estado actual, te hacemos una propuesta de amueblamiento y acabados, para que el local se adapte mejor a tu negocio y a tus futuros clientes.

El servicio incluye:
– Plano del estado actual con superficies.
– Plano del estado actual acotado.
– Plano de amueblamiento.
– Fichas de mobiliario.
– Plano de acabados (materiales, tonos y texturas en suelos, paredes y techos).
– Fichas de materiales.

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INTERIORISMO PARA OFICINAS “AVANZADO”.
“Para los que quieren una reforma completa y quieren tener muy controlado el presupuesto”
Además de planos del estado actual y de la propuesta de amueblamiento y acabados, te ayudamos con la iluminación.

El servicio incluye:
– Plano del estado actual con superficies.
– Plano del estado actual acotado.
– Plano de amueblamiento.
– Fichas de mobiliario.
– Plano de acabados (materiales, tonos y texturas en suelos, paredes y techos).
– Fichas de materiales.
– Plano de iluminación.

* Los proyectos se entregan en formato pdf.
** Para reformas sujetas a licencia, consultar precio.
*** Si quieres incluir imágenes fotorrealísticas, pídenos presupuesto sin compromiso.

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Declaración Responsable de Academia de Barré en Madrid

 

La Declaración Responsable para una academia de Barré en Madrid es el procedimiento administrativo que te permitirá abrir las puertas de tu negocio de forma ágil. Sin embargo, agilidad no significa simplicidad. Este trámite implica una gran responsabilidad por tu parte como titular, ya que con tu firma declaras que tu local cumple con absolutamente toda la normativa vigente. La elegancia y la precisión de los movimientos del Barré deben reflejarse en la meticulosidad con la que abordas este proceso.

Aviso Conformidad Centro Barre Madrid

Si estás a punto de emprender y montar tu propio estudio de esta disciplina que fusiona ballet, yoga y pilates, has llegado al lugar indicado. En este artículo vamos a desgranar los aspectos técnicos y normativos clave que debes dominar, centrándonos exclusivamente en las exigencias del Ayuntamiento de Madrid. Te guiaremos para que entiendas qué necesita tu local, qué documentación es imprescindible y cómo evitar los errores más comunes que podrían paralizar tu proyecto.

¿QUÉ USO Y ACTIVIDAD DEFINE A UNA ACADEMIA DE BARRÉ SEGÚN LA NORMATIVA?

Antes incluso de buscar un local, es fundamental entender cómo cataloga el Ayuntamiento de Madrid tu futura actividad. Una academia de Barré se encuadra dentro del Uso Terciario, en su clase de Uso Deportivo. Esta clasificación, definida en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), es el primer filtro que determinará la viabilidad de tu proyecto en una ubicación concreta. No todos los locales comerciales son aptos para albergar un uso deportivo.

Comprueba siempre la ficha urbanística del inmueble que te interesa. Debes asegurarte de que el Uso Deportivo está permitido en esa dirección específica, ya sea como uso cualificado o como uso autorizable. Ignorar este paso previo es uno de los errores más graves y costos, ya que podrías invertir en un local donde, legalmente, jamás podrás abrir tu academia. La normativa de usos es compleja, por lo que una consulta profesional en esta fase inicial es la mejor inversión. Puedes conocer más sobre nuestra metodología de trabajo, que siempre parte de un análisis de viabilidad.

REQUISITOS TÉCNICOS FUNDAMENTALES PARA TU LOCAL

Una vez confirmado que el uso es viable, el local debe cumplir una serie de condiciones técnicas específicas para una actividad como el Barré, donde se congrega público para realizar una actividad física. Estos son los pilares técnicos sobre los que se sustentará tu Declaración Responsable:

  • Ventilación y Climatización: La calidad del aire es primordial. El local debe contar con un sistema de ventilación que garantice las renovaciones de aire por hora exigidas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Esto suele implicar la instalación de una unidad de ventilación mecánica con recuperación de calor, asegurando un ambiente saludable para tus clientes y cumpliendo con la normativa de eficiencia energética.
  • Protección Contra Incendios: La seguridad es innegociable. Tu academia deberá estar equipada, como mínimo, con extintores de eficacia adecuada, señalización de evacuación fotoluminiscente y alumbrado de emergencia. Dependiendo de la superficie del local, su aforo y su ubicación en el edificio, el Ayuntamiento podría exigir medidas adicionales, como detectores de humo o la sectorización de ciertas áreas con elementos resistentes al fuego.
  • Condiciones Acústicas: La música es un elemento central en las clases de Barré. Por ello, cumplir con la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica de Madrid es crucial. Deberás garantizar que la actividad no genere molestias a los vecinos, lo que casi siempre implica la necesidad de un estudio acústico y la instalación de un aislamiento acústico adecuado en techos, paredes y suelos. Un buen vestíbulo acústico en la entrada es también una solución recurrente y eficaz.
  • Instalaciones de Fontanería y Saneamiento: Tu academia deberá disponer de vestuarios y aseos adecuados al aforo máximo previsto. La normativa establece un número mínimo de inodoros, lavabos y duchas en función del número de personas que puedan utilizar las instalaciones simultáneamente. Todas estas instalaciones deben estar correctamente conectadas a la red de saneamiento del edificio.
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Cómo tramitar la declaración responsable para tu tienda de decoración y venta de muebles.

 

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Has encontrado el local perfecto para tu nueva tienda, un espacio donde cada rincón inspira y tus muebles y objetos de decoración cobrarán vida. Visualizas a los clientes entrando, maravillados por tu selección. Pero antes de abrir las puertas, hay un paso crucial y a menudo temido: la burocracia. Si te preguntas cómo tramitar la declaración responsable para tu tienda de decoración y venta de muebles en Madrid, has llegado al lugar indicado. Este artículo es tu hoja de ruta para navegar el proceso con seguridad y eficiencia, convirtiendo un trámite administrativo en un simple paso más hacia tu éxito.

La apertura de un negocio es un momento emocionante, pero también puede ser abrumador. Entender la normativa y los requisitos técnicos es fundamental para evitar retrasos, sanciones o incluso la paralización de tu actividad. Aquí desglosaremos todo lo que necesitas saber, desde la documentación esencial hasta los errores más comunes que debes evitar, para que puedas centrarte en lo que realmente importa: dar forma a tu proyecto.

¿Qué es Exactamente una Declaración Responsable y por qué es tu mejor aliada?

Lejos de los antiguos y lentos procesos de licencia, la Declaración Responsable es un procedimiento administrativo mucho más ágil. Se trata de un documento mediante el cual tú, como titular del negocio, manifiestas bajo tu responsabilidad que tu local y la actividad que vas a desarrollar cumplen con todos los requisitos legales y normativos exigidos por el Ayuntamiento de Madrid y la legislación sectorial aplicable.

La gran ventaja es su inmediatez. Una vez presentada correctamente en el registro del Ayuntamiento, junto con la documentación técnica necesaria, te habilita para iniciar la actividad de forma inmediata. Esto es posible gracias a normativas como la Ley de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio, que busca eliminar barreras burocráticas para actividades comerciales consideradas inocuas, como es el caso de la mayoría de tiendas de decoración y mobiliario. Eso sí, esta agilidad conlleva una gran responsabilidad: la veracidad de todo lo que declaras será comprobada posteriormente por los servicios de inspección municipales.

Requisitos Clave para tu Tienda de Muebles y Decoración en Madrid

Para que tu declaración responsable sea válida y supere una futura inspección, tu local debe cumplir una serie de condiciones técnicas y legales. No se trata solo de tener un espacio bonito, sino de garantizar que es seguro, accesible y apto para el uso comercial. Presta especial atención a los siguientes puntos:

  • Compatibilidad de Uso Urbanístico: Antes de nada, comprueba que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) permite el uso comercial (en concreto, el de comercio minorista) en la ubicación de tu local. Un uso no permitido es un obstáculo insalvable.
  • Normativa de Accesibilidad: Tu tienda debe ser accesible para todas las personas, incluidas aquellas con movilidad reducida. Esto implica la eliminación de barreras arquitectónicas, la posible instalación de rampas con la pendiente adecuada, puertas con el ancho mínimo y, si procede por tamaño y oferta, aseos adaptados.
  • Protección Contra Incendios: La seguridad es primordial. Deberás contar con los medios de protección adecuados a la superficie y características de tu local: extintores señalizados y en vigor, luces de emergencia, señalización de evacuación y, dependiendo del tamaño y la distribución, puede que otros sistemas más complejos.
  • Instalaciones Eléctricas: La instalación eléctrica debe estar en perfecto estado y legalizada. Necesitarás un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), también conocido como boletín eléctrico, emitido por un instalador autorizado que certifique que todo cumple con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
  • Condiciones de Ventilación: El local debe tener una ventilación adecuada, ya sea natural o forzada, para garantizar la salubridad del espacio tanto para los trabajadores como para los clientes.

Además de estos requisitos del inmueble, necesitarás preparar una documentación técnica sólida que los respalde. Normalmente, esta consiste en un proyecto técnico o una memoria técnica, elaborados y firmados por un técnico competente (como un arquitecto o un ingeniero técnico). Si deseas conocer más sobre la documentación que preparamos para nuestros clientes, puedes consultar nuestros servicios de licencias de apertura.

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Censo de locales y actividades. Solicitud de cartel identificativo

El cartel identificativo del censo de Locales y Actividades es la relación ordenada de los establecimientos ubicados en la Ciudad de Madrid que se elabora con el fin de identificarlos y obtener la información que precisan los distintos servicios del Ayuntamiento para el ejercicio de sus competencias. Está constituido por una base de datos comunes en la que constan datos de identificación de cada local y, para los que tengan actividad, el rótulo, nombre o razón social, NIF/CIF y actividad desarrollada.

Censo de locales y actividades. licencias de apertura

Cada local tiene asignado un código de identificación que deberá consignarse siempre ante el Ayuntamiento en cualquier trámite que se realice.

Además, los locales puerta de calle (se accede directamente a ellos sin pasar por el portal del edificio) y los agrupados (mercados municipales, centros comerciales y similares) tienen la obligación de estar en posesión del cartel identificativo y de exhibirlo en sitio visible del establecimiento.

Destinatarios

Titulares de actividad desarrollada en locales puerta de calle y locales agrupados.

Censo de locales y actividades. licencias de actividad

Preguntas frecuentes sobre el Censo de Locales:

¿Todos los locales donde se desarrolla una actividad son iguales?

No. Se diferencian entre:

Locales Puerta de calle: Son aquellos a los que se accede directamente desde la vía pública o terreno privativo de uso público.
Locales Agrupados: Son aquellos que están integrados en una agrupación (centro comercial, mercado, etc..).
Locales Interiores: Son aquellos a los que se accede desde el interior del edificio en el que están.

¿Qué es y para qué sirve el código identificativo del local?

Cartel identificativo censo locales licencia de aperturaEl código es una identificación del local como espacio físico, con independencia de cual sea su uso, y cuya finalidad es que cada local quede identificado de manera inequívoca dentro del edificio. El código asignado se compone de la dirección principal del edificio al que pertenece el local y de:

-Un número secuencial que se asigna inicialmente de 10 en 10, si se trata de un local «Puerta de Calle»
-Escalera, planta y puerta si se trata de un local «Interior»
-Nombre de la agrupación, planta y local si se trata de un local «agrupado».

En el caso de los locales Puerta de Calle pueden existir números intercalados entre las decenas fruto de la gestión posterior. Es decir que podemos encontrarnos con algún local cuyo código sea L-5 o L-7 por poner un par de ejemplos.

¿Todos los tipos de local tienen que tener el cartel con el código identificativo?

El cartel identificativo sólo lo deben de tener los locales con puerta de calle y los locales pertenecientes a una agrupación. Los locales interiores no necesitan el cartel.

¿Por qué la dirección que me asignan no coincide con la de la calle por la que se accede al local?

Todos los locales de un edificio van numerados en relación con el acceso principal del edificio al que pertenecen; el criterio de numeración asigna un número correlativo a todos los locales puerta de calle de un mismo edificio.

En el cartel la dirección que aparece es la de la entrada principal del edificio; no obstante, en la información que tiene el Ayuntamiento, también constan los accesos al local si éstos se encuentran en viales distintos al de la entrada principal del edificio.

¿Tengo que colocar el cartel con el número en lugar visible?

, la finalidad del código es identificar cada local puerta de calle o cada local agrupado de manera única, estableciendo la Ordenanza reguladora que dicho código «deberá ser mostrado de forma visible en el interior del local, preferentemente en las puertas de acceso o en sus inmediaciones, siendo el responsable de esta obligación el titular de la actividad».

¿Cómo debe de ser el cartel?

El cartel puede estar impreso en blanco y negro o en color, es indiferente, y su tamaño debe permitir que se vea claramente el código. Incluso el propio ciudadano puede generar el suyo en otro soporte que no sea papel, siempre que aparezca la información de la dirección del edificio y el «L» correspondiente.

¿Qué hago con el cartel identificativo si cierro el negocio?

El cartel se debe de quedar en el local ya que la identificación asignada corresponde al local y no a la actividad desarrollada.

Censo de locales y actividades. licencias de funcionamiento

¿La solicitud de un cartel identificativo de local sirve para que el Ayuntamiento actualice los datos del titular y de la actividad en caso de que se haya producido un cambio de titularidad o un cambio de la actividad desarrollada en el local?

No, el código identificativo es exclusivamente un código identificador del local y no tiene nada que ver con la licencia de actividad o declaración responsable ni con cualquier cambio de actividad o de titularidad.

¿Qué sucede con los locales agrupados?

Las agrupaciones de locales (mercados, galerías, centros comerciales…) y sus locales disponen de un código identificativo, estando obligados estos últimos a exhibir el cartel con su código.

¿Los locales situados en el interior de los edificios también tienen que recibir su cartel?

Para los locales interiores su código identificativo es la dirección postal del edificio mas los datos de escalera, planta y puerta, datos que deberán consignarse siempre ante el Ayuntamiento en cualquier trámite que se realice. Estos locales no tienen cartel identificativo.

¿Tiene alguna relación el Cartel Identificativo del Local con el cartel identificativo de espectáculos públicos y actividades recreativas (también conocido como «Cartel de Aforo»)?

No, el Cartel Identificativo del Código de Local lo tienen todos los locales del Municipio y es independiente de la actividad desarrollada. El «Cartel de Aforo» está relacionado con la actividad y sólo lo tienen que tener determinadas actividades.

Si lo que necesita es el cartel de Aforo,  es la Agencia de Gestión de Actividades (AGA) la que lo tramita de oficio al solicitar la Licencia de funcionamiento, pero si se trata de un local que ya tiene licencia de actividad y no tiene el cartel, deberá acudir a solicitarlo al lugar donde tramitó su Licencia.

¿La solicitud de una licencia de apertura o la presentación de una Declaración Responsable supone que el Ayuntamiento me va a remitir de oficio el cartel identificativo?
Deben diferenciarse dos tipos de solicitud:
Alta de un local nuevo: Si lo que se solicita es el alta de un nuevo local (por tratarse de un local no censado en campo por las razones que sea o bien por ser un local segregado de otro ya existente), ésta deberá ser realizada por la ECU,  o por el Servicio Municipal correspondiente, pero nunca será el ciudadano el que la efectúe directamente.
Solicitud del cartel identificativo del código del local: si lo que necesita es el cartel identificativo del código de local: no, ese envío siempre se realiza a instancia de parte, por lo que, en caso de que lo precise deberá solicitarlo.

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Cuanto Cuesta una Declaración Responsable para abrir un centro de Manicura y Pedicura

¿Sueñas con tener tu propio espacio, ese rincón coqueto donde la gente salga con uñas espectaculares y una sonrisa? Antes de elegir los esmaltes más trendy, hay un paso formal ineludible: la famosa Declaración Responsable. Es como la llave administrativa que te permite abrir legalmente. Y la gran pregunta es: para un local mono, de unos 50 metros cuadrados… ¿cuánto cuesta conseguir esa llave? ¡Pues vamos a verlo! Hoy rompemos la hucha del papeleo y te contamos los números REALES.

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A diferencia de negocios más complejos como restaurantes o clínicas, un salón de manicura y pedicura se considera, generalmente, una actividad más sencilla, de bajo impacto. ¡Buenas noticias! Esto suele traducirse en trámites un poquito más ágiles y, potencialmente, más económicos. Pero «más sencillo» no significa «gratis» ni «sin papeles». ¡Necesitas demostrar que tu pequeño oasis cumple unas normas básicas!

Cuando hablamos del coste de la Declaración Responsable, no es solo una tasa. Es la suma de varias cosas necesarias para que el Ayuntamiento te dé luz verde. Vamos a agruparlo en dos partidas principales y algunos «extras» posibles:

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Cómo montar una clínica veterinaria

A continuación os dejamos un resumen del cuaderno editado por la Comunidad de Madrid en el que se habla específicamente de cómo montar una clínica veterinaria y sobre cómo realizar los trámites de licencias de actividad, etc.

Licencia Actividad clínica veterinaria

COSAS QUE DEBES SABER SI QUIERES MONTAR UNA CLÍNICA VETERINARIA
¿Qué es una clínica veterinaria?
Una clínica veterinaria es aquel centro en el que profesionales especializados se ocupan de las enfermedades y su prevención, del manejo, conducta, nutrición, selección genética, medicina preventiva y curativa, identificación y peritaje de los perros, gatos y de otros animales de compañía.

Existen diferentes tipos de centros veterinarios, cuya clasificación está en función de las actividades que en ellos se desarrollan:
Consultorio veterinario
Clínica veterinaria
Hospital veterinario
Hospital veterinario universitario
Centros habilitados temporalmente por la administración

En las siguientes páginas encontrarás información detallada sobre las características y requisitos específicos de cada uno de estos centros.

Licencia Actividad centro veterinaria

Licencias de apertura, actividad y funcionamiento
Antes del comienzo de tu actividad, deberás tramitar, como titular de la actividad y en el Ayuntamiento correspondiente al municipio en el que quieres instalar tu clínica veterinaria, la correspondiente licencia de actividad y, en su caso, de apertura y funcionamiento.

Por lo que se refiere a la Licencia de Apertura y Funcionamiento, ésta tiene por objeto autorizar la puesta en uso de los edificios, locales o instalaciones, previa constatación de que cumplen las condiciones de la Licencia de Actividades y de que se encuentran debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Una vez obtenidas estas licencias, y también con carácter previo al inicio de la actividad de tu clínica veterinaria, debes inscribir tu centro, así como a los veterinarios adscritos al mismo, en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios.

La solicitud de inscripción del centro se realizará por escrito mediante instancia normalizada y en ella se aportarán los datos y documentos siguientes:

Fecha de solicitud de inscripción en el registro.
Solicitud de denominación de centro de trabajo y clasificación que se pretende.
Plano del local y distribución, instalaciones y mobiliario.
Servicios prestados (urgencias, 24 horas, atención a domicilio, ambulancia, etc.)
Dirección, teléfono y horario de funcionamiento.
Licencias y autorizaciones administrativas pertinentes.
Fotocopia del IAE o impuesto equivalente.
Titular o titulares del centro.
Nombre y número de colegiado del director técnico, nombramiento y aceptación del cargo y relación contractual del mismo.
Nombre y número de colegiado de los veterinarios adscritos al centro, y relación contractual de los mismos.
Firma del propietario y del director facultativo afirmando que conocen el Reglamento y el Código Deontológico de la profesión veterinaria.

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Todos los centros deben exhibir la citada autorización en lugar claramente visible, preferiblemente en un lateral de la puerta de acceso o en la puerta de acceso al local.
Como titular del centro deberás comunicar al Colegio de Veterinarios todas las modificaciones que se produzcan sobre las condiciones iniciales de tu autorización (altas y bajas de los veterinarios, traspasos, supresión o incorporación de servicios, etc.).
No debes olvidar que los profesionales veterinarios adscritos a tu centro deben estar inscritos previamente en el Registro de Centros y Profesionales Veterinarios para poder ejercer su actividad profesional en el mismo. Por otro lado, si bien existe la posibilidad de incorporar a estudiantes de veterinaria en la clínica para la realización de prácticas, éstos deberán registrarse
en el Colegio de Veterinarios como tales.
Si tienes previsto incorporar a tu clínica veterinaria la venta de animales, también deberás darte de alta en el Registro de Actividades Económico-Pecuarias de la Comunidad de Madrid en la categoría de núcleo zoológico.

 

Requisitos mínimos y características específicas de los centros veterinarios

Los requisitos materiales mínimos con los que debe cumplir un centro veterinario están en función del tipo de centro del que se trate y de las actividades que en él se desarrollan.

Consultorio veterinario
Se trata de un centro dedicado exclusivamente al ejercicio veterinario y ha de contar, como mínimo, con:
Acceso independiente.
Una sala de recepción o espera.
Una sala para consulta y pequeñas intervenciones médico-quirúrgicas que incluirá, al menos, una mesa de exploración con la iluminación adecuada y dotación de agua fría y caliente. Esta sala será independiente de la sala de espera.
Materiales médico-quirúrgicos e instalaciones necesarias para las actividades que se realicen.
Un lector homologado de microchips.

Licencia de Actividad consulta veterinaria

Clínica veterinaria
Es el conjunto de dependencias que comprenden las descritas para el consultorio veterinario, además de:
Un quirófano independiente de cualquier otra dependencia, con medios de reanimación y gases medicinales.
Existencia de equipos de esterilización para el instrumental y material quirúrgico.
Instalación de radiodiagnóstico de acuerdo con la normativa vigente.
Laboratorio que incluya microscopio y medios para análisis bioquímicos y hematológicos (estos han de se propios si anuncia urgencias y/o servicio de 24 horas; en caso contrario, pueden ser concertados).

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