Piden 3 años cárcel a un acusado de alquilar un local para bar sin reunir condiciones

El fiscal ha pedido tres años de prisión y una indemnización de 27.000 euros para un hombre que va a ser juzgado en Murcia acusado de estafar en el alquiler de un local que iba a ser destinado a bar y que no reunía las condiciones debidas.

Las conclusiones provisionales de la fiscalía señalan que el acusado «simuló que el local se encontraba en perfecto estado para la realización de esa actividad y que cumplía con la normativa municipal correspondiente».

Bar Ilegal 300x213

Y añade que el mismo no estaba acondicionado respecto a la emisión de ruidos propios de esa actividad, ni tenía sistema de ventilación adecuado, ni el piso superior cumplía con la altura mínima, ocultando además el arrendador que existía un expediente administrativo del ayuntamiento de Cartagena que determinó, finalmente, la pérdida de la licencia de actividad.

Añade el fiscal que también ocultó que el inmueble carecía de los correspondientes contratos de suministro eléctrico y de agua, «siendo abastecido únicamente por contratos de obra».

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Licencia de Obra y Trámites para Reforma de Vivienda

Licencia de Obra y Trámites para la reforma de una vivienda.licencias de obra

Hoy, vamos a tratar el tema de la tramitación de la licencia de obra necesaria para la realización una reforma en nuestra vivienda. Como existen muchas preguntas en torno a este tema, os contestamos a las que hemos considerado más importantes.

¿Qué  licencia necesito?

La licencia que hay que solicitar para realizar obras y reformas de pequeña importancia, que no necesiten proyecto técnico, en nuestra vivienda o local, es la llamada licencia de obra, que se tramitará por el procedimiento de comunicación previa. Se trata de un documento para informar al Ayuntamiento que queremos realizar pequeñas modificaciones en nuestro hogar. Si la reforma que queremos hacer tiene otros condicionantes, necesitaremos otro tipo de documentación sobre la que os informaremos en próximos artículos.

¿Qué tipo de reformas se tramitan por Comunicación Previa?

Entre las obras incluidas están:

  • Modificación de tabiques (creación y eliminación).
  • Sustitución de carpinterías (sin la modificación de huecos).
  • Obras de acondicionamiento puntual en locales y viviendas que no impliquen la apertura o ampliación de huecos en muros de carga, ni afecten a la estructura.
  • Pavimentos y acondicionamiento de espacios libres como el jardín.
  • Los cambios de actividad en locales con licencia en vigor (modificación de la licencia de actividad), dentro del mismo uso, con las obras precisas para ello.

La lista completa de actividades para las que necesitamos hacer la comunicación previa, se encuentra en el Anexo 2, Punto 4 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU).
¿Cuándo no es obligatorio hacer una comunicación previa?

No es obligatorio solicitar licencia de obra para pequeñas reformas, siempre que sean actividades de renovación de elementos en el interior de una vivienda o local, y siempre que no esté protegido, como por ejemplo:

  • Pintar paredes
  • Alicatar baños y cocinas
  • Poner suelo nuevo
  • Renovación de instalaciones particulares

¿Cómo puedo solicitar la licencia de obra?

En el caso de que contrates tu reforma con nosotros, desde el primer minuto nos ocuparemos de facilitarte la labor, poniendo a tu disposición un equipo de técnicos especializados que tramitarán la Comunicación Previa por ti, para que no tengas que preocuparte por nada.

En la siguiente web del Ayuntamiento de Madrid, puedes encontrar toda la información relacionada con la Comunicación Previa.

¿Qué documentación hay que presentar?

La documentación general que se aportará es la siguiente:

  • Impreso normalizado de solicitud.
  • Plano a escala de la situación del inmueble.
  • Memoria descriptiva de la reforma, justificando el cumplimiento de la normativa vigente y detallando las actuaciones a realizar.
  • Planos de planta, secciones y alzados acotados y a escala, que reflejen el estado actual y reformado tras las obras.
  • Presupuesto de las obras e instalaciones fijas.
  • Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, I.C.I.O., aval de residuos, etc.)

¿Cuál es el coste de la licencia de obra?

Este coste es variable en función del tipo de intervención y de las características de nuestro inmueble. Vendrá determinado por una tasa por prestación de servicios urbanísticos y el impuesto I.C.I.O. (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). Además existe un impuesto por la colocación del contenedor para a los escombros generados en nuestra reforma.

Aún tengo dudas, ¿dónde puedo recibir más información?

Si quieres hacer una reforma, no dudes en consultarnos y te informaremos sobre cualquier duda que te pueda generar éste y otros temas relacionados con la obra que quieras realizar.

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Una barbería funciona como bar encubierto en Chueca

En la calle de las Infantas 10 y con un cartel donde se anuncian «cortes de calidad, barbas imperiales y afeitados impecables», un camarero vestido con camisa blanca y pajarita negra toma nota de la comanda a los clientes. Este local solo tiene licencia de actividad de peluquería pero abre hasta las dos de la madrugada y ejerce como bar desde hace año y medio.

Barberia Bar 300x200

«La licencia que tienen representa la actividad que realmente realizan» expresa el portavoz de la Asociación de Vecinos del barrio de Chueca. Tras poner en conocimiento de la Agencia de Actividades de Madrid, se realizó una inspección al local. Constataron que con licencia de peluquería, se pretende ejercer una nueva actividad que tiene otras consideraciones y exigencias urbanísticas, ambientales, de seguridad y salubridad distintas. También se han realizaron obras de acondicionamiento exterior sin la autorización municipal.

Barberia Cafeteria 300x225

Los dueños del la barbería registraron en octubre de 2016 una declaración responsable en el que afirman que cumplen con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa para ejercer su actividad. Sin embargo, ya que el local está dentro de la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) del distrito Centro, esta norma prohíbe la apertura de nuevos locales de hostelería.

El departamento de Disciplina Urbanística finalmente ordena la cese y clausura del local. Sin embargo hasta la fecha sigue abierto.

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Licencia actividad clinica dental

Licencia de Apertura y Actividad para Clinica Dental

Es considerado consulta o clínica dental al establecimiento destinado a la realización de un conjunto de actividades orientadas a la promoción de la salud bucodental y a la prevención, diagnóstico y rehabilitación de anomalías y enfermedades de los dientes, la boca, los maxilares y tejidos anejos.

Licencia actividad clinica dentalA continuación indicamos los requisitos a cumplir y los factores a tener en cuenta para la obtención de la licencia de actividad de clínica dental. En el caso de ser de nueva implantación, se solicitará conjuntamente la licencia de funcionamiento y la licencia de actividad, exigidas para los centros sanitarios.

Debemos tener en cuenta que antes de solicitar la licencia de apertura y actividad de la clínica dental es necesario comprobar la viabilidad urbanística de la actividad y del local.  Saber que un local, sea cual sea su actividad, en un edificio que no disponga de licencia de actividad, el Ayuntamiento no permitirá la implantación de ninguna actividad, así como si se dispone de una actividad de un uso no permitido en dicho local, se ordenará la clausura y cese de actividad.

Licencia funcionamiento clinica dental

Para la implantación de la clínica dental se requiere de la solicitud de la Autorización de Sanidad, la cual ha de tramitarse en la Consejería de Sanidad. Se ha de solicitar conjuntamente a la licencia de funcionamiento y actividad ya que es necesaria para la obtención de la Autorización del Ayuntamiento y se suele demorar en su tramitación, siendo necesario tramitarlo desde el inicio de la solicitud de la licencia para evitar retrasos no previstos en la apertura de la clínica.

Requisitos generales de los centros y servicios de asistencia sanitaria sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria:

Espacios físicos
a) Zona de espera.
b) Zona asistencial.
c) Zona de instalaciones y servicios generales.

En la zona asistencial siempre que se efectúe en el centro exploración física y/o aplicación de tratamientos y/o curas, deberán disponer de una sala de exploración y tratamiento, que podrá ser independiente o estar integrada en la sala de consulta.

En la zona de instalaciones y servicios generales se ubicarán los aseos que estarán integrados en el centro sanitario. Los ubicados en edificios o locales que dispongan de aseos comunes, se considerarán como propios siempre que estén situados en la misma planta que el centro sanitario y sin barreras arquitectónicas para su acceso.

También se ubicarán en esta zona los espacios destinados al procesado y almacenamiento de residuos, zona de sucio, limpieza, archivos y almacenes.

Limpieza, desinfección y esterilización

1. Los suelos, paredes y techos en las zonas asistenciales, de instalaciones y servicios generales serán de materiales lisos y lavables.

2. En caso de emplearse material y/o instrumental no fungible que requiera ser esterilizado, el centro o servicio deberá disponer (propio o concertado) de autoclave a vapor con controles de presión y temperatura y de capacidad suficiente para cubrir sus necesidades.

3. En el supuesto de que el instrumental, por sus características, no pueda ser esterilizado mediante autoclave a vapor, deberá disponer de métodos alternativos que garanticen su esterilización.

ESPACIOS FÍSICOS ESPECÍFICOS POR TIPO DE CENTRO O SERVICIO

1. Clínicas dentales

a. La sala de tratamiento dispondrá de un área de preparación de instrumental.

b. En caso de realizar vaciado de impresiones existirá un área específica destinada a este fin.

EQUIPAMIENTO SANITARIO ESPECÍFICO

Clínicas dentales
a. Sillón odontológico reclinable y con posición de Trendelenburg.
b. Lámpara articulada de iluminación adecuada a las intervenciones odontoestomatológicas.
c. Aire a presión con módulos de instrumental rotativos (turbina, micromotor) y jeringa con funciones de aire-agua-spray.
d. Sistema de aspiración.
e. Escupidera con agua corriente para su limpieza automática o embudo escupidor conectado al sistema de aspiración.
f. Negatoscopio.

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REQUISITOS DE PERSONAL ESPECÍFICOS

1. Clínicas dentales

En los casos en los que se realicen sedaciones será necesaria, la presencia de un Médico especialista en Anestesiología y Reanimación, excepto en los casos en que la sedación se realice por vía oral.

Accesibilidad
El local deberá ser accesible en la zona de acceso al público, en cumplimiento con la normativa de Accesibilidad, la cual será de aplicación siempre y cuando exista un cambio de uso en el local (de comercial a sanitario por ejemplo). En el caso de que la licencia anterior de la que dispone el local abarque el mismo tipo de uso de servicios sanitario, no será necesario realizar ninguna actuación para adaptar el local a la normativa de accesibilidad.

A tenor de lo visto anteriormente, cabe destacar que no es obligatorio disponer de un aseo adaptado a minusválidos para este tipo de establecimientos.

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El Ayuntamiento y las asociaciones vecinales piden a la Comunidad modificar la ley que permite abrir locales de ocio sólo con la declaración responsable.

El Ayuntamiento y las asociaciones vecinales piden a la Comunidad modificar la ley que permite abrir locales de ocio sólo con la declaración responsable.

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Aunque la actual normativa impide la apertura de nuevos establecimientos de hostelería en la mayor parte de las calles de Chueca y Salesas desde 2012 según la declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE), es habitual encontrarse establecimientos en los que antes había una tienda de ropa y ahora se implanta un bar de copas o un restaurante.

Y es que algunas calles del centro han visto multiplicados el número de bares, restaurantes y locales de copas. Según denuncian las asociaciones de vecinos, esta práctica es posible gracias a la declaración responsable de actividades económicas, un instrumento de autorregulación que muchos han transformado en la varita mágica para poder abrir negocios de hostelería.

Era el año 2013 cuando la Comunidad de Madrid modificaba la ley 17/1997, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) para añadir una disposición adicional que permite la apertura de establecimientos mediante la simple presentación de un documento (declaración responsable) en el que el titular de la actividad manifiesta cumplir con los requisitos urbanísticos y sectoriales exigidos por la normativa vigente (bajo su responsabilidad).

Su objetivo inicial es facilitar e incentivar la apertura de negocios mientras transcurren los meses en los que se tramita la licencia de actividad y funcionamiento. Pero hecha la ley, hecha la trampa dado que esta misma norma ha provocado un vacío legal en el que se amparan empresarios que saben desde el principio que no van a obtener licencia o incumplen la normativa, de manera que van que van concatenando declaraciones responsables para seguir abriendo, con el nombre de otra empresa, por ejemplo, de tal manera que negocios clausurados por sanciones administrativas pueden seguir abriendo simplemente con otra declaración responsable.

Las asociaciones de vecinos de Centro junto con el propio Ayuntamiento de Madrid han solicitado a la Comunidad un cambio legislativo que impida a bares y restaurantes abrir con una simple declaración responsable. La coordinadora de asociaciones de vecinos del distrito centro está manteniendo reuniones con los grupos de la Asamblea y proponen que en el caso de negocios y actividades que puedan ser molestas para los vecinos y residentes, se haga desde la administración un visado previo a la apertura del establecimiento.

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La Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid sin embargo ve el asunto desde otra perspectiva y considera que es un problema del Ayuntamiento, al que sugiere que realice más inspecciones, pues no tiene intención de modificar una ley que «va en línea con la normativa europea» y que afectaría a todos los comercios de la capital por igual.

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Los tatuadores ilegales en el punto de mira

Según Sanidad en España hay unos 2.500 tatuadores trabajando de forma legal, con su correspondiente licencia de actividad de centro de tatuaje, con el registro sanitario y el título de higiénico-sanitario. Sin embargo existen encubiertos otros 5.000 tatuadores ilegales, según estima el secretario de la Unión Nacional de Tatuadores y Anilladores Profesionales (UNTAP).

Licencia Actividad Centro de Tatuaje

Según las cifras, por cada tatuador con todos los papeles en regla existen otros dos lo hacen sin la titulación oficial exigida, trabajando generalmente en sus casas y sin la licencia de actividad y apertura correspondiente. Según la UNTAP, el 99% de las ofertas de tatuajes que se publican en portales como Vibbo o milanuncios son de «tatuadores ilegales».

Para ser un tatuador correctamente legalizado, es necesario obtener el título de higiénico-sanitario en un centro homologado, estar de alta en la Seguridad Social y tramitar la correspondiente licencia de actividad. Para aprobar el título, se debe superar un cursillo de técnicas higiénicas, adaptado a los tatuadores, que puede oscilar entre las 25 y las 40 horas.

Según las cifras cada semana abren uno o dos nuevos estudios en la Comunidad de Madrid. En esta comunidad operan unos 300 establecimientos legalizados que nada tienen que ver con los estadounidenses, donde los clientes son atendidos en un mismo espacio, como si estuvieran en una peluquería. La normativa actual vigente obliga a que los clientes sean tratados en espacios compartimentados, como si estuvieran en la consulta de un dentista. Además, se deben separar las cabinas de tatuaje de las que se utilizan para los anillados.

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Más info.

Las panaderías con barra de degustación deben obtener doble licencia (panadería y bar)

Muchas veces, a la hora de tramitar una nueva licencia de actividad de bar o cafetería nos topamos con que el local se encuentra en una zona de especial protección acústica y no es viable abrir ese tipo de negocio en esa zona.

Panaderías con barra de degustación

En ocasiones vemos que se «modifica» el tipo de licencia solicitada a la de pastelerías / panaderías con barra de degustación, pero este tipo de modificaciones parece que tiene los días contados ya que el Ayuntamiento ha puesto fin a la polémica desatada en el sector comercial por el florecimiento de las panaderías con barra de gustación, motivadas por las quejas recurrentes que presentan los hosteleros de la zona.

Este tipo de establecimientos, que han proliferado con especial fuerza en el centro de la ciudad, combinan, de manera totalmente extraoficial: panadería y pastelería con espacios para el consumo de bebidas y alimentos dentro del propio local, e incluso en terrazas en la vía pública.

Un modelo que se ha extendido rápidamente gracias a una interpretación del Ayuntamiento de uno del los epígrafes del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en el que se menciona a las panaderías, incluidas aquellas que ofrecen “degustación” de sus productos.

Panaderías barra de degustación

Esto ha motivado a que muchos locales iniciasen este tipo de licencias de actividad en las zonas de protección acústica, según denuncian los hosteleros.

A partir de ahora las panaderías con barra de degustación deberán obtener una doble licencia de actividad (la comercial y la hostelera, al entender que funcionan realmente como bares o cafeterías) si quieren seguir ofreciendo los servicios que prestaban hasta la fecha (consumo de bebidas dentro del local).

La otra opción es cumplir las condiciones reales de un establecimiento con degustación, es decir, que ofrezcan al cliente exclusivamente “los productos que están autorizados a fabricar” (aunque con la posibilidad de acompañarlo de alguna bebida tipo café o té). Para ello deberán utilizar sólo las “barras de degustación, pero no pueden disponer de mesas ni sillas”.

Panaderías con barra degustación

El problema de las zonas con protección acústica.
Más complicada es la solución para aquellos establecimientos que están situados en alguna de las zonas «saturadas». Dado que podrán obtener una licencia de hostelería en estas calles.

A juicio del sector hostelero, hasta ahora estos establecimientos iniciaban su actividad con una condiciones “mucho menos exigentes” como por ejemplo no tener la obligación de disponer de baños como los bares. Además señalan que en los últimos meses han comenzado a abrir negocios similares aprovechando ese mismo vacío legal, como tiendas ‘gourmet’ que ofrecen cenas, o incluso verdulerías que venden ensaladas preparadas.

Se podrá instalar barra de degustación en locales con licencia de actividad de: pastelería, repostería, confitería, churrería o heladería.

Además, cuando se instale una barra de degustación se exigirá en el local aseos para uso público y distintos de los del personal.

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Proyecto de reforma y obras para locales y oficinas

La reforma de un piso, un local para su negocio o un edificio de oficinas es un proyecto es realmente apasionante pero a la hora de realizar la reforma integral de un local es muy importante realizar una adecuada planificación y una constante supervisión de los trabajos a realizar, de lo contrario jamás podremos obtener el resultado adecuado para la apertura o reforma de nuestro negocio. Por eso hacemos hincapié en la importancia de realizar un buen proyecto de reforma y la correcta dirección de las obras a realizar, para en todo momento estar pendiente del óptimo desarrollo de los trabajos.

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Conocemos la vital importancia que tiene hacer una buena inversión cuando comienzas la apertura de un nuevo negocio y desde nuestra empresa te ofrecemos también toda nuestra experiencia a la hora de realizar el proyecto de reforma e interiorismo de tu oficina o local comercial.  Te ofrecemos la mejor relación calidad-precio del mercado y siempre con la tranquilidad de trabajar con técnicos especializados; tanto a la hora de buscar el local más adecuado que cumpla con las condiciones necesarias para poder establecer la actividad que quiera instalar en el mismo, como para encargarnos de gestionar todos los trámites y documentación necesaria: proyectos de apertura, obtención de licencias de actividad y licencias de obraproyecto de reforma, declaraciones responsables, etc…

ASESORAMIENTO INMOBILIARIO

Antes de adquirir un local o vivienda podemos asesorarle sobre sus ventajas e inconvenientes: posibilidad de reformar, coste aproximado de las obras, normativa a contemplar, limitaciones de la normativa, actividades compatibles… Así podrá tener la seguridad de tomar la decisión acertada a la hora de adquirir su próxima vivienda o lugar para su negocio.

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PROYECTOS DE REFORMA Y OBRA

Nos encargamos de la redacción del proyecto de reforma que nos asegure la viabilidad del proyecto a ejecutar, la posterior redacción de proyecto de ejecución y tramitación de licencia de obra, elaboración de mediciones y presupuestos, dirección de obra y de la tramitación de licencia primera ocupación o actividad ante los ayuntamientos o juntas municipales.

Si lo que necesita es una reforma de su oficina o local comercial, integral o parcial, para cambiar la imagen corporativa de su negocio, nos encargamos de todo lo necesario, dándole un aspecto de acuerdo con sus expectativas y con la mejor relación calidad precio. Planificamos la ejecución de la reforma de su vivienda o negocio para que esté funcionando a la mayor brevedad posible.

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INFORMES DE OBRA

Sabemos de la dificultad que tienen algunos clientes para desplazarse y seguir el estado de la reforma de su piso o negocio, por eso queremos darle toda la tranquilidad ofreciéndole nuestro servicio de informes de la reforma. Así llamamos a nuestra forma de trabajar, un informe de cada visita para que el cliente pueda ver día a día fotos y textos de cómo se está realizando las obras. Somos conscientes de las molestias que causa cualquier reforma, por eso ponemos todos los medios para que su desarrollo sea lo más fluido y agradable posible.

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COMPARATIVO DE PRESUPUESTOS

Le recomendamos que al comparar presupuestos de varias empresas de reformas valore las calidades y trabajos incluidos antes de ver la cifra final. Es frecuente que algunas empresas, para dar el precio más bajo y obtener el encargo, no incluyan algunas partidas imprescindibles. Nosotros incluimos en todos nuestros presupuestos el comparativo de los presupuestos de reforma recibidos, evitando desagradables sorpresas e incrementos en el coste final de la obra.

Su tranquilidad será total al trabajar con técnicos titulados. Así contará con el mejor asesoramiento tanto si realiza una pequeña reforma interior como si es una obra que requiera modificar la estructura del edificio. Igualmente nos encargamos de toda la documentación que su ayuntamiento le requiera: proyecto de reforma realizado por técnico, obtención de licencias, documentación municipal, declaración responsable…

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LICENCIA DE OBRA

Para tramitar la licencia de obra hemos de consultar en el ayuntamiento de nuestra localidad cuales son los permisos, tasas y otras gestiones que hemos de realizar antes de comenzar una reforma, de modo contrario, nos enfrentaríamos a una sanción administrativa que encarecerá el presupuesto debido a una falta de previsión. Cada ayuntamiento tiene una normativa concreta sobre la realización de obras y reformas, de modo que es necesario consultar cuales son las condiciones concretas en nuestra localidad…

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